Sección I. Disposiciones generales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SALUD
Núm. 1013
Orden del consejero de Salud de 13 de enero de 2014 de modificación de la Orden del consejero de Salud de 17 de junio de 2013, por la que se aprueba la atribución de funciones a los puestos de trabajo de la Consejería de Salud y del Servicio de Salud de las Islas Baleares
El artículo 38.2 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Islas Baleares, otorga a los consejeros la potestad reglamentaria en las materias propias de su departamento cuando dichos reglamentos tengan por objeto regular la organización y funcionamiento de los servicios de su consejería.
El Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB nº. 60 ext., de 2 de mayo de 2013), establece la estructura de las consejerías en las que se organiza la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. El artículo 2.5 de dicho Decreto establece la estructura orgánica básica y los órganos directivos de la Consejería de Salud. Asimismo, en el anexo del Decreto 6/2013 figura el Servicio de Salud de las Islas Baleares como entidad adscrita a la Consejería de Salud.
Por otra parte, el artículo 8 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, regula la organización interna de las consejerías y dispone, en su apartado tercero, que los consejeros, mediante orden, desarrollarán la estructura orgánica básica, de acuerdo con la vigente relación de puestos de trabajo, con el fin de determinar las funciones atribuidas a las unidades administrativas de cada consejería.
El artículo 34.3 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que cada consejero o consejera determinará las funciones de los puestos de trabajo adscritos a su consejería, previo informe de la consejería competente en materia de función pública. Las órdenes de funciones se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de agosto de 2013 dispuso el cambio de adscripción de puestos de trabajo por necesidades de los servicios, previsto en el artículo 91 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y la correspondiente modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Con el fin de cumplir dicho mandato, conforme a las pautas señaladas por la Instrucción 1/2012, de 28 de febrero de 2012, de la directora general de Función Pública, Administraciones Públicas y Calidad de los Servicios por la que se fijan los criterios para confeccionar las órdenes de funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario de las diferentes consejerías, y vista la necesidad de modificar la Orden de 17 de junio de 2013 (BOIB nº. 88, de 22 de junio de 2013), dicto la siguiente
ORDEN
Artículo 1
Se aprueba la atribución de funciones a los puestos de trabajo de personal funcionario que han sido adscritos a la Consejería de Salud, según lo establecido en el anexo 1.
Artículo 2
Se modifica la Orden de 17 de junio de 2013 por la que se aprueba la atribución de funciones a los puestos de trabajo de la Consejería de Salud y del Servicio de Salud de las Islas Baleares, conforme a lo establecido en el anexo 2.
Disposición final única
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 13 de enero de 2014
El consejero de Salud
Martí Sansaloni Oliver
ANEXO 1
Funciones de los puestos de trabajo de nueva adscripción del personal funcionario de la Consejería de Salud
A. CONSEJERO DE SALUD
A.2. PUESTO BASE CONSEJERO DE SALUD (PALMA) (UNIDAD: SAN0100002)
Puesto base ATS (F01430007)
Realizar actividades de colaboración en funciones de gestión, inspección, ejecución, control o similares, siempre dentro del ámbito de las materias relacionadas con su especialidad.
Puesto base auxiliar (F014702PW)
Ejercer las funciones establecidas en el artículo 28 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
B. SECRETARÍA GENERAL (UNIDAD: SAN0110001)
Jefe/a del Servicio de Calidad y Asuntos Generales (F01140174)
· Coordinar la elaboración y seguimiento de los diferentes planes de calidad y de mejora de la Consejería.
· Coordinar los servicios de información a la ciudadanía, el registro, el asesoramiento lingüístico, las comunicaciones y la informática de la Consejería.
· Coordinar y gestionar el patrimonio, el inventario y los archivos de la Consejería.
· Coordinar la adecuación de los ficheros de la Consejería a la normativa vigente en materia de protección de datos.
· Gestionar, en coordinación con la Unidad de Gestión Económica, las compras de los bienes muebles y material fungible, así como el mantenimiento y las reparaciones de los centros de trabajo.
Emitir informes y proponer actuaciones en las materias propias del Servicio.
ANEXO 2
Modificación de funciones de los puestos de trabajo del personal funcionario de la Consejería de Salud
B. SECRETARÍA GENERAL (UNIDAD: SAN0110001)
Donde dice:
Jefe/a del Servicio de Asuntos Generales y Recursos Humanos (F01140037)
· Organizar, coordinar y supervisar el funcionamiento de la unidad administrativa encargada de la gestión del personal.
· Coordinar los servicios de información a la ciudadanía de la Consejería.
· Coordinar el registro, el asesoramiento lingüístico, las comunicaciones y la informática de la Consejería.
· Coordinar y gestionar el patrimonio, el inventario y los archivos de la Consejería.
· Coordinar las medidas de prevención de riesgos y salud laboral.
· Coordinar la adecuación de los ficheros de la Consejería a la normativa vigente en materia de protección de datos.
· Coordinar y gestionar el mantenimiento de los centros de trabajo.
· Elaborar instrucciones y circulares sobre las materias correspondientes a su Servicio.
Tiene que decir:
Jefe/a del Servicio de Recursos Humanos (F01140037)
· Organizar, coordinar y supervisar el funcionamiento de la unidad administrativa encargada de la gestión del personal.
· Apoyar, asesorar y controlar, en su caso, a los órganos responsables de la gestión del personal de los entes del sector público instrumental adscritos a la Consejería de Salud.
· Coordinar las medidas de prevención de riesgos y salud laboral.
· Elaborar instrucciones y circulares sobre las materias correspondientes a su Servicio.
· Emitir informes y proponer actuaciones en las materias propias del Servicio.
Donde dice:
Jefe/a de la Sección I (F01130312)
Colaborar con el/la jefe/a del Servicio de la Unidad Administrativa de Contratación en la tramitación de los expedientes de contratación y de los contratos menores.
Tiene que decir:
Jefe/a de la Sección I (F01130312)
Colaborar con el/la jefe/a del Servicio de Gestión Económica en la tramitación de los expedientes de contratación y de los contratos menores.
D. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y CONSUMO
D.1. DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y CONSUMO (PALMA) (UNIDAD: SAN0210001)
Donde dice:
Jefe/a de la Sección XI (F01130009)
· Evaluar y planificar la gestión del riesgo de los peligros ambientales que afectan a la salud.
· Promover actitudes favorables a la salud ambiental.
· Auditar, inspeccionar y controlar las obligaciones derivadas de la normativa contra el tabaquismo, infraestructura sanitaria, legionelosis, aguas de consumo humano, aguas de mar, piscinas, establecimientos y servicios plaguicidas de uso ambiental y alimenticio, residuos sanitarios y reutilización de aguas residuales y cualquier otra que se promulgue en relación con la salud ambiental.
· Controlar a la policía sanitaria mortuoria.
· Desarrollar el resto de funciones que le sean encomendadas.
Tiene que decir:
Jefe/a de la Sección XI (F01130009)
· Evaluar y planificar la gestión del riesgo de los peligros ambientales que afectan a la salud.
· Promover actitudes favorables a la salud ambiental.
· Auditar, supervisar y controlar las obligaciones derivadas de la normativa contra el tabaquismo, legionelosis, establecimientos y servicios biocidas y otros productos químicos, residuos sanitarios, zoonosis no alimentarias y cualquier otra que se promulgue en relación con la salud ambiental.
· Gestionar las medidas cautelares y las redes de alerta.
· Gestionar los registros oficiales de su materia.
· Elaborar informes y estadísticas de las actividades que realice.
· Desarrollar el resto de funciones que le sean encomendadas.
Donde dice:
Jefe/a de la Sección XVIII (F01130581)
· Evaluar y planificar la gestión del riesgo de los peligros ambientales que afectan a la salud.
· Promover actitudes favorables a la salud ambiental.
· Auditar, inspeccionar y controlar las obligaciones derivadas de las aguas de consumo e infraestructuras, la calidad sanitaria de las aguas de mar, piscinas e instalaciones acuáticas y cualquier otra que se promulgue en relación con la salud ambiental.
· Controlar a la policía sanitaria mortuoria.
· Realizar todas aquellas otras funciones que le sean encomendadas.
Tiene que decir:
Jefe/a de la Sección XVIII (F01130581)
· Evaluar y planificar la gestión del riesgo de los peligros ambientales que afectan a la salud.
· Promover actitudes favorables a la salud ambiental.
· Auditar, supervisar y controlar las obligaciones derivadas de la normativa de las aguas de consumo humano e infraestructuras, calidad sanitaria de las aguas de mar, piscinas e instalaciones acuáticas, sanidad mortuoria, reutilización de aguas residuales, actividades molestas y cualquier otra que se promulgue en relación con la salud ambiental.
· Gestionar las medidas cautelares y las redes de alerta.
· Gestionar los registros oficiales de su materia.
· Elaborar informes y estadísticas de las actividades que realice.
· Desarrollar el resto de funciones que le sean encomendadas.Donde dice:
Jefe/a del Negociado VI (F01110370)
Colaborar con el/la jefe/a de la Sección XI en el desarrollo de sus funciones y tareas.
Tiene que decir:
Jefe/a del Negociado VI (F01110370)
Colaborar con el/la jefe/a de la Sección XVIII en el desarrollo de sus funciones y tareas.
Donde dice:
Jefe/a del Negociado XVI (F01110595)
Colaborar con el/la jefe/a de la Sección XI en el desarrollo de sus funciones y tareas.
Tiene que decir:
Jefe/a del Negociado XVI (F01110595)
Colaborar con el/la jefe/a de la Sección XVIII en el desarrollo de sus funciones y tareas.