Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 10539
Decreto 57/2016, de 16 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 11/2016, de 4 de marzo, por el que se crean las mesas integrantes del proceso de diálogo social del Pacto por la competitividad, el empleo de calidad y el progreso social de las Illes Balears
La Constitución instaura el diálogo social en nuestra sociedad y, de forma precisa, el actual Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en el artículo 15.1, establece que “todos los ciudadanos de las Illes Balears tienen derecho a participar de forma individual o colectiva en la vida política, económica, cultural y social de la comunidad autónoma. Los poderes públicos promoverán la participación de los agentes económicos y sociales del conjunto de la sociedad civil en los asuntos públicos”.
Por ello, el Gobierno de las Illes Balears se ha planteado, como elemento impulsor de la competitividad, el empleo de calidad y el progreso social, diseñar un marco de diálogo social en el que participen los agentes económicos y sociales más representativos, que junto con los poderes públicos, tienen que llegar a amplios acuerdos sobre temas de elevada importancia económica y social que afectan a la ciudadanía.
De conformidad con todo ello, el 22 de febrero de 2016, el Gobierno de las Illes Balears y las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de la Comunidad Autónoma firmaron el documento de bases del Pacto por la competitividad, el empleo de calidad y el progreso social en las Illes Balears.
Con la finalidad de dar operatividad a este marco de diálogo social, mediante el Decreto 11/2016, de 4 de marzo, se crearon las mesas integrantes del proceso de diálogo social del Pacto por la competitividad, el empleo de calidad y el progreso social de las Illes Balears.
Una vez iniciado el proceso de constitución de las diversas mesas, se ha considerado oportuno para una mejor operatividad y funcionamiento de las mesas técnicas, disponer que ocupe el cargo de secretario o secretaria, con voz y sin voto, una persona que no sea vocal de las mismas, designado entre los órganos superiores y directivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, a propuesta del consejero de Trabajo, Comercio e Industria y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión de 16 de septiembre de 2016,
DECRETO
Artículo único
Modificación del artículo 5.10 del Decreto 11/2016, de 4 de marzo
Se modifica la redacción del artículo 5.10 del Decreto 11/2016, de 4 de marzo, por el que se crean las mesas integrantes del proceso de diálogo social del Pacto por la competitividad, el empleo de calidad y el progreso social de las Illes Balears, que queda redactado de la siguiente forma:
El secretario o secretaria de las mesas técnicas, con voz y sin voto, será nombrado por el presidente de cada una de las mesas, entre los órganos superiores y directivos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Disposición final única
Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 16 de septiembre de 2016
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La presidenta |
El consejero de Trabajo, Comercio e Industria |
Francesca Lluch Armengol i Socias |
Iago Negueruela i Vázquez |
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