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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 357111
Decreto 21/2022 de 27 de junio por el que se crea el centro Integrado de Formación Profesional L'Embat, en Palma

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Texto

La creación de centros públicos corresponde al gobierno autonómico, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece en el artículo 42 que corresponde a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, programar la oferta de las enseñanzas de formación profesional.

El Gobierno promoverá que los centros autorizados para impartir formación profesional del sistema educativo, que reúnan los requisitos necesarios, puedan impartir formación profesional para el empleo, de acuerdo con lo que recoge la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

Asimismo, el artículo 107.2, indica que: En relación con los centros integrados y de referencia nacional de formación profesional se estará a lo dispuesto en la Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las calificaciones y de la formación profesional y en las normas que la desarrollen.

El artículo 32.11 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, según la redacción hecha por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto, atribuye a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares la competencia ejecutiva en materia de trabajo y formación profesional para el empleo.

El artículo 79 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la formación profesional, establece que debe impulsarse la creación de Centros Integrados de Formación Profesional

La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Islas Baleares, establece en el artículo 102 de Creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Islas Baleares, que debe establecer los tipos de enseñanzas que se van a desarrollar. En el punto 3 del mismo artículo determina que el Gobierno de las Islas Baleares debe promover una red de centros públicos suficiente para cubrir la demanda de la población escolar de las Islas Baleares.

El artículo 111, de Denominación de los centros públicos, indica que: (...) Los centros que ofrecen únicamente enseñanzas de formación profesional se denominarán institutos de formación profesional, y centros integrados cuando impartan todas las ofertas formativas de formación profesional.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional de sistema educativo, establece en el artículo 56 que el Ministerio de Educación junto con las administraciones educativas impulsará acciones y medidas dirigidas a promover la colaboración con las empresas de los diferentes sectores productivos para potenciar la innovación y desarrollar las actuaciones necesarias para incrementar la participación de estudiantes, trabajadores, profesorado y formadores en programas de movilidad nacional e internacional.

El artículo 58 del propio Real Decreto determina que la finalidad fundamental es convertir la formación profesional del sistema educativo en un referente de calidad, de modo que goce de la máxima confianza del alumnado, del tejido empresarial y de la sociedad en general. Que debe fomentarse la cultura de la mejora y aseguramiento de la calidad y la innovación en la formación profesional de sistema educativo, y proponer estrategias y coordinar acciones y medidas de planificación, desarrollo y evaluación conducentes a mejorar la calidad de la enseñanza y de los servicios de la formación profesional de sistema educativo.

La Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo dispone en Palma de unas instalaciones que se destinarán a la creación de un centro integrado de Formación Profesional y que impartirá los diferentes ciclos de grado básico, grado medio, grado superior, cursos de especialización, certificados de profesionalidad etc... de la formación profesional de la familia de Transporte y Mantenimiento de Vehículos (TMV) especialidad de náutica, así como de la familia Marítimo Pesquera (MAP).

Durante los cursos 2020 y 2021 y dadas las necesidades de ampliar una oferta educativa de estas familias profesionales, la dirección general de Modelo Económico y Empleo de la consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y la dirección general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores de la consejería de Educación y Formación Profesional se reunieron y decidieron utilizar las instalaciones c. Gremio de Teixidors, núm. 33, en el Polígono de Son Castelló para la creación del Centro integrado de Formación Profesional L'Embat.

En fecha 9 de octubre de 2020, el Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos informó favorablemente de la supervisión del centro integrado de Formación Profesional L'Embat. En este informe se indica cuáles son las características del proyecto, síntesis descriptiva, síntesis constructiva, sistema de cubiertas, sistema de compartimentación, sistema de acabados, superficies, estudio geotécnico, estudio de seguridad y salud y proyecto de actividades. También se informa del presupuesto y de las características del contrato.

En fecha 8 de junio de 2022, la dirección general de Modelo Económico y Empleo informó de la necesidad de crear un centro integrado de Formación Profesional para poder impartir los ciclos formativos relacionados con las familias profesionales de Transporte y Mantenimiento de Vehículos (TMV) y de la familia Marítimo Pesquera (MAP).

En fecha 8 de junio de 2022, la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores informó favorablemente la creación del centro integrado de Formación Profesional L'Embat.

En fecha 14 de junio de 2022, el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y el consejero de Educación y Formación Profesional aprobaron la Instrucción conjunta 04/2022, que forma parte del expediente, en la que se determinan los aspectos organizativos de los centros integrados de Formación Profesional adscritos a la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo.

En fecha 15 de julio de 2021, la jefa del Departamento de Planificación y Centros, con el visto bueno del director general de Planificación, Ordenación y Centros, emitió un informe sobre la necesidad de crear un centro integrado de Formación Profesional que impulse los ciclos formativos relacionados con las familias profesionales de Transporte y Mantenimiento de Vehículos (TMV) en la especialidad de náutica y de la familia Marítimo Pesquera (MAP).

También informó que este centro colaborará con las empresas en la realización de prácticas profesionales y formativas y gestionará la formación técnica especializada. En este informe se indica que el centro tiene autonomía de gestión económica y que estará adscrito a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores ya la dirección general de Modelo Económico y Empleo.

Este Decreto se adecua a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia que prevé el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y del consejero de Educación y Formación Profesional y habiéndolo consoderado el Consejo de Gobierno en la sesión del día 27 de junio de 2022,

DECRETO

Artículo único

Se crea el siguiente centro Integrado de Formación Profesional:

Código de centro: 07016438

Denominación genérica: Centro Integrado de Formación Profesional

Denominación específica: El Embat

Titular: Servicio de Ocupación de las Islas Baleares (SOIB)

Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo

Domicilio: c. Gremio de Teixidors, núm. 33

Localidad: Polígono de Son Castelló

Municipio: Palma

CP: 07009

Disposición final primera

Se faculta al consejero de Educación y Formación Profesional y al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo para que adopten las medidas necesarias para la ejecución de este Decreto.

 

Disposición final segunda

Este Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 27 de junio de 2022

  La presidenta
El consejero de Educación y Formación Profesional Francesca Lluch Armengol i Socias
Martí X. March y Cerdà  

El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo

 
Iago Negueruela y Vázquez