Sección I. Disposiciones generales
PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 6619
Decreto 12/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, determina la composición del Gobierno y la nueva estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
En consecuencia, es obligado concretar la estructura orgánica básica de cada consejería de acuerdo con las previsiones que hacen los artículos 10.d) y 46.3.a) de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, y los artículos 5 y 8 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto el siguiente
DECRETO
Artículo 1
Las consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears ejercen las competencias normativas y ejecutivas atribuidas a esta Administración por el Estatuto de Autonomía y el resto del ordenamiento jurídico en los sectores correspondientes de la acción pública.
Artículo 2
Para las consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se establece la siguiente estructura orgánica básica:
1. Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos
— Secretaría General
— Dirección General de Energía y Cambio Climático
— Dirección General de Innovación
— Dirección General de Política Industrial
— Dirección General de Comercio
Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
a. Dirección General de Energía y Cambio Climático: energías convencionales y alternativas; fomento y planificación de la eficiencia energética y utilización de energías renovables; movilidad eléctrica; ordenación energética; instalaciones eléctricas de alta tensión; redes de transporte y distribución de electricidad y gas; seguridad industrial de las instalaciones eléctricas de alta tensión y de instalaciones de transporte y distribución de gas y electricidad; coordinación de actuaciones en materia de cambio climático; cumplimiento de los compromisos de reducción de emisión de gases de efecto invernadero; control de la contaminación atmosférica; inventario de emisiones; calidad del aire; laboratorio de la atmósfera; seguimiento de la evolución del clima; estadísticas energéticas y de cambio climático; coordinación y control de las políticas energéticas de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus entidades instrumentales.
b. Dirección General de Innovación: impulso y fomento de la innovación, el desarrollo y la transferencia del conocimiento; planificación y coordinación del sistema de innovación y tecnología de las Illes Balears; política de clústers.
c. Dirección General de Política Industrial: fomento de la actividad industrial, impulso del desarrollo y competitividad industrial, comercialización y diseño del tejido industrial; competitividad, comercialización y diseño del tejido empresarial; instalaciones eléctricas e industriales; sectores industriales; minas; seguridad industrial y nuclear; UDIT; coordinación de la inspección técnica de vehículos.
d. Dirección General de Comercio: comercio interior; equipamientos comerciales; ferias; artesanía; cámaras de comercio; política de precios comerciales; fomento en materia de comercio; casinos, juegos y apuestas.
2. Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad
— Delegación de la Presidencia para la Cultura
— Secretaría General
— Dirección General de Derechos y Diversidad
— Dirección General de Coordinación
— Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento
— Dirección General de Comunicación
La Delegación de la Presidencia para la Cultura y las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
a. Delegación de la Presidencia para la Cultura: difusión y fomento de la cultura; promoción de la cultura balear en el exterior; cultura popular; libros y propiedad intelectual; bibliotecas, museos, archivos y equipamientos culturales; patrimonio histórico; patrimonio cultural; gestión del Registro de la Propiedad Intelectual; gestión del Protectorado de las fundaciones de carácter cultural; gestión del Registro de Bienes de Interés Cultural y del Catálogo General del Patrimonio Histórico de las Illes Balears; gestión del Centro de Publicaciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; gestión del Archivo General de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; dirección de la oficina de servicios Film Commission. Al frente a la Delegación de la Presidencia para la Cultura hay una delegada o delegado. Este órgano se asimila en rango a una dirección general.
b. Dirección General de Derechos y Diversidad: desarrollo normativo y coordinación de las políticas de igualdad y diversidad; impulso de la incorporación de la perspectiva LGTBI y de accesibilidad universal en las políticas, los servicios y las actuaciones de ámbito autonómico; fomento del consenso y la participación social en materia de diversidad sexual y de género; impulso del cumplimiento de la legislación y la normativa en materia de accesibilidad universal; desarrollo de acciones propias de formación y sensibilización en materia de diversidad funcional, sexual o de género; promoción de los valores de la diversidad humana y de la igualdad de trato a todas las personas con independencia de su orientación sexual, identidad sexual y de género, etnia, cultura, procedencia, religión, creencia o cualquier otra situación o diversidad funcional; colaboración con los consejos insulares y otras instituciones de las Illes Balears.
c. Dirección General de Coordinación: implementación, impulso, coordinación y seguimiento de los planes, proyectos y programas estratégicos del Gobierno; coordinación interdepartamental entre órganos de consejerías diversas; apoyo directo a la consejera de Presidencia, Cultura e Igualdad en el ejercicio de sus atribuciones; coordinación estratégica con el Gabinete de la Presidencia. Asimismo, asume la coordinación de las materias de carácter transversal.
d. Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento: relaciones generales con el Gobierno del Estado y las comunidades autónomas; interlocución con los consejos insulares; relaciones con comunidades y entidades asociativas de residentes foráneos e interlocución con las casas regionales con sede en las Illes Balears; relaciones con las comunidades baleares en el exterior; coordinación administrativa y organización de acontecimientos de interés autonómico; acción cívica y relaciones con los grupos sociales y, también, con las organizaciones religiosas; intervención administrativa en materia de asociaciones, fundaciones y colegios profesionales; Registro de Asociaciones; Registro Único de Fundaciones; Registro de Colegios Profesionales; reales academias, academias y otras corporaciones de derecho público; Registro de Academias; relaciones institucionales y de colaboración con el poder judicial y con los órganos judiciales y las fiscalías radicados en las Illes Balears; relaciones con la Administración de Justicia y con los operadores jurídicos; impulso y coordinación del traspaso de funciones y servicios de los medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia; servicios de cooperación con la justicia; apoyo al Gobierno en sus relaciones con el Parlamento; coordinación de la iniciativa legislativa y del ejercicio de los poderes normativos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma; coordinación del desarrollo normativo del Estatuto de Autonomía; coordinación de los procesos de transferencia de funciones y servicios; inventario general de órganos colegiados; registro de convenios y acuerdos; relaciones con el Consejo Consultivo y otros órganos estatutarios; relaciones con el Consejo Asesor de Derecho Civil.
e. Dirección General de Comunicación: elaboración y seguimiento de la estrategia comunicativa del Gobierno; relación informativa con los medios de comunicación; coordinación de la política informativa del Gobierno, de las consejerías y de las entidades del sector público instrumental; difusión de la información institucional en los diferentes canales de comunicación; coordinación de las acciones en las redes sociales que afecten a la política comunicativa y/o imagen del Gobierno; seguimiento, recogida, ordenación y difusión dentro de la Administración autonómica de las informaciones publicadas relativas a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; supervisión, autorización y coordinación de las acciones de publicidad institucional y comercial de las consejerías y entidades del sector público autonómico; diseño de la identidad corporativa y supervisión y autorización de distintivos, logotipos, marcas o símbolos de identificación para la difusión de la imagen institucional.
Asimismo, se integra en la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad el órgano siguiente:
— Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
La Dirección de la Abogacía ejerce las siguientes competencias: representación y defensa en juicio de la Administración autonómica y de los entes que dependen de ella; asesoramiento jurídico al Gobierno y a los órganos de la Administración en las materias o cuestiones de especial relevancia o trascendencia; coordinación de los servicios jurídicos de las consejerías y de las entidades dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma, y también coordinación de otros servicios de defensa judicial; otras competencias que le atribuye la legislación vigente en materia judicial, de asesoramiento jurídico y de elaboración normativa. Se adscribe a la Dirección de la Abogacía el Instituto de Estudios Autonómicos que ejerce las siguientes competencias: estudio, búsqueda y difusión legislativa en materia de autonomías territoriales, con atención preferente al derecho público de las Illes Balears; asesoramiento a la Presidencia de las Illes Balears, especialmente en el ámbito del derecho estatutario, y apoyo al desarrollo normativo del Estatuto de Autonomía y a los procesos de transferencias de funciones y servicios, tanto del Estado a la Comunidad Autónoma como de esta a los consejos insulares, cuando le sean encomendados expresamente.
3. Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores
— Secretaría General
— Dirección General de Presupuestos
— Dirección General de Financiación
— Dirección General del Tesoro y Patrimonio
— Dirección General de Relaciones Exteriores
— Dirección General de Fondos Europeos
Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
a. Dirección General de Presupuestos: impulso y coordinación de los procesos de preparación, de ejecución y de control de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma; tutela presupuestaria de los entes integrantes del sector público instrumental autonómico; apoyo a los procesos de descentralización territorial de competencias autonómicas.
b. Dirección General de Financiación: financiación autonómica; control y seguimiento de la financiación afectada y de la procedente de fondos europeos; ordenación del sistema de financiación autonómica y relaciones financieras con las haciendas territoriales; coordinación y seguimiento de la financiación de las transferencias de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma; tutela financiera de los entes integrantes del sector público instrumental autonómico y, en su caso, de los entes locales.
c. Dirección General del Tesoro y Patrimonio: tesorería general y endeudamiento; cajas de ahorros e instituciones de crédito cooperativo; sociedades de garantía recíproca; mediadores de seguros; mutualidades de previsión social. Asimismo, le corresponde el ejercicio de las funciones previstas en la legislación de patrimonio: preparación, tramitación y resolución de los expedientes patrimoniales previstos en las leyes; ordenación, gestión, inventario y defensa de los bienes y derechos de la Administración de la Comunidad Autónoma y de los organismos autónomos; obligaciones tributarias derivadas de la titularidad de los bienes; gestión de los riesgos de los bienes; inscripción y regularización de las titularidades catastrales y registrales de los bienes; depósito de los derechos de propiedad industrial; ordenación del parque móvil y gestión del parque móvil de servicios generales, y también las competencias en el ámbito material de la contratación pública. Se adscriben a esta Dirección General la Central de Contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la que depende el Registro de Contratos y Contratistas.
d. Dirección General de Relaciones Exteriores. Proyección exterior de los intereses autonómicos; participación en la política internacional del Estado; relaciones con la Unión Europea; oficinas de representación.
e. Dirección General de Fondos Europeos: gestión, seguimiento, control, evaluación y comunicación de los fondos procedentes de la Unión Europea, fondos FEDER, FSE y programas europeos; coordinación de los incentivos regionales en las Illes Balears.
Asimismo, se integran en la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores los siguientes órganos:
— Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
— Junta Superior de Hacienda de las Illes Balears
Los órganos mencionados ejercen las siguientes competencias:
a. Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears: las que establece la legislación vigente de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la normativa de desarrollo reguladora de la organización y las funciones de este órgano. Asimismo, es el órgano responsable del mantenimiento, la custodia y la gestión de la información contenida en la base de datos de subvenciones de la Comunidad Autónoma.
b. Junta Superior de Hacienda de las Illes Balears: las que establece la legislación vigente que estructura los órganos competentes para conocer y resolver las reclamaciones económico-administrativas que se produzcan en el ámbito de las gestiones económica, financiera y tributaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo
— Secretaría General
— Dirección General de Modelo Económico y Empleo
— Dirección General de Turismo
— Dirección General de Trabajo y Salud Laboral
— Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular
Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
a. Dirección General de Modelo Económico y Empleo: planificación y ordenación del modelo económico; mejora de la competitividad de la economía; análisis de coyuntura laboral, económica y estadística; Servicio Autonómico de Defensa de la Competencia; seguimiento del precio de los bienes y servicios estratégicos; análisis del impacto económico de las políticas públicas; planificación, gestión y coordinación de las políticas activas de empleo; información, orientación e intermediación en el mercado laboral; planes de subvenciones; fomento de empleo; desarrollo de la formación profesional para el empleo. Se adscribe a esta Dirección General la Escuela de Hostelería de las Illes Balears, que ejerce funciones de docencia universitaria en el campo de la hostelería, la restauración, la formación profesional en la familia profesional de la hostelería y el turismo, la formación de empresarias y empresarios y profesionales para la empresa, y el fomento de la investigación científica y técnica al servicio de estos estudios.
b. Dirección General de Turismo: promoción, difusión y comercialización de los productos y servicios turísticos; información estadística y estudios relativos al turismo; ordenación normativa general y planificación del sector turístico; creación y desarrollo del producto turístico.
c. Dirección General de Trabajo y Salud Laboral: mediación, arbitraje y conciliación de los conflictos laborales; apertura de centros de trabajo; calendarios laborales; relaciones laborales, dirección y organización de los registros relacionados con las relaciones laborales, seguridad y salud laboral; potestad sancionadora en materia de relaciones laborales, seguridad y salud laboral; estudio del medio laboral; vigilancia de la salud, la seguridad y la higiene en el trabajo, estadística de seguridad y salud laboral, ejecución de la legislación de salud laboral, control de accidentes laborales y enfermedades profesionales; prevención e investigación de riesgos y accidentes laborales; impulso y desarrollo de las políticas de igualdad en el ámbito laboral; fomento de las medidas de conciliación de la vida personal, de la familiar y de la laboral con las empresas; impulso, fomento y difusión de medidas de innovación y calidad en el ámbito laboral; fomento de la contratación de calidad; negociación colectiva y control de la legalidad de los convenios colectivos.
d. Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular: empresa; políticas de creación y crecimiento empresarial; promoción, desarrollo y dinamización económica; modernización de las empresas; internacionalización, atracción de inversión extranjera y proyectos estratégicos; financiación y apoyo empresarial; promoción del autoempleo y la cultura emprendedora; gestión, fomento y difusión de los modelos de economía social y autoempleo, entre los que destacan las sociedades cooperativas, las sociedades laborales y los autónomos; registros públicos de empresas y asociaciones empresariales de la economía social y del trabajo autónomo; coordinación y gestión de la implantación de un sistema de gestión ética y socialmente responsable con la asunción del Sistema Balear de Responsabilidad Social Corporativa de Empresas; planificación y coordinación estratégica balear de economía circular.
5. Consejería de Asuntos Sociales y Deportes
— Secretaría General
— Dirección General de Planificación y Servicios Sociales
— Dirección General de Dependencia
— Dirección General de Menores, Familias y Juventud
— Dirección General de Cooperación
— Dirección General de Deportes
Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
a. Dirección General de Planificación y Servicios Sociales: planificación de la política de servicios sociales; elaboración normativa en materia de servicios sociales; ordenación de la renta mínima de inserción; plan de servicios sociales comunitarios básicos y otros programas sociales, y también la tramitación y concesión de las ayudas y de los convenios que se derivan de ellos; prestaciones económicas; autorización, registro e inspección de servicios y centros de servicios sociales de ámbito suprainsular o autonómico; atención e integración social a la población inmigrante.
b. Dirección General de Dependencia: atención y apoyo a personas con dependencia, a personas con discapacidad, a personas de la tercera edad y a otros colectivos en situación de riesgo.
c. Dirección General de Menores, Familias y Juventud: aplicación de medidas de justicia juvenil; ordenación de la protección de menores; políticas de promoción y apoyo a las familias y unidades de convivencia; reinserción social; atención a las víctimas del delito; promoción de las actividades juveniles; turismo juvenil; actividades y formación de tiempo libre; participación y asociaciones juveniles; promoción de los jóvenes artistas; instalaciones juveniles; información juvenil; coordinación de políticas de juventud; análisis y estudio de la realidad de los jóvenes, y programas de movilidad juvenil.
d. Dirección General de Cooperación: cooperación social y económica de carácter exterior; políticas de solidaridad y desarrollo humano en pueblos y países no desarrollados o en vías de desarrollo.
e. Dirección General de Deportes: fomento de la actividad deportiva competitiva, de alto nivel y tecnificación; instalaciones e infraestructuras deportivas; impulso de la función social de la actividad física y del deporte en la dimensión educativa y formativa, adquisición de hábitos saludables y mejora de la salud pública, y generación de actitudes y compromisos cívicos y solidarios; reconocimiento de competiciones oficiales; reconocimiento, registro y control de las entidades deportivas; fomento de la actividad deportiva y del deporte y especialmente en el ámbito escolar y universitario, entre los sectores sociales vulnerables, del deporte adaptado y de los deportes autóctonos; reconocimiento de nuevas modalidades y disciplinas deportivas; titulaciones deportivas y formación; ejercicio de la potestad sancionadora en materia administrativa deportiva; prevención y control del dopaje deportivo y la violencia en el deporte; distinciones deportivas.
Asimismo, se adscribe a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes la Oficina de Defensa de los Derechos del Menor, que ejerce las competencias de defensa y promoción de los derechos de los menores, y quejas sobre situaciones de amenaza y de vulneración de derechos, a cuyo frente se sitúa un director o directora asimilado en rango a director general. También se adscribe a esta Consejería el Consejo de la Juventud.
6. Consejería de Educación, Universidad e Investigación
— Secretaría General
— Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros
— Dirección General de Personal Docente
— Dirección General de Formación Profesional y Enseñanza en Régimen Especial
— Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa
Secretaría Autonómica de Universidad e Investigación
— Dirección General de Política Universitaria e Investigación
— Dirección General de Política Lingüística
La Secretaría Autonómica de Universidad e Investigación, asimilada en rango a un órgano directivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, coordina y controla la gestión de los siguientes órganos directivos: Dirección General de Política Universitaria e Investigación, y Dirección General de Política Lingüística. La regulación de la Secretaría Autonómica de Universidad e Investigación se establece reglamentariamente.
Las direcciones generales de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
a. Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros: planificación educativa; coordinación de las infraestructuras y de los servicios educativos; régimen orgánico y funcionamiento de los centros docentes; centros concertados y centros privados; educación a distancia no universitaria; pruebas libres de la enseñanza secundaria obligatoria; gestión de títulos académicos y legalizaciones; escolarización a partir del segundo ciclo de educación infantil; ordenación de las enseñanzas; gestión del GESTIB; evaluación y calidad del sistema educativo; educación de adultos y educación permanente; relaciones con los centros concertados y gestión de la nómina.
b. Dirección General de Personal Docente: ordenación y gestión del personal docente; primaria; secundaria; provisión de plazas; retribuciones; gestión de la nómina; servicio de prevención.
c. Dirección General de Formación Profesional y Enseñanza en Régimen Especial: formación profesional y relación del sistema educativo con la empresa; formación profesional básica; enseñanzas de régimen especial; enseñanza superior no universitaria.
d. Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa: impulso y fomento de la implantación de la educación 0-3 años; innovación educativa; familia y participación, movimiento asociativo (de alumnos y de padres y madres); consejos escolares (autonómico, insulares, municipales y de centro); servicios y actividades complementarios; gestión de las becas y ayudas en el ámbito educativo no universitario; nuevas tecnologías aplicadas a la educación; materiales didácticos y libros de texto; atención a la diversidad; convivencia y éxito escolar; formación permanente del profesorado; enseñanza del catalán y normalización lingüística en el ámbito educativo; concesión de la exención de la evaluación de la lengua y la literatura catalanas; gestión de los cursos y de las pruebas libres incluidos en el Plan de Formación Lingüística y Cultural, y expedición de los certificados de notas y de capacitación incluidos en el mencionado plan; fomento de las lenguas extranjeras y participación en programas internacionales.
e. Dirección General de Política Universitaria e Investigación: ordenación y gestión del sistema universitario; infraestructuras universitarias; relaciones con la comunidad universitaria; fomento de la investigación educativa; fomento de la investigación científica y técnica; divulgación de la investigación, el desarrollo y la innovación; impulso del conocimiento, por parte de la ciudadanía, de la actividad desarrollada por la comunidad científica en estas materias.
f. Dirección General de Política Lingüística: normalización de la lengua catalana; promoción y defensa de los derechos lingüísticos; certificación de los conocimientos de lengua catalana de la población adulta fuera de la enseñanza reglada mediante la organización y la gestión de pruebas, y reconocimiento de certificados equivalentes; homologación de los estudios de lengua catalana de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato con los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana.
Asimismo, se integran en la Consejería de Educación, Universidad e Investigación los siguientes órganos:
— Instituto para la Convivencia y el Éxito Escolar
— Instituto para la Educación de la Primera Infancia (IEPI)
— Instituto de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo (IAQSE)
— Instituto de Calificaciones Profesionales de las Illes Balears (IQPIB)
— Delegación Territorial de Educación de Ibiza y Formentera
— Delegación Territorial de Educación de Menorca
Las delegaciones territoriales de Educación, bajo la dependencia directa del Consejero de Educación, Universidad e Investigación, ejercen las funciones relativas a la coordinación administrativa dentro del ámbito educativo, de las respectivas islas, en coordinación con todas las direcciones generales de la Consejería.
La inspección educativa se ejerce bajo la dependencia directa del Consejero de Educación, Universidad e Investigación.
7. Consejería de Salud y Consumo
— Secretaría General
— Dirección General de Prestaciones y Farmacia
— Dirección General de Salud Pública
— Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación
— Dirección General de Consumo
Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
a. Dirección General de Prestaciones y Farmacia: planificación y ordenación sanitaria general y de la asistencia sanitaria; definición de la cartera de servicios y prestaciones sanitarias y sus indicadores de evaluación; políticas de calidad de la prestación sanitaria; gestión, mantenimiento y evaluación periódica del Registro del Conjunto Mínimo de Datos de Alta Hospitalaria y Actividad Ambulatoria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; registro de profesionales sanitarios; ordenación farmacéutica; autorización y control de establecimientos y servicios de atención farmacéutica; autorización y control de actividades sanitarias de fabricación a medida de productos sanitarios y de distribución y venta de productos sanitarios; tramitación y resolución de los procedimientos de aplicación del índice corrector de los márgenes de las oficinas de farmacia correspondiente a las recetas u órdenes de dispensación de medicamentos de uso humano fabricados industrialmente dispensados con cargo a los fondos públicos; control y mejora de la calidad de la prestación farmacéutica; control y vigilancia de medicamentos, productos sanitarios y el resto de productos farmacéuticos; iniciación y resolución de los procedimientos sancionadores en materias propias de su competencia.
b. Dirección General de Salud Pública: promoción de la salud; vigilancia epidemiológica, análisis y evaluación del estado de salud de la población, de las enfermedades y del impacto en salud de las políticas públicas; promoción para la reducción de las desigualdades en salud por razón de género, de territorio, de clase social y de cultura para favorecer a los colectivos más desprotegidos; participación de los ciudadanos y ciudadanas, de los profesionales y de las asociaciones de pacientes; prevención de las enfermedades: vacunación, programas poblacionales de detección precoz de cáncer y otras enfermedades, lucha contra el tabaquismo, salud sexual y reproductiva, prevención del VIH, prevención y tratamiento de las drogodependencias; promoción de la salud y vigilancia epidemiológica en el ámbito laboral, y también el resto de actuaciones sanitarias en el ámbito de la salud laboral que prevé la normativa sanitaria; protección de la salud; salud ambiental, que incluye, entre otras, la vigilancia de la calidad del agua de consumo humano, de las aguas de baño y de la legionelosis; ordenación de los aspectos higiénicos y sanitarios de actividades no sanitarias; seguridad alimentaria y nutrición; control oficial y registros en materia de salud pública; vigilancia epidemiológica de las zoonosis; análisis químicos y microbiológicas de muestras de aguas y alimentos; iniciación y resolución de los procedimientos sancionadores en materias propias de su competencia; coordinación de la Fundación Banco de Sangre y Tejidos.
c. Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación: inspección, control, autorización y registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios; evaluación de la calidad asistencial y acreditación de los centros, servicios y establecimientos sanitarios; iniciación y resolución de procedimientos sancionadores en materia de su competencia; explotación, gestión y evaluación de los registros y sistemas de información de su competencia; definición y desarrollo de políticas de formación sanitaria especializada; promoción de políticas de investigación y de información sanitarias; tutela y desarrollo de los procesos formativos de pregrado o posgrado de los profesionales de la salud y promoción de programas docentes de pregrado o posgrado, de acuerdo con la UIB y otras consejerías e instituciones formativas; acreditación de profesionales sanitarios, de formación sanitaria y de formación sanitaria especializada; coordinación del funcionamiento de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears, del Comité de Ética de la Investigación de las Illes Balears y de la Biblioteca Virtual de Ciencias de la Salud de las Illes Balears; coordinación de Trasplantes de las Illes Balears; gestión del Registro de Voluntades Anticipadas.
d. Dirección General de Consumo: defensa de los derechos de las persones consumidoras y usuarias; control de mercado, inspección de consumo y red de alerta de productos peligrosos; información y orientación de los consumidores y usuarios para el ejercicio adecuado de sus derechos; tramitación de las denuncias y las reclamaciones de las persones consumidoras y usuarias; desarrollo de tareas de mediación entre las persones consumidoras y las empresas; resolución de las controversias de consumo a través del arbitraje y fomento del Sistema Arbitral de Consumo; educación y formación a la ciudadanía en materia de consumo y formación continua al personal de las administraciones de consumo; gestión del registro de asociaciones de consumidores y apoyo y relación con estas; apoyo al Consejo de Consumo y coordinación de este; iniciación y resolución de los procedimientos sancionadores en materia de defensa de las personas consumidoras y usuarias.
8. Consejería de Movilidad y Vivienda
— Secretaría General
— Dirección General de Transporte Marítimo y Aéreo
— Dirección General de Vivienda
— Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre
— Dirección General de Arquitectura y Rehabilitación
Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
a. Dirección General de Transporte Marítimo y Aéreo: ordenación y planificación del transporte marítimo entre puertos o puntos de la comunidad autónoma sin conexión con otros puertos o puntos de otros ámbitos territoriales; intervención administrativa en materia de navegación y titulaciones náutico-deportivas y en materias de su competencia; participación y seguimiento de la política de transporte aéreo; promoción y planificación de la participación de la Comunidad Autónoma en la gestión de los aeropuertos (cogestión aeroportuaria); infraestructuras portuarias de competencia autonómica y gestión del dominio público portuario; facultades y competencias que establece la normativa vigente en materia de Puertos de las Illes Balears.
b. Dirección General de Vivienda: defensa y fomento de la función social de la vivienda y del cumplimiento de la normativa aplicable; diseño y ejecución de políticas públicas de vivienda; ordenación de la vivienda y servicio de inspección; fomento, coordinación y gestión de las ayudas públicas en materia de vivienda; programación, regulación y control de la vivienda de protección oficial y con otros tipos de protección pública; concertación y coordinación de las políticas de vivienda con otras administraciones públicas; programación de la promoción pública de viviendas de iniciativa pública y otras formas de acceso a la vivienda; identificación, registro e interlocución con los grandes tenedores de vivienda y movilización de viviendas desocupadas; promoción y gestión del patrimonio público de vivienda, incluidas las políticas de suelo residencial.
c. Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre: planificación, ordenación, inspección y control de los transportes terrestres, incluidas las empresas de alquiler de vehículos, con o sin conductor; incoación y resolución de los correspondientes expedientes sancionadores; políticas de movilidad y coordinación y gestión del plan director de movilidad; promoción de la movilidad eléctrica y sostenible y las infraestructuras e instalaciones necesarias para hacerla posible; supresión de barreras arquitectónicas en los medios de transporte público de viajeros por carretera y ferrocarril; planificación, construcción, ordenación y gestión de las carreteras de titularidad autonómica y de otras infraestructuras públicas; coordinación de la inspección técnica de vehículos.
d. Dirección General de Arquitectura y Rehabilitación: fomento de la rehabilitación de inmuebles; fomento de la regeneración y renovación de áreas urbanas y espacios públicos; supresión de barreras arquitectónicas; control de la calidad de la edificación e inspección técnica de edificios; valoraciones inmobiliarias; elaboración y contratación de proyectos de construcción y reforma de edificios y espacios públicos para las diferentes consejerías de Gobierno de las Illes Balears y su sector público instrumental. En esta materia puede dar apoyo a otras administraciones públicas de las Illes Balears y a entidades sin ánimo de lucro.
9. Consejería de Medio Ambiente y Territorio
— Secretaría General
— Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad
— Dirección General de Residuos y Educación Ambiental
— Dirección General de Recursos Hídricos
— Dirección General de Territorio y Paisaje
Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
a. Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad: biodiversidad, paisaje y recursos forestales; ordenación de recursos naturales; conservación y gestión de especies silvestres protegidas o invasoras; competencias autonómicas de caza, planificación, conservación y gestión de espacios naturales, ecosistemas marinos y terrestres; planificación y gestión forestal y de monte; prevención y extinción de incendios forestales; gestión de la sanidad forestal y defensa de los equilibrios biológicos de los ecosistemas forestales; planes y acuerdos nacionales e internacionales relativos a la biodiversidad; incoación y resolución de los expedientes sancionadores en las materias propias de sus competencias.
b. Dirección General de Residuos y Educación Ambiental: planes y programas de educación ambiental para la sociedad civil; actividades formativas en los espacios naturales protegidos; planificación de los sistemas de gestión de residuos y suelos contaminados; incoación y resolución de los expedientes sancionadores en las materias propias de sus competencias.
c. Dirección General de Recursos Hídricos: planificación hidrológica y tarifas de agua; infraestructuras hidráulicas; dominio público hidráulico y régimen jurídico del agua; laboratorio del agua; suministro de agua y saneamiento de aguas residuales; incoación y resolución de los expedientes sancionadores en las materias propias de sus competencias.
d. Dirección General de Territorio y Paisaje: planificación general de la ordenación territorial y urbanística; cartografía; recuperación y mejora de infraestructuras territoriales; ordenación y protección del litoral; actuaciones en dominio público marítimo-terrestre; sistemas de información territorial; ordenación del litoral; autorizaciones y control de los vertidos de tierra a la mar; intervenciones medioambientales en relación con las aguas costeras; autorizaciones y control de las actuaciones en zona de servidumbre de protección de la Ley de costas en suelo rústico; informes y actuaciones relativos a planes, proyectos y obras en la costa, incluido el dominio público marítimo-terrestre; incoación y resolución de los expedientes sancionadores en las materias propias de sus competencias.
Asimismo, se integra en la Consejería de Medio Ambiente y Territorio la Comisión Balear de Medio Ambiente.
10. Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación
— Secretaría General
— Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
— Dirección General de Pesca y Medio Marino
— Dirección General de Políticas para la Soberanía Alimentaria
Las direcciones generales mencionadas ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
a. Dirección General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural: planificación, ordenación y fomento de los sectores agrícolas y ganaderos; gestión del agua para regadío; infraestructuras necesarias para la producción agraria (construcciones agrarias y de regadíos); explotaciones agrarias prioritarias; fomento agrario; vías pecuarias y pastos; denominaciones de origen; sanidad, bienestar y alimentación de los animales; sanidad vegetal; desarrollo rural; formación, capacitación, investigación y laboratorio agrario, registros interinsulares agrarios, semillas y plantas de vivero; incoación y resolución de los expedientes sancionadores en las materias propias de sus competencias.
b. Dirección General de Pesca y Medio Marino: ordenación pesquera; recursos marinos; cofradías de pescadores; enseñanzas náutico-pesqueras; pesca marítima en aguas interiores de las Illes Balears; acuicultura marina, marisqueo y buceo profesional y recreativo; incoación y resolución de los expedientes sancionadores en las materias propias de sus competencias.
c. Dirección General de Políticas para Soberanía Alimentaria: defensa, apoyo y promoción de un sistema alimentario justo, sostenible y saludable para el conjunto de los actores de la cadena agroalimentaria; promoción del derecho a la alimentación saludable para el conjunto de la ciudadanía de las Illes Balears; desarrollo de acciones orientadas a promover una alimentación sana libre de transgénicos y equilibrada y una mayor conciencia sobre los impactos generales del sistema alimentario.
11. Consejería de Administraciones Públicas y Modernización
— Secretaría General
— Dirección General de Función Pública y Administraciones Públicas
— Dirección General de Modernización y Administración Digital
— Dirección General de Emergencias e Interior
Secretaría Autonómica de Memoria Democrática y Buen Gobierno
— Dirección General de Memoria Democrática
— Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno
— Dirección General de Participación y Voluntariado
La Secretaría Autonómica de Memoria Democrática y Buen Gobierno, asimilada en rango a un órgano directivo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, coordina y controla la gestión de los siguientes órganos directivos: Dirección General de Memoria Democrática, Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno, y Dirección General de Participación y Voluntariado. Así mismo, le corresponden las relaciones con la Comisión para la Reclamaciones de Acceso a la Información Pública. La regulación de la Secretaría Autonómica de Memoria Democrática y Buen Gobierno se establece reglamentariamente.
Las direcciones generales de la Consejería de Administraciones Públicas y Modernización ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
a. Dirección General de Función Pública y Administraciones Públicas: planificación, dirección, coordinación y ejecución de la política general de personal; ordenación y gestión del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, excepto el personal docente y el personal estatutario al servicio de la sanidad pública autonómica; coordinación de la política de recursos humanos del sector público instrumental y de su personal; dirección y supervisión de las nóminas correspondientes al personal de los entes integrantes del sector público instrumental autonómico y, en general, tutela de estos entes respecto de la legislación aplicable en materia de personal; gestión, impulso y coordinación de las políticas y los planes de igualdad entre las mujeres y los hombres empleados públicos de los servicios generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y del sector público instrumental autonómico; formación del personal de las administraciones públicas de las Illes Balears; inspección de calidad, organización y servicios; Registro General de Personal; prevención de riesgos laborales del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; organización territorial de la comunidad autónoma; relaciones con las instituciones de gobierno de las islas y de los municipios, y relaciones de colaboración y cooperación con los entes territoriales; personal funcionario de Administración local con habilitación nacional que presta servicio en las corporaciones locales.
b. Dirección General de Modernización y Administración Digital: planificación y ordenación de los sectores de las comunicaciones y de las nuevas tecnologías de la información; sistemas de información, recursos tecnológicos y servicios informáticos y telemáticos de la Administración de la Comunidad Autónoma, y funciones de encargo del tratamiento de los datos personales en relación con estos sistemas, recursos y servicios; planificación y ordenación de los sectores de las telecomunicaciones, radiodifusión televisiva y sonora; impulso y coordinación de la implantación de la administración electrónica; seguridad de la información de los recursos tecnológicos; simplificación y racionalización de los procesos administrativos; coordinación y ordenación de los registros y archivos administrativos, incluidos los telemáticos; modernización y calidad de los servicios públicos.
c. Dirección General de Emergencias e Interior: emergencias y protección civil; meteorología; actividades clasificadas; espectáculos; seguridad y policía autonómica; coordinación de policías locales.
d. Dirección General de Memoria Democrática: coordinación de las políticas de la memoria democrática y la gestión del censo de personas desaparecidas.
e. Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno: coordinación interdepartamental de medidas para impulsar la transparencia y el buen gobierno en la Administración; reconocimiento y análisis de la demanda y percepción de los usuarios y la ciudadanía; atención e información ciudadana.
f. Dirección General de Participación y Voluntariado: participación ciudadana; sensibilización cívica y social y apoyo al voluntariado; impulso y fomento de la participación ciudadana.
Asimismo, se adscribe a la Consejería de Administraciones Públicas y Modernización la Oficina de Evaluación Pública de las Illes Balears.
Artículo 3
1. Las secretarías generales ejercen las competencias que les asignan los artículos 13 y 14 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Asimismo, corresponde a las secretarías generales impulsar, coordinar y prestar asistencia a los órganos de su consejería en la implantación de la administración electrónica.
2. Las siguientes secretarías generales ejercen también las funciones que se especifican a continuación:
a. La Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad da asistencia y apoyo a la Presidencia de las Illes Balears y a la Secretaría del Consejo de Gobierno, se hace cargo de la gestión del Boletín Oficial de las Illes Balears y de la organización de los procesos electorales autonómicos, de conformidad con la legislación en la materia. Asimismo, se adscribe a esta Secretaría General, a los efectos administrativos, la delegación de la protección de los datos personales.
b. La Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores coordina el procedimiento de elaboración de los planes estratégicos de subvenciones y sus modificaciones, y ejerce la tutela de los entes integrantes del sector público instrumental autonómico respecto de la legislación general y en materia de hacienda aplicable a estos entes.
c. La Secretaría General de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación lleva a cabo la ordenación y la gestión del personal de administración y servicios en centros educativos, así como la ordenación, la gestión y el control del transporte escolar.
d. La Secretaría General de la Consejería de Salud y Consumo tiene atribuida la competencia de instrucción de los procedimientos sancionadores y de financiación sanitaria pública.
e. La Secretaría General de la Consejería de Movilidad y Vivienda tiene atribuidas las competencias y funciones en materia de intervención de precios de transporte urbano.
f. La Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio tiene adscrita y gestiona la Comisión de Precios, órgano colegiado asesor que ejerce competencias y funciones en materia de intervención de precios de agua.
g. La Secretaría General de la Consejería de Administraciones Públicas y Modernización coordina las relaciones con la radio y la televisión públicas, e impulsa, en su caso, su desarrollo normativo.
3. Las delegaciones territoriales de Educación de Menorca y de Ibiza y Formentera, bajo la dependencia directa del Consejero de Educación, Universidad e Investigación, ejercen las funciones relativas a la coordinación administrativa en el ámbito educativo de las islas respectivas.
4. Las direcciones generales ejercen las competencias que les asignan los artículos 15 y 16 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con relación a los ámbitos materiales definidos, en cada caso, en el artículo 2 de este decreto.
5. Los órganos directivos ejercen también la función de ejecutar los planes y acuerdos nacionales e internacionales relativos a las materias de sus competencias.
6. Las secretarías generales y las direcciones generales, así como los órganos directivos asimilados, ejercen las funciones de responsables del tratamiento de los datos personales de los procedimientos o procesos en relación con sus competencias.
Disposición adicional primera
1. Los entes del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se adscriben a las consejerías de la manera que se indica en el anexo 1 de este decreto.
2. Los entes participados por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears que no forman parte de su sector público instrumental se adscriben a las consejerías de la manera que se indica en el anexo 2 de este decreto.
3. Las relaciones que figuran en los anexos 1 y 2 no tienen carácter exhaustivo ni excluyente.
Disposición adicional segunda
La competencia sobre las materias no atribuidas expresamente por este decreto se entiende que corresponde a la consejería competente por razón de la materia.
Disposición adicional tercera
Las Consejeras de Hacienda y Relaciones Exteriores y de Administraciones Públicas y Modernización adoptarán las medidas necesarias de asignación y redistribución de medios humanos, económicos y materiales para hacer efectiva la estructura de la Administración que se establece en este decreto y, a tal efecto, podrán dictar las disposiciones pertinentes.
Disposición derogatoria
Queda derogado el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Disposición final
Este decreto entrará en vigor a partir del momento en que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 2 de julio de 2019
La presidenta Francesca Lluch Armengol i Socias
ANEXO 1 Entes del sector público instrumental autonómico
Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos
Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears (IDI)
Instituto Balear de la Energía
Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad
Instituto Balear de la Mujer
Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears (ICIB)
Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
Fundación Orquesta Sinfónica Illes Balears
Fundación Robert Graves
Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores
Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB)
Centro Baleares Europa (CBE)
Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo
Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB)
Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB)
Instituto de Estadística de las Illes Balears (IBESTAT)
Instituto Balear de Seguridad y Salud Laboral (IBASSAL)
Consorcio Escuela de Hostelería de las Illes Balears (CEH)
Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos (CBAT)
Consejería de Asuntos Sociales y Deportes
Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE)
Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Illes Balears
Consorcio Velódromo Illes Balears
Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Illes Balears
Fundación Instituto Socioeducativo S'Estel
Fundación para el Deporte Balear
Consejería de Educación, Universidad e Investigación
Instituto de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC)
Consorcio para el Fomento de Infraestructuras Universitarias (COFIU)
Fundación para los Estudios Superiores de Música y Artes Escénicas de las Illes Balears (FESMAE)
Consejería de Salud y Consumo
Servicio de Salud de las Illes Balears (IB-SALUT)
Fundación Banco de Sangre y Tejidos de las Illes Balears
Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears (IDISBA)
Consejería de Movilidad y Vivienda
Puertos de las Illes Balears
Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI)
Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM)
Consorcio de Transportes de Mallorca (CTM)
Consejería de Medio Ambiente y Territorio
Agencia Balear del Agua y la Calidad Ambiental (ABAQUA)
Instituto Balear de la Naturaleza (IBANAT)
Servicio de Información Territorial de las Illes Balears (SITIBSA)
Consorcio de Aguas de las Illes Balears
Consorcio para la Recuperación de la Fauna de las Illes Balears (COFIB)
Consorcio de Infraestructuras de las Illes Balears
Consorcio para el Desarrollo de Actuaciones de Mejora y Construcción de Infraestructuras en el Territorio de la Entidad Local Menor de Palmanyola
Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación
Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA)
Servicios de Mejora Agraria (SEMILLA)
Consejería de Administraciones Públicas y Modernización
Escuela Balear de Administración Pública (EBAP)
Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears (EPRTVIB)
Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación de las Illes Balears (IBETEC)
Fundación Balear de Innovación y Tecnología (FBIT)
Gestión de Emergencias de las Illes Balears, SAU (GEIBSAU)
ANEXO 2 Entes en los que participa la CAIB
Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad
Consorcio Castillo de Sant Carles
Consorcio Ciudad Romana de Pollentia
Consorcio Ibiza Patrimonio de la Humanidad
Consorcio Museo Militar de Menorca y Patrimonio Histórico Militar del Port de Maó y Cala Sant Esteve
Consorcio Museo Marítimo de Mallorca
Consorcio Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial
Fundación Santuario de Lluc
Fundación Museo y Centro Cultural de Formentera
Fundación Es Baluard Museo de Arte Moderno y Contemporáneo
Fundación Menorquina de la Ópera
Fundación Teatro Principal de Inca
Fundación Área de Creación Acústica (ACA)
Fundación Teatro del Mar
Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo
Palacio de Congresos de Palma
Consejería de Asuntos Sociales y Deportes
Consorcio para el Desarrollo Deportivo de Ciutadella
Consorcio para la Protección y Acogida de las Personas Disminuidas Psíquicas Profundas de las Illes Balears (APROP)
Consorcio de Gestión Sociosanitaria de Ibiza (en extinción)
Consorcio Trofeo SAR Princesa Sofía – MAPFRE (en extinción)
Fundación Juegos Mundiales Universiada – Palma de Mallorca 1999 (en extinción)
Consejería de Educación, Universidad e Investigación
Agencia de Calidad Universitaria de las Illes Balears (AQUIB)
Consejería de Movilidad y Vivienda
Consorcio Penya-segat Port de Maó
Consorcio de Movilidad por Ibiza
Gestión Urbanística de Baleares (GESTUR BALEAR)
Consejería de Medio Ambiente y Territorio
Consorcio Urbanístico para la Mejora y el Embellecimiento de la Platja de Palma
Consorcio para el Diseño, Construcción, Equipamiento y Explotación del Sistema de Observación Costera de las Illes Balears (SOCIB)
Consorcio del Plan Mirall «Consorcio Local entre la CAIB y el Ayuntamiento de Sa Pobla»
Fundación Jardín Botánico de Sóller