Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 331500
Decreto 26/2024, de 24 de mayo, por el que se crea la Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático
PREÁMBULO
Las Illes Balears, por su condición archipelágica y por su ubicación geográfica en el mar Mediterráneo, son un territorio muy expuesto a la amenaza y a la vulnerabilidad que supone el contexto de cambio climático, por lo que se sitúa entre las regiones de la Unión Europea más sensibles a este fenómeno. El cambio climático tiene como efecto inmediato el incremento medio de las temperaturas respecto del año de referencia que han marcado las instituciones internacionales. De acuerdo con el informe de 2022 del Comité de Expertos para la Transición Energética y el Cambio Climático de las Illes Balears, las temperaturas máximas y mínimas en las Illes Balears ya han aumentado 0,44 °C y 0,37 °C por década entre 1975 y 2015. Al ritmo actual, las temperaturas podrían llegar a aumentar 2,5 °C para el año 2030, y entre 3 °C y 5 °C al final del siglo.
Al aumento medio de las temperaturas a lo largo del año, se le suman otros efectos directamente relacionados como por ejemplo: el cambio acusado en el régimen y el volumen de las precipitaciones; la continuidad y el aumento de la periodicidad de los fenómenos meteorológicos extremos como las olas de calor, las sequías, las tormentas y las depresiones aisladas en niveles altos (DANA); las inundaciones; la reducción drástica de los periodos de frío; el calentamiento de las aguas marinas; la reducción drástica de la humedad del suelo, que acelera la erosión y la desertización, y finalmente la pérdida acelerada de la biodiversidad. La sociedad de las Illes Balears experimenta todo este proceso de manera cotidiana, pero los sectores agrario y ganadero lo sufren de manera muy especial.
El cambio climático tiene un fuerte impacto en el sector agrario de las Illes Balears dado que perturba de manera clara los ciclos productivos. Con carácter general, el aumento de las temperaturas altera cada uno de los estados fenológicos en el desarrollo de los cultivos, alarga la estación de crecimiento y acelera el desarrollo, de forma que provoca alteraciones tanto morfológicas como fisiológicas. La aceleración del cambio climático a largo plazo provocará la reducción o el desplazamiento de las áreas donde es viable la producción de los diferentes cultivos. Por efecto del cambio climático, se constata una reducción en la productividad por hectárea, factor que compromete la viabilidad de las explotaciones. En los últimos años, tanto la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, mediante el Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (IRFAP), como otros centros de investigación de referencia en las Illes Balears hemos constatado estos procesos en cultivos como la viña, el olivo o el almendro, pero también en la producción media de leche o en los ciclos reproductivos del ovino. Sin duda, y por efecto del cambio climático, la sensibilidad de los patógenos y de las plagas a los factores climáticos aumentan las posibilidades de aparición e intensificación de las plagas y enfermedades en los cultivos y la ampliación de los periodos de contagio de las enfermedades transmitidas por vectores. Todos estos efectos plantean retos muy considerables a un sector agrario cuyos activos, hoy en día, perciben el cambio climático como una de sus principales amenazas y la adaptación de los sistemas productivos y de sus prácticas concretas de producción y manejo a esta realidad como uno de sus principales retos.
La producción agrícola de las Illes Balears es especialmente vulnerable a causa de sus condiciones agroclimáticas y de la proporción muy alta de suelos pobres. El aumento de las temperaturas acompañado del descenso de la humedad disponible incrementa el ritmo de la aridez de los suelos agrarios. Este proceso tiene consecuencias especialmente graves sobre la agricultura de secano, que en las Illes Balears representa más del 85% de la superficie agraria útil. Sin embargo, también la agricultura de regadío aumentará sus necesidades netas de aportación hídrica a causa de la mayor evapotranspiración en un contexto en el que la competencia por el uso del agua de calidad será cada vez más alta. El aumento del nivel del mar como consecuencia del incremento de su temperatura media incrementa también la intrusión marina a los acuíferos costeros, de forma que aumenta la salinización y se perjudican doblemente los sistemas agrícolas de las Illes Balears. Tanto en las explotaciones agrarias como en la acción cotidiana de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural se constatan todos estos efectos.
Al mismo tiempo que la agricultura y la ganadería son los sectores más vulnerables y directamente afectados por el cambio climático, el sector agrario puede ejercer un papel positivo y determinante en los objetivos para mitigarlo. Las tierras de cultivo y las plantaciones capturan carbono de la atmósfera mediante la fotosíntesis, y los pastos permanentes y los suelos vivos y gestionados adecuadamente son auténticos sumideros de carbono. Estas dos acciones derivan directamente de la actuación de los profesionales de la agricultura y la ganadería, que se convierten de este modo en aliados en la lucha contra el cambio climático. Finalmente, y a pesar de los efectos positivos que tiene un sector agrario resiliente y sostenible, no podemos obviar que, como cualquier otra actividad económica, la agricultura y la ganadería también son responsables de una parte de las emisiones de gases de efecto invernadero en la Unión Europea. A pesar de que se calcula que en el conjunto de la Unión Europea todo el sistema agroalimentario, desde la producción hasta la distribución, es responsable actualmente del 18 % de las emisiones, no podemos olvidar la dimensión concreta de la fase de la producción representada por el sector agrario de las Illes Balears frente al resto de las fases de la cadena de valor. De acuerdo con el último informe del Comité de Expertos para la Transición Energética y el Cambio Climático de las Illes Balears, el 42,41 % de las emisiones en el archipiélago son provocadas por el sector del transporte y el 39,97 % por el sector energético, mientras que todo el resto de los sectores económicos genera el 17,62%.
Por lo tanto, sin obviar el objetivo irrenunciable de reducir los impactos de la agricultura y la ganadería balear sobre el cambio climático, es evidente que el incremento de la producción agraria balear y el aumento del peso de la producción local sobre el sistema alimentario de las Illes Balears reducirá las emisiones en las otras fases de la cadena de valor y tendrá un impacto positivo sobre la balanza general de las Illes Balears. De acuerdo con todo lo que se ha expuesto, las líneas de trabajo de esta Comisión se encaminarán a dar respuesta al cambio climático mediante acciones de mitigación, adaptación y resiliencia, y a aumentar la capacidad del sector como sumidero de carbono. Aun así, las acciones de adaptación y resiliencia al cambio climático serán sin duda las prioritarias en un horizonte de sostenibilidad económica del sector agrario en las Illes Balears. En esta misma perspectiva, surgen oportunidades para valorar las externalidades ambientales positivas que el sector agrario puede generar como parte de la respuesta de mitigación y adaptación al cambio climático. El desarrollo de estas oportunidades formará parte prioritaria de la acción de esta Comisión. En este sentido, en los últimos años se desarrollan de manera creciente y acelerada sistemas de certificación de créditos de carbono en la agricultura y la ganadería y diferentes fórmulas implantadas para valorar el pago por servicios ambientales y ecosistémicos del sector agrario.
En este contexto, no podemos olvidar que la política agrícola común (PAC) de la Unión Europea, desplegada a través del Plan Estratégico de la PAC de España, es aplicable en las Illes Balears y tiene que garantizar que los agricultores y ganaderos puedan adaptarse a las incertidumbres climáticas, reducir las emisiones y mitigar el cambio climático.
Mediante la PAC, la Comisión Europea pretende garantizar que la agricultura contribuya ampliamente a las políticas climáticas de la Unión Europea. En el ámbito del Pacto Verde Europeo, la Estrategia «De la granja a la mesa» apunta el marco para una transición hacia un sistema alimentario sostenible en el que los agricultores puedan continuar abasteciendo alimentos a la sociedad y, al mismo tiempo, continuar protegiendo el clima. La PAC es el instrumento clave para apoyar a los agricultores en esta transición. Así, los objetivos específicos 4, 5 y 6 de la PAC hacen referencia de manera directa a los compromisos ambientales y del clima. El objetivo 4 de la PAC pretende «contribuir a la atenuación del cambio climático y a la adaptación a sus efectos, así como a la energía sostenible» y favorecer, mediante medidas concretas, la disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero, la adaptación al cambio climático, la mejora de la eficiencia energética y el incremento de la energía sostenible garantizando la coherencia con el resto de objetivos específicos. Este objetivo específico 4 tiene que interpretarse de manera coherente con el objetivo 5, que busca «promover el desarrollo sostenible y la gestión eficiente de los recursos naturales, como por ejemplo el agua, el suelo y el aire» y el objetivo 6, «contribuir a la protección de la biodiversidad, potenciar los servicios ecosistémicos y conservar los hábitats y los paisajes». De este modo, los reglamentos que conforman el cuerpo legislativo de la PAC 2023–2027, así como los reales decretos que forman el paquete legislativo que despliega la PAC para España, establecen los objetivos, los indicadores, los instrumentos y las medidas que conforman tanto la condicionalidad ambiental obligatoria de la PAC como los instrumentos voluntarios de medio ambiente y clima que, en todo caso, buscan avanzar hacia una agricultura más resiliente al efecto del cambio climático.
En esta misma dirección, la PAC actual otorga más fortaleza al desarrollo de las herramientas y los instrumentos de gestión de riesgo. Así, el artículo 19 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda en los planes estratégicos que tienen que elaborar los estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), establece la posibilidad de contribuir mediante las ayudas directas a los instrumentos de gestión de riesgo, y el artículo 76 del mismo Reglamento establece el tipo de instrumento que se puede desarrollar con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). España cuenta con un sistema nacional de seguros agrarios combinados nacido de la transición democrática y desplegado a través de la primera ley de la democracia. La ley 87/1978, de 28 de diciembre, de seguros agrarios combinados, y el Reglamento que la despliega han permitido construir un sistema sólido y maduro mediante cuarenta y cuatro planes anuales de seguros agrarios combinados que hoy es referencia a escala mundial. Sin embargo, los retos del cambio climático y la alta siniestralidad, que se ha agudizado en los últimos años, ponen en peligro la sostenibilidad del sistema. Esto ha obligado al conjunto de los actores, incluyendo las comunidades autónomas, a iniciar un proceso de reflexión acelerada sobre las herramientas de gestión de la crisis y el papel del seguro agrario ante el cambio climático.
En este contexto, los instrumentos y las herramientas con los que la administración agraria de las Illes Balears ha contado hasta hoy para dar respuesta a las adversidades climáticas son escasos y no se adaptan a los riesgos climáticos actuales. En la normativa y en los planes existentes, las adversidades climáticas son tratadas como episodios puntuales y extraordinarios. Cuando suceden, y valorando su impacto sobre el sector agrario y ganadero, obtienen respuesta mediante las ayudas directas, siempre en combinación con la herramienta del seguro agrario, a la que la administración agraria autonómica aporta entre un 30 % y un 40 % del coste de las pólizas. Estos porcentajes, junto con la aportación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sitúa la financiación entre el 60 % y el 70 % del coste final del seguro. Entre todos estos instrumentos autonómicos, el Decreto 54/2017, de 15 de diciembre, que aprueba el Plan Especial de Actuación en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía de las Illes Balears, destaca por su desarrollo especial. Aborda tanto la sequía hidrológica como la sequía meteorológica y ha servido de base en las declaraciones de sequía de los años 2019, 2021 y 2023. Al margen de este instrumento específico, también se dispone del fondo de contingencia del Gobierno de las Illes Balears, que cuenta con dotación ordinaria a través de los presupuestos autonómicos y que en 2023 fue modificado para que tuviera en cuenta de manera directa las adversidades derivadas del cambio climático y la cobertura de daños extraordinarios para los sectores agrarios y ganaderos.
La Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, mediante la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y el IRFAP, ha impulsado en los últimos cuatro años proyectos muy concretos, que se dirigen a cubrir varias visiones de la gestión de los riesgos climáticos. Es el caso, por ejemplo, del proyecto destinado a fortalecer los sistemas de alerta temprana de la sequía, el Sistema de Teledetección y Alerta de Sequía, desarrollado con la misma metodología definida por Agroseguro y en base al índice de vegetación de diferencia normalizada (NDVI). Igualmente, destaca el Proyecto de adaptación al cambio climático en los cultivos de viña, olivo y almendro, impulsado por el IRFAP, en el que participan siete centros de investigación más. En la investigación y el desarrollo promovidos desde la propia administración agraria, se suman los esfuerzos concretos otras instituciones académicas como por ejemplo el Instituto de Investigaciones Agroambientales y de la Economía del Agua (INAGEA), vinculado a la Universidad de las Illes Balears, o los proyectos de investigación en los que participan actores empresariales del sector agrario de las Illes Balears. Todo esto es indicativo de la alta prioridad que tiene la investigación de alternativas para el sector agrario. La Comisión que se crea mediante este Decreto tendrá como uno de sus ejes articular el conjunto de la investigación y la transferencia impulsada desde los varios actores siempre en beneficio del sector agrario.
La Comisión tendrá que reflexionar y aportar propuestas de instrumentos de política pública vinculados a la gestión del riesgo en las explotaciones agrarias y ganaderas, desarrollar propuestas para que las herramientas existentes se adapten a las condiciones del cambio climático y, al mismo tiempo, también tendrá que impulsar la transición energética y sostenible del modelo de producción en nombre de su propia viabilidad y rentabilidad económica. La continuidad de las adversidades derivadas del clima que se suceden año tras año nos permite afirmar que el riesgo se ha convertido en incertidumbre, y los agricultores y ganaderos de las Illes Balears no disponen de instrumentos para abordarla; por ello, es imprescindible que la misma administración agraria aumente sus esfuerzos.
También es esencial determinar los riesgos climáticos a los que se enfrenta el sector agrario de las Illes Balears, minimizarlos mediante sistemas avanzados de alerta temprana, aumentar la capacidad de respuesta del sector y ampliar la diversidad de instrumentos de gestión del riesgo. Sin duda, estos retos tendrán que ir acompañados de más esfuerzos en investigación y transferencia hacia el sector agrario, en el desarrollo de tecnologías apropiadas y en la digitalización. Este camino que se tiene que recorrer no dará los resultados deseados si no va acompañado de los esfuerzos del sector para adaptar sus explotaciones agrarias y ganaderas a las condiciones actuales del clima en un contexto de incertidumbre. Este acompañamiento al sector es el objetivo prioritario de la Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático. En todo caso, el último objetivo siempre será mejorar la rentabilidad y la viabilidad económica de las explotaciones agrarias de las Illes Balears.
La Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático también se crea para conseguir un mejor tratamiento de las políticas públicas en esta materia, desde una perspectiva participativa y multidisciplinaria. Se le asigna una amplia variedad de funciones, que se corresponden con el seguimiento y la formulación de propuestas que sirvan de base a la toma de decisiones relacionadas con las políticas de cambio climático en el sector agrario de las Illes Balears. Además, también tendrá que impulsar y coordinar las actuaciones de las diferentes administraciones agrarias de las Illes Balears para conseguir un modelo productivo y social más ecológico.
La Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático estará asesorada por un grupo de expertos en materia de cambio climático en el sector agrario integrado por personas del ámbito científico y técnico, investigadores o profesionales de reconocido prestigio del sector agrario. Este grupo de expertos emitirá informes, propuestas y recomendaciones en las materias que la Comisión determine, y también podrá valorar o proponer líneas de trabajo que sean coherentes con los objetivos de la Comisión.
De acuerdo con el artículo 49.1 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, quedan suficientemente justificados los principios de buena regulación siguientes: de necesidad, porque la regulación responde a criterios de interés general; de eficacia, porque se logran los objetivos perseguidos y esta norma es el instrumento adecuado para regular la materia; de proporcionalidad, porque esta es la regulación imprescindible para atender la necesidad que se pretende cubrir con la norma; de seguridad jurídica, dado que se trata de una norma que se inserta con carácter estable, integrado y cierto en el ordenamiento jurídico aplicable; de transparencia, porque se publica la información en el portal web del Gobierno de las Illes Balears, se permite su acceso universal a fin de garantizar que los ciudadanos puedan disponer de información y se facilita la participación y presentación de sugerencias por medios telemáticos; de eficiencia, puesto que la iniciativa normativa no implica cargas administrativas innecesarias y racionaliza la gestión de los recursos públicos; de calidad, dado que mediante esta regulación se crea la Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático, y queda justificada la finalidad urgente de intervención en este sector, y de simplificación, porque se han seguido los trámites estrictamente necesarios para cumplir el objetivo de la norma.
Por todo ello, a propuesta del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, de acuerdo con el Consejo Consultivo de las Illes Balears, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión del día 24 de mayo de 2024,
DECRETO
Artículo único
Se aprueba la creación de la Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático, cuya regulación se adjunta como anexo a este Decreto.
Disposición adicional única Gasto público
La constitución y el funcionamiento de la Comisión se llevará a cabo con los medios humanos y materiales ya adscritos a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural.
Disposición final primera Ampliación del ámbito de actuación de la Comisión
A medida que la Comisión avance en sus objetivos y trabajos y que los programas de actuación se consoliden, mediante una orden del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, se podrá proponer la ampliación a las materias de pesca y gestión forestal, en el marco de los respectivos instrumentos de ordenación o planificación, bien integrando las materias dentro de la misma Comisión o creando grupos de trabajo específicos, que responderán a sus propios objetivos y necesidades.
Disposición final segunda Entrada en vigor
Este Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 24 de mayo de 2024
La presidenta | |
El consejero de Educación y Universidades Por suplencia (art. 1 del Decreto 10/2023, de 10 de julio, de la presidenta de les Illes Balears) |
Margarita Prohens Rigo |
Antoni Vera Alemany |
ANEXO Creación de la Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático
Artículo 1 Finalidad y objetivo general
La Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático se crea con el fin de lograr un mejor tratamiento de las políticas públicas en esta materia, desde una perspectiva participativa y multidisciplinaria, con la intención de impulsar actuaciones y acciones prioritarias encaminadas a mitigar y adaptar el sector agrario de las Illes Balears al cambio climático.
El objetivo general de la Comisión es fortalecer la capacidad de respuesta, la resiliencia y la capacidad de adaptación de los sistemas agrarios y ganaderos al contexto de cambio climático, reduciendo los factores de vulnerabilidad y promoviendo la transición hacia sistemas de producción sostenibles, viables y eficientes.
Artículo 2 Naturaleza y adscripción
La Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático, como órgano colegiado previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y en la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, está adscrita a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural.
Artículo 3 Objetivos específicos y funciones
La Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático tendrá los siguientes objetivos específicos:
a) Impulsar y coordinar las actuaciones de las diferentes administraciones agrarias de las Illes Balears relacionadas con la adaptación al cambio climático y la mitigación de sus efectos para conseguir un modelo agrario productivo, rentable y con capacidad de resiliencia y transformación sostenible como respuesta al cambio climático.
b) Impulsar y coordinar las actuaciones de los diferentes órganos de la administración agraria de las Illes Balears para elaborar la estrategia del sector agrario para enfrentarse al cambio climático.
c) Fomentar y coordinar proyectos de investigación, estudios científicos, análisis y diagnosis sectoriales relacionados con la mitigación y la adaptación al cambio climático del sector agrario de las Illes Balears.
d) Desarrollar, dentro del marco competencial propio, las herramientas y los instrumentos adecuados de política agraria encaminados a la alerta temprana, a la gestión de los riesgos y al aumento de la capacidad de respuesta ante los riesgos climáticos.
e) Desarrollar un sistema de transferencia y asesoramiento en el ámbito de la explotación que mejoren la resiliencia y la adaptación del sector agrario de las Illes Balears al cambio climático.
f) Asesorar, si procede, sobre la adecuación de proyectos de normas y planes de la Administración general del Estado, de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de los consejos insulares referentes a la mitigación de los efectos del cambio climático y a la adaptación del sector agrario a este fenómeno.
g) Asesorar, si procede, al Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), siempre que sea necesario, para diseñar y definir el sistema y las convocatorias de ayudas de emergencia ante las adversidades climáticas.
h) Diseñar y poner en marcha herramientas de política agraria, medidas y proyectos para valorar los servicios ecosistémicos que provee el sector agrario. Será necesaria la coordinación con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) para que, dentro del proyecto de creación de certificación de créditos de carbono con los datos de la Encuesta sobre Superficies y Rendimientos de Cultivos (ESYRCE), haya suficientes explotaciones de las Illes Balears para valorar el efecto de la insularidad y las particularidades climáticas en los servicios ecosistémicos.
Corresponde a la Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático realizar las funciones de propuesta, ejecución, coordinación y seguimiento de actuaciones y acciones que sirvan de base a la toma de decisiones relacionadas con las políticas públicas de cambio climático en el sector agrario de las Illes Balears.
Artículo 4 Composición
a) La Comisión estará presidida por el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural, que ejerce las funciones previstas en el artículo 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
El director general de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural actuará como vicepresidente y suplirá la presidencia en casos de ausencia, vacante o enfermedad.
El jefe del Servicio de Agricultura actuará como coordinador técnico de la Comisión y será la persona directamente responsable del desarrollo y la ejecución de los programas de actuación.
b) La Comisión estará integrada por vocales, nombrados por el presidente, en representación de las administraciones y entidades siguientes relacionadas con el sector agrario de las Illes Balears:
a) La directora gerente del Instituto de Investigación y Formación Agroalimentaria y Pesquera de las Illes Balears (IRFAP).
b) La jefa del Servicio de Producción Ganadera.
c) Un representante de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático.
d) Un representante de la administración agraria del Consejo Insular de Menorca.
e) Un representante de la administración agraria del Consejo Insular de Ibiza.
f) Un representante de la administración agraria del Consejo Insular de Formentera.
g) Un representante de Cooperativas Agroalimentarias de las Illes Balears.
h) Un representante de la Unió de Pagesos de Mallorca (UPM).
i) Un representante de la Unió de Pagesos de Menorca (UPMe).
j) Un representante de la Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores (ASAJA-Baleares).
k) Un representante de la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA-AIA).
l) Un representante de la Asociación Agrícola y Ganadera de Menorca (FAGME).
m) Un representante de la Asociación de Empresarios de Explotaciones Agrarias de Menorca (AGRAME).
n) Un representante de entre las asociaciones de productores de agricultura ecológica de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera, que podrá ser rotativo.
o) Un representante de los estudios del grado de Ingeniería Agroalimentaria de la Universidad de las Illes Balears.
p) Dos miembros en representación de las denominaciones de origen (DOP) e indicaciones geográficas protegidas (IGP) de las Illes Balears, elegidos de entre todos por consenso interno, de manera que el conjunto de las DOP y las IGP aceptarán la representación de las personas designadas.
Excepcionalmente, cuando esté justificado por razón de la materia, las administraciones y entidades podrán designar más de un vocal.
El órgano que nombre los vocales nombrará también sus respectivos suplentes para los casos de ausencia, enfermedad u otra causa justificada.
c) Actuará como secretario de la Comisión una persona designada por el jefe del Servicio de Agricultura de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.
d) Se podrá invitar a participar a las reuniones a representantes de otros organismos, asociaciones y organizaciones empresariales y sindicales, y otras asociaciones y entidades, así como a expertos, investigadores y representantes de la sociedad civil, cuando la Comisión considere que resulta conveniente para cumplir sus funciones.
e) El vicepresidente y el coordinador técnico de la Comisión funcionarán como interlocutores y realizarán las reuniones de trabajo necesarias con los diversos organismos de la Administración pública y con el resto de instituciones implicadas a partir de los acuerdos y compromisos adoptados por la Comisión.
Artículo 5 Régimen de funcionamiento
1. El funcionamiento de la Comisión se ajustará a lo que dispone en materia de órganos colegiados el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y el artículo 17 y siguientes de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. La Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático elaborará los planes operativos de actuación de carácter bianual, y el primero será el aplicable para los años 2024 y 2025.
3. La Comisión dispondrá de un presupuesto anual propio e integrado dentro del presupuesto de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, que garantizará que se puedan realizar las actuaciones y los proyectos básicos para cumplir sus objetivos. Para desarrollar el resto de actuaciones y proyectos, los diversos organismos de la administración agraria integrarán la financiación necesaria dentro de sus presupuestos anuales.
Artículo 6 Creación del grupo de expertos en materia de cambio climático en el sector agrario
1. Se crea el grupo de expertos en materia de cambio climático en el sector agrario integrado por un máximo de diez personas del ámbito científico o técnico, investigadores o profesionales de reconocido prestigio en el sector agrario. Las personas que formarán parte de este grupo de expertos serán propuestas y cesadas por la Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático.
2. Para poder funcionar y realizar sus tareas propias, la Comisión estará asesorada de manera externa por este grupo de expertos, que emitirá informes, propuestas y recomendaciones en las materias que la Comisión determine. Al mismo tiempo, podrán valorar o proponer líneas de trabajo que sean coherentes con los objetivos de la Comisión.
3. El coordinador técnico de la Comisión supervisará y coordinará los trabajos del grupo de expertos.
4. Las propuestas, las recomendaciones y los informes del grupo de expertos tienen que ser públicos y accesibles desde el portal web del Gobierno de las Illes Balears, y también desde los otros lugares que la Comisión para la Respuesta y la Adaptación del Sector Agrario de las Illes Balears al Cambio Climático considere adecuados.