Torna

BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 15677
Decreto 87/2015, de 23 de octubre, de nombramiento de vocales de la Junta Electoral de las Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El apartado 3 del artículo 7 de la Ley 8/1986, de 26 de noviembre, Electoral de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que los miembros de la Junta Electoral de las Illes Balears serán nombrados por decreto del Gobierno de la Comunidad Autónoma y que su mandato continuará hasta la toma de posesión de la nueva Junta Electoral, al inicio de la siguiente legislatura.

Conforme a lo establecido en el apartado 1 del artículo 7 de la Ley 8/1986, la Junta Electoral de las Illes Balears está integrada por:

  1. Tres vocales, magistrados del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, designados por insaculación, que realizará la Sala de Gobierno en pleno.
  2. Dos vocales, catedráticos o profesores titulares de derecho en activo o juristas de reconocido prestigio residentes en las Illes Balears, designados a propuesta conjunta de los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores con representación en el Parlamento de las Illes Balears.

En fecha 16 de octubre de 2015, el Parlamento de las Illes Balears ha informado de que la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 a del artículo 7 de la Ley 8/1986, formalizó, en la sesión del día 16 de septiembre de 2015, la elección, por insaculación, de los vocales, magistrados del Tribunal Superior, que deben integrar la Junta Electoral de las Illes Balears.

Por otra parte, la Mesa del Parlamento, en la sesión del día 7 de octubre de 2015, y conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 7 de la Ley 8/1986, acordó designar a los vocales no judiciales que deben formar parte de la Junta Electoral de las Illes Balears.

Por todo ello, a propuesta de la presidenta de las Illes Balears y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión del día 23 de octubre de 2015,

DECRETO

Primero

Se nombran miembros de la Junta Electoral de las Illes Balears a las personas indicadas a continuación.

a. Vocales designados por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears:

  • Sr. Miguel Ángel Aguiló Monjo
  • Sr. Antonio Monserrat Quintana
  • Sr. Antoni Oliver Reus

b. Vocales designados por la Mesa del Parlamento de las Illes Balears:

  • Sr. Eduardo Vila Riera
  • Sra. Maria Lluïsa Ginard Nicolau

Segundo

Este decreto tendrá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 23 de octubre de 2015

    

La presidenta

Francesca Lluch Armengol i Socias