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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Sección I. Disposiciones generales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 9167
Orden de la consejera de Presidencia de 5 de agosto de 2016 por la que se aprueba la relación de funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario adscrito al Instituto Balear de la Mujer

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Texto

El Decreto 8/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, contempla, entre otras, a la Consejería de Presidencia.

El anexo 1 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma, adscribe el Instituto Balear de la Mujer a la Consejería de Presidencia.

Asimismo, la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, a la hora de regular las órdenes de funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario, establece en su artículo 34.3 que cada consejero o consejera determina las funciones de los puestos de trabajo adscritos a su consejería, previo informe de la consejería competente en materia de función pública, y ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

En fecha 23 de julio de 2016 se publicó en el BOIB n.º 93 la Orden de la consejera de Presidencia de 22 de julio de 2016 por la que se aprueba la relación de funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario de la Presidencia y de la Consejería de Presidencia, la cual no incluye la relación de funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario adscrito al Instituto Balear de la Mujer.

Visto lo anterior, y siguiendo las estructuras fijadas en los citados decretos presidenciales, resulta necesaria la aprobación de una nueva orden de funciones del Instituto Balear de la Mujer, que debe llevarse a cabo siguiendo las pautas que señala la Instrucción 1/2012, de 28 de febrero, de la directora general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios por la que se fijan los criterios para confeccionar las órdenes (BOIB n.º 36, de 8 de marzo).

Por todo ello, dicto la siguiente

ORDEN

Artículo 1

Se aprueba la atribución de funciones a los puestos de trabajo de personal funcionario del Instituto Balear de la Mujer, de conformidad con lo establecido en los anexos 1 y 2 adjuntos a esta orden.

Artículo 2

La atribución de funciones se refiere a las plazas dotadas y a las no dotadas con previsión de serlo.

Artículo 3

La relación de funciones de los diferentes puestos de trabajo se debe considerar una breve descripción, por lo que las funciones enumeradas no tienen carácter exhaustivo o excluyente.

Artículo 4

A los departamentos, a los servicios, a las secciones y a los negociados dependientes de los órganos directivos que se especifican en esta orden, les corresponden las tareas del grupo y del cuerpo funcionarial pertinente, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, así como las funciones genéricas de los puestos jerarquizados que determina la Instrucción 1/2012, de 28 de febrero, y las descritas en esta orden.

 

Artículo 5

Las funciones se considerarán sin perjuicio de la facultad de las personas titulares de las unidades jerarquizadas de encargar al personal de estas unidades el desarrollo de actividades y funciones no descritas que estén dentro del marco genérico de las funciones de la unidad.

Artículo 6

En el caso de plazas vacantes o de ausencia de la persona titular, la persona que ocupe la plaza inmediatamente superior orgánicamente asumirá sus funciones.

Artículo 7

En el caso de vacante o de ausencia del jefe o jefa de departamento o de servicio, asumirá sus funciones el jefe o jefa de departamento o de servicio que designe el secretario o secretaria general o el director o directora general correspondiente.

Disposición derogatoria única

Quedan derogadas todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo establecido en esta orden.

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 5 de agosto de 2016

La consejera de Presidencia
Pilar Costa i Serra

 

ANEXO 1
Funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario del Instituto Balear de la Mujer

INSTITUTO BALEAR DE LA MUJER (PALMA) (UNIDAD: IDO0110002)

Secretario/a personal (F01760091)

  • Ejecutar tareas administrativas en general.
  • Manejar equipos informáticos, gestionar los archivos y los registros, y utilizar las máquinas reproductoras, fotocopiadoras y similares.
  • Organizar la agenda del director o de la directora.

Secretario/a personal (F01760102)

  • Ejecutar tareas administrativas en general.
  • Manejar equipos informáticos, gestionar los archivos y los registros, y utilizar las máquinas reproductoras, fotocopiadoras y similares.
  • Organizar la agenda del director o directora.

Jefe/a del Servicio de Gestión y Planificación (F01140240)

  • Organizar, coordinar y supervisar el funcionamiento del Instituto Balear de la Mujer.
  • Gestionar y controlar los expedientes de subvenciones, convenios y contratación.
  • Dar apoyo técnico, jurídico y administrativo a la Dirección y al resto de órganos del Instituto.
  • Supervisar los proyectos normativos y los convenios que elabore el Instituto, y ordenar, revisar y estudiar la normativa estatal y autonómica en relación con la mujer y la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
  • Gestionar y coordinar las actividades oficiales del Instituto y su control documental.
  • Planificar tareas, dirigir, controlar y coordinar todas las actividades de los servicios y programas que lleva a cabo el Instituto, y dar apoyo a la dirección en el impulso de los programas y las actividades del Instituto.
  • Controlar e inspeccionar la calidad de los servicios del Instituto.
  • Relacionarse con organizaciones y entidades.
  • Llevar a cabo todas las tareas que le encomiende la Dirección del Instituto.
  • Dirigir o ejecutar las operaciones o las actividades estadísticas que le asignen.
  • Ejercer cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

Jefe/a de la Sección II (F01130536)

  • Gestionar los asuntos de personal y las relaciones con la consejería competente en materia de función pública.
  • Gestionar, coordinar y tramitar los expedientes de contratación de personal laboral y de todas las actuaciones que afectan al personal funcionario.
  • Aplicar y cumplir la normativa en materia de personal.
  • Elaborar y modificar el catálogo de puestos de trabajo.
  • Elaborar y tramitar los documentos contables relacionados con el capítulo I.
  • Supervisar la concesión y la tramitación de permisos, licencias y vacaciones.
  • Coordinar y supervisar los asuntos generales del Instituto, bajo la supervisión del jefe o jefa del Servicio de Gestión y Planificación.
  • Ejercer de interlocutor en materias transversales relativas a prevención de riesgos laborales, calidad, gestión de archivos, quejas y sugerencias, igualdad y protección de datos de carácter personal, y información y transparencia.
  • Llevar a cabo las tareas de organización, gestión y coordinación del personal que le encomiende la Dirección del Instituto.
  • Ejercer cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

Jefe/a de la Sección IV (F01130593)

  • Supervisar el régimen económico de los expedientes de convenios, contratos y subvenciones.
  • Ejercer funciones de dirección, control y coordinación de la Sección.
  • Tramitar y fiscalizar expedientes económicos.
  • Tramitar y fiscalizar la documentación contable.
  • Colaborar en la elaboración de los presupuestos del Instituto.
  • Gestionar las compras del Instituto.
  • Desarrollar y ejecutar las tareas encomendadas en materia de gestión presupuestaria.
  • Tramitar y controlar los fondos que se tienen que justificar.
  • Ejercer cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

Jefe/a del Negociado II (F01110798)

  • Colaborar con el jefe o jefa de la Sección II en el desarrollo y la ejecución de las tareas de asuntos generales.
  • Organizar la atención al público y hacerse cargo del registro de entrada y salida de documentos.
  • Controlar al o a la ordenanza y la telefonía.
  • Organizar y mantener el archivo y el almacén.
  • Colaborar con el jefe o jefa de la Sección IV en la supervisión de las compras de material fungible y los suministros.
  • Asesorar y dar asistencia en materia informática.
  • Mantener la página web del Instituto.
  • Ejercer cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

PUESTOS BASE DEL INSTITUTO BALEAR DE LA MUJER (PALMA) (UNIDAD: IDO0110001)

Los puestos base tienen asignadas como funciones las propias del cuerpo o la escala a los que pertenecen y que define la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y dependen directamente del director o directora del Instituto Balear de la Mujer.

Puesto base técnico/a superior (F01670101)

  • Ejercer las funciones establecidas en el artículo 24 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Ejercer cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

Puesto base técnico/a superior (F01670203)

  • Ejercer las funciones establecidas en el artículo 24 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Ejercer cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

Trabajador/a social (F01650040)

  • Ejercer las funciones establecidas en el artículo 32 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Ejercer cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

Trabajador/a social (F01650092)

  • Ejercer las funciones establecidas en el artículo 32 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Ejercer cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

Puesto base técnico/a de grado medio (F01650042)

  • Ejercer las funciones establecidas en el artículo 26 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Ejercer cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

Puesto base auxiliar (F01470174)

  • Ejercer las funciones establecidas en el artículo 28 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Ejercer cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

Puesto base ordenanza (F01620054)

  • Ejercer las funciones establecidas en el artículo 29 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Ejercer cualquier otra función que se le encomiende en relación con las anteriores.

ANEXO 2
Estructura jerárquica del Instituto Balear de la Mujer

INSTITUTO BALEAR DE LA MUJER (PALMA) (UNIDAD: IDO0110002)

Secretario/a personal (F01760091)

Jefe/a del Servicio de Gestión y Planificación (F01140240)

Jefe/a de la Sección II (F01130536)

Jefe/a de la Sección IV (F01130593)

Jefe/a del Negociado II (F01110798)

Puestos base del Instituto Balear de la Mujer (Palma) (UNIDAD: IDO0110001)

Puesto base técnico/a superior (F01670101)

Puesto base técnico/a superior (F01670203)

Trabajador/a social (F01650040)

Trabajador/a social (F01650092)

Puesto base técnico/a de grado medio (F01650042)

Puesto base auxiliar (F01470174)

Puesto base ordenanza (F01620054).