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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Sección I. Disposiciones generales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 6960
Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 14 de abril de 2014 por la que se fijan las titulaciones que deben tenerse para dar clases de lengua catalana y en lengua catalana, propia de las Islas Baleares, en la enseñanza reglada no universitaria y se establece el Plan de Formación Lingüística y Cultural (FOLC)

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Texto

El Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, según la redacción que hace la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, en el artículo 4 atribuye a la lengua catalana, propia de las Islas Baleares, el carácter de idioma oficial. Igualmente, en el artículo 35 reconoce a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia exclusiva para enseñar la lengua catalana y dispone que la normalización lingüística debe ser un objetivo de los poderes públicos. Finalmente, el artículo 36 regula, en el apartado primero, que en materia de enseñanza no universitaria corresponde a la Comunidad Autónoma la formación y el perfeccionamiento del personal docente.

La Ley 3/1986, de 29 de abril, de Normalización Lingüística en las Islas Baleares, dedica el título II a la enseñanza. En el artículo 17 proclama la oficialidad de la lengua catalana, propia de las Islas Baleares, a todos los niveles educativos y en el apartado 3 del artículo 23 establece que los profesores que no tengan un conocimiento suficiente de la lengua catalana serán capacitados progresivamente mediante los correspondientes cursos de reciclaje. El artículo 39 de la misma Ley prevé que el Gobierno de la Comunidad Autónoma asumirá la planificación, organización, coordinación y supervisión del proceso de normalización de la lengua catalana.

Siguiendo estos preceptos, el Gobierno de las Islas Baleares aprobó el Decreto 74/1986, de 28 de agosto, Regulador de la Enseñanza de la Lengua y la Literatura Catalanas en los Centros Docentes no Universitarios de las Baleares, el cual, en el artículo 8, encomendaba a la Consejería de Educación y Cultura la tarea de fijar -aparte de la titulación general, establecida por el Ministerio de Educación y Ciencia- los requisitos específicos que debían cumplir los profesores que impartían la enseñanza no universitaria y, en concreto, le adjudicaba la obligación de establecer un sistema de cursos de perfeccionamiento y reciclaje. La disposición final primera del Decreto mencionado facultaba al consejero para que dictara las disposiciones oportunas para desarrollar y aplicar la norma.

La Consejería de Educación y Cultura asumió el mandato recibido y lo concretó mediante la promulgación de la Orden del consejero de Educación y Cultura de día 29 de septiembre de 1986 por la que se establece el Plan de Reciclaje del Profesorado y se fijan las Titulaciones que deben tenerse para realizar la Enseñanza de y en Lengua Catalana. Asimismo, el Instituto de Ciencias de la Educación de la Universidad de las Islas Baleares se hizo cargo desde el inicio de la gestión académica de los cursos, puesto que la Universidad es la institución oficial consultiva en materia de lengua catalana y ofrece, en los planes de estudios, la formación lingüística inicial a los maestros y profesores que se forman.

Posteriormente, el Plan de Reciclaje se modificó mediante la Orden de la consejera de Cultura, Educación y Deportes de día 27 de noviembre de 1989 por la que se establece el Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado y se fijan las titulaciones que deben tenerse con el fin de realizar la enseñanza de y en lengua catalana. La Consejería actuaba con la convicción de que los cursos de reciclaje y perfeccionamiento de los profesores debían ajustarse a las nuevas necesidades y, aunque presentaran una estructura unitaria, debían tener bastante flexibilidad y agilidad para resolver con realismo las nuevas situaciones que pudieran presentarse.

Con los años, el Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento demostró su bondad pedagógica y didáctica y al mismo tiempo las carencias que tenía. Para afrontar esta realidad, y para acomodar el Plan a la reforma educativa, se hizo necesaria una regulación renovada de los cursos de reciclaje, que adaptara el Plan a la estructura del sistema educativo y a la preparación más idónea de los profesionales docentes que en la formación universitaria no habían realizado estudios de lengua y cultura de las Islas Baleares.

Así pues, el consejero de Cultura, Educación y Deportes dictó la Orden de 25 de marzo de 1996 por la que se establece el Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural y se fijan las titulaciones que deben tenerse para dar clases de y en lengua catalana en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares. Esta Orden fue parcialmente modificada por la Orden del consejero de Educación y Cultura de 15 de noviembre de 2000 de modificación de determinados aspectos de la Orden de 25 de marzo de 1996 y de adopción de medidas singulares extraordinarias para la homologación de titulaciones para impartir clases en lengua catalana en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares, y posteriormente por la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 20 de agosto de 2008 de modificación de determinados aspectos de la Orden de 25 de marzo de 1996 por la que se establece el Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural y se fijan las titulaciones que deben tenerse para dar clases de y en lengua catalana en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares.

Asimismo, el Gobierno de las Islas Baleares aprobó el Decreto 92/1997, de 4 de julio, que regula el uso y la enseñanza de y en lengua catalana, propia de las Islas Baleares, en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares, que posibilitó la implantación progresiva de la enseñanza en lengua catalana y estableció pautas específicas para cada etapa educativa. Este Decreto derogaba el Decreto 74/1986.

Este Decreto se desarrolló mediante la Orden del consejero de Educación, Cultura y Deportes de día 12 de mayo de 1998 por la que se regulan los usos de la lengua catalana, propia de las Islas Baleares, como lengua de enseñanza en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares. Esta Orden regula la elaboración de los proyectos lingüísticos de centro y, por lo tanto, los usos de la lengua catalana como lengua de enseñanza y de comunicación, y también los aspectos fundamentales para enseñar las dos lenguas oficiales de la comunidad autónoma.

Posteriormente, el Gobierno aprobó el Decreto 15/2013, de 19 de abril, por el que se regula el tratamiento integrado de las lenguas en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares. Este Decreto regula las lenguas vehiculares de los centros y prevé la introducción progresiva de una lengua extranjera. Fue modificado por el Decreto ley 5/2013, de 6 de septiembre, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en relación con la implantación, para el curso 2013-2014, del sistema de tratamiento integrado de las lenguas en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares.

Finalmente, con respecto a las titulaciones exigidas a los profesores para impartir clases en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares, podemos mencionar la Orden de 17 de febrero de 2000 por la que se fijan las titulaciones necesarias para la enseñanza de y en lengua catalana en los centros docentes de las Islas Baleares y se determinan las equivalencias y revalidaciones en materia de reciclaje de lengua catalana para el profesorado no universitario, modificada el 16 de mayo de 2000 por la Modificación de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 17 de febrero de 2000, publicada en el BOIB n.º 23, de 22.02.2000, por la que se fijan las titulaciones necesarias para la enseñanza de y en lengua catalana en los centros docentes de las Islas Baleares y se determinan las equivalencias y revalidaciones en materia de reciclaje de lengua catalana para el profesorado no universitario, y corregida el 16 de mayo de 2000 por la Corrección de errores advertidos en la Orden del consejero de Educación y Cultura de 17 de febrero de 2000, publicada en el BOIB n.º 23, de 22.02.2000, por la que se fijan las titulaciones necesarias para la enseñanza de y en lengua catalana en los centros docentes de las Islas Baleares y se determinan las equivalencias y revalidaciones en materia de reciclaje de lengua catalana para el profesorado no universitario.

También podemos hacer referencia a la Orden del consejero de Educación y Cultura de 15 de noviembre de 2000 por la que se regulan las titulaciones mínimas que debe tener el profesorado de los centros docentes privados (concertados o no) de enseñanza secundaria obligatoria y bachillerato para impartir las áreas y materias relacionadas con la lengua catalana y literatura y al Decreto 115/2001, de 14 de septiembre, por el que se regula la exigencia de conocimiento de las lenguas oficiales al personal docente, modificado por el Decreto 169/2003, de 26 de septiembre.

A pesar de este despliegue normativo, parece necesario revisar la Orden de 25 de marzo de 1996, aún vigente, para adecuar la formación lingüística y cultural de los maestros y profesores de los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares a las nuevas exigencias de un sistema educativo que estos últimos años ha cambiado de manera notable. En este sentido, debe indicarse que, desde la aprobación de la Orden de 25 de marzo de 1996, se ha completado el proceso de transferencia de las competencias educativas a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y se ha modificado sucesivamente la normativa básica estatal de educación.

Conviene destacar que la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) supone un enriquecimiento de los recursos didácticos que los profesores de los cursos de reciclaje no pueden descuidar y la aparición de nuevas posibilidades formativas que pueden facilitar la adquisición de los conocimientos lingüísticos y culturales necesarios para impartir docencia en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares.

Debe tenerse en cuenta también el desarrollo del Espacio Europeo de Educación Superior, creado a partir de la Declaración de Bolonia, con respecto a la metodología de enseñanza universitaria y a las titulaciones surgidas del nuevo sistema.

Finalmente, debe mencionarse el Decreto 20/2013, de 15 de julio, del presidente de las Islas Baleares, por el que se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Islas Baleares, por el que se establecen las Competencias y la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Esta modificación otorga al Instituto de Estudios Baleáricos (IEB) la competencia relativa a la gestión de los cursos y de las pruebas libres incluidos en el Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural y la expedición de los certificados de notas y de capacitación incluidos en el Plan mencionado.

El IEB es un consorcio integrado por la Universidad de las Islas Baleares, el Consejo Insular de Mallorca, el Consejo Insular de Menorca, el Consejo Insular de Ibiza, el Consejo Insular de Formentera y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que se encarga de organizar cursos de catalán y de convocar y administrar las pruebas para obtener los diferentes certificados de conocimientos de lengua catalana, entre otras funciones.

Con la modificación prevista en el Decreto 20/2013, se consigue centralizar la formación y la evaluación de lengua catalana en un mismo organismo, se simplifica la estructura administrativa y se facilita a los ciudadanos el proceso de obtención de los certificados relacionados con la lengua catalana.

Asimismo, teniendo en cuenta que se ha superado la etapa inicial en que se ofrecían cursos de lengua a los profesores que no tenían unos conocimientos suficientes de la lengua catalana, y dado que el IEB es el organismo encargado de organizar tanto cursos de catalán, como los exámenes para obtener los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana, se ha considerado más adecuado que el Plan de Formación Lingüística y Cultural incluya sólo los cursos de formación especializada.

Por otra parte, con la asunción de las competencias por parte del IEB, la Administración reduce su gasto, porque se aplicarán toda una serie de medidas de ahorro mediante las cuales la gestión de los cursos y las pruebas libres tendrá un coste mínimo, puesto que se autofinanciarán en gran parte.

Así pues, con esta nueva Orden se quiere dar a los cursos incluidos en el Plan de Formación Lingüística y Cultural un enfoque adaptado a la nueva realidad. Además, se pretende abrir los cursos a la posibilidad de aprovechar las TIC para satisfacer las necesidades formativas de los alumnos y a la adopción de un enfoque teórico-práctico dirigido a mejorar el uso efectivo de la lengua catalana en la enseñanza. Este planteamiento curricular de los cursos de formación lingüística y cultural pretende conectar las dimensiones lingüística y didáctica, fundamentándose en las propuestas y las tendencias más actuales en la enseñanza de lenguas.

El artículo 35 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, según la redacción de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, establece que la institución consultiva a la que debe recurrir el IEB cuando necesite asesoramiento en la aplicación de esta Orden es la Universidad de las Islas Baleares.

Por todo ello, en el ejercicio de las facultades que me atribuyen el artículo 38.2.b de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Islas Baleares; la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares; la disposición final primera del Decreto 92/1997, de 4 de julio, que regula el uso y la enseñanza de y en lengua catalana, propia de las Islas Baleares, en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares, y la disposición final primera del Decreto 115/2001, de 14 de septiembre, por el que se regula la exigencia de conocimiento de las lenguas oficiales al personal docente, habiendo consultado el Consejo Escolar y de acuerdo con el Consejo Consultivo, dicto la siguiente

ORDEN

Artículo 1

Objeto

El objeto de esta Orden es fijar las titulaciones que deben tenerse para dar clases de lengua catalana y en lengua catalana, propia de las Islas Baleares, en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares, tanto públicos como concertados y privados, y establecer el Plan de Formación Lingüística y Cultural (FOLC), que debe permitir adquirir y actualizar las habilidades lingüísticas necesarias tanto para la enseñanza de la lengua catalana en determinados niveles educativos como para la enseñanza en lengua catalana de las áreas curriculares correspondientes a la enseñanza no universitaria, a los efectos de la obtención de los certificados correspondientes.

Artículo 2

Competencia

1.    El Instituto de Estudios Baleáricos (IEB) es el encargado de gestionar el Plan de Formación Lingüística y Cultural.

2.    El IEB debe entregar los certificados de capacitación correspondientes al Plan de Formación Lingüística y Cultural, de acuerdo con la acreditación académica correspondiente.

3.    El IEB debe encargarse de gestionar la bolsa de profesores y examinadores de los cursos y las pruebas libres de las asignaturas de los diferentes certificados. A tal efecto, el IEB convocará una bolsa de profesores y examinadores mediante una resolución del presidente del IEB.

4.    El presidente del IEB debe nombrar a los tribunales evaluadores de las pruebas libres incluidas en el Plan de Formación Lingüística y Cultural.

Artículo 3

Certificados

Se establecen los siguientes certificados:

a)        Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en el primer ciclo de la educación infantil (CCI).

b)        Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en el segundo ciclo de la educación infantil y en la educación primaria (CCIP).

c)         Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en la educación secundaria (CCS).

Artículo 4

Titulaciones y certificados para poder impartir clases de lengua catalana y en lengua catalana

1.    Para dar clases en lengua catalana en el primer ciclo de la educación infantil (0-3 años) debe tenerse el Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en el primer ciclo de la educación infantil (CCI), en el caso de los técnicos superiores en educación infantil o con titulaciones equivalentes académicamente o profesionalmente, o el Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en el segundo ciclo de la educación infantil y en la educación primaria (CCIP) o uno equivalente, en el caso de los diplomados en estudios de maestro, especialidad de educación infantil, y los graduados en educación infantil.

2.    Para dar clases de lengua catalana y en lengua catalana en el segundo ciclo de la educación infantil (3-6 años), la educación primaria y la educación de adultos (especialidad primaria) debe tenerse el Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en el segundo ciclo de la educación infantil y en la educación primaria (CCIP) o uno equivalente.

Los licenciados y graduados o con otras titulaciones que permiten ejercer como docente en la educación secundaria que imparten docencia a partir de esta titulación en la educación primaria pueden dar clases en catalán con el Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en la educación secundaria (CCS) o uno equivalente.

3.    Para dar clases en lengua catalana en la educación secundaria, la formación profesional, la educación de personas adultas (todas las especialidades excepto primaria), la enseñanza de idiomas y las enseñanzas artísticas no universitarias debe tenerse el Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en la educación secundaria (CCS) o uno de equivalente.

Los maestros que estén en posesión del Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en la educación infantil y en la educación primaria (CCIP) también pueden dar clases en catalán en los dos primeros cursos de ESO e impartir las especialidades de pedagogía terapéutica, audición y lenguaje y programas de calificación profesional inicial (PQPI) en los departamentos de orientación de los institutos de educación secundaria o en centros integrados de formación profesional.

4.    Para dar clases en la educación secundaria, la educación de adultos y las escuelas oficiales de idiomas debe tenerse el título de licenciado en filología catalana o el de graduado en lengua y literatura catalanas, o cualquier otra denominación o titulación que la Administración educativa reconozca como equivalente de universidades del Estado español.

También pueden dar clases en estos niveles educativos los profesores que hayan adquirido la especialidad de catalán mediante la superación del concurso oposición para acceso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria de la especialidad de lengua y literatura catalanas.

Asimismo, también pueden dar clases hasta el primer ciclo de ESO los maestros que han adquirido la especialidad de catalán mediante la superación de un concurso oposición y los que fueron adscritos como profesores de lengua y literatura catalanas al primer ciclo de ESO y tienen el Diploma de maestro de catalán de las Islas Baleares (expedido por el rector de la Universidad de Palma de Mallorca a propuesta de la Comisión Mixta Ministerio de Educación - Consejo General Interinsular) o el Título de profesor de lengua catalana del Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado de y en Lengua Catalana o del Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural.

Artículo 5

Plan de estudios

1.    Para obtener los certificados mencionados en el artículo 3 de esta Orden se establece el siguiente plan de estudios:

a)   Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en el primer ciclo de la educación infantil (CCI):

-       Lengua y cultura popular

b)   Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en el segundo ciclo de la educación infantil y en la educación primaria (CCIP):

-       Medio social y cultural:

·      Geografía

·      Historia y arte

·      Literatura

-       Didáctica de la lengua catalana

c)    Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en la educación secundaria (CCS):

-       Seminario de lenguaje específico o seminario de tratamiento de lenguas en el currículum

2.    Los seminarios se dirigen a los profesores o personas que tengan la titulación necesaria para ejercer de profesor de enseñanza secundaria, profesor de formación profesional, profesor de música y artes escénicas, profesor de artes plásticas y diseño, profesor de escuelas oficiales de idiomas y maestro de taller de artes plásticas y diseño.

Los seminarios incluidos dentro del Plan de Formación Lingüística y Cultural son los siguientes:

            Seminario de tratamiento de lenguas en el currículum, dirigido a los profesores de áreas lingüísticas de la educación secundaria y de la educación de adultos y a los de las escuelas oficiales de idiomas.

            Seminario de lenguaje específico para humanidades, dirigido a los profesores con estudios de la rama de artes y humanidades y de la rama de ciencias sociales.

            Seminario de lenguaje específico técnico-científico, dirigido a los profesores con estudios de la rama de ciencias, ciencias de la salud o ingeniería y arquitectura.

            Seminario de lenguaje específico jurídico-administrativo, dirigido a los profesores con estudios de la rama de ciencias jurídicas.

3. Todas las asignaturas previstas en este plan de estudios deben adecuarse a los objetivos, contenidos y criterios de evaluación que se indican en el anexo de esta Orden.

Artículo 6

Equivalencias

1.    Las siguientes situaciones garantizan los conocimientos comprendidos en el Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en el segundo ciclo de la educación infantil y en la educación primaria (CCIP):

-       Tener el título de diplomado en estudios de maestro expedido por la Universidad de las Islas Baleares según el plan de estudios de 1990, el plan de estudios de 1984 adaptado al de 1990 y el plan de estudios de 1993.

-       Tener el título de diplomado en estudios de maestro expedido por la Universidad de las Islas Baleares según el plan de 2002 siempre que hayan cursado y superado las siguientes asignaturas:

a)      Asignaturas para los estudios de maestro, especialidades de educación primaria, de educación especial, educación física y educación musical

Lengua y literatura catalana y su didáctica I

Lengua y literatura catalana y su didáctica II

Historia y didáctica de la literatura infantil y juvenil catalana

Gramática catalana y su didáctica

Sociolingüística

b)      Asignaturas para los estudios de maestro, especialidad de educación infantil

Lengua y literatura catalana y su didáctica I

Desarrollo de habilidades lingüísticas y su didáctica I

Lengua y literatura catalana y su didáctica II

Gramática catalana y su didáctica

Literatura infantil catalana

c)      Asignaturas para los estudios de maestro, especialidad de lengua extranjera

Lengua y literatura catalana y su didáctica I

Lengua y literatura catalana y su didáctica II

Lingüística

Gramática catalana y su didáctica

Historia y didáctica de la literatura infantil y juvenil catalana

-       Tener el título de graduado en educación infantil o en educación primaria expedido por la Universidad de las Islas Baleares según el plan de estudios de 2009.

-       Ser maestro y haber adquirido la especialidad de catalán mediante la superación de un concurso oposición.

-       Tener la licenciatura de filología catalana o el grado en lengua y literatura catalanas.

2.    Las siguientes situaciones garantizan los conocimientos comprendidos en el Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en la educación secundaria (CCS):

-       Tener la licenciatura de filología catalana o el grado en lengua y literatura catalanas.

-       Tener el título del Máster Universitario de Formación del Profesorado expedido por la Universidad de las Islas Baleares según el plan de estudios de 2010.

-       Ser profesor y haber obtenido la especialidad de catalán mediante la superación de un concurso oposición.

3.    También son equivalentes las titulaciones o los certificados que determina el Decreto 115/2001, de 14 de septiembre, por el que se regula la exigencia de conocimientos de las lenguas oficiales al personal docente (BOIB n.º 114, de 22 de septiembre), modificado por el Decreto 169/2003, de 26 de septiembre (BOIB n.º 136, de 30 de septiembre).

4.    Las personas que acrediten encontrarse en cualquiera de las situaciones descritas en este artículo están en posesión del certificado de capacitación correspondiente, sin necesidad de tramitar la equivalencia.

Artículo 7

Certificados de capacitación anteriores

A efectos de docencia, las equivalencias entre los certificados establecidos en esta Orden y los certificados y las titulaciones de los planes de reciclaje anteriores -Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado de y en Lengua Catalana (Orden de la consejera de Cultura, Educación y Deportes de día 27 de noviembre de 1989 por la que se establece el Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado y se fijan las titulaciones que deben tenerse con el fin de realizar la enseñanza de y en lengua catalana; BOIB n.º 160, de 28 de diciembre) y Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural (Orden del consejero de Cultura, Educación y Deportes de día 25 de marzo de 1996 por la que se establece el Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural y se fijan las titulaciones que deben tenerse para dar clases de y en lengua catalana en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares; BOIB n.º 43, de 6 de abril)- son las siguientes:

a)   Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en el segundo ciclo de la educación infantil y en la educación primaria (CCIP):

-       Certificado de capacitación para la enseñanza de y en lengua catalana en la educación infantil y primaria (Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural)

-       Diploma de capacitación para la enseñanza de la lengua catalana (Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado de y en Lengua Catalana)

-       Título de profesor de lengua catalana (Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural y Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado de y en Lengua Catalana)

b)   Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en la educación secundaria (CCS):

-       Certificado de capacitación para la enseñanza en lengua catalana en la educación secundaria (Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural)

-       Certificado de aptitud docente (Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado de y en Lengua Catalana)

Artículo 8

Convalidaciones

1.    La convalidación entre las asignaturas del Plan de Formación Lingüística y Cultural y las de los planes de reciclaje anteriores -Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado de y en Lengua Catalana y Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural- son las siguientes:

a)   Medio social y cultural

—   Geografía

Módulo 1 de medio social y cultural (geografía) (Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural)

Cultura I (Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado de y en Lengua Catalana)

—   Historia y arte

Módulo 2 de medio social y cultural (historia) (Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural)

Cultura II (Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado de y en Lengua Catalana)

—   Literatura

Módulo 3 de medio social y cultural (literatura) (Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural)

Cultura III (Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado de y en Lengua Catalana)

b)   Didáctica de la lengua catalana

Metodología general de la enseñanza de la lengua catalana (Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural)

Didáctica I (Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado de y en Lengua Catalana)

Didáctica II (Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado de y en Lengua Catalana)

c)    Seminarios

Seminario de lenguaje específico o seminario de tratamiento de lenguas en el currículum (Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural)

Seminario de especialidad (Plan de Reciclaje y Perfeccionamiento del Profesorado de y en Lengua Catalana)

2. La convalidación entre las asignaturas del Plan de Formación Lingüística y Cultural y estudios de la Universidad de las Islas Baleares son las siguientes:

–        Geografía

Título de licenciado en filosofía y letras, división geografía, grado de geografía o equivalente de la Universidad de las Islas Baleares.

–        Historia y arte

Título de licenciado en filosofía y letras, historia o historia del arte, grado de historia o historia del arte o equivalente de la Universidad de las Islas Baleares.

–        Literatura

Título de licenciado en filología catalana o grado de lengua y literatura catalanas de la Universidad de las Islas Baleares.

–        Didáctica de la lengua

Título de licenciado en filosofía y letras, división filosofía y ciencias de la educación, sección ciencias de la educación, grado de pedagogía o equivalente de la Universidad de las Islas Baleares.

Artículo 9

Convocatoria de los cursos y las pruebas libres

1.    Las asignaturas necesarias para obtener los certificados del Plan de Formación Lingüística y Cultural pueden hacerse a través de cursos oficiales o de pruebas libres.

2.    Corresponde al presidente del IEB convocar los cursos y las pruebas libres para obtener los certificados del Plan de Formación Lingüística y Cultural. La convocatoria debe hacerse siempre mediante una resolución que debe publicarse en el BOIB.

3.    Cada año debe preverse, como mínimo, una convocatoria de cursos y de pruebas libres de cada una de las asignaturas.

4.    Las convocatorias deben indicar:

a)      La oferta formativa y de pruebas libres.

b)      Las fechas, los plazos y los lugares de inscripción.

c)      El importe de la matrícula.

d)      La fecha y el lugar de publicación de las notas.

e)      Las horas lectivas de los cursos y el mínimo de asistencia a los cursos exigido.

f)       La composición de los tribunales que deben evaluar las pruebas libres.

Artículo 10

Matriculación y requisitos para formalizar la matrícula

1.    Para matricularse a los cursos oficiales o a las pruebas libres de las asignaturas incluidas en el Plan de Formación Lingüística y Cultural debe acreditarse una titulación que permita ejercer la docencia en los centros docentes no universitarios.

2.    Las personas con un título obtenido en el extranjero deben presentar la homologación correspondiente.

3.    Cada persona sólo se puede matricular a los cursos y a las pruebas libres de las asignaturas que permitan obtener el certificado necesario de acuerdo con el artículo 3 de esta Orden.

4.    La persona interesada no se puede matricular a los cursos y a las pruebas libres en una misma convocatoria.

5.      Para matricularse a los cursos oficiales o a las pruebas libres de la asignatura de lengua y cultura popular (CCI), los alumnos deben acreditar el nivel B2 de conocimientos de lengua catalana, sin perjuicio de lo que establece el artículo 27.2b del Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos.

6.    Para matricularse a los cursos oficiales o a las pruebas libres de las asignaturas de geografía y de historia y arte (CCIP), de literatura (CCIP), de didáctica de la lengua catalana (CCIP) y de los seminarios (CCS), los alumnos deben acreditar el nivel C1 de conocimientos de lengua catalana, sin perjuicio de lo que establece el artículo 27.2b del Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos.

7.      Los niveles de conocimientos de lengua catalana pueden acreditarse mediante el certificado correspondiente expedido por la Consejería de Educación, Cultura y Universidades o cualquier otro que se considere equivalente según la Orden del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013 por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud o la normativa vigente aplicable.

8.    La persona interesada puede matricularse simultáneamente a las asignaturas siguientes:

a)   Geografía, historia y arte, literatura y didáctica de la lengua catalana del plan de estudios del CCIP, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en este artículo.

b)   Geografía, historia y arte, literatura y didáctica de la lengua catalana y un seminario de lenguaje específico, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en este artículo.

Artículo 11

Tasas de matrícula

1. Para matricularse a los cursos oficiales o a las pruebas libres de las asignaturas de los diferentes certificados, los alumnos deben pagar las tasas previstas legalmente.

2. El Instituto de Estudios Baleáricos debe llevar a cabo la gestión recaudatoria en periodo voluntario de la tasa por matrícula a los cursos oficiales o a las pruebas libres de las asignaturas de los diferentes certificados.

Artículo 12

Tribunales evaluadores

1. Para cada convocatoria, el presidente del IEB debe nombrar a un tribunal para cada asignatura de la que se convoquen pruebas.

2. Estos tribunales deben estar integrados, como mínimo, por un presidente, un secretario y tres vocales, con los correspondientes suplentes.

3. Los miembros de los tribunales deben ser personas que formen parte de la bolsa de profesores y examinadores o, en casos excepcionales, personas competentes en la materia que se evalúa.

4. Siempre que sea posible, deberá tenerse en cuenta el principio de representación equilibrada en la designación de las personas que deben formar parte de los tribunales.

5. Para la constitución de los tribunales y para poder actuar, deben estar presentes, como mínimo, el presidente, el secretario y un vocal.

6. Las funciones de los tribunales son las siguientes:

a) Elaborar las pruebas.

b) Supervisar el desarrollo de las pruebas.

c) Corregir las pruebas.

d) Revisar las pruebas de los examinandos que lo soliciten.

e) Aprobar los resultados de las pruebas.

f) Fijar los contenidos mínimos que deben tener los trabajos que deben presentar los alumnos de los cursos oficiales.

g) Aprobar las notas de los alumnos de los cursos oficiales.

h) Informar sobre los recursos de alzada que se presenten contra las decisiones de los tribunales.

7. Contra las decisiones de los tribunales puede interponerse un recurso de alzada ante del presidente del IEB.

8. Los tribunales se regirán por lo que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 13

Cursos de formación permanente y de apoyo

1. En el marco de los cursos del Plan de Formación Lingüística y Cultural pueden organizarse cursos de formación permanente de carácter lingüístico, didáctico o cultural que tengan como finalidad completar la oferta formativa y actualizar conocimientos en aspectos vinculados con la enseñanza. Deben dirigirse preferentemente a los profesores que ya tienen las titulaciones exigidas para realizar la enseñanza de lengua catalana y en lengua catalana.

2. Asimismo, pueden organizarse cursos de apoyo a los alumnos que cursan las asignaturas para obtener los certificados oficiales de este plan formativo.

Artículo 14

Expedición y registro de certificados

1.    Corresponde al presidente del IEB expedir los certificados de capacitación incluidos en el Plan de Formación Lingüística y Cultural a las personas que hayan superado las asignaturas que se mencionan en el plan de estudios que se indica en el artículo 5 de esta Orden. Estos certificados deben incorporar señales de autenticidad y deben numerarse mediante series alfanuméricas.

2.    Corresponde al IEB llevar el Registro de certificados del Plan de Formación Lingüística y Cultural, que tiene carácter administrativo, en el que deben inscribirse los datos estrictamente identificativos de las personas que los han obtenido y la identificación alfanumérica de los certificados.

3.    Corresponde al IEB emitir los certificados de notas de las asignaturas incluidas en el plan de estudios del Plan de Formación Lingüística y Cultural.

Artículo 15

Emisión de certificados que acrediten la expedición de certificados anteriores

1. Las personas interesadas pueden solicitar la emisión de un certificado que acredite la expedición de un certificado anterior. Junto con la solicitud debe adjuntarse la acreditación del pago de la tasa correspondiente.

El IEB debe llevar a cabo la gestión recaudatoria de los ingresos de la tasa.

2. La solicitud con la documentación exigida debe presentarse en cualquiera de los registros que tiene habilitados el IEB. También puede presentarse de conformidad con lo que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. El órgano competente para emitir esta certificación es el jefe del Servicio de Evaluación y Enseñanza del IEB.

Disposición adicional primera

Actualización y aplicación de asignaturas y seminarios

Con la finalidad de garantizar la actualización y la mejor aplicación de los contenidos, puede modificarse el anexo de esta Orden mediante una resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades.

Disposición adicional segunda

Traspaso de la aplicación informática

La Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación Profesional traspasará al IEB las aplicaciones informáticas utilizadas para gestionar los cursos y las pruebas libres para obtener los certificados del Plan de Formación Lingüística y Cultural en un plazo no superior a un mes desde la entrada en vigor de esta Orden. El IEB pasará a tener la titularidad de los ficheros personales que contienen estas aplicaciones informáticas.

Disposición adicional tercera

Comisión Técnica de Asesoramiento para la Enseñanza de y en Lengua Catalana

En los casos no previstos en esta Orden, debe solicitarse un informe a la Comisión Técnica de Asesoramiento de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, prevista en la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 8 de noviembre de 2013 por la que se modifica y regula la Comisión Técnica de Asesoramiento para la Enseñanza de y en Lengua Catalana.

Asimismo, la Comisión es la encargada de actualizar los contenidos de las asignaturas y seminarios incluidos en el Plan de Formación Lingüística y Cultural.

Disposición transitoria primera

Profesionales de la educación infantil (0-3 años)

Los técnicos superiores en educación infantil o con titulaciones equivalentes académicamente o profesionalmente que trabajan en el primer ciclo de la educación infantil (0-3 años) tienen hasta el 31 de agosto de 2016 para obtener el Certificado de capacitación en lengua catalana para la enseñanza en la educación infantil (0-3 años) (CCI).

Disposición transitoria segunda

Alumnos del Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural

1. Los alumnos que en el momento de la publicación de esta Orden no hayan finalizado los estudios del Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural tienen automáticamente convalidadas las asignaturas aprobadas de acuerdo con el artículo 8 de esta Orden.

Estos alumnos deben finalizar las asignaturas pendientes de acuerdo con el plan de estudios del FOLC y, por lo tanto, accederán a los nuevos certificados de capacitación. El plazo para finalizar las asignaturas pendientes acaba el día 31 de diciembre de 2015.

2. Los alumnos que en el momento de la publicación de esta Orden se hayan matriculado a las asignaturas del Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural y no hayan acreditado el nivel de conocimientos de lengua catalana correspondiente de acuerdo con el artículo 10 de esta Orden, tienen hasta el 31 de diciembre de 2015 para acreditarlo.

Disposición derogatoria única

Normas derogadas

Quedan derogadas todas las normas de rango igual o inferior que se opongan a esta Orden y, expresamente, las siguientes:

—   Orden del consejero de Cultura, Educación y Deportes de día 25 de marzo de 1996 por la que se establece el Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural y se fijan las titulaciones que deben tenerse para dar clases de y en lengua catalana en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares (BOIB, n.º 43, de 6 de abril).

—   Orden del consejero de Cultura, Educación y Deportes de día 27 de marzo de 1996 por la que se fijan las asignaturas de los cursos de reciclaje y de formación lingüística y cultural que deberá hacer el profesorado que tenía más de cincuenta y cinco años en el momento de la publicación del Orden del 5 de octubre de 1995 que regula estos cursos.

—   Orden de 17 de febrero de 2000 por la que se fijan las titulaciones necesarias para la enseñanza de y en lengua catalana en los centros docentes de las Islas Baleares y se determinan las equivalencias y revalidaciones en materia de reciclaje de lengua catalana para el profesorado no universitario.

—   Modificación de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 17 de febrero de 2000, publicada en el BOIB n.º 23, de 22.02.2000, por la que se fijan las titulaciones necesarias para la enseñanza de y en lengua catalana en los centros docentes de las Islas Baleares y se determinan las equivalencias y revalidaciones en materia de reciclaje de lengua catalana para el profesorado no universitario.

—   Corrección de errores advertidos en la Orden del consejero de Educación y Cultura de 17 de febrero de 2000, publicada en el BOIB n.º 23, de 22.02.2000, por la que se fijan las titulaciones necesarias para la enseñanza de y en lengua catalana en los centros docentes de las Islas Baleares y se determinan las equivalencias y revalidaciones en materia de reciclaje de lengua catalana para el profesorado no universitario.

—   Orden del consejero de Educación y Cultura de 15 de noviembre de 2000 de modificación de determinados aspectos de la Orden de 25 de marzo de 1996 y de adopción de medidas singulares extraordinarias para la homologación de titulaciones para impartir clases en lengua catalana en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares (BOIB n.º 143, de 23 de noviembre).

—   Orden del consejero de Educación y Cultura de 15 de noviembre de 2000 por la que se regulan las titulaciones mínimas que debe tener el profesorado de los centros docentes privados (concertados o no) de enseñanza secundaria obligatoria y bachillerato para impartir las áreas y materias relacionadas con la lengua catalana y literatura

—   Orden del consejero de Educación y Cultura de día 30 de julio de 2002, por la que se regulan determinados requisitos de acreditación del conocimiento de la lengua catalana por parte de los maestros que hayan cursado sus estudios a partir del curso 2002-2003, según determinados planes de estudios de maestro en las diversas especialidades de la Universidades de las Islas Baleares.

—   Orden de la consejera de Educación y Cultura de 20 de agosto de 2008 de modificación de determinados aspectos de la Orden de 25 de marzo de 1996 por la que se establece el Plan de Reciclaje y de Formación Lingüística y Cultural y se fijan las titulaciones que deben tenerse para dar clases de y en lengua catalana en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares (BOIB n.º 126, de 9 de septiembre).

Disposición final primera

Importe que deben percibir profesores y examinadores

Se autoriza el Consejo de Dirección del IEB para que fije el importe que deben percibir los profesores de los cursos incluidos en el Plan de Formación Lingüística y Cultural.

Con respecto a las indemnizaciones que deben percibir los examinadores de las pruebas libres incluidas en el Plan de Formación Lingüística y Cultural, deben aplicarse las indemnizaciones previstas en el Decreto 54/2002, de 12 de abril, por el que se regulan las indemnizaciones a razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Islas Baleares, y en el Decreto 87/2012, de 16 de noviembre, de evaluación y certificación de conocimientos de lengua catalana, según la redacción que hace de ambos decretos el Decreto 25/2013, de 24 de mayo.

Disposición final segunda

Entrada en vigor

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 14 de abril de 2014

 

La consejera de Educación, Cultura y Universidades

Joana Maria Camps Bosch

 

Anexo

Lengua y cultura popular (CCI)

Introducción

Esta asignatura se ha diseñado con el objetivo de formar al personal docente que trabaja o tiene que trabajar en el primer ciclo de educación infantil (0-3 años). La formación que ofrece la asignatura está basada fundamentalmente en la adquisición de herramientas y estrategias metodológicas que puedan acercar a los niños a la lengua y la cultura de las Islas Baleares de manera lúdica y adecuada a las primeras edades.

La acción educativa debe posibilitar el desarrollo afectivo y el crecimiento personal de los niños y, entre otros aspectos importantes, el descubrimiento gradual del entorno inmediato, físico y social, para poder disfrutar de las manifestaciones culturales más identificadoras de las Islas Baleares y respetar las de otros lugares.

En esta etapa es imprescindible que los niños se sientan acogidos y confiados; por eso, hay que aceptarlos íntegramente con estima, conocerlos y comprenderlos desde la afectividad y asegurar las relaciones de confianza y la creación de vínculos con las personas próximas (adultas e iguales).

De acuerdo con el artículo 5 de los principios metodológicos y pedagógicos del Decreto 71/2008, de 27 de junio, por el que se establece el currículum de la educación infantil en las Islas Baleares, «Los contenidos educativos deben abordarse por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado para los niños, que partan de las situaciones cotidianas del centro y del entorno, que permitan incorporar sus experiencias y aprendizajes y que se adecuen a sus características evolutivas y a sus ritmos y estilos de aprendizaje». Es por eso que esta asignatura ofrecerá la posibilidad de conocer y crear actividades que posibiliten el desarrollo de las habilidades comunicativas del niño a partir de recursos estrechamente vinculados a nuestra lengua y nuestra cultura.

Objetivos

1.        Conocer recursos lingüísticos diversos que posibiliten el trabajo de la lengua catalana, con especial atención a las modalidades insulares de acuerdo con el artículo 35 del Estatuto de autonomía de las Islas Baleares:

a)        Las adivinanzas

b)        Las onomatopeyas

c)         Los trabalenguas

2.        Conocer y/o crear tonadas en lengua catalana para acompañar el trabajo de los hábitos y las rutinas que ayuden al niño a organizar y auto-regular su propia actividad:

a)        Hábitos (limpieza, orden, autonomía)

b)        Rutinas

c)         Rituales de atención

3.        Conocer canciones populares y pequeños poemas isleños que favorezcan la educación de la sensibilidad del niño y al mismo tiempo lo acerquen a nuestras tradiciones:

a)        Juegos de manos con canción

b)        Juegos con el cuerpo

c)         Canción con gesto

d)        Canción para jugar

e)         La canción de escoger

4.        Descubrir las posibilidades del títere como mediador e interlocutor en el aprendizaje del catalán como una nueva lengua:

a)        El títere amigo

b)        El títere en los cuentos

5.        Desarrollar la capacidad de narrar cuentos participativos con los soportes adecuados a la edad de los niños:

a)        Los libros ilustrados para las primeras edades

b)        Soportes visuales para la narración participativa

c)         Los cuentos populares en lengua catalana

d)        Aproximación a los cuentos populares de las Islas Baleares (rondalles)

Contenidos

1.        Los recursos lingüísticos para las primeras edades:

a)        Las adivinanzas

b)        Las onomatopeyas

c)         Los trabalenguas

2.        Las tonadas para hábitos y rutinas:

a)        Hábitos (limpieza, orden, autonomía)

b)        Rutinas

c)         Rituales de atención

3.        Las canciones y los poemas de la tradición:

a)        Juegos de manos con canción

b)        Juegos con el cuerpo

c)         Canciones con gesto

d)        Canciones para jugar

e)         La canción de escoger

4.        El títere como mediador e interlocutor en el aprendizaje del catalán como una nueva lengua.

5.        La narración de cuentos y narraciones populares de las Islas Baleares (rondalles) con los soportes adecuados a la edad de los niños.

Criterios de evaluación

1. Alumnos de cursos oficiales:

a)        Asistir a clase, participar adecuadamente y hacer las actividades propuestas por el profesor en el aula (35% de la nota final).

b)        Presentar y defender oralmente un trabajo, hecho individualmente o en grupo fuera del aula, de acuerdo con las propuestas del profesor (65% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

2. Alumnos de matrícula libre:

Presentarse a una prueba de acuerdo con los objetivos y los contenidos del programa, que debe constar de una intervención oral y un ejercicio escrito (100% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

Medio social y cultural (CCIP)

Introducción

Las diferentes asignaturas de medio social y cultural se han diseñado pensando en destinatarios que son maestros que desarrollan o que deben desarrollar la actividad docente en un aula de educación infantil o de primaria.

La finalidad de las asignaturas es, sobre todo, desarrollar estrategias para trabajar adecuadamente en el aula la geografía, la historia y el arte de las Islas Baleares, y la literatura catalana. Se pretende, al mismo tiempo, encontrar un equilibrio provechoso entre la diversidad de metodologías de aproximación al hecho geográfico, histórico o literario y la gestión práctica docente. Así, los objetivos y los contenidos tratan tanto de las particularidades geográficas de cada una de las islas, con el fin de analizar e interpretar correctamente la realidad del territorio isleño, como de las particularidades del hecho histórico, para analizar y explicar el presente de nuestra sociedad, o las del hecho literario, para analizar y trabajar con diferentes tipologías y géneros discursivos en lengua catalana.

Geografía

Objetivos

1.        Conocer las principales características de la geografía física del archipiélago balear:

a)        Distinguir las unidades orográficas e hidrográficas del territorio de cada una de las islas.

b)        Identificar los principales rasgos climáticos y fenómenos meteorológicos que afectan al archipiélago.

c)         Diferenciar los principales ecosistemas y las especies vegetales que caracterizan el paisaje natural de cada una de las islas.

2.        Conocer de forma general los diversos rasgos de la población balear así como su distribución geográfica:

a)        Conocer la distribución geográfica de la población en las Baleares en el ámbito insular y municipal y las pautas que ha seguido a lo largo de la historia.

b)        Analizar la dinámica natural y la estructura por edad y sexo de la población, así como las tendencias que estos fenómenos han experimentado.

c)         Conocer las principales causas y consecuencias del elevado grado de movilidad que caracteriza la población actual, y también su evolución.

3.        Reconocer las características del sistema urbano de cada una de las islas y los sistemas de transporte que las cohesionan:

a)        Distinguir a los diversos modelos de asentamiento que caracterizan cada una de las islas.

b)        Analizar las diferentes tipologías de transporte y la incidencia en el territorio fragmentado de un archipiélago.

4.        Identificar las diversas tipologías que caracterizan la actividad económica del archipiélago:

a)        Valorar la evolución y la situación actual de la agricultura, la ganadería y la pesca en las Baleares.

b)        Comprender la problemática y la evolución de las actividades industriales.

c)        Conocer la importancia del sector terciario dentro del conjunto de la economía balear y las consecuencias sociales y culturales de su predominio.

5.        Desarrollar la capacidad de planificar actividades didácticas utilizando recursos diversos para ayudar a los alumnos a descubrir las características básicas del territorio balear:

a)        Descubrir las posibilidades de la geografía para contribuir al desarrollo de una actitud de respeto por el medio ambiente.

b)        Familiarizarse con las herramientas de consulta de la geografía de las Islas Baleares: cartografía, atlas, itinerarios, sistemas de información geográfica, manuales, recursos en línea, etc.

Contenidos

1.        Las unidades orográficas e hidrográficas del territorio de las Islas Baleares.

2.        El clima de las Islas Baleares en el contexto del Mediterráneo.

3.        Los principales ecosistemas del archipiélago.

4.        La población balear y su evolución:

a)        Dinámica natural y estructura de la población.

b)        Movilidad y migraciones.

5.        Sistema urbano y transporte:

a)        Modelos de asentamiento de cada una de las islas.

b)        Tipologías de transporte.

6.        El territorio y las actividades económicas:

a)        Sector primario: agricultura, ganadería y pesca.

b)        La actividad industrial.

c)         Sector terciario: turismo y servicios.

7.        Sobre geografía y enseñanza:

a)        La enseñanza de la geografía de las Islas Baleares. El diseño de actividades a partir de recursos sobre el territorio balear.

b)        Los recursos de geografía para consultar y para diseñar actividades: cartografía, itinerarios, sistemas de información geográfica, manuales y recursos en línea aplicados a la enseñanza de la geografía.

Criterios de evaluación

1. Alumnos de cursos oficiales:

a)        Asistir a clase, participar adecuadamente y hacer las actividades propuestas por el profesor en el aula (35% de la nota final).

b)        Presentar y defender oralmente un trabajo, hecho individualmente o en grupo fuera del aula, de acuerdo con las propuestas del profesor (65% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

2. Alumnos de matrícula libre:

Presentarse a una prueba de acuerdo con los objetivos y los contenidos del programa, que debe constar de una intervención oral y un ejercicio escrito (100% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

Historia y arte

Objetivos

1.        Facilitar una aproximación a la historia de las Islas Baleares:

a)        Reconocer la periodización básica y los factores contextuales que han afectado a la evolución.

b)        Distinguir las manifestaciones artísticas y arquitectónicas más importantes a lo largo de la historia.

c)         Reconocer algunas de las características principales de las obras más representativas de la historiografía balear.

2.      Explicitar las características principales de las diferentes épocas históricas de las Islas Baleares, haciendo mención de la economía, la sociedad, las instituciones, el arte, la cultura y los acontecimientos esenciales:

a)        Analizar en cada una de las épocas las relaciones que se producen entre los hechos políticos, los económicos, los sociales y los culturales.

b)        Conocer e identificar las especificidades propias de cada una de las islas y asumir la complejidad de los procesos de cambio que determinan la evolución histórica del archipiélago.

3.        Desarrollar la capacidad de planificar actividades didácticas utilizando recursos diversos para ayudar a los alumnos a descubrir las líneas básicas de la evolución histórica:

a)        Utilizar los textos de la historia de las Islas Baleares como recurso para elaborar actividades en el aula que contribuyan a fomentar la convivencia.

b)        Descubrir las posibilidades de la historia para ayudar a interpretar a la sociedad actual.

4.        Facilitar estrategias y criterios para seleccionar textos de la historia de las Islas Baleares y recursos para la práctica en el aula:

a)        Familiarizarse con las herramientas de consulta de la historia de las Islas Baleares: enciclopedias, diccionarios, manuales, recursos en línea, etc.

b)        Identificar materiales diversos sobre la historia de las Islas Baleares para la práctica en el aula: tipo de publicaciones, instituciones, recursos en línea, etc.

Contenidos

1.        Sobre la historia de las Islas Baleares:

a)        Periodización básica de la historia de las Islas Baleares: presentación de las principales épocas de la historia.

b)        Características principales de las diferentes épocas históricas de cada una de las islas del archipiélago balear: economía, sociedad, instituciones, arte y cultura.

c)         Manifestaciones artísticas y arquitectónicas a lo largo de la historia.

d)        Obras representativas de la historiografía balear.

2.        Sobre historia de las Islas Baleares y enseñanza:

a)        La enseñanza de la historia de las Islas Baleares. El diseño de actividades sobre textos históricos para trabajar en el aula.

b)        La historia como herramienta para interpretar la sociedad actual y fomentar la convivencia.

c)         Recursos historiográficos para consultar y para diseñar actividades: enciclopedias, diccionarios, manuales, itinerarios y visitas, y recursos en línea aplicados a la enseñanza de la historia.

Criterios de evaluación

1. Alumnos de cursos oficiales:

a)        Asistir a clase, participar adecuadamente y hacer las actividades propuestas por el profesor en el aula (35% de la nota final).

b)        Presentar y defender oralmente un trabajo, hecho individualmente o en grupo fuera del aula, de acuerdo con las propuestas del profesor (65% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

2. Alumnos de matrícula libre:

Presentarse a una prueba de acuerdo con los objetivos y los contenidos del programa, que debe constar de una intervención oral y un ejercicio escrito (100% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

Literatura

Objetivos

1.        Aportar una aproximación a la literatura catalana a través de una muestra significativa de textos:

a)        Adquirir una idea aproximada de la historia de la literatura catalana. Reconocer la periodización básica y los factores contextuales que han afectado a la evolución.

b)        Reconocer algunas de las características principales de las obras más representativas de la tradición literaria catalana.

2.      Explicitar las características principales de la poesía, de la narrativa y del teatro a partir de obras representativas de la literatura catalana, especialmente la hecha en las Islas Baleares, prestando especial atención a la literatura infantil, juvenil y de tradición oral:

a)        Utilizar las características principales y los conocimientos sobre la evolución de los géneros literarios para profundizar en la interpretación y la contextualización de los textos literarios catalanes.

b)        Conocer la diversidad de textos de la literatura catalana adecuados para trabajar en el aula, prestando especial atención a las obras adaptadas para la edad escolar, así como a la literatura infantil y juvenil y a la literatura de tradición.

3.        Desarrollar la capacidad de planificar actividades didácticas utilizando textos literarios para ayudar a los niños a descubrir las posibilidades expresivas e imaginativas del lenguaje literario, para fomentar la lectura y contribuir a los otros aprendizajes:

a)        Utilizar los textos de la literatura catalana como recurso para elaborar actividades en el aula que contribuyan a fomentar las habilidades lingüísticas y que puedan servir de espacio de aproximación a otras materias.

b)        Reflexionar sobre las estrategias de dinamización de la lectura en el aula e identificar las posibilidades de la literatura para contribuir al descubrimiento de las capacidades expresivas del lenguaje.

4.        Facilitar estrategias y criterios para seleccionar textos de literatura catalana y recursos para la práctica en el aula:

a)   Familiarizarse con las herramientas de consulta de la literatura catalana: enciclopedias, diccionarios, manuales, recursos en línea, etc.

b)   Identificar materiales diversos sobre literatura catalana para la práctica en el aula: tipo de publicaciones, instituciones, recursos en línea, etc.

Contenidos

1.        Sobre literatura catalana:

a)        Cronología básica de la literatura catalana: presentación de los principales movimientos de la historia literaria catalana. Autores y obras representativos en la tradición catalana. Orígenes y desarrollo de la literatura infantil y juvenil catalana. La literatura de tradición oral.

b)        Miradas transversales sobre el hecho literario. La literatura catalana, la historia y el medio social y cultural. La literatura catalana en relación con otras literaturas y otras disciplinas artísticas.

2.        Sobre literatura catalana y enseñanza:

a)        La enseñanza de la literatura catalana. La educación literaria y las habilidades lingüísticas. El diseño de actividades sobre textos literarios para trabajar en el aula.

b)        Los recursos de literatura catalana para consultar y para diseñar actividades: manuales e historias de la literatura; diccionarios de conceptos literarios, de obras y de autores; páginas web y bases de datos sobre literatura catalana y aplicadas a la enseñanza de la literatura.

Criterios de evaluación

1. Alumnos de cursos oficiales:

a)        Asistir a clase, participar adecuadamente y hacer las actividades propuestas por el profesor en el aula (35% de la nota final).

b)        Presentar y defender oralmente un trabajo, hecho individualmente o en grupo fuera del aula, de acuerdo con las propuestas del profesor (65% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

2. Alumnos de matrícula libre:

Presentarse a una prueba de acuerdo con los objetivos y los contenidos del programa, que debe constar de una intervención oral y un ejercicio escrito (100% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

Didáctica de la lengua catalana (CCIP)

Introducción

El contenido de esta asignatura se ha diseñado pensando en la tarea de los destinatarios, maestros que desarrollan o que deben desarrollar la actividad docente en un aula de educación infantil o de primaria.

Es una finalidad del curso facilitar estrategias para utilizar y enseñar adecuadamente la lengua catalana en el aula desde una perspectiva transversal e interdisciplinaria. Por otra parte, se pretende analizar la diversidad de situaciones que se dan en las aulas en cuanto a la competencia que tienen los alumnos de catalán y de las otras lenguas curriculares, y buscar estrategias adecuadas.

La enseñanza y el aprendizaje de lengua afectan a los otros aprendizajes. Por eso, se revisará la contribución del área a la adquisición de las competencias básicas de los alumnos.

Asimismo, se valorarán los cambios significativos en cuanto a la concepción que se tiene de la lengua y de la manera de enseñarla, y las posibilidades de un equilibrio provechoso entre las diversas metodologías al alcance, siempre vinculadas a la gestión del aula.

Objetivos

1.        Revisar la importancia de la competencia comunicativa y lingüística en el desarrollo integral y armónico de los aspectos intelectuales, afectivos y sociales de los alumnos de la educación infantil y la primaria:

a)        Valorar las propuestas que puedan trasladarse a la tarea docente para enseñar la lengua con un enfoque comunicativo y textual.

b)        Buscar estrategias que favorezcan el aprendizaje reflexivo de la lengua.

c)         Comprender el carácter transversal e interdisciplinario de la lengua.

2.        Analizar la evolución del concepto de lengua y de la manera de enseñarla:

a)        Reconocer las principales corrientes lingüísticas y sus aportaciones didácticas.

b)        Identificar criterios metodológicos derivados de las propuestas textuales y comunicativas para aplicarlos a la enseñanza de la lengua.

c)         Revisar el tratamiento de las habilidades lingüísticas en los enfoques tradicionales, estructuralistas y comunicativos.

3.        Reconocer la relevancia del desarrollo de las habilidades lingüísticas para un aprendizaje comunicativo de la lengua:

a)        Facilitar estrategias para el tratamiento del lenguaje verbal oral y escrito en los textos usados en el aula.

b)        Reflexionar sobre el aprendizaje, la enseñanza y la evaluación de la lengua oral.

c)         Reflexionar sobre el aprendizaje, la enseñanza y la evaluación de la lengua escrita.

d)        Reflexionar sobre la relación entre el uso de los textos y la reflexión y el aprendizaje gramatical, y buscar estrategias para facilitar la aplicación de estos aprendizajes.

e)         Revisar la idea del texto como unidad de comunicación y el papel de los géneros textuales, de los patrones discursivos y de las propiedades textuales.

f)          Valorar la importancia de la coordinación del aprendizaje, la enseñanza y la evaluación de la lengua catalana con las otras lenguas del currículum.

4.        Facilitar estrategias para atender adecuadamente la diversidad existente en las aulas en cuanto al conocimiento de la lengua catalana:

a)        Analizar los aspectos relevantes de la acogida lingüística y cultural de los centros educativos.

b)        Conocer estrategias para facilitar el aprendizaje de la lengua a los alumnos incorporados recientemente a las aulas.

c)         Presentar criterios metodológicos para enseñar la lengua desde un enfoque idóneo para el aprendizaje de segundas lenguas.

5.        Revisar la importancia de la gestión de las lenguas en los centros educativos:

a)        Valorar la relevancia del tratamiento integrado de las lenguas como parte del proyecto educativo del centro.

b)        Conocer las propuestas del marco curricular referidas al aprendizaje, la enseñanza y la evaluación de las lenguas, de los objetivos a la evaluación.

c)         Reconocer la importancia de la coordinación didáctica y metodológica explicitada en los documentos pedagógicos del centro.

d)        Reconocer la importancia de las aportaciones del área de lengua a la consecución de las competencias básicas.

6.        Valorar la incidencia de los recursos y de los materiales didácticos que se utilizan en el aula para aprender, enseñar y evaluar la lengua de acuerdo con el enfoque comunicativo:

a)        Facilitar estrategias para diseñar y escoger actividades y recursos para que los alumnos trabajen.

b)        Propiciar el uso adecuado de recursos audiovisuales y digitales para alcanzar las competencias comunicativas necesarias para acceder a las tecnologías de la información y la comunicación.

c)         Identificar y tener al alcance los libros de texto y los recursos que se ajusten al enfoque de enseñanza de la lengua previsto.

7.        Reconocer la relevancia de las propuestas y directrices para aprender, enseñar y evaluar las lenguas dirigidas a todos los niveles educativos de los diferentes estados de la Unión Europea:

a)        Reconocer la importancia de la descripción de las competencias básicas.

b)        Valorar las directrices descritas en el Marco europeo común de referencia para las lenguas.

c)         Conocer las orientaciones del Portfolio Europeo de las Lenguas como propuestas para complementar las actividades de aula.

Contenidos

1.        La competencia comunicativa.

2.        Enfoque comunicativo y aprendizaje reflexivo de la lengua.

3.        Corrientes lingüísticas y aportaciones didácticas.

4.        El lenguaje verbal oral y escrito.

5.        Las habilidades lingüísticas: receptivas, productivas, interactivas y de mediación.

6.        Coordinación del aprendizaje, la enseñanza y la evaluación de la lengua catalana con las otras lenguas del currículum.

7.        El texto como unidad de comunicación. Los géneros textuales, los patrones discursivos y las propiedades textuales.

8.        El uso de los textos en el aula. Reflexión y aprendizaje gramatical y estrategias para facilitar la aplicación de estos aprendizajes.

9.        La acogida lingüística y cultural para los alumnos de incorporación tardía.

10.    Estrategias para facilitar el aprendizaje de la lengua catalana a los alumnos de incorporación tardía.

11.    El tratamiento integrado de las lenguas como parte del proyecto educativo del centro.

12.    Las propuestas del marco curricular referidas al aprendizaje, la enseñanza y la evaluación de las lenguas.

13.    La coordinación didáctica y metodológica en cuanto a la enseñanza de lenguas en los documentos pedagógicos del centro.

14.    Aportaciones del área de lengua a la consecución de las competencias básicas.

15.    Diseño y elección de materiales y de actividades para trabajar en el aula.

16.    Los recursos audiovisuales y digitales. Los procesadores de textos. Los recursos en línea. Las wikis y los proyectos cooperativos. Las webquests. La creación del discurso y la interacción en las actividades interespaciales.

17.    Las orientaciones del Marco europeo común de referencia para las lenguas.

18.    Las propuestas del Portfolio Europeo de las Lenguas y el trabajo en el aula.

Criterios de evaluación

1. Alumnos de cursos oficiales:

a)        Asistir a clase, participar adecuadamente y hacer las actividades propuestas por el profesor en el aula (35% de la nota final).

b)        Presentar y defender oralmente un trabajo, hecho individualmente o en grupo fuera del aula, de acuerdo con las propuestas del profesor (65% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

2. Alumnos de matrícula libre:

Presentarse a una prueba de acuerdo con los objetivos y los contenidos del programa, que debe constar de una intervención oral y un ejercicio escrito (100% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

Seminarios (CCS)

Introducción

Los diferentes seminarios de lenguaje específico se han diseñado pensando en destinatarios que desarrollan o deben desarrollar la actividad docente en un aula de educación secundaria obligatoria o postobligatoria.

La finalidad de las asignaturas es, sobre todo, dotar a los profesores de estos niveles educativos de las herramientas para expresarse, oralmente y por escrito, con adecuación al registro científico, sea en ramas de humanidades o en ramas técnico-científicas o jurídico-administrativas. Los textos de especialidad comparten unos mismos rasgos lingüísticos y se caracterizan por una alta proporción de términos especializados y el uso de símbolos. Asimismo, estos textos presentan una sintaxis muy elaborada y unas convenciones formales bien establecidas.

Las asignaturas también quieren ofrecer a los profesores herramientas para resolver dudas, sean terminológicas, lingüísticas o formales, que puedan tener en el futuro a la hora de elaborar el discurso dirigido los alumnos.

La lengua es el instrumento con el que razonamos, formulamos las teorías científicas y clasificamos las ideas y los conceptos. Es decir, la lengua es el instrumento que nos permite acceder a los saberes científicos. Pero adquirir los saberes técnico-científicos, humanísticos o jurídico-administrativos supone también adquirir las maneras de comunicar estos saberes. Por lo tanto, es importante que los profesores de estas áreas conozcan el lenguaje específico y los criterios y los recursos lingüísticos y terminológicos propios de sus áreas, para conseguir una enseñanza correcta en lengua catalana.

El seminario de tratamiento de lenguas en el currículum pretende ofrecer estrategias didácticas de enseñanza-aprendizaje de las lenguas, así como la normativa lingüística para elaborar y aplicar el proyecto lingüístico de centro, a través de la Comisión de Normalización Lingüística y del coordinador de esta Comisión, definidos en el reglamento orgánico del centro.

Seminario de lenguaje específico para humanidades

Objetivos

1.    Reconocer la variación lingüística implícita en las lenguas y los tipos de variedades, y conocer los principales puntos de la propuesta de estándar de la lengua catalana del Instituto de Estudios Catalanes, especialmente los que hacen referencia a las modalidades habladas en las Islas Baleares.

2.      Analizar las características de los lenguajes de especialidad:

a.    Reconocer los diferentes tipos de lenguaje de especialidad.

b.    Identificar las características de los lenguajes de especialidad.

c.     Usar el lenguaje de especialidad relacionado con la formación académica propia.

3.        Conocer las características principales del lenguaje científico para humanidades en catalán.

4.        Tomar conciencia de la necesidad de normalización terminológica en catalán.

5.        Alcanzar una visión general de la terminología y del término, y clasificar diferentes tipos de términos por la forma, por la función y por la procedencia.

6.        Reconocer los principales recursos de las lenguas para crear nuevos términos:

a.    Tomar conciencia de los criterios internacionales de terminología.

b.    Conocer los principales formantes griegos y latinos usados en la producción terminológica.

7.        Reflexionar sobre los procesos de trabajo en terminología y terminografía:

a.    Reconocer las diferencias principales entre obras lexicográficas y obras terminográficas.

b.    Conocer los principales recursos lexicográficos del catalán.

c.     Tomar conciencia de las características principales de la organización macroestructural de las obras terminográficas.

d.    Tomar conciencia de las características principales de la organización microestructural (artículos) de las obras terminográficas.

e.     Conocer los principios generales de la definición terminológica.

f.      Conocer los procesos de trabajo en terminología y terminografía.

g.    Practicar la ordenación alfabética de términos.

8.        Conocer los principales criterios de adaptación neológica en catalán:

a.    Clasificar los tipos de neologismos.

b.    Diferenciar préstamos y calcos lingüísticos.

9.        Conocer los principales recursos terminológicos y neológicos de la lengua catalana con respecto al campo de especialidad propio.

10.    Desarrollar la habilidad de producir textos técnicos y científico-humanísticos de la especialidad propia, tanto orales como escritos:

a.    Reconocer las estrategias de producción textual.

b.    Saber utilizar diferentes recursos para producir textos escritos.

c.     Saber utilizar diferentes recursos de apoyo a la producción de textos orales.

d.    Reconocer los diferentes géneros textuales de carácter académico.

e.     Reconocer los buenos y los malos usos de las tecnologías de la información y la comunicación en el desarrollo de estas habilidades.

11.    Usar los recursos lingüísticos al alcance para resolver dudas en la redacción de textos especializados:

a.    Conocer los criterios de uso de los diferentes tipos de letra, de las abreviaciones y de las mayúsculas y minúsculas.

b.    Conocer los criterios de citación bibliográfica y de elaboración de bibliografías.

c.     Conocer los principales recursos al alcance para resolver dudas gramaticales, de estilo o tipográficas en el proceso de redacción de textos académicos.

d.    Tomar conciencia de la necesidad de ser cuidadosos en la elaboración de textos académicos dirigidos a los alumnos.

Contenidos

1.      Lenguaje y lengua. La variación lingüística. La lengua estándar. La propuesta de estándar del Instituto de Estudios Catalanes. Las modalidades de las Islas Baleares y el estándar.

2.        Los lenguajes de especialidad (tecnolectos): concepto, características y funciones. Tipo de lenguajes de especialidad. Relación con la lengua general y la lengua estándar.

3.        El catalán de humanidades como lenguaje de especialidad: características.

4.        Literatura científica catalana en humanidades: de la tradición latina a la actualidad a través de Ramon Llull.

5.        Lexicología y terminología. Funciones y necesidad de la terminología.

6.        La terminología y el término: concepto y características. Tipo de términos. Diferencias entre el léxico común y los términos.

7.        Los recursos para la formación de términos. Criterios internacionales de formación de términos. Los formantes grecolatinos.

8.        La práctica terminológica: la terminografía. Obras lexicográficas y terminográficas: tipo, macroestructura y microestructura. La representación de los conceptos: la definición. El trabajo terminológico: la búsqueda de términos, las fichas terminológicas, la ordenación alfabética.

9.        La neología. Formación de neologismos: neologismos de forma, neologismos de función, neologismos semánticos. Los préstamos y los calcos lingüísticos.

10.    La práctica terminológica y neológica en catalán: el TERMCAT, el Gabinete de Terminología de la Universidad de las Islas Baleares. Otros centros de terminología.

11.    La redacción y la preparación de textos científicos orales y escritos. Tipo de textos científicos. Preparación y documentación del trabajo científico. Criterios de redacción. Proceso de producción textual. La exposición oral (hablar en público). Buenos y malos usos de las tecnologías de la información y la comunicación.

12.    La corrección de textos especializados: recursos. La corrección lingüística (ortográfica, morfológica, sintáctica y léxica). La corrección ortológica. La corrección tipográfica. La corrección estilística (tipo de letra, abreviaciones, mayúsculas y minúsculas, citaciones bibliográficas).

Criterios de evaluación

1. Alumnos de cursos oficiales:

            Asistir a clase, participar adecuadamente y hacer las actividades propuestas por el profesor en el aula (35% de la nota final).

   Presentar y defender oralmente un trabajo, hecho individualmente o en grupo fuera del aula, de acuerdo con las propuestas del profesor (65% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

2. Alumnos de matrícula libre:

Presentarse a una prueba de acuerdo con los objetivos y los contenidos del programa, que debe constar de una intervención oral y un ejercicio escrito (100% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

Seminario de lenguaje específico técnico-científico

Objetivos

1.      Reconocer la variación lingüística implícita en las lenguas y los tipos de variedades, y conocer los principales puntos de la propuesta de estándar de la lengua catalana del Instituto de Estudios Catalanes, especialmente los que hacen referencia a las modalidades habladas en las Islas Baleares.

2.        Analizar las características de los lenguajes de especialidad:

a)        Reconocer los diferentes tipos de lenguaje de especialidad.

b)        Identificar las características de los lenguajes de especialidad.

c)         Usar el lenguaje de especialidad relacionado con la formación académica propia.

3.        Conocer las características principales del lenguaje técnico-científico en catalán.

4.        Tomar conciencia de la necesidad de normalización terminológica en catalán.

5.        Alcanzar una visión general de la terminología y del término, y clasificar diferentes tipos de términos por la forma, por la función y por la procedencia.

6.        Reconocer los principales recursos de las lenguas para crear nuevos términos:

a)        Tomar conciencia de los criterios internacionales de terminología.

b)        Conocer los principales formantes griegos y latinos usados en la producción terminológica.

7.        Reflexionar sobre los procesos de trabajo en terminología y terminografía:

a)        Reconocer las diferencias principales entre obras lexicográficas y obras terminográficas.

b)        Conocer los principales recursos lexicográficos del catalán.

c)         Tomar conciencia de las características principales de la organización macroestructural de las obras terminográficas.

d)        Tomar conciencia de las características principales de la organización microestructural (artículos) de las obras terminográficas.

e)         Conocer los principios generales de la definición terminológica.

f)          Reflexionar sobre los procesos de trabajo en terminología y terminografía.

g)        Practicar la ordenación alfabética de términos.

8.        Conocer los principales criterios de adaptación neológica en catalán:

a)        Clasificar los tipos de neologismos.

b)        Diferenciar préstamos y calcos lingüísticos.

9.        Conocer los principales recursos terminológicos y neológicos de la lengua catalana con respecto al campo de especialidad propio.

10.    Desarrollar la habilidad de producir textos técnico-científicos de la especialidad propia, tanto orales como escritos:

a)        Reconocer las estrategias de producción textual.

b)        Saber utilizar diferentes recursos para producir textos escritos.

c)         Saber utilizar diferentes recursos de apoyo a la producción de textos orales.

d)        Reconocer los diferentes géneros textuales de carácter académico.

e)         Reconocer los buenos y los malos usos de las tecnologías de la información y la comunicación en el desarrollo de estas habilidades.

11.    Usar los recursos lingüísticos al alcance para resolver dudas en la redacción de textos especializados:

a)        Conocer los criterios de uso de los diferentes tipos de letra, de las abreviaciones y de las mayúsculas y minúsculas.

b)        Conocer los criterios de citación bibliográfica y de elaboración de bibliografías.

c)         Conocer los principales recursos al alcance para resolver dudas gramaticales, de estilo o tipográficas en el proceso de redacción de textos académicos.

d)        Tomar conciencia de la necesidad de ser cuidadosos en la elaboración de textos académicos dirigidos a los alumnos.

Contenidos

1.      Lenguaje y lengua. La variación lingüística. La lengua estándar. La propuesta de estándar del Instituto de Estudios Catalanes. Las modalidades de las Islas Baleares y el estándar.

2.        Los lenguajes de especialidad (tecnolectos): concepto, características y funciones. Tipo de lenguajes de especialidad. Relación con la lengua general y la lengua estándar.

3.        El catalán técnico-científico como lenguaje de especialidad: características.

4.        Lexicología y terminología. Funciones y necesidades de la terminología.

5.        La terminología y el término: concepto y características. Tipo de términos. Diferencias entre el léxico común y los términos.

6.        Los recursos para la formación de términos. Criterios internacionales de formación de términos. Los formantes grecolatinos.

7.        La práctica terminológica: la terminografía. Obras lexicográficas y terminográficas: tipo, macroestructura y microestructura. La representación de los conceptos: la definición. El trabajo terminológico: la búsqueda de términos, las fichas terminológicas, la ordenación alfabética.

8.        La neología. Formación de neologismos: neologismos de forma, neologismos de función, neologismos semánticos. Los préstamos y los calcos lingüísticos.

9.        La práctica terminológica y neológica en catalán: el TERMCAT, el Gabinete de Terminología de la Universidad de las Islas Baleares. Otros centros de terminología.

10.    La redacción y la preparación de textos científicos orales y escritos. Tipo de textos científicos. Preparación y documentación del trabajo científico. Criterios de redacción. Proceso de producción textual. La exposición oral (hablar en público). Buenos y malos usos de las tecnologías de la información y la comunicación.

11.    La corrección de textos especializados: recursos. La corrección lingüística (ortográfica, morfológica, sintáctica y léxica). La corrección ortológica. La corrección tipográfica. La corrección estilística (tipo de letra, abreviaciones, mayúsculas y minúsculas, citaciones bibliográficas).

Criterios de evaluación

1. Alumnos de cursos oficiales:

a)        Asistir a clase, participar adecuadamente y hacer las actividades propuestas por el profesor en el aula (35% de la nota final).

b)        Presentar y defender oralmente un trabajo, hecho individualmente o en grupo fuera del aula, de acuerdo con las propuestas del profesor (65% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

2. Alumnos de matrícula libre:

Presentarse a una prueba de acuerdo con los objetivos y los contenidos del programa, que debe constar de una intervención oral y un ejercicio escrito (100% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

Seminario de lenguaje específico jurídico-administrativo

Objetivos

1.        Conocer el sistema de las lenguas y la relación entre el estándar y las variedades.

2.        Identificar las características de los lenguajes de especialidad y situarlos dentro del sistema de las lenguas.

3.        Reconocer las características del lenguaje jurídico-administrativo.

4.        Tener una idea general de los movimientos de modernización del lenguaje jurídico-administrativo, específicamente el Plain English Movement.

5.        Conocer los criterios de estilo del lenguaje jurídico-administrativo actual y entender la justificación.

6.        Alcanzar una visión sintética de la historia del lenguaje jurídico-administrativo catalán y tomar conciencia de las dificultades en la recuperación de su uso.

7.        Reconocer algunos elementos del lenguaje jurídico-administrativo catalán tradicional que se han podido aprovechar al fijar el actual.

8.        Conocer y aplicar las principales reglas para redactar textos jurídico-administrativos siguiendo los criterios de estilo actuales.

9.        Conocer las diversas formas de tratamiento personal en los textos, cómo repercuten en el estilo y qué aplicación se hace en el lenguaje jurídico-administrativo catalán.

10.    Utilizar correctamente las convenciones tipográficas habituales en el lenguaje jurídico-administrativo: las abreviaciones, los tipos de letra y las mayúsculas y minúsculas.

11.    Distinguir el concepto de palabra del de término y el de léxico del de terminología.

12.    Conocer sucintamente la historia de la terminología jurídico-administrativa catalana en relación con las otras terminologías.

13.    Conocer los organismos y los recursos terminológicos.

14.    Detectar los calcos más habituales en la redacción jurídico-administrativa catalana.

15.    Conocer las características y la estructura de los documentos administrativos más habituales.

16.    Detectar y corregir errores gramaticales, de estilo, de estructura y tipográficos en documentos administrativos.

Contenidos

1.        El lenguaje jurídico-administrativo dentro del sistema de la lengua. Las variedades lingüísticas de las Islas Baleares y la variedad común. El lenguaje jurídico-administrativo como variedad funcional.

2.        La modernización del lenguaje jurídico-administrativo. Los movimientos de modernización. Normas y convenciones internacionales. Los criterios de estilo en la redacción jurídico-administrativa actual.

3.        Las etapas históricas del lenguaje jurídico-administrativo catalán. Repercusión terminológica de la tradición jurídico-administrativa catalana.

4.        Reglas para aplicar los criterios de estilo actuales en la redacción jurídico-administrativa en catalán: precisión, comprensibilidad y no discriminación en razón de sexo.

5.        Los tratamientos personales y las formas protocolarias en la documentación jurídico-administrativa.

6.        Convenciones tipográficas importantes en la redacción jurídico-administrativa: abreviaciones, tipo de letra y uso de mayúsculas y minúsculas.

7.        La terminología. Diferencias entre el léxico común y los términos. La terminología del lenguaje jurídico-administrativo catalán. Los organismos terminológicos y del dominio lingüístico catalán.

8.        Los mecanismos de formación de términos.

9.        Errores gramaticales y léxicos más habituales en la redacción jurídico-administrativa en catalán.

10.    Descripción, esquema y características más relevantes de los documentos administrativos más usuales: la solicitud, el oficio, la carta, el certificado y el acta de reunión.

Criterios de evaluación

1. Alumnos de cursos oficiales:

a)        Asistir a clase, participar adecuadamente y hacer las actividades propuestas por el profesor en el aula (35% de la nota final).

b)        Presentar y defender oralmente un trabajo, hecho individualmente o en grupo fuera del aula, de acuerdo con las propuestas del profesor (65% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

2. Alumnos de matrícula libre:

Presentarse a una prueba de acuerdo con los objetivos y los contenidos del programa, que debe constar de una intervención oral y un ejercicio escrito (100% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

Seminario de tratamiento de lenguas en el currículum

Objetivos

1.        Identificar los contenidos del área y las habilidades para desarrollar las diferentes lenguas del currículum.

2.        Analizar los contenidos específicos y diferenciales y las habilidades para desarrollar cada una de las materias lingüísticas.

3.        Establecer una secuenciación de los contenidos comunes, específicos y diferenciales de cada materia lingüística.

4.        Reflexionar sobre el tratamiento integrado de lenguas en el currículum de secundaria y bachillerato.

5.        Confeccionar criterios de tratamiento integrado de las diferentes lenguas, según las especialidades de los profesores.

6.        Comprender y analizar las diferentes metodologías de enseñanza-aprendizaje de lenguas atendiendo el marco curricular.

7.        Comprender y valorar la necesidad del trabajo conjunto y sistemático de los profesores de las áreas de lenguas en el tratamiento integrado de lenguas y lo que representa para elaborar el proyecto educativo de centro.

8.        Planificar e intervenir didácticamente desde una concepción plurilingüe del aprendizaje.

9.        Elaborar una secuencia didáctica, teniendo en cuenta los criterios y las pautas metodológicas trabajados en el seminario.

10.    Trabajar, en pequeño y en gran grupo, las consideraciones que afecten a las áreas de lenguas, valorando la importancia del trabajo cooperativo.

11.    Conocer el marco legal referido a la enseñanza y el uso de la lengua catalana vigente en nuestra comunidad.

Contenidos

1.        Contenidos específicos y diferenciales y habilidades para desarrollar cada una de las materias lingüísticas.

2.        Secuenciación de los contenidos comunes, específicos y diferenciales de cada materia lingüística.

3.        El tratamiento integrado de las lenguas en el currículum de secundaria y bachillerato.

4.        Criterios de tratamiento de las diferentes lenguas, según las especialidades de los profesores.

5.        Metodologías de enseñanza-aprendizaje de lenguas.

6.        El proyecto de tratamiento integrado de lenguas en el marco del proyecto educativo del centro.

7.        La secuencia didáctica: estructura y desarrollo.

8.        El trabajo en grupo: aprendizaje cooperativo.

9.        Normativa lingüística de las Islas Baleares.

Criterios de evaluación

1. Alumnos de cursos oficiales:

a)        Asistir a clase, participar adecuadamente y hacer las actividades propuestas por el profesor en el aula (35% de la nota final).

b)        Presentar y defender oralmente un trabajo, hecho individualmente o en grupo fuera del aula, de acuerdo con las propuestas del profesor (65% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.

2. Alumnos de matrícula libre:

Presentarse a una prueba de acuerdo con los objetivos y los contenidos del programa, que debe constar de una intervención oral y un ejercicio escrito (100% de la nota final).

Para ser calificado positivamente, el alumno debe obtener como mínimo un 50% de la puntuación de cada uno de los apartados.