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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 5230
Decreto 25/2017, de 19 de mayo, por el que se crea el IES Can Balo, en el Pont d’Inca, en el término municipal de Marratxí

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Texto

La creación de centros públicos corresponde a los gobiernos autonómicos, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, según la redacción fijada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), regula la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y la formación profesional en el capítulo III, IV y V, respectivamente.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de abril, establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, establece en su artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades de acuerdo con lo que dispone el artículo 27 de la Constitución.

El Decreto 120/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria, regula, en su artículo 2, la creación, la modificación y la supresión de los institutos de educación secundaria obligatoria.

La Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, modificada por la Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre, define, en su artículo 7, las medidas que se pueden imponer a los menores. Entre estas medidas están las de internamiento en régimen cerrado, semiabierto o abierto, que suponen que las personas que están sometidas a estas residen en el centro correspondiente y desarrollan en él las actividades formativas, educativas y de ocio. El artículo 57 establece, entre los deberes de los menores internados, el de recibir la enseñanza básica obligatoria que legalmente les corresponda.

El artículo 37.1 del Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, desarrolla este derecho y establece que la entidad pública y el organismo que en el territorio respectivo tenga atribuida la competencia en la materia tienen que adoptar las medidas oportunas para garantizar el derecho de los menores internados a recibir la enseñanza obligatoria que legalmente les corresponda, sea cual sea su situación en el centro. También tienen que facilitar a los menores el acceso a los otros estudios que componen los diferentes niveles del sistema educativo y a otras enseñanzas no regladas que contribuyan a su desarrollo personal y sean adecuadas a sus circunstancias.

El Consejo de Gobierno, en la sesión del 30 de noviembre de 2001, adoptó el Acuerdo por el que se constituye la Fundación Instituto Socioeducativo S’Estel, fundación de iniciativa pública, y se establece el marco en el cual tiene que desarrollar su actuación.

La Fundación es una organización sin ánimo de lucro que, una vez inscrita en el Registro de Fundaciones de las Illes Balears (BOIB n.º 13, de 29 de enero de 2002), tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para obrar. Las prestaciones que realice para cumplir sus fines deben tener siempre carácter gratuito.

El Patronato es el órgano de gobierno, administración y representación de la Fundación y ejerce sus facultades con independencia y sin ninguna otra limitación que las que establece la normativa sobre fundaciones. El Gobierno de las Illes Balears es el único que tiene la condición de patrón fundador y protector, por su condición de institución pública fundadora de la Fundación Instituto Socioeducativo S’Estel.

La Fundación Instituto Socioeducativo S’Estel nace con el objetivo primordial de gestionar los servicios, los centros socioeducativos y los programas necesarios para garantizar la ejecución correcta de las medidas privativas de libertad previstas en la Ley Orgánica 5/2000.

De acuerdo con los Estatutos de la Fundación, modificados y publicados en 2008 y en 2014 (BOIB n.º 29, de 28 de febrero de 2008, y BOIB n.º 94, de 12 de julio de 2014), esta fundación tiene como finalidades gestionar los servicios y los centros de menores para garantizar la ejecución correcta de las medidas que prevé la Ley Orgánica 5/2000, como ya se ha indicado; educar e integrar socialmente a los jóvenes y a los menores, y prestar servicios de mediación familiar en los términos que prevé la Ley 18/2006, de 22 de noviembre, de mediación familiar.

Con el fin de atender las necesidades detectadas, la Consejería de Educación y Universidad suscribió un convenio marco de colaboración con la Fundación Instituto Socioeducativo S’Estel durante el curso 2007-2008. Este convenio se ha actualizado en diferentes ocasiones; la última, el 27 de abril de 2015.

Mediante este convenio se garantiza que en los centros socioeducativos gestionados por la Fundación se impartan las diferentes enseñanzas que ofrece el sistema educativo vigente. En estos momentos, y después de 16 años de trabajo, la Fundación tiene entre 12 y 14 unidades docentes, según el número de alumnos internos ¾actualmente hay 98¾, ubicadas en tres centros: Es Pinaret, Es Fusteret y Es Mussol. También hay un espacio dedicado a las enseñanzas de formación profesional, que está ubicado en el antiguo edificio del BOIB.

Mediante resolución del consejero de Administraciones Públicas de 17 de agosto de 2011 (BOIB n.º 133, de 6 de septiembre) se autorizó ceder a la Fundación de forma gratuita y temporal las dependencias utilizadas por la imprenta del BOIB, ubicadas en un inmueble situado en la calle de Francesc Salvà i Pizà (Es Pinaret), de Marratxí.

Actualmente, en las cuatro instalaciones mencionadas se imparten:

  • Enseñanzas Iniciales
  • Educación Secundaria Obligatoria
  • Educación Secundaria para Personas Adultas (ESPA)
  • Formación Profesional de la familia profesional Agraria:
    • FP Básica de Agrojardinería y Composición Floral (AGA11)
    • CFGM Jardinería y Floristería (AGA23)
  • Formación Profesional de la familia profesional de Informática y Comunicaciones:
    • FP Básica Informática y Comunicaciones (IFC11)
    • CFGM de Sistemas Microinformáticos y Redes (IFC21)
  • Formación Profesional de la familia profesional de Hostelería y Turismo:
    • FP Básica de Cocina y Restauración (HOT 11)
    • CFGM de Cocina y Gastronomía (HOT21)
    • CFGM de Servicios en Restauración (HOT22)
  • Bachillerato modalidad de Ciencias y modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales a distancia
  • Preparación para el acceso de las pruebas libres de los ciclos formativos de Grado Medio y los ciclos Formativos de Grado Superior

Para dar una respuesta a la situación especial de todos los profesionales que desarrollan su actividad en estos centros ¾actualmente son 16¾ y a fin de que estos profesionales puedan cohesionarse como grupo y acceder a la información de los centros donde están adscritos los alumnos y, en definitiva, se les pueda facilitar una estructura de centro docente que se adapte a la realidad actual, tanto la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa como la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros proponen y valoran muy positivamente, en sus informes respectivos, la creación del IES Can Balo.

El interés del Gobierno de las Illes Balears es que, durante estos años, se cree una red de centros dotados de los recursos suficientes para contribuir a conseguir centros docentes de calidad.

Este centro, dada su situación especial, a nivel administrativo, no tendrá alumnos, con el fin de no vincular la situación de los menores infractores a un centro que haga evidente su condición judicial, tal como establece la Ley Orgánica 5/2000. Los alumnos estarán matriculados en otros centros ordinarios en régimen de escolarización combinada.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Educación y Universidad y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión de 19 de mayo de 2017

Decreto

Artículo único

Se crea el siguiente instituto de educación secundaria:

Código del centro: 07015549

Denominación: IES Can Balo

Domicilio: calle de Francesc Salvà i Pizà, s/n

Localidad: Pont d’Inca

CP: 07141

Municipio: Marratxí

Disposición final primera

Se faculta al consejero de Educación y Universidad para que adopte las medidas necesarias para la ejecución de este decreto.

Disposición final segunda

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 19 de mayo de 2017

La presidenta

Francesca Lluch Armengol i Socias

El consejero de Educación y Universidad 

Martí X. March Cerdà