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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Sección I. Disposiciones generales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 9792
Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 23 de mayo de 2014 por la cual se dispone la puesta en funcionamiento de la EOI Ciutadella en el término municipal de Ciutadella

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Texto

El Decreto 17/2014, de 28 de marzo (BOIB nº 43. De 29 de marzo de 2014), establece la creación de la EOI de Ciutadella, con el código 07015264, atendida la demanda de estas enseñanzas y el alto índice de matrícula que los últimos años se dio en la zona.

Por todo eso, de acuerdo con la disposición final primera del mencionado Decreto, que faculta a la consejera de Educación, Cultura y Universidades para que adopte las medidas necesarias que se derivan de la creación de la Escuela Oficial de Idiomas de Ciutadella.

Dicto la siguiente

ORDEN

Artículo 1

La Escuela Oficial de Idiomas de Ciutadella, en el término municipal de Ciutadella, creada por el Decreto 17/2014, de 28 de marzo (BOIB nº 43. De 29 de marzo de 2014), empezará a desarrollar sus actividades, el próximo curso 2014-2015.

 

Artículo 2

La Escuela Oficial de Idiomas de Ciutadella impartirá las enseñanzas de alemán, inglés e inglés a distancia del curso "That's English" También se implantará progresivamente y a partir de los curso 2014/15 los idiomas de francés y ruso.

Como consecuencia, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07015264

Denominación genérica: Escola Oficial d’Idiomes de Ciutadella

Denominación específica: EOI Ciutadella

Domicilio: C/ de Mallorca, 67

Localidad: Ciutadella

Municipio: Ciutadella

CP: 07760

Enseñanzas autorizadas:

Idiomas: alemán, inglés, francés, inglés a distancia That's English y ruso a los niveles básico, intermedio, avanzado y niveles C1 y C2 del Consejo de Europa.

Artículo 3

Con la finalidad de garantizar la apertura y el funcionamiento de este nuevo centro, se tienen que nombrar los cargos unipersonales de gobierno con efectos desde día 1 de julio de 2014.

 

Artículo 4

Se autoriza a la Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos para que dicte las resoluciones necesarias y para que adopte las medidas adecuadas de redistribución de profesores que exige la puesta en funcionamiento del nuevo centro.

 

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Palma, 23 de mayo de 2014

La consejera de Educación, Cultura y Universidades

Joana Maria Camps Bosch