Sección I. Disposiciones generales
PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 3632
Decreto 9/2017, de 7 de abril, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, establece las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Este decreto se ha visto afectado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears; por el Decreto 5/2016, de 6 de abril, de la presidenta de las Illes Balears; por el Decreto 11/2016, de 11 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, y por el Decreto 3/2017, de 20 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears.
Se considera conveniente introducir algunas modificaciones en el Decreto 24/2015 para mejorar la delimitación material de las competencias asignadas a determinadas consejerías.
Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 c) y 38.3 a) de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, y en los artículos 5 y 8 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto el siguiente
DECRETO
Artículo único
Modificación del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
1. Se modifica la estructura de la Consejería de Presidencia prevista en el apartado 2 del artículo 2 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y se añade:
a) Una nueva dirección general a la enumeración de las direcciones generales, de la siguiente manera:
2. Consejería de Presidencia
— Secretaría General
— Dirección General de Coordinación
— Dirección General de Relaciones Institucionales y Acción Exterior
— Dirección General de Relaciones con el Parlamento
— Dirección General de Comunicación
— Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno
b) Una nueva letra a la enumeración de las competencias, que queda redactada de la siguiente manera:
e) Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno: coordinación interdepartamental de medidas para impulsar la transparencia y el buen gobierno a la Administración; simplificación y racionalización de los procesos administrativos; coordinación y ordenación de los registros administrativos, incluidos los telemáticos; reconocimiento y análisis de la demanda y percepción de los usuarios y la ciudadanía; modernización y calidad de los servicios públicos, atención e información ciudadana.
Asimismo, se adscribe a la Consejería de Presidencia la Oficina de Evaluación Pública de las Illes Balears.
2. Se modifica el apartado 10 del artículo 2 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que queda redactado de la siguiente manera:
10. Consejería de Cultura, Participación y Deportes
— Secretaría General
— Dirección General de Cultura
— Dirección General de Política Lingüística
— Dirección General de Participación y Memoria Democrática
— Dirección General de Deportes y Juventud
Las citadas direcciones generales ejercen sus competencias en los siguientes ámbitos materiales:
a) Dirección General de Cultura: difusión y fomento de la cultura; promoción de la cultura balear en el exterior; cultura popular; libros y propiedad intelectual; bibliotecas, museos, archivos y equipamientos culturales; patrimonio histórico; archivos administrativos incluidos los telemáticos; patrimonio cultural; gestión del Registro de la Propiedad Intelectual; gestión del Protectorado de las fundaciones de carácter cultural; gestión del Registro de Bienes de Interés Cultural y del Catálogo General del Patrimonio Histórico de las Illes Balears; gestión del Centro de Publicaciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; gestión del Archivo General de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; dirección de la oficina de servicios Film Commission.
b) Dirección General de Política Lingüística: normalización de la lengua catalana; promoción y defensa de los derechos lingüísticos; certificación de los conocimientos de lengua catalana de la población adulta fuera de la enseñanza reglada mediante la organización y la gestión de pruebas, y reconocimiento de certificados equivalentes; homologación de los estudios de lengua catalana de la ESO y del bachillerato con los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana.
c) Dirección General de Participación y Memoria Democrática: participación ciudadana; sensibilización cívica y social y apoyo al voluntariado; impulso y fomento de la participación y coordinación de las políticas de la memoria democrática y la gestión del censo de personas desaparecidas.
d) Dirección General de Deportes y Juventud: fomento de la actividad deportiva competitiva, de alto nivel y tecnificación; instalaciones e infraestructuras deportivas; impulso de la función social de la actividad física y del deporte en la dimensión educativa y formativa, la adquisición de hábitos saludables y mejora de la salud pública, y la generación de actitudes y compromisos cívicos y solidarios; reconocimiento de competiciones oficiales; reconocimiento, registro y control de las entidades deportivas; fomento de la actividad deportiva y del deporte y especialmente en el ámbito escolar y universitario, entre los sectores sociales vulnerables, del deporte adaptado y de los deportes autóctonos; reconocimiento de nuevas modalidades y disciplinas deportivas; titulaciones deportivas y formación; ejercicio de la potestad sancionadora en materia administrativa deportiva; prevención y control del dopaje deportivo y la violencia en el deporte; distinciones deportivas; promoción de las actividades juveniles; turismo juvenil; actividades y formación de tiempo libre; participación y asociaciones juveniles; promoción de los jóvenes artistas; instalaciones juveniles; información juvenil; coordinación de políticas de juventud; análisis y estudio de la realidad de los jóvenes y programas de movilidad juvenil.
Asimismo, se adscribe a la Consejería de Cultura, Participación y Deportes el Consejo de la Juventud.
3. Se modifica el anexo 1 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se elimina el apartado de la Consejería de Transparencia, Cultura y Deportes, y se añade un nuevo apartado que queda redactado de la siguiente manera:
Consejería de Cultura, Participación y Deportes
Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears
Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE)
Fundación del Museo y Centro Cultural de Formentera
Fundación Es Baluard Museu d’Art Modern i Contemporani de Palma
Fundación Juegos Mundiales Universitarios (Universiada Palma de Mallorca 1999)
Fundación Menorquina de la Ópera
Fundación para el Deporte Balear
Fundación Robert Graves
Fundación Teatro Principal de Inca
Fundación Orquestra Simfònica de les Illes Balears
Consorcio Instituto de Estudios Baleáricos (IEB)
Consorcio Castillo de Sant Carles
Consorcio Ciudad Romana de Pollentia
Consorcio Desarrollo Deportivo de Ciutadella
Consorcio Ibiza Patrimonio de la Humanidad
Consorcio Museo Militar de Menorca y Patrimonio Histórico Militar del Port de Maó y Cala Sant Esteve
Consorcio Velódromo Palma Arena
Consorcio Trofeo SAR Princesa Sofía - Mapfre
4. Se modifica el anexo 2 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se elimina el apartado de la Consejería de Transparencia, Cultura y Deportes, y se añade un nuevo apartado que queda redactado de la siguiente manera:
Consejería de Cultura, Participación y Deportes
Fundación Área de Creación Acústica (ACA)
Fundación Teatro del Mar
Disposición final única
Este decreto entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 7 de abril de 2017
La presidenta
Francesca Lluch Armengol i Socias