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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 7297
Decreto 18/2014, de 25 de abril, por el que se aprueba el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017

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Texto

Preámbulo

El Decreto 109/2010, de 15 de octubre, aprobó el primer Plan de Estadística de las Illes Balears para el periodo 2010-2013. Con esto se pretendía ejercer la competencia exclusiva que en materia de estadística establece el artículo 30.32 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, según la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears. En este mismo sentido, la Ley 3/2002, de 17 de mayo, de Estadística de las Illes Balears, ya establecía en el título II, que regula la actividad estadística, que los planes estadísticos cuadrienales y los programas anuales que los desarrollan son los instrumentos mediante los cuales se ha de llevar a cabo la promoción, la ordenación y la planificación de las estadísticas declaradas de interés de la Comunidad Autónoma. Posteriormente, la Ley 1/2010, de 17 de mayo, por la que se modifica la Ley autonómica de estadística, simplificó los procedimientos por los que se han de aprobar los planes y los programas, con el fin de superar las trabas que habían dificultado su puesta en marcha. De este modo, los planes se aprueban mediante un decreto del Gobierno de las Illes Balears y los programas, mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno.

Después de de haber realizado el Plan de Estadística de las Illes Balears 2010-2013 y de los cuatro programas anuales que lo han desarrollado, estamos en condiciones de hacer un análisis de la ejecución, y de establecer de una manera más pragmática las bases sobre las cuales se tiene que configurar este nuevo Plan de Estadística para el periodo 2014-2017.

Con respecto al balance de la ejecución del Plan de Estadística de las Illes Balears 2010-2013, debe decirse que ha tenido un carácter plenamente experimental. Han sido unos años de tanteo en los que se han configurado y consolidado las unidades estadísticas de las diversas consejerías del Gobierno, y se ha iniciado de manera regular la ejecución de las operaciones estadísticas que asignaban los programas anuales. El nivel de ejecución de las operaciones logradas es más que evidente: el programa anual correspondiente a 2010 incluía un total de 142 operaciones, de las cuales se llevaron a cabo el 90,14 % y se difundió el 71,83 %; el programa correspondiente a 2011 incluía un total de 178 operaciones, el 88,20 % de las cuales se llevó a cabo y se difundió el 87,26 %; el programa correspondiente a 2012 incluía un total de 163 operaciones, de las cuales se llevó a cabo el 94,48 % y se difundió el 87,66 %, y, finalmente, el programa anual correspondiente a 2013 ha incluido un total de 180 operaciones, de cuya ejecución y difusión aún no se dispone de datos, a pesar de que apuntan a unos porcentajes que superarán los de los ejercicios anteriores. Estos datos ponen de manifiesto que durante estos años se ha ido consolidado de manera efectiva la tarea estadística que lleva a cabo la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los objetivos que inicialmente se habían marcado. A esta situación ha contribuido de manera decisiva el Instituto de Estadística de las Illes Balears (IBESTAT), el cual no tan sólo ha llevado a cabo las operaciones centrales del sistema estadístico autonómico, sino que con su tarea ha asesorado, formado y coordinado la actuación de las unidades estadísticas de las consejerías del Gobierno. Como elemento más relevante de este periodo hay que señalar la apuesta decidida por las nuevas tecnologías, en particular con respecto a la difusión de los datos y a la interrelación con los usuarios de la información estadística de proximidad. A título de ejemplo debe mencionarse la puesta en marcha del nuevo web interactivo del IBESTAT, el cual, con más de 40.000 visitas anuales, es un servicio que se adapta a las demandas de información específica o a la carta de los usuarios e incluso les permite acceder a la actualización de los datos a través de las redes sociales.

El principal objetivo del Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017, que se aprueba con este decreto, es consolidar el Sistema Estadístico de las Illes Balears. Esto significa que tanto el IBESTAT como las unidades estadísticas de las consejerías del Gobierno, así como los consejos insulares, una vez se incorporen al Sistema Estadístico de las Illes Balears, han de ser capaces de llevar a cabo una tarea estable que se caracterice por el rigor metodológico de sus productos y por la optimización de los recursos existentes. Todo esto con el fin de ofrecer a la ciudadanía estadísticas fiables, con un alto valor añadido con respecto a la desagregación del dato y sin suponer un incremento adicional del gasto público. En este sentido, debe decirse que buena parte de la actividad productiva del IBESTAT viene determinada por la demanda de información, en los ámbitos balear o insular, de las variables que contienen los ficheros estadísticos de las grandes operaciones de referencia (Censos, Padrón, MNP, EPA, IPI, IPRI, ICM, ICE, etc.) La territorialización de esta información en todo el Estado es tarea de los institutos autonómicos y es posible gracias al establecimiento de los convenios de colaboración correspondientes con las entidades que llevan a cabo los trabajos de campo o la explotación del dato, del Gobierno de España o de la Unión Europea. Por su parte, las unidades estadísticas de las consejerías del Gobierno y de los consejos insulares centrarán más su actividad en las explotaciones estadísticas de los registros administrativos de los que son titulares. De este modo se conseguirá disponer de un plus de información que es fundamental para conocer realmente el territorio y las actividades que se desarrollan, lo cual es imprescindible a la hora de analizar o de emprender cualquier tipo de actuación en lo referente a las demandas y las potencialidades de los diversos ámbitos que definen la economía o la sociedad de las Illes Balears.

Con respecto al contenido del Plan 2014-2017, se estructura en siete anexos. El annexo1 corresponde al articulado en el cual se establecen las condiciones generales con respecto a la vigencia y ejecución del Plan, y los grandes objetivos que se persiguen. Entre estos hay que mencionar la especial referencia a garantizar el acceso a la información por parte de los usuarios de la estadística pública autonómica, consolidar las operaciones que ya se llevan a cabo y crear nuevas a partir de la demanda de la sociedad. La calidad, fruto del rigor metodológico, es una de los hitos que se establecen con respecto a los procedimientos correspondientes a la producción y difusión de datos; en este sentido, se hace referencia a los proyectos técnicos, a los instrumentos de difusión de los datos y a su periodización. Por otro lado, también se ha intentado aclarar todos aquellos elementos de coordinación del Sistema Estadístico de las Illes Balears que han de facilitar la transferencia de información entre las fuentes originarias de los datos y los titulares de las operaciones estadísticas correspondientes.

En el resto de los anexos del Plan se concretan los aspectos más genéricos que se indican en el articulado. Así, en el anexo 2 consta la relación detallada de las operaciones que integran el Plan ordenadas por área y sección temática. El anexo 3 incluye esta misma relación ordenada por la unidad estadística responsable, de acuerdo con el organigrama del Gobierno de las Illes Balears en el momento de la aprobación. En el anexo 4 se ratifica la asignación de los códigos correspondientes a las áreas y secciones temáticas. En el anexo 5 se incluyen los elementos de garantía y clasificación de las actividades estadísticas con respecto a la descripción de los elementos que las integran; concretamente, se establece el modelo de ficha de inventario y se definen los elementos y los conceptos que la integran. En el anexo 6 se establece una propuesta de estructuración del documento metodológico que, junto con la ficha de inventario, constituye el proyecto técnico de cada una de las actividades estadísticas. En el anexo 7 se concreta el modelo que se ha de usar como calendario de difusión estadística, para dar a conocer a los usuarios cuando y con qué periodicidad podrán disponer de los datos correspondientes a las estadísticas oficiales de la Comunidad Autónoma.

Finalmente y para resumir, se ha intentado centrar el Plan en las actividades que realmente dispongan de los medios para llevarlas a cabo y que pueden ser relevantes para el interés general de la ciudadanía, los sectores económicos y las administraciones públicas. Esto ha hecho que, respecto del Pla 2010-2013, de las 234 operaciones estadísticas que lo integran, 46 se hayan descartado para esta nueva fase, mientras que se incorporan 22 nuevas, lo que supone un total de 210 operaciones estadísticas para este nuevo Plan 2014-2017.

Por todo ello, a propuesta del consejero de Economía y Competitividad, de acuerdo con el Consejo Consultivo de las Illes Balears, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión de 25 de abril de 2014,

DECRETO

Artículo único

Aprobación del Plan de Estadística

Se aprueba el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017, como instrumento de ordenación y planificación de la actividad estadística de interés para la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en los términos que establecen los anexos de este decreto.

Disposición adicional primera

Informe de evaluación

Una vez agotada la vigencia del Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017, el Instituto de Estadística de las Illes Balears ha de elaborar, en el plazo de seis meses, un informe de evaluación y justificación del grado de cumplimiento del Plan.

Disposición adicional segunda

Inventario de fuentes y registros

Se encarga al Instituto de Estadística de las Illes Balears que, durante el periodo de vigencia de este Plan, confeccione un inventario permanente de fuentes, registros administrativos y otros sistemas de información con finalidad estadística.

Disposición final primera

Habilitación normativa

Se autoriza al consejero de Economía y Competitividad para que dicte las disposiciones necesarias para desarrollar este decreto.

 

Disposición final segunda

Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 25 de abril de 2014

El Presidente,

José Ramón Bauzá Díaz

El consejero de Economía y Competitividad,

Joaquín García Martínez

 

ANEXO 1

Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017. Establecimiento de objetivos y regulación de los

procedimientos que han de llevarse a cabo para la ejecución del Plan

 

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

 

Artículo 1

Definición

1. El Plan de Estadística es el instrumento marco de colaboración entre las instituciones o entidades que integran el Sistema Estadístico de las Illes Balears para llevar a cabo estadísticas declaradas de interés autonómico.

2. El Plan de Estadística enmarca, igualmente, la relación de las instituciones y los órganos del Sistema Estadístico de las Illes Balears con el Instituto Nacional de Estadística, así como con los otros organismos públicos estatales, del resto de comunidades autónomas, europeos o internacionales.

Esta colaboración tendrá como finalidades principales:

  1. Establecer un sistema coherente, homogéneo y comparable con los de su entorno.
  2. Aprovechar al máximo las informaciones existentes y disponibles.
  3. Evitar duplicidades innecesarias.
  4. Poner en común el desarrollo de las tecnologías de tratamiento de datos y de difusión.

Artículo 2

Extensión de objetivos

El Plan de Estadística que se aprueba mediante este decreto establece los objetivos para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2017.

Artículo 3

Ejecución de las actividades

Las actividades que contienen los programas estadísticos anuales, en desarrollo de este Plan de Estadística, las han de llevar a cabo los órganos y las instituciones que se integran en el Sistema Estadístico de las Illes Balears, mediante sus unidades estadísticas o equivalentes, de manera directa o en colaboración con otras entidades mediante acuerdos, convenios o contratos, si procede.

CAPÍTULO II

Objetivos del Plan

Artículo 4

Objetivos generales

Los objetivos generales del Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017, que constituyen los criterios esenciales para aplicarlo e interpretarlo, son los siguientes:

  1. Disponer de la información estadística que permita el conocimiento demográfico, social, económico, territorial y medioambiental de las Illes Balears, de forma que sea útil a las instituciones públicas y a los agentes económicos y sociales para tomar decisiones.
  2. Garantizar a la ciudadanía el acceso a la información estadística oficial, de acuerdo con el principio de transparencia.
  3. Fortalecer al IBESTAT como coordinador del sistema estadístico autonómico y productor genérico de las estadísticas de referencia, así como las unidades estadísticas de las consejerías como productoras de datos sectoriales.
  4. Incorporar a los consejos insulares en la estructura estadística de las Illes Balears.
  5. Consolidar las estadísticas vigentes y estructurar nuevas de acuerdo con las demandas de información que se consideren preferentes para la Comunidad Autónoma.
  6. Fomentar todas las actuaciones que garanticen la calidad y la fiabilidad de las estadísticas públicas de las Illes Balears.

Artículo 5

Objetivos instrumentales

Los objetivos instrumentales que se tienen que procurar satisfacer con la inclusión de una actividad estadística en el Plan y en los programas anuales son los siguientes:

  1. Impulsar la colaboración y la coordinación entre las administraciones autonómicas, insulares y municipales para obtener datos con la máxima desagregación territorial posible.
  2. Colaborar con el Instituto Nacional de Estadística, los ministerios y con el resto de órganos centrales de estadística de las comunidades autónomas para establecer criterios homologados, intercambiar información o confeccionar actividades conjuntas.
  3. Promover la formación estadística del personal vinculado al Sistema Estadístico de las Illes Balears y de la Administración pública de las Illes Balears en general, de manera coordinada con la Escuela Balear de Administración Pública.
  4. Llevar a cabo tareas de promoción y formación respecto de los productos estadísticos, dirigidas a los posibles usuarios.
  5. Favorecer la homogeneización estadística con respecto al tratamiento de los datos y la presentación de los resultados.
  6. Contribuir a estabilizar y optimizar los recursos dedicados a la actividad estadística.
  7. Avanzar en el fomento de la investigación y, en particular, en el desarrollo de la metodología estadística.

Artículo 6

Objetivos técnicos y de producción

Los objetivos técnicos y de producción que se tienen que satisfacer con la inclusión de las actividades estadísticas en los instrumentos de planificación y programación son los siguientes:

  1. Contribuir a completar, equilibrar y diversificar el conjunto de las estadísticas disponibles sobre las Illes Balears.
  2. Aprovechar al máximo las fuentes ya existentes, y limitar cuanto sea posible las molestias a la ciudadanía, los hogares y las empresas, y garantizar el secreto estadístico.
  3. Posibilitar la creación y el mantenimiento de directorios que permitan establecer censos y marcos de muestras estadísticas.
  4. Conseguir un conjunto coherente y fiable de datos estadísticos con el menor coste posible.
  5. Obtener resultados estadísticos de actualidad, descriptivos de fenómenos de la realidad cercanos temporalmente al momento de la disponibilidad de los datos.

Artículo 7

Objetivos específicos

Los objetivos específicos que se pretenden lograr con la aplicación de este Plan son:

  1. Consolidar y ampliar la información sobre las características demográficas de la población de las Illes Balears y su relación con aspectos relevantes del mercado de trabajo, la formación de los recursos humanos, la protección social, la educación, la planificación sanitaria, y la cohesión económica, social, cultural y lingüística de la población.
  2. Ampliar y diversificar las estadísticas de carácter económico para obtener un conocimiento más detallado del funcionamiento de la actividad económica productiva y de los indicadores económicos y de competitividad, con una atención especial a los sectores estratégicos de la economía balear, como por ejemplo el turismo, y los condicionantes, como por ejemplo la estacionalidad.
  3. Desarrollar las estadísticas sociales y de condiciones de vida con el objetivo de mejorar el conocimiento de los varios aspectos que influyen en el bienestar social y la calidad de vida de la ciudadanía. En particular, profundizar en el conocimiento de las desigualdades y de los grupos de riesgo para prevenir situaciones de exclusión social.
  4. Avanzar en las estadísticas medioambientales y desarrollar los indicadores que permitan conseguir un conocimiento preciso y detallado de la evolución del medio ambiente y la sostenibilidad de las actividades que inciden en el medio, especialmente con respecto al nivel de protección del territorio y a la incidencia socioeconómica del medio ambiente y de los recursos que genera, y la producción y gestión de residuos.
  5. Consolidar y avanzar en el conocimiento sobre las actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+I) de los agentes públicos y privados de las Illes Balears.
  6. Establecer la variable de sexo en todas las estadísticas de la Comunidad Autónoma en las que sea posible para hacer el seguimiento del nivel de equiparación entre ambos sexos y cumplir lo que establecen el artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el artículo 7 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la mujer.
  7. Avanzar en el desarrollo de un sistema de cuentas anuales y trimestrales de las Illes Balears, y en la realización de las tablas de entrada/salida de manera periódica.
  8. Satisfacer las necesidades específicas de información de determinadas materias mediante la elaboración de cuentas satélite que aporten información detallada sobre cada sector de importancia, para determinar su papel en la economía balear.
  9. Regularizar la divulgación de los datos estadísticos mediante la implantación del calendario de difusión por parte de todas las unidades del Sistema Estadístico de las Illes Balears.
  10. Establecer Internet como vía ordinaria de difusión de los datos mediante un sistema unificado en el web del Gobierno de las Illes Balears.
  11. Recuperar los datos históricos para ofrecer más perspectiva temporal de la información.

 

CAPÍTULO III

Inventario de actividades estadísticas y elementos de clasificación

 

Artículo 8

Actividades estadísticas

1. Se entiende por actividad estadística la recopilación, la obtención, el tratamiento y la conservación de datos cualitativos y cuantitativos para elaborar estadísticas, así como la publicación y difusión de estos datos.

2. A efectos de ordenar la actividad estadística, forman parte del Plan y de los programas estadísticos que lo desarrollan las operaciones que tienen como finalidad directa producir y difundir datos estadísticos o las previas o complementarias.

3. No se incluyen en los instrumentos de planificación:

  1. Las publicaciones que tengan por objeto difundir datos sintéticos generales o específicos al margen de la operación a la que están ligadas.
  2. La simple difusión genérica de los datos de una actividad por Internet.
  3. Las notas de prensa que forman parte de la actividad de referencia.

Artículo 9

Inventario de actividades estadísticas

1. El inventario de actividades estadísticas tiene las siguientes finalidades:

  1. Identificar las actividades estadísticas que llevan a cabo las unidades del Sistema Estadístico de las Illes Balears en un año determinado, así como aquellas otras potenciales que se vinculan y que están fuera de planificación.
  2. Establecer a los responsables específicos de ejecutarlas.
  3. Tener un conocimiento técnico detallado de la actuación estadística que desarrollan las administraciones autonómica e insular.
  4. Servir de base para elaborar los instrumentos de planificación y programación estadística de la Comunidad Autónoma.
  5. Disponer de un mecanismo de coordinación que permita al IBESTAT llevar a cabo el seguimiento, análisis y evaluación de estas actividades y activar su difusión.

2. El inventario, lo gestionan de manera conjunta mediante una aplicación informática las unidades del Sistema Estadístico y el IBESTAT, el cual lo coordina y lo supervisa. El procedimiento para actualizar el inventario se establece de la siguiente manera:

  1. El IBESTAT ha de poner al alcance de cada unidad del Sistema Estadístico de las Illes Balears el acceso a la aplicación que gestiona el inventario para actualizarlo de manera descentralizada y coordinada.
  2. Los responsables de las actividades estadísticas de las unidades tienen que actualizar datos que contiene cada ficha, lo cual tiene que supervisar la persona responsable de la unidad estadística.
  3. Corresponde al IBESTAT validar y cerrar los inventarios de cada año.

3. El inventario de actividades estadísticas está integrado por una ficha técnica e identificativa. El modelo y la definición de los elementos que integran las fichas del inventario se han de ajustar a lo que establece el anexo 5.

 

Artículo 10

Proyectos técnicos

1. La ejecución de cualquier operación estadística incluida en el Plan requiere la existencia de un proyecto técnico que lo avale. El proyecto técnico está integrado por la ficha del inventario y el documento metodológico que se incorporará de forma asociada a cada operación dentro de la aplicación que gestiona el inventario de actividades estadísticas.

2. En el supuesto de que una operación, por su simplicidad, no requiera la existencia de un documento metodológico explícito, se entenderá que el proyecto técnico de la operación está integrado únicamente por la ficha de inventario.

3. El IBESTAT tiene que validar los proyectos técnicos de la operación estadística.

4. Los elementos que han de incluir los documentos metodológicos vienen definidos en el anexo 6.

Artículo 11

Clasificación temática

La clasificación de las áreas y de las secciones temáticas en las que se han de ordenar las actividades estadísticas de la Comunidad Autónoma se han de ajustar a lo que establece el anexo 4.

CAPÍTULO IV

Desarrollo del Plan

 

Sección 1ª

Los programas anuales

 

Artículo 12

Programas anuales

1. El Plan se ha de desarrollar mediante los programas estadísticos anuales, que tienen que describir las actividades que se tienen que llevar a cabo cada año. De este modo, se han de cumplir y concretar los objetivos que marca el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017.

2. Los programas anuales de estadística se han de aprobar mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno y han de contener, como mínimo, la relación de las estadísticas incluidas en el Plan que se han de llevar a cabo durante el ejercicio correspondiente, con indicación del número de identificación, la denominación de la actividad y la unidad estadística o el órgano responsable, de acuerdo con las siguientes especificaciones:

a) En el anexo 1 de los programas anuales se han de ordenar las estadísticas mencionadas a partir del área y la sección temática. Ha de figurar el número de identificación y la denominación de la actividad.

b) En el anexo 2 de los programas anuales se ha de ofrecer la relación de las actividades ordenadas por la unidad estadística responsable y el departamento que se hace cargo. Ha de figurar el número de identificación y la denominación de la actividad.

c) En el anexo 3 de los programas anuales, y de acuerdo con los criterios del artículo 18.2 de la Ley 3/2002, de 17 de mayo, de Estadística de las Illes Balears, según la redacción dada por la Ley 1/2010, de 17 de mayo, de modificación de la Ley 3/2002, se ha de ofrecer la relación de las actividades que integran el programa anual ordenadas por la unidad estadística responsable, y cada una tiene que especificar, además, los siguientes aspectos:

  • Número de identificación
  • Denominación
  • Área
  • Sección temática
  • Objetivos o finalidades
  • Población o colectivo objeto de estudio
  • Variables principales
  • Ámbito geográfico
  • Desagregación territorial máxima
  • Organismos o unidades estadísticas de la Comunidad Autónoma que participan
  • Otros organismos que participan
  • Coste estimativo adicional
  • Entidades privadas y particulares obligadas a colaborar
  • Compensación a entidades o particulares obligados
  • Soporte en el que se difunde
  • Periodicidad de la difusión
  • Estado de la operación

d) En el anexo 4 de los programas anuales se ha de ofrecer el calendario de difusión de datos correspondiente a cada una de las operaciones estadísticas, ordenada por la unidad estadística responsable, de acuerdo con el modelo que se establece en el anexo 6 del Decreto.

e) En el anexo 5 de los programas anuales, si corresponde, se ha de ofrecer la relación actualizada y consolidada de las operaciones estadísticas incluidas en el Plan de Estadística, una vez se hayan producido bajas o nuevas incorporaciones. Las operaciones se han de ordenar por unidad responsable y se han de indicar los cambios con el apartado correspondiente de altas y bajas.

 

Artículo 13

Requisitos de información

Para incluir una actividad estadística en los programas anuales se han de cumplir los siguientes requisitos de información:

  1. Tener un proyecto técnico básico que identifique los elementos esenciales de la actividad, de acuerdo con los criterios que señalan el artículo 10 del anexo 1 y los anexos 5 y 6.
  2. Ajustarse a la legalidad y a la normativa técnica aplicable.
  3. Aplicar un sistema normalizado de conceptos, definiciones, clasificaciones y códigos, así como una metodología que permita comparar los resultados con otras estadísticas similares.
  4. Permitir la actualización periódica o puntual, si corresponde.
  5. No comportar una duplicidad con otras estadísticas ya existentes.
  6. Prever la difusión de los datos sintéticos obtenidos.

Artículo 14

Incorporación de otras actividades estadísticas

Las unidades integrantes del Sistema Estadístico de las Illes Balears pueden proponer incluir en los programas anuales, como estadística de interés para la Comunidad Autónoma, las actividades que otras entidades o instituciones lleven a cabo y que sean adecuadas para cumplir los objetivos del Plan. En todo caso, para que esto sea posible, la actividad estadística ha de quedar vinculada a la unidad que lo propone mediante el convenio de colaboración correspondiente o el instrumento jurídico adecuado, el cual tiene que contar con el informe preceptivo del IBESTAT.

Artículo 15

Inclusión y exclusión posteriores de actividades

1. Los sucesivos programas anuales de desarrollo y de ejecución de este Plan de Estadística pueden incorporar las operaciones estadísticas que inicialmente no se incluyan, a consecuencia de una exigencia normativa o por razón de oportunidad, siempre que las hayan de llevar a cabo los órganos integrantes del Sistema Estadístico de las Illes Balears.

2. Si se constata que es innecesario elaborar una operación determinada incluida en el Plan de Estadística durante su periodo de vigencia, puede ser excluida por el programa anual correspondiente.

3. Las variaciones a que se refieren los apartados anteriores se han de especificar en el anexo 5 del programa anual de estadística correspondiente, en los términos que establece el artículo 12.2.e) de este anexo.

Sección 2ª

Estructuración y coordinación institucional

Artículo 16

Coordinación

Corresponde al Instituto de Estadística de las Illes Balears, como gestor del Sistema Estadístico de las Illes Balears, coordinar los planes de estadística y los programas anuales que los desarrollan. En este sentido, tiene que llevar a cabo las siguientes actividades:

  1. Elaborar y aprobar las propuestas de planes estadísticos sucesivos.
  2. Elaborar y aprobar las propuestas de los programas anuales, así como promover las actividades previas necesarias para cumplir este decreto.
  3. Dar asistencia técnica a las diversas entidades a las que los programas anuales encomienden la elaboración de estadísticas, para garantizar los preceptos legales y técnicos que se establezcan.
  4. Establecer relaciones de colaboración con los entes locales; con las otras comunidades autónomas; con la Administración del Estado y, en especial, el Instituto Nacional de Estadística; con los organismos comunitarios de la Unión Europea, y con el resto de instituciones que considere pertinentes para cumplir lo que establecen el plan estadístico y los programas anuales correspondientes.
  5. Realizar el seguimiento de las estadísticas incluidas en el Plan y los programas anuales.
  6. Validar anualmente los inventarios de actividades estadísticas correspondientes, y los proyectos técnicos que se vinculan y que necesariamente han de afectar, como mínimo, a las actividades incluidas en los programas anuales.

Artículo 17

Las unidades estadísticas

1. Las unidades estadísticas son los órganos de cada consejería de la Administración de la Comunidad Autónoma y, si cabe, de los organismos y las entidades que dependen de ella, que llevan a cabo las actividades que se prevén en los programas anuales. También tienen esta consideración los órganos de los consejos insulares u otras entidades locales que asuman actividades previstas en los programas anuales. Estos órganos tienen la consideración jurídica de unidades administrativas, de acuerdo con lo que establece el artículo 6 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Las unidades estadísticas tienen que llevar a cabo, en coordinación con el IBESTAT, las siguientes actuaciones:

  1. Elaborar propuestas de actividades estadísticas para los programas anuales.
  2. Elaborar los proyectos técnicos propios para homologarlos desde el punto de vista metodológico.
  3. Velar por el cumplimiento de la normativa estadística y especialmente con respecto al secreto estadístico.
  4. Colaborar en las actividades instrumentales que contienen los programas anuales.

3. Las unidades estadísticas están integradas por un coordinador y los responsables de las operaciones estadísticas que fijan el Plan y los programas anuales. Las órdenes de funciones correspondientes han de reflejar esta situación.

Artículo 18

Comisión Interdepartamental de Estadística

1. La Comisión Interdepartamental de Estadística es el órgano de coordinación que ha de debatir el borrador de los planes y los programas y acordar una propuesta una vez se hayan debatido las distintas proposiciones de los representantes de las unidades estadísticas con el IBESTAT. Este acuerdo se ha de enviar a la Comisión Asesora de Estadística para que emita su dictamen y al Consejo Rector para la aprobación del proyecto correspondiente.

2. La Comisión Interdepartamental de Estadística ha de determinar el establecimiento de los criterios que se han de seguir en el desarrollo de la ejecución del Plan, además de realizar el seguimiento y coordinar las unidades del Sistema Estadístico que lo han de llevar a cabo.

Artículo 19

Entidades colaboradoras del Sistema Estadístico de las Illes Balears

1. El Instituto de Estadística de las Illes Balears, así como las distintas unidades estadísticas, pueden establecer formas estables de colaboración, mediante acuerdo, convenio o contrato, con organizaciones, entidades, asociaciones y empresas no integradas en el Sistema Estadístico de las Illes Balears que estén vinculadas a las realidades socioeconómicas que puedan ser objeto de actividades estadísticas. Estas entidades pueden tener la consideración de colaboradoras del Sistema Estadístico de las Illes Balears.

2. Las entidades colaboradoras, cuando lleven a cabo parte de una operación estadística incluida en el programa anual, tienen la condición de integrantes del Sistema Estadístico de las Illes Balears a los efectos de las posibles sanciones que se puedan establecer en caso de vulneración de la normativa que regula la actividad estadística.

 

Sección 3ª

Elaboración, aprobación y ejecución de los programas anuales

 

Artículo 20

Elaboración y aprobación de los programas anuales

1. A instancia de la Consejería de Economía y Competitividad, corresponde al Gobierno de las Illes Balears aprobar los programas anuales de estadística correspondientes mediante un acuerdo, antes del día 31 de diciembre de cada año.

2. La propuesta del programa anual correspondiente, ha de elaborarla, antes del día 15 de noviembre de cada año, el Instituto de Estadística de las Illes Balears, con todas las consultas previas pertinentes a los entes y a los órganos del Sistema Estadístico de las Illes Balears implicados de manera específica en cada una de estas actividades, así como con la Comisión Asesora de Estadística, de acuerdo con la Ley de Estadística de las Illes Balears.

Artículo 21

Ejecución y disponibilidades presupuestarias y organizativas

La inclusión de una actividad estadística en el programa anual, así como su ejecución, queda sujeta, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias y organizativas.

Sección 4ª

Datos y operaciones estadísticas

 

Artículo 22

Relación de operaciones estadísticas declaradas de interés para la Comunidad Autónoma

1. Las actividades estadísticas incluidas en el Plan de Estadística o en los programas anuales constituyen operaciones estadísticas y tienen la consideración de estadísticas declaradas de interés para la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. La relación de operaciones que fija el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017 son las que se detallan en el anexo 2 de este decreto, ordenadas por área y sección temática, y en el anexo 3, ordenadas por la unidad responsable de ejecutarlas.

3. Esta relación se ha de actualizar anualmente de acuerdo con los programas anuales, tal como se indica en el artículo 12.2.e).

Artículo 23

Cesión de datos entre las unidades integrantes del Sistema Estadístico de las Illes Balears

1. Las unidades estadísticas o entidades que no sean órganos responsables tienen que colaborar en el suministro de los datos necesarios para confeccionar las operaciones estadísticas incluidas en el Plan y en los programas cuando sean depositarios de los datos originarios.

2. Las unidades integrantes del Sistema Estadístico de las Illes Balears se han de ceder entre si la información de base que requieran para llevar a cabo las actividades estadísticas de interés para la Comunidad Autónoma, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  1. Que la cesión se haya previsto en el programa anual o en el proyecto técnico.
  2. Que se hayan adoptado las medidas suficientes para mantener el secreto estadístico.
  3. Que la información cedida se utilice exclusivamente para llevar a cabo las actividades que tengan encomendadas de acuerdo con el programa anual.

3. Para clarificar todos los elementos que intervienen en la cesión de datos entre las unidades estadísticas o con los departamentos generadores de datos necesarios para la confección de una operación estadística oficial, se ha de procurar el establecimiento de convenios o acuerdos de colaboración para fijar las obligaciones de las partes, los procedimientos, los usos permitidos, los plazos y las responsabilidades.

4. Las condiciones previstas anteriormente también se pueden hacer extensivas al intercambio de información con otras administraciones públicas, de manera muy especial con el Instituto Nacional de Estadística, los ministerios, los consejos insulares y el resto de administraciones locales.

Artículo 24

Obligatoriedad en el suministro de datos de otros organismos y los convenios de colaboración

1. Respecto a los organismos externos al Sistema Estadístico de las Illes Balears la obligatoriedad con respecto al suministro de datos se tiene que determinar en los convenios de colaboración o instrumentos legales de intercambio de información que se establezcan.

2. Para el establecimiento de un acuerdo o convenio de colaboración con contenido estadístico será preceptivo el informe del Instituto de Estadística de las Illes Balears, tal como señala el artículo 34.k) de la Ley 3/2002, de 17 de mayo, de Estadística de las Illes Balears.

Artículo 25

Obligación de las entidades privadas y de los particulares de suministrar datos

Para llevar a cabo las operaciones estadísticas es obligatorio que las unidades informantes externas suministren los datos necesarios que se soliciten a tal efecto, y en los términos que establece la legislación vigente. En este sentido, hay que atenerse a lo que especifique el programa anual correspondiente en cada una de las operaciones estadísticas en su anexo 3.

Artículo 26

Cesión de datos a terceros

1. Se ha de posibilitar el acceso o la difusión de los ficheros con microdatos que requieran el personal investigador y el resto de personas usuarias, en las condiciones que establece la legislación vigente, teniendo en cuenta, en particular, la normativa sobre el secreto estadístico y la protección de datos.

2. También se pueden difundir los microdatos provenientes de otras entidades estadísticas, siempre que se disponga del consentimiento específico expresado mediante un convenio, una autorización expresa o cualquier otro documento jurídico.

Artículo 27

Cruce de ficheros

Con el objetivo de proteger el secreto estadístico, se prohíbe expresamente la transferencia de datos de ficheros estadísticos a otros de naturaleza distinta, así como el cruce o el cotejo entre ambos tipos de ficheros.

Artículo 28

Datos administrativos

En el supuesto de que se usen datos de origen administrativo, esta información se ha de incorporar en la forma que técnicamente garantice mejor la eficacia, la integridad de la información y el respeto al secreto estadístico o a cualquier otra norma legal que incida en la confidencialidad de los datos protegidos.

Artículo 29

Creación, modificación y extinción de registros administrativos y sistemas de información

Cuando se tenga que crear, modificar o suprimir un registro administrativo, tanto por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma como del sector público que se vincula a ella, se ha de comunicar al Instituto de Estadística de las Illes Balears para que este emita un informe, dado que buena parte de las operaciones estadísticas que se llevan a cabo son fruto de la explotación de datos administrativos.

Sección 5ª

Difusión de datos

Artículo 30

Difusión de datos estadísticos

1. Como mínimo, es obligatorio difundir los datos sintéticos de las estadísticas de la Comunidad Autónoma, incluidas en los programas, lo cual se ha de llevar a cabo de manera regular para que la ciudadanía pueda acceder de acuerdo con el calendario establecido.

2. Las unidades estadísticas han de habilitar un espacio singularizado en su entorno web destinado a difundir los datos de las estadísticas de las que sean titulares. Para la ejecución técnica de esta actividad pueden disponer del apoyo del IBESTAT.

3. El IBESTAT, además de ofrecer desde su web los datos de las estadísticas que tenga asignadas, tiene que posibilitar el enlace con las secciones estadísticas de los webs de las unidades del Sistema Estadístico de las Illes Balears.

4. El conjunto de datos que genera el Sistema Estadístico de las Illes Balears, ordenado por áreas y secciones temáticas, ha de ser accesible mediante un enlace desde el web general del Gobierno de las Illes Balears. Esta función ha de ser gestionada por el IBESTAT, y se ha de ubicar en el apartado de servicios del web con la denominación Estadísticas.

5. A pesar de la obligatoriedad de difundir los datos sintéticos vía web institucional, no se descarta el uso de cualquier otro medio complementario.

Artículo 31

Difusión de metodologías y metadatos

1. Las operaciones estadísticas que sean objeto de difusión han de ir acompañadas de la metodología correspondiente, que se ha de expresar en un documento específico en el proyecto técnico correspondiente en el que se basa. Se exceptúan de este precepto las operaciones que sean recopilaciones de otras preexistentes.

2. Se ha de habilitar un espacio destinado a la difusión específica de metodologías correspondientes a las diversas operaciones estadísticas.

 

ANEXO 2

Relación de operaciones estadísticas integradas en el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017 ordenadas por área y sección temática

DEMOGRAFÍA

101 Censos

Núm. actividad           Denominación

77       101     004     Explotación del censo de población 2011

 

102 Padrones

Núm. actividad           Denominación

77       102     001     Explotación del padrón de habitantes

77       102     002     Explotación de la estadística de migraciones

77       102     003     Explotación de la población residente en entidades singulares y núcleos

77       102     005     Nombres y apellidos más frecuentes de la población

77       102     006     Explotación del padrón de españoles inscritos en las Baleares residentes en el extranjero (PERE Baleares)

 

103 Movimiento natural de la población

Núm. actividad           Denominación

77       103     001     Depuración y explotación del Registro de Defunciones

77       103     002     Depuración y explotación del fichero de matrimonios

77       103     003     Depuración y explotación del fichero de partos

77       103     004     Nombres más frecuentes de los neonatos

77       103     005     Tablas de mortalidad

 

106 Estimaciones de población

Núm. actividad           Denominación

77       106     001     Índice de presión humana (IPH)

 

ECONOMÍA

201 Cuentas económicas

Núm. actividad           Denominación

19       201     001     Revista de coyuntura económica

19       201     002     Momento económico de las Illes Balears

19       201     004     Indicadores sintéticos de la economía balear

15       201     009     Macromagnitudes de la pesca

77       201     013     Contabilidad anual de las Illes Balears

77       201     014     Contabilidad trimestral de las Illes Balears

 

202 Sector primario

Núm. actividad           Denominación

15       202     002     Directorio de explotaciones de ganado vacuno de las Illes Balears

15       202     003     Directorio de explotaciones de ganado ovino y ganado caprino de las Illes Balears

15       202     004     Directorio de explotaciones de porcino de las Illes Balears

15       202     005     Efectivos de rebaño vacuno

15       202     006     Efectivos de rebaño ovino y caprino

15       202     007     Encuesta de rebaño porcino

15       202     008     Encuesta de salas de incubación

15       202     009     Directorio de mataderos

15       202     010     Encuesta mensual de sacrificio de ganado en mataderos

15       202     011     Evaluación anual del movimiento comercial pecuario

15       202     012     Producción anual de huevos, miel y otros productos ganaderos menores

15       202     013     Superficies y producciones de los cultivos

15       202     014     Precios medios de la tierra de uso agrario

15       202     015     Canon anual de alquiler rústico

15       202     016     Precios medios recibidos por los agricultores

15       202     017     Precios medios pagados por los agricultores

15       202     019     Observatorio de Precios de las Illes Balears

15       202     020     Capturas de pesca marítima

15       202     021     Flota pesquera de las Illes Balears

 

203 Industria

Núm. actividad           Denominación

77       203     014     Explotación de la Encuesta industrial de empresas

77       203     015     Explotación de la Encuesta industrial anual de productos

77       203     016     Explotación del índice de precios industriales (IPRI)

77       203     017     Índice de producción industrial (IPI)

 

204 Energía

Núm. actividad           Denominación

19       204     004     Energía eléctrica en las Illes Balears

19       204     007     Balance energético de las Illes Balears

77       204     008     Producción y demanda de energía eléctrica

 

205 Vivienda

Núm. actividad           Denominación

15       205     001     Explotación del Registro de Demandantes de Viviendas de Protección Oficial

 

206 Construcción

Núm. actividad           Denominación

77       206     001     Estadística de visados de obra

77       206     002     Estadística de construcción de edificios (licencias de obra)

 

207 Comercio

Núm. actividad           Denominación

19       207     001     Directorio de ferias y mercados de las Illes Balears

77       207     006     Explotación del índice de comercio al por menor

 

208 Turismo

Núm. actividad           Denominación

12       208     001     El turismo en las Illes Balears (datos informativos-anuario)

77       208     002     Flujo de turistas en las Illes Balears

77       208     004     Estudio del gasto turístico en las Illes Balears

12       208     009     Explotación anual de los datos de Mallorca del Catálogo de hotelería

77       208     012     Encuesta de ocupación en apartamentos turísticos

77       208     013     Encuesta de ocupación hotelera

77       208     014     Explotación del índice de precios de apartamentos turísticos (IPAP)

77       208     015     Explotación de los indicadores de rentabilidad del sector hotelero

 

209 Transportes

Núm. actividad           Denominación

15       209     001     Inspección de transporte terrestre

15       209     002     Transporte público de viajeros en tren, autobús y metro

12       209     003     Transporte marítimo de viajeros y mercancías

15       209     004     Sanciones en materia de transporte terrestre

15       209     005     Transporte autorizado de viajeros

15       209     006     Transporte de mercancías

15       209     007     Actividades auxiliares y complementarias del transporte

77       209     008     Explotación del tráfico aéreo

77       209     009     Explotación de las matriculaciones de vehículos

 

210 Otros servicios empresariales, personales y comunitarios

Núm. actividad           Denominación

12       210     001     Actividades náuticas de recreo

 

211 Sector exterior

Núm. actividad           Denominación

77       211     001     Explotación del fichero de comercio exterior

77       211     002     Índice de volumen unitario en el comercio exterior (IVU)

 

212 Sector financiero

Núm. actividad           Denominación

77       212     001     Hipotecas

 

213 Sector público

Núm. actividad           Denominación

13       213     001     Gasto público en educación

14       213     003     Inventario de entes públicos

14       213     004     Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

14       213     005     Cuenta General de la Administración

16       213     006     Personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y personal al servicio de entidades públicas empresariales

16       213     007     Explotación estadística del Registro de Personal de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

16       213     008     Explotación estadística del Registro de Entradas y Salidas de la Administración de la Comunidad Autónoma

16       213     009     Información del Gobierno 012

16       213     010     Quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de los servicios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma

14       213     011     Endeudamiento de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

19       213     002     Resumen de recaudación

 

214 Precios y salarios

Núm. actividad           Denominación

77       214     001     Explotación de la Encuesta de estructura salarial

77       214     002     Explotación de la Encuesta anual de coste laboral

77       214     003     Explotación de la Encuesta trimestral de coste laboral (ETCL)

 

215 Investigación, desarrollo e innovación (I+D+I)

Núm. actividad           Denominación

19       215     001     Equipamiento y uso de las TIC en las pequeñas y medianas empresas de las Illes Balears

13       215     002     Directorio de empresas que potencialmente llevan a cabo actividades de I+D+I en las Illes Balears

77       215     003     Explotación de la estadística sobre actividades en I+D

77       215     004     Explotación de la Encuesta sobre innovación tecnológica en las empresas

77       215     005     Explotación de la Encuesta sobre el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en las empresas

 

216 Empresas

Núm. actividad           Denominación

77       216     005     Directorio de empresas

77       216     018     Indicadores de confianza empresarial (ICE)

77       216     019     Demografía empresarial (empresas de alta en la Seguridad Social)

 

250 Otras áreas económicas

Núm. actividad           Denominación

77       250     001     Explotación de la Encuesta anual de servicios

77       250     002     Explotación del indicador de actividad del sector de servicios

19       250     003     Coste de insularidad

 

SOCIEDAD

301 Salud

Núm. actividad           Denominación

16       301     001     Incidentes gestionados por el 112 - Asistencia sanitaria

18       301     002     Estadística de centros sanitarios de atención especializada

18       301     004     Censo de establecimientos farmacéuticos

18       301     005     Encuesta de salud de las Illes Balears

18       301     006     Interrupciones voluntarias del embarazo

18       301     007     Control sanitario de las aguas de consumo humano

18       301     008     Control sanitario de las aguas de baño del litoral

18       301     009     Vigilancia de enfermedades de declaración obligatoria (EDO)

18       301     010     Sistema de información permanente sobre adicción a drogas

18       301     012     Sistema de identificación de desigualdades en salud

18       301     013     Censo de establecimientos alimentarios

18       301     014     Control sanitario de animales sacrificados en mataderos destinados al consumo humano

77       301     015     Explotación de la Encuesta de morbilidad hospitalaria

18       301     017     Sistema de información sobre sida y VIH

18       301     018     Encuesta sobre el uso de drogas en enseñanzas secundarias

18       301     019     Encuesta domiciliaria sobre alcohol y drogas

 

302 Mercado de trabajo

Núm. actividad           Denominación

13       302     015     Colocaciones gestionadas por el SOIB

13       302     022     Beneficiarios de acciones de información y orientación laboral

13       302     023     Formación para el empleo

19       302     002     Contratos registrados en el SOIB

19       302     003     Demandantes inscritos en las oficinas del SOIB

19       302     004     Anuario estadístico municipal de las Illes Balears (principales indicadores sociolaborales)

19       302     005     Nota mensual de coyuntura laboral en las Illes Balears

19       302     006     Nota trimestral de coyuntura laboral en las Illes Balears

19       302     008     Informe anual sobre el mercado de trabajo en las Illes Balears

19       302     014     Empresas cooperativas

19       302     017     Accidentes laborales registrados en las Illes Balears

19       302     018     Convenios colectivos

19       302     019     Expedientes de regulación del empleo

19       302     020     Infracciones laborales instruidas

19       302     026     Sociedades laborales constituidas

19       302     029     Elecciones sindicales en las Illes Balears

19       302     031     Huelgas registradas

19       302     032     Contratos de puesta a disposición por las empresas de trabajo temporal

77       302     033     Explotación de la Encuesta de población activa (EPA)

77       302     037     Explotación de ficheros de afiliados a la Seguridad Social

77       302     039     Análisis territorial del mercado de trabajo

19       302     040     Inspecciones por riesgos laborales

 

303 Educación y formación

Núm. actividad           Denominación

13       303     001     Estadística de las enseñanzas no universitarias

13       303     003     Indicadores del sistema educativo

13       303     005     Informe de los resultados de la evaluación final de los alumnos

13       303     007     Indicadores de convivencia escolar

13       303     008     Explotación del sistema integrado de gestión de personal docente

13       303     009     Explotación del sistema de gestión académica de los centros (GestIB)

16       303     010     Programa de cursos dirigidos a las administraciones públicas

13       303     014     Alumnos matriculados en estudios universitarios

13       303     015     Alumnos que no acaban los estudios obligatorios

 

304 Cultura y ocio

Núm. actividad           Denominación

13       304     001     Encuesta de hábitos lectores en las Illes Balears

13       304     002     Estadística de museos y colecciones museográficas

13       304     003     Estadística de financiación y gasto público en cultura

 

305 Deportes

Núm. actividad           Denominación

12       305     001     Instalaciones deportivas

12       305     003     Entidades deportivas de las Illes Balears

12       305     005     Programas de tecnificación deportiva

12       305     006     Plan de Formación Deportiva de la Fundación para el Deporte Balear

 

306 Nivel, calidad y condiciones de vida

Núm. actividad           Denominación

77       306     001     Explotación de la Encuesta de condiciones de vida (ECV)

77       306     002     Explotación de la Encuesta de presupuestos familiares (EPF)

 

309 Seguridad ciudadana

Núm. actividad           Denominación

16       309     001     Incidentes gestionados por el 112 - Seguridad ciudadana

16       309     002     Incidentes gestionados por el 112 - Seguridad en el tráfico

 

310 Datos electorales y participación ciudadana

Núm. actividad           Denominación

77       310     001     Datos electorales

77       310     002     Referéndums

 

311 Bienestar y protección social

Núm. actividad           Denominación

17       311     001     Pensiones no contributivas en las Illes Balears

17       311     002     Servicios sociales comunitarios básicos

17       311     007     Explotación del Registro de Órdenes de Protección

17       311     008     Explotación del Registro de Centros de Acogida de Mujeres Víctimas de Violencia de Género

17       311     010     Sistema de información para la autonomía y atención a la dependencia

17       311     014     Explotación de la base de datos del Centro Base (grado de discapacidad)

17       311     015     Fondo de asistencia social (FAS, prestaciones no contributivas)

17       311     016     Explotación de la base de datos LISMI (pensión no contributiva)

17       311     017     Tarjeta Básica

17       311     018     Ayuda de complemento de alquiler

17       311     021     Explotación del Registro de Parejas Estables

17       311     024     Explotación de la base de datos de atención temprana (0-6 años)

17       311     026     Gestión de expedientes de menores (GEXMEN)

17       311     028     Explotación de la base datos del programa “Alter”

17       311     030     Explotación de la base de datos del programa “Atura’t”

17       311     031     Explotación del Registro de Mediación Familiar

17       311     032     Explotación de la base de datos del programa de violencia familiar

17       311     033     Explotación del Registro del Plan de Prestaciones Básicas

17       311     034     Renta mínima de inserción

17       311     035     Explotación del Registro de Centros y Entidades de Servicios Sociales

17       311     036     Títulos de familias numerosas

17       311     037     Observatorio de Personas Mayores

77       311     038     Explotación del fichero de pensionistas

17       311     039     Explotación del Registro Unificado de Maltrato Infantil (RUMI)

17       311     040     Punto de encuentro familiar

17       311     042     Programa de mediación familiar

 

312 Sociedad de la información

Núm. actividad           Denominación

77       312     002     Explotación de la encuesta sobre equipamiento y uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los hogares

 

313 Medios de comunicación

Núm. actividad           Denominación

11       313     001     Directorio de medios de comunicación

 

350 Otros sociedad

Núm. actividad           Denominación

11       350     001     Directorio de asociaciones de las Illes Balears

11       350     002     Directorio único de fundaciones de las Illes Balears

11       350     003     Directorio de colegios profesionales de las Illes Balears

 

TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE

401 Entorno físico

Núm. actividad           Denominación

16       401     001     Incidentes gestionados por el 112 - Fuego, salvamento y rescate

15       401     002     Especies catalogadas presentes en las Illes Balears

15       401     003     Árboles singulares catalogados

15       401     004     Encallamiento de cetáceos y tortugas marinas

15       401     005     Autorizaciones de captura o recogida de especies protegidas

 

403 Medio ambiente (agua, residuos, contaminación)

Núm. actividad           Denominación

15       403     001     Calidad del aire ambiente en las Illes Balears

15       403     002     Inventario de emisiones a la atmósfera

15       403     004     Actividades potencialmente contaminantes del suelo

15       403     006     Residuos peligrosos

15       403     007     Directorio de productores, gestores y transportistas de residuos

15       403     008     Censo de pozos

15       403     009     Consumo de agua

15       403     010     Reservas hídricas

15       403     011     Desalinización de aguas

15       403     012     Vertidos de aguas residuales

15       403     013     Concesiones de aguas depuradas para riego

15       403     014     Aguas depuradas

 

406 Recursos forestales

Núm. actividad           Denominación

15       406     001     Aprovechamientos forestales

15       406     002     Material forestal de reproducción

15       406     003     Repoblaciones forestales

15       406     004     Incendios forestales

15       406     005     Superficie forestal

 

450 Otros medioambientales

Núm. actividad           Denominación

15       450     001     Suministro de productos estadísticos de carácter cartográfico y geográfico

 

950 Otros

Núm. actividad           Denominación

16       950     001     Incidentes gestionados por el 112 - Ordenanzas municipales

 

ANEXO 3

Relación de operaciones estadísticas integradas en el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017 ordenadas por órgano responsable

 

11 Consejería de Presidencia

Núm. de actividad    Denominación

11       350     001     Directorio de asociaciones de las Illes Balears

11       350     002     Directorio único de fundaciones de las Illes Balears

11       350     003     Directorio de colegios profesionales de las Illes Balears

11       313     001     Directorio de medios de comunicación

 

12 Consejería de Turismo y Deportes

Núm. actividad           Denominación

12       208     001     El turismo en las Illes Balears (datos informativos-anuario)

12       208     009     Explotación anual de los datos de Mallorca del Catálogo de hotelería

12       209     003     Transporte marítimo de viajeros y mercancías

12       210     001     Actividades náuticas de recreo

12       305     001     Instalaciones deportivas

12       305     003     Entidades deportivas de las Illes Balears

12       305     005     Programas de tecnificación deportiva

12       305     006     Plan de Formación Deportiva de la Fundación para el Deporte Balear

 

13 Consejería de Educación, Cultura y Universidades

Núm. de actividad    Denominación

13       213     001     Gasto público en educación

13       215     002     Directorio de empresas que potencialmente llevan a cabo actividades de I+D+I en las Illes Balears

13       302     015     Colocaciones gestionadas por el SOIB

13       302     022     Beneficiarios de acciones de información y orientación laboral

13       302     023     Formación para el empleo

13       303     001     Estadística de las enseñanzas no universitarias

13       303     003     Indicadores del sistema educativo

13       303     005     Informe de los resultados de la evaluación final de los alumnos

13       303     007     Indicadores de convivencia escolar

13       303     008     Explotación del sistema integrado de gestión de personal docente

13       303     009     Explotación del sistema de gestión académica de los centros (GestIB)

13       303     014     Alumnos matriculados en estudios universitarios

13       303     015     Alumnos que no acaban los estudios obligatorios

13       304     001     Encuesta de hábitos lectores en las Illes Balears

13       304     002     Estadística de museos y colecciones museográficas

13       304     003     Estadística de financiación y gasto público en cultura

 

14 Consejería de Hacienda y Presupuestos

Núm. de actividad    Denominación

14       213     003     Inventario de entes públicos

14       213     004     Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

14       213     005     Cuenta General de la Administración

14       213     011     Endeudamiento de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

 

15 Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Territorio

Núm. de actividad    Denominación

15       201     009     Macromagnitudes de la pesca

15       202     002     Directorio de explotaciones de ganado vacuno de las Illes Balears

15       202     003     Directorio de explotaciones de ganado ovino y ganado caprino de las Illes Balears

15       202     004     Directorio de explotaciones de porcino de las Illes Balears

15       202     005     Efectivos de rebaño vacuno

15       202     006     Efectivos de rebaño ovino y caprino

15       202     007     Encuesta de rebaño porcino

15       202     008     Encuesta de salas de incubación

15       202     009     Directorio de mataderos

15       202     010     Encuesta mensual de sacrificio de ganado en mataderos

15       202     011     Evaluación anual del movimiento comercial pecuario

15       202     012     Producción anual de huevos, miel y otros productos ganaderos menores

15       202     013     Superficies y producciones de los cultivos

15       202     014     Precios medios de la tierra de uso agrario

15       202     015     Canon anual de alquiler rústico

15       202     016     Precios medios recibidos por los agricultores

15       202     017     Precios medios pagados por los agricultores

15       202     019     Observatorio de Precios de las Illes Balears

15       202     020     Capturas de pesca marítima

15       202     021     Flota pesquera de las Illes Balears

15       205     001     Explotación del Registro de Demandantes de Viviendas de Protección Oficial

15       209     001     Inspección de transporte terrestre

15       209     002     Transporte público de viajeros en tren, autobús y metro

15       209     004     Sanciones en materia de transporte terrestre

15       209     005     Transporte autorizado de viajeros

15       209     006     Transporte de mercancías

15       209     007     Actividades auxiliares y complementarias del transporte

15       401     002     Especies catalogadas presentes en las Illes Balears

15       401     003     Árboles singulares catalogados

15       401     004     Encallamiento de cetáceos y tortugas marinas

15       401     005     Autorizaciones de captura o recogida de especies protegidas

15       403     001     Calidad del aire ambiente en las Illes Balears

15       403     002     Inventario de emisiones a la atmósfera

15       403     004     Actividades potencialmente contaminantes del suelo

15       403     006     Residuos peligrosos

15       403     007     Directorio de productores, gestores y transportistas de residuos

15       403     008     Censo de pozos

15       403     009     Consumo de agua

15       403     010     Reservas hídricas

15       403     011     Desalinización de aguas

15       403     012     Vertidos de aguas residuales

15       403     013     Concesiones de aguas depuradas para riego

15       403     014     Aguas depuradas

15       406     001     Aprovechamientos forestales

15       406     002     Material forestal de reproducción

15       406     003     Repoblaciones forestales

15       406     004     Incendios forestales

15       406     005     Superficie forestal

15       450     001     Suministro de productos estadísticos de carácter cartográfico y geográfico

 

16 Consejería de Administraciones Públicas

Núm. de actividad    Denominación

16       213     006     Personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y personal al servicio de entidades públicas empresariales

16       213     007     Explotación estadística del Registro de Personal de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

16       213     008     Explotación estadística del Registro de Entradas y Salidas de la Administración de la Comunidad Autónoma

16       213     009     Información del Gobierno 012

16       213     010     Quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de los servicios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma

16       301     001     Incidentes gestionados por el 112 - Asistencia sanitaria

16       303     010     Programa de cursos dirigidos a las administraciones públicas

16       309     001     Incidentes gestionados por el 112 - Seguridad ciudadana

16       309     002     Incidentes gestionados por el 112 - Seguridad en el tráfico

16       401     001     Incidentes gestionados por el 112 - Fuego, salvamento y rescate

16       950     001     Incidentes gestionados por el 112 - Ordenanzas municipales

 

17 Consejería de Familia y Servicios Sociales

Núm. de actividad    Denominación

17       311     001     Pensiones no contributivas en las Illes Balears

17       311     002     Servicios sociales comunitarios básicos

17       311     007     Explotación del Registro de Órdenes de Protección

17       311     008     Explotación del Registro de Centros de Acogida de Mujeres Víctimas de Violencia de Género

17       311     010     Sistema de información para la autonomía y atención a la dependencia

17       311     014     Explotación de la base de datos del Centro Base (grado de discapacidad)

17       311     015     Fondo de asistencia social (FAS, prestaciones no contributivas)

17       311     016     Explotación de la base de datos LISMI (pensión no contributiva)

17       311     017     Tarjeta Básica

17       311     018     Ayuda de complemento de alquiler

17       311     021     Explotación del Registro de Parejas Estables

17       311     024     Explotación de la base de datos de atención temprana (0-6 años)

17       311     026     Gestión de expedientes de menores (GEXMEN)

17       311     028     Explotación de la base datos del programa “Alter”

17       311     030     Explotación de la base de datos del programa “Atura’t”

17       311     031     Explotación del Registro de Mediación Familiar

17       311     032     Explotación de la base de datos del programa de violencia familiar

17       311     033     Explotación del Registro del Plan de Prestaciones Básicas

17       311     034     Renta mínima de inserción

17       311     035     Explotación del Registro de Centros y Entidades de Servicios Sociales

17       311     036     Títulos de familias numerosas

17       311     037     Observatorio de Personas Mayores

17       311     039     Explotación del Registro Unificado de Maltrato Infantil (RUMI)

17       311     040     Punto de encuentro familiar

17       311     042     Programa de mediación familiar

 

18 Consejería de Salud

Núm. de actividad    Denominación

18       301     002     Estadística de centros sanitarios de atención especializada

18       301     004     Censo de establecimientos farmacéuticos

18       301     005     Encuesta de salud de las Illes Balears

18       301     006     Interrupciones voluntarias del embarazo

18       301     007     Control sanitario de las aguas de consumo humano

18       301     008     Control sanitario de las aguas de baño del litoral

18       301     009     Vigilancia de enfermedades de declaración obligatoria (EDO)

18       301     010     Sistema de información permanente sobre adicción a drogas

18       301     012     Sistema de identificación de desigualdades en salud

18       301     013     Censo de establecimientos alimentarios

18       301     014     Control sanitario de animales sacrificados en mataderos destinados al consumo humano

18       301     017     Sistema de información sobre sida y VIH

18       301     018     Encuesta sobre el uso de drogas en enseñanzas secundarias

18       301     019     Encuesta domiciliaria sobre alcohol y drogas

 

19 Consejería de Economía y Competitividad

Núm. de actividad    Denominación

19       201     001     Revista de coyuntura económica

19       201     002     Momento económico de las Illes Balears

19       201     004     Indicadores sintéticos de la economía balear

19       204     004     Energía eléctrica en las Illes Balears

19       204     007     Balance energético de las Illes Balears

19       207     001     Directorio de ferias y mercados de las Illes Balears

19       213     002     Resumen de recaudación

19       215     001     Equipamiento y uso de las TIC en las pequeñas y medianas empresas de las Illes Balears

19       250     003     Costes de insularidad

19       302     002     Contratos registrados en el SOIB

19       302     003     Demandantes inscritos en las oficinas del SOIB

19       302     004     Anuario estadístico municipal de las Illes Balears (principales indicadores sociolaborales)

19       302     005     Nota mensual de coyuntura laboral en las Illes Balears

19       302     006     Nota trimestral de coyuntura laboral en las Illes Balears

19       302     008     Informe anual sobre el mercado de trabajo en las Illes Balears

19       302     014     Empresas cooperativas

19       302     017     Accidentes laborales registrados en las Illes Balears

19       302     018     Convenios colectivos

19       302     019     Expedientes de regulación del empleo

19       302     020     Infracciones laborales instruidas

19       302     026     Sociedades laborales constituidas

19       302     029     Elecciones sindicales en las Illes Balears

19       302     031     Huelgas registradas

19       302     032     Contratos de puesta a disposición por las empresas de trabajo temporal

19       302     040     Inspecciones por riesgos laborales

 

77          Instituto de Estadística de las Illes Balears (IBESTAT)

Núm. actividad           Denominación

77       101     004     Explotación del censo de población 2011

77       102     001     Explotación del padrón de habitantes

77       102     002     Explotación de la estadística de migraciones

77       102     003     Explotación de la población residente en entidades singulares y núcleos

77       102     005     Nombres y apellidos más frecuentes de la población

77       102     006     Explotación del padrón de españoles inscritos en las Baleares residentes en el extranjero (PERE Baleares)

77       103     001     Depuración y explotación del Registro de Defunciones

77       103     002     Depuración y explotación del fichero de matrimonios

77       103     003     Depuración y explotación del fichero de partos

77       103     004     Nombres más frecuentes de los neonatos

77       103     005     Tablas de mortalidad

77       106     001     Índice de presión humana (IPH)

77       201     013     Contabilidad anual de las Illes Balears

77       201     014     Contabilidad trimestral de las Illes Balears

77       203     014     Explotación de la Encuesta industrial de empresas

77       203     015     Explotación de la Encuesta industrial anual de productos

77       203     016     Explotación del índice de precios industriales (IPRI)

77       203     017     Índice de producción industrial (IPI)

77       204     008     Producción y demanda de energía eléctrica

77       206     001     Estadística de visados de obra

77       206     002     Estadística de construcción de edificios (licencias de obra)

77       207     006     Explotación del índice de comercio al por menor

77       208     002     Flujo de turistas en las Illes Balears

77       208     004     Estudio del gasto turístico en las Illes Balears

77       208     012     Encuesta de ocupación en apartamentos turísticos

77       208     013     Encuesta de ocupación hotelera

77       208     014     Explotación del índice de precios de apartamentos turísticos (IPAP)

77       208     015     Explotación de los indicadores de rentabilidad del sector hotelero

77       209     008     Explotación del tráfico aéreo

77       209     009     Explotación de las matriculaciones de vehículos

77       211     001     Explotación del fichero de comercio exterior

77       211     002     Índice de volumen unitario en el comercio exterior (IVU)

77       212     001     Hipotecas

77       214     001     Explotación de la Encuesta de estructura salarial

77       214     002     Explotación de la Encuesta anual de coste laboral

77       214     003     Explotación de la Encuesta trimestral de coste laboral (ETCL)

77       215     003     Explotación de la estadística sobre actividades en I+D

77       215     004     Explotación de la Encuesta sobre innovación tecnológica en las empresas

77       215     005     Explotación de la Encuesta sobre el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en las empresas

77       216     005     Directorio de empresas

77       216     018     Indicadores de confianza empresarial (ICE)

77       216     019     Demografía empresarial (empresas de alta en la Seguridad Social)

77       250     001     Explotación de la Encuesta anual de servicios

77       250     002     Explotación del indicador de actividad del sector de servicios

77       301     015     Explotación de la Encuesta de morbilidad hospitalaria

77       302     033     Explotación de la Encuesta de población activa (EPA)

77       302     037     Explotación de ficheros de afiliados a la Seguridad Social

77       302     039     Análisis territorial del mercado de trabajo

77       306     001     Explotación de la Encuesta de condiciones de vida (ECV)

77       306     002     Explotación de la Encuesta de presupuestos familiares (EPF)

77       310     001     Datos electorales

77       310     002     Referéndums

77       311     038     Explotación del fichero de pensionistas

77       312     002     Explotación de la Encuesta sobre equipamiento y uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los hogares

 

 

ANEXO 4

Áreas y secciones temáticas

 

1. Las operaciones estadísticas contenidas en este Plan de Estadística se dividen en áreas y secciones temáticas.

2. Se entiende por área la agrupación coherente de materias en que se clasifican cada una de las actividades estadísticas según su naturaleza específica.

Esta agrupación se hace en cinco ramas temáticas o funcionales que dan lugar a las siguientes categorías:

I. Demografía

II. Economía

III. Sociedad

IV. Territorio y medio ambiente

V. Diversos

2.1 Corresponde a «Demografía» el estudio de todas las variables que afectan al cómputo de la población y de los fenómenos que origina.

2.2 Corresponde a «Economía» la cuantificación de las variables que inciden en la generación de riqueza, así como en su interrelación o distribución.

2.3 Corresponde a «Sociedad» el estudio de todas las variables socioeconómicas, asistenciales, de salud, laborales, educativas, formativas, culturales, políticas, etc., que inciden en el bienestar de las personas.

2.4 Corresponde a «Territorio y medio ambiente» el conocimiento cuantitativo de las características del entorno físico, así como de todos los elementos de la actividad humana que pueden incidir en él.

2.5 Finalmente, hay un campo destinado a otras actividades, como por ejemplo las publicaciones o la formación, que, además, incluye los casos especiales en los que no hay una coincidencia directa entre la actividad que se lleva a cabo y el conjunto de agrupaciones que se han establecido o afectan a varios sectores, como es el caso de las intersectoriales.

3. Las áreas se subdividen en secciones temáticas, que se señalan seguidamente a efectos de codificación:

Demografía

Código Denominación

101 Censos

102 Padrones

103 Movimiento natural de la población

104 Migraciones

105 Indicadores demográficos

106 Estimaciones de población

150 Otras áreas demográficas

Economía

Código Denominación

201 Cuentas económicas

202 Sector primario

203 Industria

204 Energía

205 Vivienda

206 Construcción

207 Comercio

208 Turismo

209 Transportes

210 Otros servicios empresariales, personales y comunitarios

211 Sector exterior

212 Sector financiero

213 Sector público

214 Precios y salarios

215 Investigación, desarrollo e innovación (I+D+I)

216 Empresas

217 Indicadores económicos

250 Otras áreas económicas

Sociedad

Código Denominación

301 Salud

302 Mercado de trabajo

303 Educación y formación

304 Cultura y ocio

305 Deportes

306 Nivel, calidad y condiciones de vida

307 Lengua

308 Justicia

309 Seguridad ciudadana

310 Datos electorales y participación ciudadana

311 Bienestar y protección social

312 Sociedad de la información

313 Medios de comunicación

314 Juventud

315 Indicadores sociales

316 Igualdad de oportunidades y no discriminación

350 Otras áreas sociales

Territorio y medio ambiente

Código Denominación

401 Entorno físico

402 Climatología

403 Medio ambiente (agua, residuos, contaminación, etc.)

404 Indicadores de sostenibilidad

405 Infraestructuras y patrimonio construido

406 Recursos forestales

450 Otras áreas medioambientales

Diversos

Código Denominación

901 Formación

902 Actividad intersectorial

950 Otros diversos

ANEXO 5

Elementos de garantía y clasificación de las actividades estadísticas

(ficha de inventario, conceptos y definiciones)

La ficha de inventario está integrada por los siguientes campos y configuración:

(Ver ficha de inventario al final del documento)

La ficha que integra los inventarios de actividades estadísticas se ha de elaborar de acuerdo con las definiciones que se establecen en este anexo.

A. Parte identificativa de la actividad

1. Número de la actividad o la operación.

El número de la actividad o la operación está integrado por seis dígitos que se ordenan de la manera siguiente: los tres primeros corresponden a la sección temática, tal como indica el anexo, y los tres últimos son un número ordinal específico para cada actividad estadística y se asignan de manera correlativa a partir de la sección temática a la que se vinculan.

2. Dígitos previos de la unidad responsable.

Los números de actividad o de operación van precedidos por otros dos dígitos complementarios que corresponden a la unidad estadística responsable y que coinciden genéricamente con la sección presupuestaria de la consejería, el departamento o la institución a la que se vincula la actividad. De acuerdo con la configuración del Gobierno en el momento en el que se aprueba el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017, las secciones que se han usado son las siguientes:

Administración autonómica:

11 Consejería de Presidencia

12 Consejería de Turismo y Deportes

13 Consejería de Educación, Cultura y Universidades

14 Consejería de Hacienda y Presupuestos

15 Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Territorio

16 Consejería de Administraciones Públicas

17 Consejería de Familia y Servicios Sociales

18 Consejería de Salud

19 Consejería de Economía y Competitividad

77 Instituto de Estadística de las Illes Balears

Por otro lado, en la Administración insular se asignan los siguientes códigos:

31 Consejo Insular de Mallorca

32 Consejo Insular de Menorca

33 Consejo Insular de Ibiza

34 Consejo Insular de Formentera

En el caso de reestructuración del Gobierno o de que una actividad estadística se asigne a otro órgano responsable, se cambian los dos dígitos que preceden el número de actividad o de operación mencionado para adaptarse a la nueva titularidad sin que esto suponga alterar el número de actividad propiamente dicho. En el caso de constitución de otras unidades, el IBESTAT les asignará los dígitos correspondientes.

3. Denominación de la actividad.

Corresponde al título identificativo, mediante una frase concisa de la actividad estadística de que se trata. En el caso de una operación paralela en el ámbito estatal, siempre tiene que disponer de un elemento que la singularice y que, si es posible, indique el valor añadido.

4. Área y sección temática.

Corresponde a la definición y codificación temática proporcionadas en el anexo 4.

5. Órgano responsable.

Indica la unidad estadística que se hace cargo de la gestión de la actividad u operación estadística, con la denominación de la institución o el máximo órgano responsable (denominación de una consejería, un consejo insular, un ayuntamiento, etc.). Corresponde a los dígitos que preceden el número de la operación indicados en el punto 1.

6. Departamento.

El departamento indica para cada órgano responsable la dirección general, el departamento, empresa pública, entidad autónoma, etc. que asume la ejecución.

7. Objetivos o finalidades de la actividad.

Indica de manera sintética los principales objetivos o finalidades que se pretenden conseguir con la realización de esta actividad estadística.

B. Conceptos técnicos

1. Población o colectivo objeto de estudio.

Hace referencia al grupo de individuos, hogares, empresas, entidades, conjunto de fenómenos, etc., que generan la información objeto del estudio estadístico.

2. Tipo de actividad.

Identifica la naturaleza de la actividad estadística, e indica si se trata de una de las siguientes variables:

  • Encuestas
  • Explotación de ficheros estadísticos
  • Explotación estadística de registros
  • Actividades de síntesis
  • Recopilaciones en forma de anuarios
  • Recopilaciones en forma de boletines periódicos
  • Recopilaciones sobre un determinado campo
  • Recopilaciones sobre un determinado territorio
  • Recopilaciones en forma de banco de datos
  • Otras recopilaciones
  • Investigación metodológica
  • Operaciones de infraestructura estadística
  • Directorios y marcos para censos y muestras
  • Nomenclaturas, conceptos y definiciones
  • Nomenclaturas, conceptos y definiciones (instrumentales)
  • Codificaciones instrumentales
  • Otros instrumentales

3. Fuentes de la actividad originaria.

Indica la procedencia originaria de la información y el método específico de obtención de los datos, con indicación de si son encuestas, fuentes administrativas, recopilaciones, mixtas u otras. Este apartado tiene una relevancia especial, sobre todo cuando se trata de explotación de ficheros estadísticos, dado que se trabaja con los microdatos de otras operaciones estadísticas en que hay que fijar el origen.

4. Organismos o unidades estadísticas de la Comunidad Autónoma que participan.

Se han de señalar los órganos o las unidades estadísticas de la Comunidad Autónoma que generan datos en origen necesarios para poder llevar a cabo la actividad estadística de referencia.

La inclusión en este apartado comporta la obligatoriedad de aportar los datos requeridos a la unidad estadística responsable de la actividad.

5. Otros organismos que participan.

Corresponde a los órganos externos al Sistema Estadístico de las Illes Balears que aportan datos necesarios para llevar a cabo la operación estadística.

6. Convenios de colaboración.

Hay que señalar los convenios o los instrumentos legales que regulan el intercambio de datos para llevar a cabo la operación.

7. Entidades privadas o particulares obligadas a colaborar.

Se ha de indicar el sujeto o colectivo obligado a responder.

8. Compensación.

Hay que detallar la compensación económica o en especie, si corresponde, a las personas o las entidades obligadas a prestar colaboración en el suministro de información.

9. Forma de recogida de los datos.

De entre las diversas maneras de recoger la información, se pueden mencionar las siguientes:

  • Origen estadístico directo
  • Autoenumeración (por correo o cualquier otra manera)
  • Entrevista personal directa
  • Conversación telefónica
  • Observación directa de los hechos o fenómenos
  • Formas mixtas
  • Otras formas de recogida de datos
  • Origen administrativo
  • Transcripción de documentos administrativos

10. Periodicidad de recogida de los datos.

Se refiere a la periodicidad de la recogida de los datos estadísticos de los que se dispone, de acuerdo con las siguientes variables: diaria, semanal, quincenal, mensual, trimestral, semestral, anual, otras y no aplicable.

11. Almacenamiento de los datos.

Indica el soporte en el que se almacenan los datos y quien es la entidad responsable, de acuerdo con el desplegable que incorpora la aplicación del inventario.

12. Ámbito geográfico de la actividad.

Hace referencia al ámbito geográfico superior de la actividad estadística (autonómico, insular, municipal, etc.).

13. Nivel máximo de desagregación.

Hace referencia al nivel máximo de desagregación territorial del que se disponen datos fiables, aunque la difusión se haga a un nivel superior (autonómico, insular, supramunicipal, municipal, etc.).

14. Principales variables que contiene.

Es la descripción general de contenidos. Se han de indicar las principales variables que incluye atendiendo al cuestionario de la encuesta, los campos del registro, el índice de la publicación, etc.

15. Difusión (soporte).

Señala el soporte de emisión de los resultados de la operación que existe la obligación de difundir (web, publicación en papel, CD-ROM, etc.).

16. Periodicidad de la difusión.

Periodicidad en la que se lleva a cabo la difusión del dato.

17. Periodos disponibles.

Hace referencia a las anualidades desde las que se dispone de información en lo referente a la operación estadística en cuestión.

18. Alcance del secreto estadístico.

Hay que indicar si es procedente o no la aplicación del secreto estadístico y, en caso afirmativo, hay que señalar el alcance, es decir, el objeto de la protección de acuerdo con la normativa legal vigente, y las opciones que se mencionan.

19. Coste estimativo de la actividad.

La cuantificación de un coste asociado a la producción estadística que incluya todas las variables que inciden en su producción es difícil. Por ello, en el establecimiento de coste de la actividad sólo se han de tener en cuenta los elementos externos a la actividad administrativa regular. En este sentido, se han de computar sólo los gastos anuales que se deriven de la contratación específica con otras entidades o empresas externas para hacer posible la realización de las actividades estadísticas. Aun así, debe hacerse a partir de un baremo que califique el gasto de la manera siguiente:

  • Irrelevante (cuando se deriva sólo de la misma gestión administrativa)
  • Bajo (igual o inferior a 10.000 €)
  • Medio (de más de 10.000 € a 50.000 € incluida esta cantidad)
  • Alto (de más de 50.000 € a 100.000 € incluida esta cantidad)
  • Muy alto (más de 100.000 €)

20. Documento metodológico anexo.

Se ha de indicar si hay documento metodológico o no. En caso afirmativo, esto comporta el acceso mediante un enlace al documento en el inventario de operaciones estadísticas.

21 Incluido en el Plan.

Se ha de indicar si forma parte del Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017.

22. Incluido en el Programa.

Se ha de indicar si tiene que formar parte del programa anual previsto para el ejercicio siguiente.

23. Estado.

Las actividades estadísticas se pueden encontrar en los siguientes estados:

  • Consolidadas, cuando se llevan a cabo de manera regular desde hace más de un ejercicio. (Incluidas en el plan, el programa y el inventario.)
  • En fase experimental, cuando es el primer año de aplicación. (Incluidas en el plan, el programa y el inventario.)
  • En proyecto, cuando todavía no se explotan, pero se ha previsto ejecutarlas en un ejercicio cercano, a pesar de que ya se puedan haber iniciado los procedimientos preliminares. (Incluidas sólo en el plan y en el inventario.)
  • Fuera de planificación, cuando no están incluidas en los ordenamientos planificadores. (Incluidas sólo en el inventario.)
  • Histórica cerrada, cuando una operación se ha dejado de llevar a cabo.

24. Relación con operaciones estadísticas estatales.

Se ha de indicar si hay identidad en las variables objeto de estudio con alguna operación de carácter estatal especificada en el inventario de operaciones estadísticas de la Administración General del Estado. Se entiende que hay identidad cuando se han usado las mismas fuentes de datos y sistemas metodológicos. En este caso, se han de indicar la numeración de la operación estatal, la denominación y la unidad estatal responsable.

En el supuesto de que la ficha corresponda a un consejo insular, y exista una operación relacionada, además, con la Comunidad Autónoma, también se indicará del mismo modo duplicando los campos previstos para el caso estatal.

ANEXO 6

Elementos de garantía y clasificación de las actividades estadísticas

(documento metodológico)

El documento metodológico estará integrado por los siguientes campos y configuración:

(Ver documento metodológico al final del documento)

Los apartados que se han de rellenar y que se indican con (...) son de extensión indefinida para poder dar cabida a toda la información que se requiera respecto de las características técnicas de la operación.

Los campos que han de integrar los documentos metodológicos dependen de cada operación y de su naturaleza, pero básicamente han de indicar:

  1. La parte identificativa (común con la ficha).

  2. Los objetivos de la operación, con una introducción explicativa de la operación estadística.

  3. La normativa que regula la operación (estadística o administrativa que la genera).

  4. Las definiciones de los conceptos y usos de códigos territoriales y clasificaciones estándares.

  5. El desarrollo estructural de los campos técnicos de la ficha:

  • Los ámbitos: poblacional, territorial y temporal.
  • Los tipos de fuentes y las unidades informantes.
  • La forma de recogida de los datos.
  • La periodicidad, año base, etc.
  1. El tratamiento estadístico de la información:

  • Las encuestas: diseño muestral, trabajo de campo, la imputación, elevación y calibración, métodos de cálculo, etc.
  • La explotación de registros administrativos: metodología (imputación, depuración, etc.).
  1. Otros elementos que se consideren pertinentes para entender la operación estadística.

  2. El plan de difusión (periodicidad de la difusión, medios de difusión, etc.).

En el supuesto de que se lleve a cabo la explotación de un registro administrativo conviene tener en cuenta la transposición de los elementos que establece la normativa que regula el registro, aplicando los criterios y las pautas de actuación que se han determinado en el manual de explotación de registros administrativos confeccionado por el IBESTAT.

ANEXO 7

Calendario de difusión estadística

El calendario de difusión estadística está integrado por los siguientes campos y configuración:

(Ver calendario al final del documento)

Las operaciones estadísticas objeto de difusión en el calendario se agrupan por secciones temáticas que toman la forma de tablas. De este modo, se ha de establecer una cabecera donde se indicará el código y la denominación de la sección temática a la que haga referencia; seguidamente, hay doce casillas con el identificador de dos dígitos de cada mes. En las casillas inferiores se ha de indicar la denominación de cada operación estadística y las peculiaridades referentes a las fechas de difusión de los resultados.

Estas peculiaridades se corresponden a una serie de códigos de colores y abreviaturas para determinar la periodicidad de la difusión. Si procede, también se ha de señalar el día en que se han de hacer públicos los datos (primer nivel), el periodo al que hacen referencia (segundo nivel) y las características del dato (tercer nivel). De este modo, se establece el siguiente patrón:

Periodicidad de la difusión, código de colores:

  • Permanente, amarillo anaranjado.
  • Quincenal, azul marino.
  • Mensual, azul cielo.
  • Trimestral, verde pistacho.
  • Cuatrimestral, lila.
  • Semestral, burdeos.
  • Anual, rojo.
  • Indefinido, negro.

Fecha de difusión:

Se indica en caso de que se establezca; si no, se entiende que se difundirá durante el periodo en que está marcado por el color en lo referente a la periodicidad de difusión. Se pueden establecer periodos de difusión superior al mes, a pesar de que se tienen que indicar coloreando el periodo afectado.

Periodo de referencia:

  • Si es mensual, se indica en números romanos el mes al que hace referencia.
  • Si es trimestral, se indica T1, T2, T3 y T4, según corresponda.
  • Si es cuatrimestral, se indica Q1, Q2 y Q3, según corresponda.
  • Si es anual, los cuatro dígitos se indican en cifras arábigas.

Características del dato:

  • Avance (A).
  • Provisional (P).
  • Definitiva, en este caso no lleva identificador (D), salvo que antes haya habido un dato provisional (P) y se indica cuando se hace el definitivo. Véase un ejemplo en el modelo de los casos trimestrales.

Documentos adjuntos