Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 7297
Decreto 18/2014, de 25 de abril, por el que se aprueba el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017
Preámbulo
El Decreto 109/2010, de 15 de octubre, aprobó el primer Plan de Estadística de las Illes Balears para el periodo 2010-2013. Con esto se pretendía ejercer la competencia exclusiva que en materia de estadística establece el artículo 30.32 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, según la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears. En este mismo sentido, la Ley 3/2002, de 17 de mayo, de Estadística de las Illes Balears, ya establecía en el título II, que regula la actividad estadística, que los planes estadísticos cuadrienales y los programas anuales que los desarrollan son los instrumentos mediante los cuales se ha de llevar a cabo la promoción, la ordenación y la planificación de las estadísticas declaradas de interés de la Comunidad Autónoma. Posteriormente, la Ley 1/2010, de 17 de mayo, por la que se modifica la Ley autonómica de estadística, simplificó los procedimientos por los que se han de aprobar los planes y los programas, con el fin de superar las trabas que habían dificultado su puesta en marcha. De este modo, los planes se aprueban mediante un decreto del Gobierno de las Illes Balears y los programas, mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno.
Después de de haber realizado el Plan de Estadística de las Illes Balears 2010-2013 y de los cuatro programas anuales que lo han desarrollado, estamos en condiciones de hacer un análisis de la ejecución, y de establecer de una manera más pragmática las bases sobre las cuales se tiene que configurar este nuevo Plan de Estadística para el periodo 2014-2017.
Con respecto al balance de la ejecución del Plan de Estadística de las Illes Balears 2010-2013, debe decirse que ha tenido un carácter plenamente experimental. Han sido unos años de tanteo en los que se han configurado y consolidado las unidades estadísticas de las diversas consejerías del Gobierno, y se ha iniciado de manera regular la ejecución de las operaciones estadísticas que asignaban los programas anuales. El nivel de ejecución de las operaciones logradas es más que evidente: el programa anual correspondiente a 2010 incluía un total de 142 operaciones, de las cuales se llevaron a cabo el 90,14 % y se difundió el 71,83 %; el programa correspondiente a 2011 incluía un total de 178 operaciones, el 88,20 % de las cuales se llevó a cabo y se difundió el 87,26 %; el programa correspondiente a 2012 incluía un total de 163 operaciones, de las cuales se llevó a cabo el 94,48 % y se difundió el 87,66 %, y, finalmente, el programa anual correspondiente a 2013 ha incluido un total de 180 operaciones, de cuya ejecución y difusión aún no se dispone de datos, a pesar de que apuntan a unos porcentajes que superarán los de los ejercicios anteriores. Estos datos ponen de manifiesto que durante estos años se ha ido consolidado de manera efectiva la tarea estadística que lleva a cabo la Comunidad Autónoma, de acuerdo con los objetivos que inicialmente se habían marcado. A esta situación ha contribuido de manera decisiva el Instituto de Estadística de las Illes Balears (IBESTAT), el cual no tan sólo ha llevado a cabo las operaciones centrales del sistema estadístico autonómico, sino que con su tarea ha asesorado, formado y coordinado la actuación de las unidades estadísticas de las consejerías del Gobierno. Como elemento más relevante de este periodo hay que señalar la apuesta decidida por las nuevas tecnologías, en particular con respecto a la difusión de los datos y a la interrelación con los usuarios de la información estadística de proximidad. A título de ejemplo debe mencionarse la puesta en marcha del nuevo web interactivo del IBESTAT, el cual, con más de 40.000 visitas anuales, es un servicio que se adapta a las demandas de información específica o a la carta de los usuarios e incluso les permite acceder a la actualización de los datos a través de las redes sociales.
El principal objetivo del Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017, que se aprueba con este decreto, es consolidar el Sistema Estadístico de las Illes Balears. Esto significa que tanto el IBESTAT como las unidades estadísticas de las consejerías del Gobierno, así como los consejos insulares, una vez se incorporen al Sistema Estadístico de las Illes Balears, han de ser capaces de llevar a cabo una tarea estable que se caracterice por el rigor metodológico de sus productos y por la optimización de los recursos existentes. Todo esto con el fin de ofrecer a la ciudadanía estadísticas fiables, con un alto valor añadido con respecto a la desagregación del dato y sin suponer un incremento adicional del gasto público. En este sentido, debe decirse que buena parte de la actividad productiva del IBESTAT viene determinada por la demanda de información, en los ámbitos balear o insular, de las variables que contienen los ficheros estadísticos de las grandes operaciones de referencia (Censos, Padrón, MNP, EPA, IPI, IPRI, ICM, ICE, etc.) La territorialización de esta información en todo el Estado es tarea de los institutos autonómicos y es posible gracias al establecimiento de los convenios de colaboración correspondientes con las entidades que llevan a cabo los trabajos de campo o la explotación del dato, del Gobierno de España o de la Unión Europea. Por su parte, las unidades estadísticas de las consejerías del Gobierno y de los consejos insulares centrarán más su actividad en las explotaciones estadísticas de los registros administrativos de los que son titulares. De este modo se conseguirá disponer de un plus de información que es fundamental para conocer realmente el territorio y las actividades que se desarrollan, lo cual es imprescindible a la hora de analizar o de emprender cualquier tipo de actuación en lo referente a las demandas y las potencialidades de los diversos ámbitos que definen la economía o la sociedad de las Illes Balears.
Con respecto al contenido del Plan 2014-2017, se estructura en siete anexos. El annexo1 corresponde al articulado en el cual se establecen las condiciones generales con respecto a la vigencia y ejecución del Plan, y los grandes objetivos que se persiguen. Entre estos hay que mencionar la especial referencia a garantizar el acceso a la información por parte de los usuarios de la estadística pública autonómica, consolidar las operaciones que ya se llevan a cabo y crear nuevas a partir de la demanda de la sociedad. La calidad, fruto del rigor metodológico, es una de los hitos que se establecen con respecto a los procedimientos correspondientes a la producción y difusión de datos; en este sentido, se hace referencia a los proyectos técnicos, a los instrumentos de difusión de los datos y a su periodización. Por otro lado, también se ha intentado aclarar todos aquellos elementos de coordinación del Sistema Estadístico de las Illes Balears que han de facilitar la transferencia de información entre las fuentes originarias de los datos y los titulares de las operaciones estadísticas correspondientes.
En el resto de los anexos del Plan se concretan los aspectos más genéricos que se indican en el articulado. Así, en el anexo 2 consta la relación detallada de las operaciones que integran el Plan ordenadas por área y sección temática. El anexo 3 incluye esta misma relación ordenada por la unidad estadística responsable, de acuerdo con el organigrama del Gobierno de las Illes Balears en el momento de la aprobación. En el anexo 4 se ratifica la asignación de los códigos correspondientes a las áreas y secciones temáticas. En el anexo 5 se incluyen los elementos de garantía y clasificación de las actividades estadísticas con respecto a la descripción de los elementos que las integran; concretamente, se establece el modelo de ficha de inventario y se definen los elementos y los conceptos que la integran. En el anexo 6 se establece una propuesta de estructuración del documento metodológico que, junto con la ficha de inventario, constituye el proyecto técnico de cada una de las actividades estadísticas. En el anexo 7 se concreta el modelo que se ha de usar como calendario de difusión estadística, para dar a conocer a los usuarios cuando y con qué periodicidad podrán disponer de los datos correspondientes a las estadísticas oficiales de la Comunidad Autónoma.
Finalmente y para resumir, se ha intentado centrar el Plan en las actividades que realmente dispongan de los medios para llevarlas a cabo y que pueden ser relevantes para el interés general de la ciudadanía, los sectores económicos y las administraciones públicas. Esto ha hecho que, respecto del Pla 2010-2013, de las 234 operaciones estadísticas que lo integran, 46 se hayan descartado para esta nueva fase, mientras que se incorporan 22 nuevas, lo que supone un total de 210 operaciones estadísticas para este nuevo Plan 2014-2017.
Por todo ello, a propuesta del consejero de Economía y Competitividad, de acuerdo con el Consejo Consultivo de las Illes Balears, y habiéndolo considerado el Consejo de Gobierno en la sesión de 25 de abril de 2014,
DECRETO
Artículo único
Aprobación del Plan de Estadística
Se aprueba el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017, como instrumento de ordenación y planificación de la actividad estadística de interés para la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en los términos que establecen los anexos de este decreto.
Disposición adicional primera
Informe de evaluación
Una vez agotada la vigencia del Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017, el Instituto de Estadística de las Illes Balears ha de elaborar, en el plazo de seis meses, un informe de evaluación y justificación del grado de cumplimiento del Plan.
Disposición adicional segunda
Inventario de fuentes y registros
Se encarga al Instituto de Estadística de las Illes Balears que, durante el periodo de vigencia de este Plan, confeccione un inventario permanente de fuentes, registros administrativos y otros sistemas de información con finalidad estadística.
Disposición final primera
Habilitación normativa
Se autoriza al consejero de Economía y Competitividad para que dicte las disposiciones necesarias para desarrollar este decreto.
Disposición final segunda
Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 25 de abril de 2014
El Presidente, |
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José Ramón Bauzá Díaz |
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El consejero de Economía y Competitividad, |
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Joaquín García Martínez |
ANEXO 1
Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017. Establecimiento de objetivos y regulación de los
procedimientos que han de llevarse a cabo para la ejecución del Plan
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1
Definición
1. El Plan de Estadística es el instrumento marco de colaboración entre las instituciones o entidades que integran el Sistema Estadístico de las Illes Balears para llevar a cabo estadísticas declaradas de interés autonómico.
2. El Plan de Estadística enmarca, igualmente, la relación de las instituciones y los órganos del Sistema Estadístico de las Illes Balears con el Instituto Nacional de Estadística, así como con los otros organismos públicos estatales, del resto de comunidades autónomas, europeos o internacionales.
Esta colaboración tendrá como finalidades principales:
Artículo 2
Extensión de objetivos
El Plan de Estadística que se aprueba mediante este decreto establece los objetivos para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2017.
Artículo 3
Ejecución de las actividades
Las actividades que contienen los programas estadísticos anuales, en desarrollo de este Plan de Estadística, las han de llevar a cabo los órganos y las instituciones que se integran en el Sistema Estadístico de las Illes Balears, mediante sus unidades estadísticas o equivalentes, de manera directa o en colaboración con otras entidades mediante acuerdos, convenios o contratos, si procede.
CAPÍTULO II
Objetivos del Plan
Artículo 4
Objetivos generales
Los objetivos generales del Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017, que constituyen los criterios esenciales para aplicarlo e interpretarlo, son los siguientes:
Artículo 5
Objetivos instrumentales
Los objetivos instrumentales que se tienen que procurar satisfacer con la inclusión de una actividad estadística en el Plan y en los programas anuales son los siguientes:
Artículo 6
Objetivos técnicos y de producción
Los objetivos técnicos y de producción que se tienen que satisfacer con la inclusión de las actividades estadísticas en los instrumentos de planificación y programación son los siguientes:
Artículo 7
Objetivos específicos
Los objetivos específicos que se pretenden lograr con la aplicación de este Plan son:
CAPÍTULO III
Inventario de actividades estadísticas y elementos de clasificación
Artículo 8
Actividades estadísticas
1. Se entiende por actividad estadística la recopilación, la obtención, el tratamiento y la conservación de datos cualitativos y cuantitativos para elaborar estadísticas, así como la publicación y difusión de estos datos.
2. A efectos de ordenar la actividad estadística, forman parte del Plan y de los programas estadísticos que lo desarrollan las operaciones que tienen como finalidad directa producir y difundir datos estadísticos o las previas o complementarias.
3. No se incluyen en los instrumentos de planificación:
Artículo 9
Inventario de actividades estadísticas
1. El inventario de actividades estadísticas tiene las siguientes finalidades:
2. El inventario, lo gestionan de manera conjunta mediante una aplicación informática las unidades del Sistema Estadístico y el IBESTAT, el cual lo coordina y lo supervisa. El procedimiento para actualizar el inventario se establece de la siguiente manera:
3. El inventario de actividades estadísticas está integrado por una ficha técnica e identificativa. El modelo y la definición de los elementos que integran las fichas del inventario se han de ajustar a lo que establece el anexo 5.
Artículo 10
Proyectos técnicos
1. La ejecución de cualquier operación estadística incluida en el Plan requiere la existencia de un proyecto técnico que lo avale. El proyecto técnico está integrado por la ficha del inventario y el documento metodológico que se incorporará de forma asociada a cada operación dentro de la aplicación que gestiona el inventario de actividades estadísticas.
2. En el supuesto de que una operación, por su simplicidad, no requiera la existencia de un documento metodológico explícito, se entenderá que el proyecto técnico de la operación está integrado únicamente por la ficha de inventario.
3. El IBESTAT tiene que validar los proyectos técnicos de la operación estadística.
4. Los elementos que han de incluir los documentos metodológicos vienen definidos en el anexo 6.
Artículo 11
Clasificación temática
La clasificación de las áreas y de las secciones temáticas en las que se han de ordenar las actividades estadísticas de la Comunidad Autónoma se han de ajustar a lo que establece el anexo 4.
CAPÍTULO IV
Desarrollo del Plan
Sección 1ª
Los programas anuales
Artículo 12
Programas anuales
1. El Plan se ha de desarrollar mediante los programas estadísticos anuales, que tienen que describir las actividades que se tienen que llevar a cabo cada año. De este modo, se han de cumplir y concretar los objetivos que marca el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017.
2. Los programas anuales de estadística se han de aprobar mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno y han de contener, como mínimo, la relación de las estadísticas incluidas en el Plan que se han de llevar a cabo durante el ejercicio correspondiente, con indicación del número de identificación, la denominación de la actividad y la unidad estadística o el órgano responsable, de acuerdo con las siguientes especificaciones:
a) En el anexo 1 de los programas anuales se han de ordenar las estadísticas mencionadas a partir del área y la sección temática. Ha de figurar el número de identificación y la denominación de la actividad.
b) En el anexo 2 de los programas anuales se ha de ofrecer la relación de las actividades ordenadas por la unidad estadística responsable y el departamento que se hace cargo. Ha de figurar el número de identificación y la denominación de la actividad.
c) En el anexo 3 de los programas anuales, y de acuerdo con los criterios del artículo 18.2 de la Ley 3/2002, de 17 de mayo, de Estadística de las Illes Balears, según la redacción dada por la Ley 1/2010, de 17 de mayo, de modificación de la Ley 3/2002, se ha de ofrecer la relación de las actividades que integran el programa anual ordenadas por la unidad estadística responsable, y cada una tiene que especificar, además, los siguientes aspectos:
d) En el anexo 4 de los programas anuales se ha de ofrecer el calendario de difusión de datos correspondiente a cada una de las operaciones estadísticas, ordenada por la unidad estadística responsable, de acuerdo con el modelo que se establece en el anexo 6 del Decreto.
e) En el anexo 5 de los programas anuales, si corresponde, se ha de ofrecer la relación actualizada y consolidada de las operaciones estadísticas incluidas en el Plan de Estadística, una vez se hayan producido bajas o nuevas incorporaciones. Las operaciones se han de ordenar por unidad responsable y se han de indicar los cambios con el apartado correspondiente de altas y bajas.
Artículo 13
Requisitos de información
Para incluir una actividad estadística en los programas anuales se han de cumplir los siguientes requisitos de información:
Artículo 14
Incorporación de otras actividades estadísticas
Las unidades integrantes del Sistema Estadístico de las Illes Balears pueden proponer incluir en los programas anuales, como estadística de interés para la Comunidad Autónoma, las actividades que otras entidades o instituciones lleven a cabo y que sean adecuadas para cumplir los objetivos del Plan. En todo caso, para que esto sea posible, la actividad estadística ha de quedar vinculada a la unidad que lo propone mediante el convenio de colaboración correspondiente o el instrumento jurídico adecuado, el cual tiene que contar con el informe preceptivo del IBESTAT.
Artículo 15
Inclusión y exclusión posteriores de actividades
1. Los sucesivos programas anuales de desarrollo y de ejecución de este Plan de Estadística pueden incorporar las operaciones estadísticas que inicialmente no se incluyan, a consecuencia de una exigencia normativa o por razón de oportunidad, siempre que las hayan de llevar a cabo los órganos integrantes del Sistema Estadístico de las Illes Balears.
2. Si se constata que es innecesario elaborar una operación determinada incluida en el Plan de Estadística durante su periodo de vigencia, puede ser excluida por el programa anual correspondiente.
3. Las variaciones a que se refieren los apartados anteriores se han de especificar en el anexo 5 del programa anual de estadística correspondiente, en los términos que establece el artículo 12.2.e) de este anexo.
Sección 2ª
Estructuración y coordinación institucional
Artículo 16
Coordinación
Corresponde al Instituto de Estadística de las Illes Balears, como gestor del Sistema Estadístico de las Illes Balears, coordinar los planes de estadística y los programas anuales que los desarrollan. En este sentido, tiene que llevar a cabo las siguientes actividades:
Artículo 17
Las unidades estadísticas
1. Las unidades estadísticas son los órganos de cada consejería de la Administración de la Comunidad Autónoma y, si cabe, de los organismos y las entidades que dependen de ella, que llevan a cabo las actividades que se prevén en los programas anuales. También tienen esta consideración los órganos de los consejos insulares u otras entidades locales que asuman actividades previstas en los programas anuales. Estos órganos tienen la consideración jurídica de unidades administrativas, de acuerdo con lo que establece el artículo 6 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. Las unidades estadísticas tienen que llevar a cabo, en coordinación con el IBESTAT, las siguientes actuaciones:
3. Las unidades estadísticas están integradas por un coordinador y los responsables de las operaciones estadísticas que fijan el Plan y los programas anuales. Las órdenes de funciones correspondientes han de reflejar esta situación.
Artículo 18
Comisión Interdepartamental de Estadística
1. La Comisión Interdepartamental de Estadística es el órgano de coordinación que ha de debatir el borrador de los planes y los programas y acordar una propuesta una vez se hayan debatido las distintas proposiciones de los representantes de las unidades estadísticas con el IBESTAT. Este acuerdo se ha de enviar a la Comisión Asesora de Estadística para que emita su dictamen y al Consejo Rector para la aprobación del proyecto correspondiente.
2. La Comisión Interdepartamental de Estadística ha de determinar el establecimiento de los criterios que se han de seguir en el desarrollo de la ejecución del Plan, además de realizar el seguimiento y coordinar las unidades del Sistema Estadístico que lo han de llevar a cabo.
Artículo 19
Entidades colaboradoras del Sistema Estadístico de las Illes Balears
1. El Instituto de Estadística de las Illes Balears, así como las distintas unidades estadísticas, pueden establecer formas estables de colaboración, mediante acuerdo, convenio o contrato, con organizaciones, entidades, asociaciones y empresas no integradas en el Sistema Estadístico de las Illes Balears que estén vinculadas a las realidades socioeconómicas que puedan ser objeto de actividades estadísticas. Estas entidades pueden tener la consideración de colaboradoras del Sistema Estadístico de las Illes Balears.
2. Las entidades colaboradoras, cuando lleven a cabo parte de una operación estadística incluida en el programa anual, tienen la condición de integrantes del Sistema Estadístico de las Illes Balears a los efectos de las posibles sanciones que se puedan establecer en caso de vulneración de la normativa que regula la actividad estadística.
Sección 3ª
Elaboración, aprobación y ejecución de los programas anuales
Artículo 20
Elaboración y aprobación de los programas anuales
1. A instancia de la Consejería de Economía y Competitividad, corresponde al Gobierno de las Illes Balears aprobar los programas anuales de estadística correspondientes mediante un acuerdo, antes del día 31 de diciembre de cada año.
2. La propuesta del programa anual correspondiente, ha de elaborarla, antes del día 15 de noviembre de cada año, el Instituto de Estadística de las Illes Balears, con todas las consultas previas pertinentes a los entes y a los órganos del Sistema Estadístico de las Illes Balears implicados de manera específica en cada una de estas actividades, así como con la Comisión Asesora de Estadística, de acuerdo con la Ley de Estadística de las Illes Balears.
Artículo 21
Ejecución y disponibilidades presupuestarias y organizativas
La inclusión de una actividad estadística en el programa anual, así como su ejecución, queda sujeta, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias y organizativas.
Sección 4ª
Datos y operaciones estadísticas
Artículo 22
Relación de operaciones estadísticas declaradas de interés para la Comunidad Autónoma
1. Las actividades estadísticas incluidas en el Plan de Estadística o en los programas anuales constituyen operaciones estadísticas y tienen la consideración de estadísticas declaradas de interés para la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. La relación de operaciones que fija el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017 son las que se detallan en el anexo 2 de este decreto, ordenadas por área y sección temática, y en el anexo 3, ordenadas por la unidad responsable de ejecutarlas.
3. Esta relación se ha de actualizar anualmente de acuerdo con los programas anuales, tal como se indica en el artículo 12.2.e).
Artículo 23
Cesión de datos entre las unidades integrantes del Sistema Estadístico de las Illes Balears
1. Las unidades estadísticas o entidades que no sean órganos responsables tienen que colaborar en el suministro de los datos necesarios para confeccionar las operaciones estadísticas incluidas en el Plan y en los programas cuando sean depositarios de los datos originarios.
2. Las unidades integrantes del Sistema Estadístico de las Illes Balears se han de ceder entre si la información de base que requieran para llevar a cabo las actividades estadísticas de interés para la Comunidad Autónoma, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
3. Para clarificar todos los elementos que intervienen en la cesión de datos entre las unidades estadísticas o con los departamentos generadores de datos necesarios para la confección de una operación estadística oficial, se ha de procurar el establecimiento de convenios o acuerdos de colaboración para fijar las obligaciones de las partes, los procedimientos, los usos permitidos, los plazos y las responsabilidades.
4. Las condiciones previstas anteriormente también se pueden hacer extensivas al intercambio de información con otras administraciones públicas, de manera muy especial con el Instituto Nacional de Estadística, los ministerios, los consejos insulares y el resto de administraciones locales.
Artículo 24
Obligatoriedad en el suministro de datos de otros organismos y los convenios de colaboración
1. Respecto a los organismos externos al Sistema Estadístico de las Illes Balears la obligatoriedad con respecto al suministro de datos se tiene que determinar en los convenios de colaboración o instrumentos legales de intercambio de información que se establezcan.
2. Para el establecimiento de un acuerdo o convenio de colaboración con contenido estadístico será preceptivo el informe del Instituto de Estadística de las Illes Balears, tal como señala el artículo 34.k) de la Ley 3/2002, de 17 de mayo, de Estadística de las Illes Balears.
Artículo 25
Obligación de las entidades privadas y de los particulares de suministrar datos
Para llevar a cabo las operaciones estadísticas es obligatorio que las unidades informantes externas suministren los datos necesarios que se soliciten a tal efecto, y en los términos que establece la legislación vigente. En este sentido, hay que atenerse a lo que especifique el programa anual correspondiente en cada una de las operaciones estadísticas en su anexo 3.
Artículo 26
Cesión de datos a terceros
1. Se ha de posibilitar el acceso o la difusión de los ficheros con microdatos que requieran el personal investigador y el resto de personas usuarias, en las condiciones que establece la legislación vigente, teniendo en cuenta, en particular, la normativa sobre el secreto estadístico y la protección de datos.
2. También se pueden difundir los microdatos provenientes de otras entidades estadísticas, siempre que se disponga del consentimiento específico expresado mediante un convenio, una autorización expresa o cualquier otro documento jurídico.
Artículo 27
Cruce de ficheros
Con el objetivo de proteger el secreto estadístico, se prohíbe expresamente la transferencia de datos de ficheros estadísticos a otros de naturaleza distinta, así como el cruce o el cotejo entre ambos tipos de ficheros.
Artículo 28
Datos administrativos
En el supuesto de que se usen datos de origen administrativo, esta información se ha de incorporar en la forma que técnicamente garantice mejor la eficacia, la integridad de la información y el respeto al secreto estadístico o a cualquier otra norma legal que incida en la confidencialidad de los datos protegidos.
Artículo 29
Creación, modificación y extinción de registros administrativos y sistemas de información
Cuando se tenga que crear, modificar o suprimir un registro administrativo, tanto por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma como del sector público que se vincula a ella, se ha de comunicar al Instituto de Estadística de las Illes Balears para que este emita un informe, dado que buena parte de las operaciones estadísticas que se llevan a cabo son fruto de la explotación de datos administrativos.
Sección 5ª
Difusión de datos
Artículo 30
Difusión de datos estadísticos
1. Como mínimo, es obligatorio difundir los datos sintéticos de las estadísticas de la Comunidad Autónoma, incluidas en los programas, lo cual se ha de llevar a cabo de manera regular para que la ciudadanía pueda acceder de acuerdo con el calendario establecido.
2. Las unidades estadísticas han de habilitar un espacio singularizado en su entorno web destinado a difundir los datos de las estadísticas de las que sean titulares. Para la ejecución técnica de esta actividad pueden disponer del apoyo del IBESTAT.
3. El IBESTAT, además de ofrecer desde su web los datos de las estadísticas que tenga asignadas, tiene que posibilitar el enlace con las secciones estadísticas de los webs de las unidades del Sistema Estadístico de las Illes Balears.
4. El conjunto de datos que genera el Sistema Estadístico de las Illes Balears, ordenado por áreas y secciones temáticas, ha de ser accesible mediante un enlace desde el web general del Gobierno de las Illes Balears. Esta función ha de ser gestionada por el IBESTAT, y se ha de ubicar en el apartado de servicios del web con la denominación Estadísticas.
5. A pesar de la obligatoriedad de difundir los datos sintéticos vía web institucional, no se descarta el uso de cualquier otro medio complementario.
Artículo 31
Difusión de metodologías y metadatos
1. Las operaciones estadísticas que sean objeto de difusión han de ir acompañadas de la metodología correspondiente, que se ha de expresar en un documento específico en el proyecto técnico correspondiente en el que se basa. Se exceptúan de este precepto las operaciones que sean recopilaciones de otras preexistentes.
2. Se ha de habilitar un espacio destinado a la difusión específica de metodologías correspondientes a las diversas operaciones estadísticas.
ANEXO 2
Relación de operaciones estadísticas integradas en el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017 ordenadas por área y sección temática
DEMOGRAFÍA
101 Censos
Núm. actividad Denominación
77 101 004 Explotación del censo de población 2011
102 Padrones
Núm. actividad Denominación
77 102 001 Explotación del padrón de habitantes
77 102 002 Explotación de la estadística de migraciones
77 102 003 Explotación de la población residente en entidades singulares y núcleos
77 102 005 Nombres y apellidos más frecuentes de la población
77 102 006 Explotación del padrón de españoles inscritos en las Baleares residentes en el extranjero (PERE Baleares)
103 Movimiento natural de la población
Núm. actividad Denominación
77 103 001 Depuración y explotación del Registro de Defunciones
77 103 002 Depuración y explotación del fichero de matrimonios
77 103 003 Depuración y explotación del fichero de partos
77 103 004 Nombres más frecuentes de los neonatos
77 103 005 Tablas de mortalidad
106 Estimaciones de población
Núm. actividad Denominación
77 106 001 Índice de presión humana (IPH)
ECONOMÍA
201 Cuentas económicas
Núm. actividad Denominación
19 201 001 Revista de coyuntura económica
19 201 002 Momento económico de las Illes Balears
19 201 004 Indicadores sintéticos de la economía balear
15 201 009 Macromagnitudes de la pesca
77 201 013 Contabilidad anual de las Illes Balears
77 201 014 Contabilidad trimestral de las Illes Balears
202 Sector primario
Núm. actividad Denominación
15 202 002 Directorio de explotaciones de ganado vacuno de las Illes Balears
15 202 003 Directorio de explotaciones de ganado ovino y ganado caprino de las Illes Balears
15 202 004 Directorio de explotaciones de porcino de las Illes Balears
15 202 005 Efectivos de rebaño vacuno
15 202 006 Efectivos de rebaño ovino y caprino
15 202 007 Encuesta de rebaño porcino
15 202 008 Encuesta de salas de incubación
15 202 009 Directorio de mataderos
15 202 010 Encuesta mensual de sacrificio de ganado en mataderos
15 202 011 Evaluación anual del movimiento comercial pecuario
15 202 012 Producción anual de huevos, miel y otros productos ganaderos menores
15 202 013 Superficies y producciones de los cultivos
15 202 014 Precios medios de la tierra de uso agrario
15 202 015 Canon anual de alquiler rústico
15 202 016 Precios medios recibidos por los agricultores
15 202 017 Precios medios pagados por los agricultores
15 202 019 Observatorio de Precios de las Illes Balears
15 202 020 Capturas de pesca marítima
15 202 021 Flota pesquera de las Illes Balears
203 Industria
Núm. actividad Denominación
77 203 014 Explotación de la Encuesta industrial de empresas
77 203 015 Explotación de la Encuesta industrial anual de productos
77 203 016 Explotación del índice de precios industriales (IPRI)
77 203 017 Índice de producción industrial (IPI)
204 Energía
Núm. actividad Denominación
19 204 004 Energía eléctrica en las Illes Balears
19 204 007 Balance energético de las Illes Balears
77 204 008 Producción y demanda de energía eléctrica
205 Vivienda
Núm. actividad Denominación
15 205 001 Explotación del Registro de Demandantes de Viviendas de Protección Oficial
206 Construcción
Núm. actividad Denominación
77 206 001 Estadística de visados de obra
77 206 002 Estadística de construcción de edificios (licencias de obra)
207 Comercio
Núm. actividad Denominación
19 207 001 Directorio de ferias y mercados de las Illes Balears
77 207 006 Explotación del índice de comercio al por menor
208 Turismo
Núm. actividad Denominación
12 208 001 El turismo en las Illes Balears (datos informativos-anuario)
77 208 002 Flujo de turistas en las Illes Balears
77 208 004 Estudio del gasto turístico en las Illes Balears
12 208 009 Explotación anual de los datos de Mallorca del Catálogo de hotelería
77 208 012 Encuesta de ocupación en apartamentos turísticos
77 208 013 Encuesta de ocupación hotelera
77 208 014 Explotación del índice de precios de apartamentos turísticos (IPAP)
77 208 015 Explotación de los indicadores de rentabilidad del sector hotelero
209 Transportes
Núm. actividad Denominación
15 209 001 Inspección de transporte terrestre
15 209 002 Transporte público de viajeros en tren, autobús y metro
12 209 003 Transporte marítimo de viajeros y mercancías
15 209 004 Sanciones en materia de transporte terrestre
15 209 005 Transporte autorizado de viajeros
15 209 006 Transporte de mercancías
15 209 007 Actividades auxiliares y complementarias del transporte
77 209 008 Explotación del tráfico aéreo
77 209 009 Explotación de las matriculaciones de vehículos
210 Otros servicios empresariales, personales y comunitarios
Núm. actividad Denominación
12 210 001 Actividades náuticas de recreo
211 Sector exterior
Núm. actividad Denominación
77 211 001 Explotación del fichero de comercio exterior
77 211 002 Índice de volumen unitario en el comercio exterior (IVU)
212 Sector financiero
Núm. actividad Denominación
77 212 001 Hipotecas
213 Sector público
Núm. actividad Denominación
13 213 001 Gasto público en educación
14 213 003 Inventario de entes públicos
14 213 004 Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
14 213 005 Cuenta General de la Administración
16 213 006 Personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y personal al servicio de entidades públicas empresariales
16 213 007 Explotación estadística del Registro de Personal de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
16 213 008 Explotación estadística del Registro de Entradas y Salidas de la Administración de la Comunidad Autónoma
16 213 009 Información del Gobierno 012
16 213 010 Quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de los servicios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma
14 213 011 Endeudamiento de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
19 213 002 Resumen de recaudación
214 Precios y salarios
Núm. actividad Denominación
77 214 001 Explotación de la Encuesta de estructura salarial
77 214 002 Explotación de la Encuesta anual de coste laboral
77 214 003 Explotación de la Encuesta trimestral de coste laboral (ETCL)
215 Investigación, desarrollo e innovación (I+D+I)
Núm. actividad Denominación
19 215 001 Equipamiento y uso de las TIC en las pequeñas y medianas empresas de las Illes Balears
13 215 002 Directorio de empresas que potencialmente llevan a cabo actividades de I+D+I en las Illes Balears
77 215 003 Explotación de la estadística sobre actividades en I+D
77 215 004 Explotación de la Encuesta sobre innovación tecnológica en las empresas
77 215 005 Explotación de la Encuesta sobre el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en las empresas
216 Empresas
Núm. actividad Denominación
77 216 005 Directorio de empresas
77 216 018 Indicadores de confianza empresarial (ICE)
77 216 019 Demografía empresarial (empresas de alta en la Seguridad Social)
250 Otras áreas económicas
Núm. actividad Denominación
77 250 001 Explotación de la Encuesta anual de servicios
77 250 002 Explotación del indicador de actividad del sector de servicios
19 250 003 Coste de insularidad
SOCIEDAD
301 Salud
Núm. actividad Denominación
16 301 001 Incidentes gestionados por el 112 - Asistencia sanitaria
18 301 002 Estadística de centros sanitarios de atención especializada
18 301 004 Censo de establecimientos farmacéuticos
18 301 005 Encuesta de salud de las Illes Balears
18 301 006 Interrupciones voluntarias del embarazo
18 301 007 Control sanitario de las aguas de consumo humano
18 301 008 Control sanitario de las aguas de baño del litoral
18 301 009 Vigilancia de enfermedades de declaración obligatoria (EDO)
18 301 010 Sistema de información permanente sobre adicción a drogas
18 301 012 Sistema de identificación de desigualdades en salud
18 301 013 Censo de establecimientos alimentarios
18 301 014 Control sanitario de animales sacrificados en mataderos destinados al consumo humano
77 301 015 Explotación de la Encuesta de morbilidad hospitalaria
18 301 017 Sistema de información sobre sida y VIH
18 301 018 Encuesta sobre el uso de drogas en enseñanzas secundarias
18 301 019 Encuesta domiciliaria sobre alcohol y drogas
302 Mercado de trabajo
Núm. actividad Denominación
13 302 015 Colocaciones gestionadas por el SOIB
13 302 022 Beneficiarios de acciones de información y orientación laboral
13 302 023 Formación para el empleo
19 302 002 Contratos registrados en el SOIB
19 302 003 Demandantes inscritos en las oficinas del SOIB
19 302 004 Anuario estadístico municipal de las Illes Balears (principales indicadores sociolaborales)
19 302 005 Nota mensual de coyuntura laboral en las Illes Balears
19 302 006 Nota trimestral de coyuntura laboral en las Illes Balears
19 302 008 Informe anual sobre el mercado de trabajo en las Illes Balears
19 302 014 Empresas cooperativas
19 302 017 Accidentes laborales registrados en las Illes Balears
19 302 018 Convenios colectivos
19 302 019 Expedientes de regulación del empleo
19 302 020 Infracciones laborales instruidas
19 302 026 Sociedades laborales constituidas
19 302 029 Elecciones sindicales en las Illes Balears
19 302 031 Huelgas registradas
19 302 032 Contratos de puesta a disposición por las empresas de trabajo temporal
77 302 033 Explotación de la Encuesta de población activa (EPA)
77 302 037 Explotación de ficheros de afiliados a la Seguridad Social
77 302 039 Análisis territorial del mercado de trabajo
19 302 040 Inspecciones por riesgos laborales
303 Educación y formación
Núm. actividad Denominación
13 303 001 Estadística de las enseñanzas no universitarias
13 303 003 Indicadores del sistema educativo
13 303 005 Informe de los resultados de la evaluación final de los alumnos
13 303 007 Indicadores de convivencia escolar
13 303 008 Explotación del sistema integrado de gestión de personal docente
13 303 009 Explotación del sistema de gestión académica de los centros (GestIB)
16 303 010 Programa de cursos dirigidos a las administraciones públicas
13 303 014 Alumnos matriculados en estudios universitarios
13 303 015 Alumnos que no acaban los estudios obligatorios
304 Cultura y ocio
Núm. actividad Denominación
13 304 001 Encuesta de hábitos lectores en las Illes Balears
13 304 002 Estadística de museos y colecciones museográficas
13 304 003 Estadística de financiación y gasto público en cultura
305 Deportes
Núm. actividad Denominación
12 305 001 Instalaciones deportivas
12 305 003 Entidades deportivas de las Illes Balears
12 305 005 Programas de tecnificación deportiva
12 305 006 Plan de Formación Deportiva de la Fundación para el Deporte Balear
306 Nivel, calidad y condiciones de vida
Núm. actividad Denominación
77 306 001 Explotación de la Encuesta de condiciones de vida (ECV)
77 306 002 Explotación de la Encuesta de presupuestos familiares (EPF)
309 Seguridad ciudadana
Núm. actividad Denominación
16 309 001 Incidentes gestionados por el 112 - Seguridad ciudadana
16 309 002 Incidentes gestionados por el 112 - Seguridad en el tráfico
310 Datos electorales y participación ciudadana
Núm. actividad Denominación
77 310 001 Datos electorales
77 310 002 Referéndums
311 Bienestar y protección social
Núm. actividad Denominación
17 311 001 Pensiones no contributivas en las Illes Balears
17 311 002 Servicios sociales comunitarios básicos
17 311 007 Explotación del Registro de Órdenes de Protección
17 311 008 Explotación del Registro de Centros de Acogida de Mujeres Víctimas de Violencia de Género
17 311 010 Sistema de información para la autonomía y atención a la dependencia
17 311 014 Explotación de la base de datos del Centro Base (grado de discapacidad)
17 311 015 Fondo de asistencia social (FAS, prestaciones no contributivas)
17 311 016 Explotación de la base de datos LISMI (pensión no contributiva)
17 311 017 Tarjeta Básica
17 311 018 Ayuda de complemento de alquiler
17 311 021 Explotación del Registro de Parejas Estables
17 311 024 Explotación de la base de datos de atención temprana (0-6 años)
17 311 026 Gestión de expedientes de menores (GEXMEN)
17 311 028 Explotación de la base datos del programa “Alter”
17 311 030 Explotación de la base de datos del programa “Atura’t”
17 311 031 Explotación del Registro de Mediación Familiar
17 311 032 Explotación de la base de datos del programa de violencia familiar
17 311 033 Explotación del Registro del Plan de Prestaciones Básicas
17 311 034 Renta mínima de inserción
17 311 035 Explotación del Registro de Centros y Entidades de Servicios Sociales
17 311 036 Títulos de familias numerosas
17 311 037 Observatorio de Personas Mayores
77 311 038 Explotación del fichero de pensionistas
17 311 039 Explotación del Registro Unificado de Maltrato Infantil (RUMI)
17 311 040 Punto de encuentro familiar
17 311 042 Programa de mediación familiar
312 Sociedad de la información
Núm. actividad Denominación
77 312 002 Explotación de la encuesta sobre equipamiento y uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los hogares
313 Medios de comunicación
Núm. actividad Denominación
11 313 001 Directorio de medios de comunicación
350 Otros sociedad
Núm. actividad Denominación
11 350 001 Directorio de asociaciones de las Illes Balears
11 350 002 Directorio único de fundaciones de las Illes Balears
11 350 003 Directorio de colegios profesionales de las Illes Balears
TERRITORIO Y MEDIO AMBIENTE
401 Entorno físico
Núm. actividad Denominación
16 401 001 Incidentes gestionados por el 112 - Fuego, salvamento y rescate
15 401 002 Especies catalogadas presentes en las Illes Balears
15 401 003 Árboles singulares catalogados
15 401 004 Encallamiento de cetáceos y tortugas marinas
15 401 005 Autorizaciones de captura o recogida de especies protegidas
403 Medio ambiente (agua, residuos, contaminación)
Núm. actividad Denominación
15 403 001 Calidad del aire ambiente en las Illes Balears
15 403 002 Inventario de emisiones a la atmósfera
15 403 004 Actividades potencialmente contaminantes del suelo
15 403 006 Residuos peligrosos
15 403 007 Directorio de productores, gestores y transportistas de residuos
15 403 008 Censo de pozos
15 403 009 Consumo de agua
15 403 010 Reservas hídricas
15 403 011 Desalinización de aguas
15 403 012 Vertidos de aguas residuales
15 403 013 Concesiones de aguas depuradas para riego
15 403 014 Aguas depuradas
406 Recursos forestales
Núm. actividad Denominación
15 406 001 Aprovechamientos forestales
15 406 002 Material forestal de reproducción
15 406 003 Repoblaciones forestales
15 406 004 Incendios forestales
15 406 005 Superficie forestal
450 Otros medioambientales
Núm. actividad Denominación
15 450 001 Suministro de productos estadísticos de carácter cartográfico y geográfico
950 Otros
Núm. actividad Denominación
16 950 001 Incidentes gestionados por el 112 - Ordenanzas municipales
ANEXO 3
Relación de operaciones estadísticas integradas en el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017 ordenadas por órgano responsable
11 Consejería de Presidencia
Núm. de actividad Denominación
11 350 001 Directorio de asociaciones de las Illes Balears
11 350 002 Directorio único de fundaciones de las Illes Balears
11 350 003 Directorio de colegios profesionales de las Illes Balears
11 313 001 Directorio de medios de comunicación
12 Consejería de Turismo y Deportes
Núm. actividad Denominación
12 208 001 El turismo en las Illes Balears (datos informativos-anuario)
12 208 009 Explotación anual de los datos de Mallorca del Catálogo de hotelería
12 209 003 Transporte marítimo de viajeros y mercancías
12 210 001 Actividades náuticas de recreo
12 305 001 Instalaciones deportivas
12 305 003 Entidades deportivas de las Illes Balears
12 305 005 Programas de tecnificación deportiva
12 305 006 Plan de Formación Deportiva de la Fundación para el Deporte Balear
13 Consejería de Educación, Cultura y Universidades
Núm. de actividad Denominación
13 213 001 Gasto público en educación
13 215 002 Directorio de empresas que potencialmente llevan a cabo actividades de I+D+I en las Illes Balears
13 302 015 Colocaciones gestionadas por el SOIB
13 302 022 Beneficiarios de acciones de información y orientación laboral
13 302 023 Formación para el empleo
13 303 001 Estadística de las enseñanzas no universitarias
13 303 003 Indicadores del sistema educativo
13 303 005 Informe de los resultados de la evaluación final de los alumnos
13 303 007 Indicadores de convivencia escolar
13 303 008 Explotación del sistema integrado de gestión de personal docente
13 303 009 Explotación del sistema de gestión académica de los centros (GestIB)
13 303 014 Alumnos matriculados en estudios universitarios
13 303 015 Alumnos que no acaban los estudios obligatorios
13 304 001 Encuesta de hábitos lectores en las Illes Balears
13 304 002 Estadística de museos y colecciones museográficas
13 304 003 Estadística de financiación y gasto público en cultura
14 Consejería de Hacienda y Presupuestos
Núm. de actividad Denominación
14 213 003 Inventario de entes públicos
14 213 004 Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
14 213 005 Cuenta General de la Administración
14 213 011 Endeudamiento de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
15 Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Territorio
Núm. de actividad Denominación
15 201 009 Macromagnitudes de la pesca
15 202 002 Directorio de explotaciones de ganado vacuno de las Illes Balears
15 202 003 Directorio de explotaciones de ganado ovino y ganado caprino de las Illes Balears
15 202 004 Directorio de explotaciones de porcino de las Illes Balears
15 202 005 Efectivos de rebaño vacuno
15 202 006 Efectivos de rebaño ovino y caprino
15 202 007 Encuesta de rebaño porcino
15 202 008 Encuesta de salas de incubación
15 202 009 Directorio de mataderos
15 202 010 Encuesta mensual de sacrificio de ganado en mataderos
15 202 011 Evaluación anual del movimiento comercial pecuario
15 202 012 Producción anual de huevos, miel y otros productos ganaderos menores
15 202 013 Superficies y producciones de los cultivos
15 202 014 Precios medios de la tierra de uso agrario
15 202 015 Canon anual de alquiler rústico
15 202 016 Precios medios recibidos por los agricultores
15 202 017 Precios medios pagados por los agricultores
15 202 019 Observatorio de Precios de las Illes Balears
15 202 020 Capturas de pesca marítima
15 202 021 Flota pesquera de las Illes Balears
15 205 001 Explotación del Registro de Demandantes de Viviendas de Protección Oficial
15 209 001 Inspección de transporte terrestre
15 209 002 Transporte público de viajeros en tren, autobús y metro
15 209 004 Sanciones en materia de transporte terrestre
15 209 005 Transporte autorizado de viajeros
15 209 006 Transporte de mercancías
15 209 007 Actividades auxiliares y complementarias del transporte
15 401 002 Especies catalogadas presentes en las Illes Balears
15 401 003 Árboles singulares catalogados
15 401 004 Encallamiento de cetáceos y tortugas marinas
15 401 005 Autorizaciones de captura o recogida de especies protegidas
15 403 001 Calidad del aire ambiente en las Illes Balears
15 403 002 Inventario de emisiones a la atmósfera
15 403 004 Actividades potencialmente contaminantes del suelo
15 403 006 Residuos peligrosos
15 403 007 Directorio de productores, gestores y transportistas de residuos
15 403 008 Censo de pozos
15 403 009 Consumo de agua
15 403 010 Reservas hídricas
15 403 011 Desalinización de aguas
15 403 012 Vertidos de aguas residuales
15 403 013 Concesiones de aguas depuradas para riego
15 403 014 Aguas depuradas
15 406 001 Aprovechamientos forestales
15 406 002 Material forestal de reproducción
15 406 003 Repoblaciones forestales
15 406 004 Incendios forestales
15 406 005 Superficie forestal
15 450 001 Suministro de productos estadísticos de carácter cartográfico y geográfico
16 Consejería de Administraciones Públicas
Núm. de actividad Denominación
16 213 006 Personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y personal al servicio de entidades públicas empresariales
16 213 007 Explotación estadística del Registro de Personal de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
16 213 008 Explotación estadística del Registro de Entradas y Salidas de la Administración de la Comunidad Autónoma
16 213 009 Información del Gobierno 012
16 213 010 Quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de los servicios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma
16 301 001 Incidentes gestionados por el 112 - Asistencia sanitaria
16 303 010 Programa de cursos dirigidos a las administraciones públicas
16 309 001 Incidentes gestionados por el 112 - Seguridad ciudadana
16 309 002 Incidentes gestionados por el 112 - Seguridad en el tráfico
16 401 001 Incidentes gestionados por el 112 - Fuego, salvamento y rescate
16 950 001 Incidentes gestionados por el 112 - Ordenanzas municipales
17 Consejería de Familia y Servicios Sociales
Núm. de actividad Denominación
17 311 001 Pensiones no contributivas en las Illes Balears
17 311 002 Servicios sociales comunitarios básicos
17 311 007 Explotación del Registro de Órdenes de Protección
17 311 008 Explotación del Registro de Centros de Acogida de Mujeres Víctimas de Violencia de Género
17 311 010 Sistema de información para la autonomía y atención a la dependencia
17 311 014 Explotación de la base de datos del Centro Base (grado de discapacidad)
17 311 015 Fondo de asistencia social (FAS, prestaciones no contributivas)
17 311 016 Explotación de la base de datos LISMI (pensión no contributiva)
17 311 017 Tarjeta Básica
17 311 018 Ayuda de complemento de alquiler
17 311 021 Explotación del Registro de Parejas Estables
17 311 024 Explotación de la base de datos de atención temprana (0-6 años)
17 311 026 Gestión de expedientes de menores (GEXMEN)
17 311 028 Explotación de la base datos del programa “Alter”
17 311 030 Explotación de la base de datos del programa “Atura’t”
17 311 031 Explotación del Registro de Mediación Familiar
17 311 032 Explotación de la base de datos del programa de violencia familiar
17 311 033 Explotación del Registro del Plan de Prestaciones Básicas
17 311 034 Renta mínima de inserción
17 311 035 Explotación del Registro de Centros y Entidades de Servicios Sociales
17 311 036 Títulos de familias numerosas
17 311 037 Observatorio de Personas Mayores
17 311 039 Explotación del Registro Unificado de Maltrato Infantil (RUMI)
17 311 040 Punto de encuentro familiar
17 311 042 Programa de mediación familiar
18 Consejería de Salud
Núm. de actividad Denominación
18 301 002 Estadística de centros sanitarios de atención especializada
18 301 004 Censo de establecimientos farmacéuticos
18 301 005 Encuesta de salud de las Illes Balears
18 301 006 Interrupciones voluntarias del embarazo
18 301 007 Control sanitario de las aguas de consumo humano
18 301 008 Control sanitario de las aguas de baño del litoral
18 301 009 Vigilancia de enfermedades de declaración obligatoria (EDO)
18 301 010 Sistema de información permanente sobre adicción a drogas
18 301 012 Sistema de identificación de desigualdades en salud
18 301 013 Censo de establecimientos alimentarios
18 301 014 Control sanitario de animales sacrificados en mataderos destinados al consumo humano
18 301 017 Sistema de información sobre sida y VIH
18 301 018 Encuesta sobre el uso de drogas en enseñanzas secundarias
18 301 019 Encuesta domiciliaria sobre alcohol y drogas
19 Consejería de Economía y Competitividad
Núm. de actividad Denominación
19 201 001 Revista de coyuntura económica
19 201 002 Momento económico de las Illes Balears
19 201 004 Indicadores sintéticos de la economía balear
19 204 004 Energía eléctrica en las Illes Balears
19 204 007 Balance energético de las Illes Balears
19 207 001 Directorio de ferias y mercados de las Illes Balears
19 213 002 Resumen de recaudación
19 215 001 Equipamiento y uso de las TIC en las pequeñas y medianas empresas de las Illes Balears
19 250 003 Costes de insularidad
19 302 002 Contratos registrados en el SOIB
19 302 003 Demandantes inscritos en las oficinas del SOIB
19 302 004 Anuario estadístico municipal de las Illes Balears (principales indicadores sociolaborales)
19 302 005 Nota mensual de coyuntura laboral en las Illes Balears
19 302 006 Nota trimestral de coyuntura laboral en las Illes Balears
19 302 008 Informe anual sobre el mercado de trabajo en las Illes Balears
19 302 014 Empresas cooperativas
19 302 017 Accidentes laborales registrados en las Illes Balears
19 302 018 Convenios colectivos
19 302 019 Expedientes de regulación del empleo
19 302 020 Infracciones laborales instruidas
19 302 026 Sociedades laborales constituidas
19 302 029 Elecciones sindicales en las Illes Balears
19 302 031 Huelgas registradas
19 302 032 Contratos de puesta a disposición por las empresas de trabajo temporal
19 302 040 Inspecciones por riesgos laborales
77 Instituto de Estadística de las Illes Balears (IBESTAT)
Núm. actividad Denominación
77 101 004 Explotación del censo de población 2011
77 102 001 Explotación del padrón de habitantes
77 102 002 Explotación de la estadística de migraciones
77 102 003 Explotación de la población residente en entidades singulares y núcleos
77 102 005 Nombres y apellidos más frecuentes de la población
77 102 006 Explotación del padrón de españoles inscritos en las Baleares residentes en el extranjero (PERE Baleares)
77 103 001 Depuración y explotación del Registro de Defunciones
77 103 002 Depuración y explotación del fichero de matrimonios
77 103 003 Depuración y explotación del fichero de partos
77 103 004 Nombres más frecuentes de los neonatos
77 103 005 Tablas de mortalidad
77 106 001 Índice de presión humana (IPH)
77 201 013 Contabilidad anual de las Illes Balears
77 201 014 Contabilidad trimestral de las Illes Balears
77 203 014 Explotación de la Encuesta industrial de empresas
77 203 015 Explotación de la Encuesta industrial anual de productos
77 203 016 Explotación del índice de precios industriales (IPRI)
77 203 017 Índice de producción industrial (IPI)
77 204 008 Producción y demanda de energía eléctrica
77 206 001 Estadística de visados de obra
77 206 002 Estadística de construcción de edificios (licencias de obra)
77 207 006 Explotación del índice de comercio al por menor
77 208 002 Flujo de turistas en las Illes Balears
77 208 004 Estudio del gasto turístico en las Illes Balears
77 208 012 Encuesta de ocupación en apartamentos turísticos
77 208 013 Encuesta de ocupación hotelera
77 208 014 Explotación del índice de precios de apartamentos turísticos (IPAP)
77 208 015 Explotación de los indicadores de rentabilidad del sector hotelero
77 209 008 Explotación del tráfico aéreo
77 209 009 Explotación de las matriculaciones de vehículos
77 211 001 Explotación del fichero de comercio exterior
77 211 002 Índice de volumen unitario en el comercio exterior (IVU)
77 212 001 Hipotecas
77 214 001 Explotación de la Encuesta de estructura salarial
77 214 002 Explotación de la Encuesta anual de coste laboral
77 214 003 Explotación de la Encuesta trimestral de coste laboral (ETCL)
77 215 003 Explotación de la estadística sobre actividades en I+D
77 215 004 Explotación de la Encuesta sobre innovación tecnológica en las empresas
77 215 005 Explotación de la Encuesta sobre el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en las empresas
77 216 005 Directorio de empresas
77 216 018 Indicadores de confianza empresarial (ICE)
77 216 019 Demografía empresarial (empresas de alta en la Seguridad Social)
77 250 001 Explotación de la Encuesta anual de servicios
77 250 002 Explotación del indicador de actividad del sector de servicios
77 301 015 Explotación de la Encuesta de morbilidad hospitalaria
77 302 033 Explotación de la Encuesta de población activa (EPA)
77 302 037 Explotación de ficheros de afiliados a la Seguridad Social
77 302 039 Análisis territorial del mercado de trabajo
77 306 001 Explotación de la Encuesta de condiciones de vida (ECV)
77 306 002 Explotación de la Encuesta de presupuestos familiares (EPF)
77 310 001 Datos electorales
77 310 002 Referéndums
77 311 038 Explotación del fichero de pensionistas
77 312 002 Explotación de la Encuesta sobre equipamiento y uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los hogares
ANEXO 4
Áreas y secciones temáticas
1. Las operaciones estadísticas contenidas en este Plan de Estadística se dividen en áreas y secciones temáticas.
2. Se entiende por área la agrupación coherente de materias en que se clasifican cada una de las actividades estadísticas según su naturaleza específica.
Esta agrupación se hace en cinco ramas temáticas o funcionales que dan lugar a las siguientes categorías:
I. Demografía
II. Economía
III. Sociedad
IV. Territorio y medio ambiente
V. Diversos
2.1 Corresponde a «Demografía» el estudio de todas las variables que afectan al cómputo de la población y de los fenómenos que origina.
2.2 Corresponde a «Economía» la cuantificación de las variables que inciden en la generación de riqueza, así como en su interrelación o distribución.
2.3 Corresponde a «Sociedad» el estudio de todas las variables socioeconómicas, asistenciales, de salud, laborales, educativas, formativas, culturales, políticas, etc., que inciden en el bienestar de las personas.
2.4 Corresponde a «Territorio y medio ambiente» el conocimiento cuantitativo de las características del entorno físico, así como de todos los elementos de la actividad humana que pueden incidir en él.
2.5 Finalmente, hay un campo destinado a otras actividades, como por ejemplo las publicaciones o la formación, que, además, incluye los casos especiales en los que no hay una coincidencia directa entre la actividad que se lleva a cabo y el conjunto de agrupaciones que se han establecido o afectan a varios sectores, como es el caso de las intersectoriales.
3. Las áreas se subdividen en secciones temáticas, que se señalan seguidamente a efectos de codificación:
Demografía
Código Denominación
101 Censos
102 Padrones
103 Movimiento natural de la población
104 Migraciones
105 Indicadores demográficos
106 Estimaciones de población
150 Otras áreas demográficas
Economía
Código Denominación
201 Cuentas económicas
202 Sector primario
203 Industria
204 Energía
205 Vivienda
206 Construcción
207 Comercio
208 Turismo
209 Transportes
210 Otros servicios empresariales, personales y comunitarios
211 Sector exterior
212 Sector financiero
213 Sector público
214 Precios y salarios
215 Investigación, desarrollo e innovación (I+D+I)
216 Empresas
217 Indicadores económicos
250 Otras áreas económicas
Sociedad
Código Denominación
301 Salud
302 Mercado de trabajo
303 Educación y formación
304 Cultura y ocio
305 Deportes
306 Nivel, calidad y condiciones de vida
307 Lengua
308 Justicia
309 Seguridad ciudadana
310 Datos electorales y participación ciudadana
311 Bienestar y protección social
312 Sociedad de la información
313 Medios de comunicación
314 Juventud
315 Indicadores sociales
316 Igualdad de oportunidades y no discriminación
350 Otras áreas sociales
Territorio y medio ambiente
Código Denominación
401 Entorno físico
402 Climatología
403 Medio ambiente (agua, residuos, contaminación, etc.)
404 Indicadores de sostenibilidad
405 Infraestructuras y patrimonio construido
406 Recursos forestales
450 Otras áreas medioambientales
Diversos
Código Denominación
901 Formación
902 Actividad intersectorial
950 Otros diversos
ANEXO 5
Elementos de garantía y clasificación de las actividades estadísticas
(ficha de inventario, conceptos y definiciones)
La ficha de inventario está integrada por los siguientes campos y configuración:
(Ver ficha de inventario al final del documento)
La ficha que integra los inventarios de actividades estadísticas se ha de elaborar de acuerdo con las definiciones que se establecen en este anexo.
A. Parte identificativa de la actividad
1. Número de la actividad o la operación.
El número de la actividad o la operación está integrado por seis dígitos que se ordenan de la manera siguiente: los tres primeros corresponden a la sección temática, tal como indica el anexo, y los tres últimos son un número ordinal específico para cada actividad estadística y se asignan de manera correlativa a partir de la sección temática a la que se vinculan.
2. Dígitos previos de la unidad responsable.
Los números de actividad o de operación van precedidos por otros dos dígitos complementarios que corresponden a la unidad estadística responsable y que coinciden genéricamente con la sección presupuestaria de la consejería, el departamento o la institución a la que se vincula la actividad. De acuerdo con la configuración del Gobierno en el momento en el que se aprueba el Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017, las secciones que se han usado son las siguientes:
Administración autonómica:
11 Consejería de Presidencia
12 Consejería de Turismo y Deportes
13 Consejería de Educación, Cultura y Universidades
14 Consejería de Hacienda y Presupuestos
15 Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Territorio
16 Consejería de Administraciones Públicas
17 Consejería de Familia y Servicios Sociales
18 Consejería de Salud
19 Consejería de Economía y Competitividad
77 Instituto de Estadística de las Illes Balears
Por otro lado, en la Administración insular se asignan los siguientes códigos:
31 Consejo Insular de Mallorca
32 Consejo Insular de Menorca
33 Consejo Insular de Ibiza
34 Consejo Insular de Formentera
En el caso de reestructuración del Gobierno o de que una actividad estadística se asigne a otro órgano responsable, se cambian los dos dígitos que preceden el número de actividad o de operación mencionado para adaptarse a la nueva titularidad sin que esto suponga alterar el número de actividad propiamente dicho. En el caso de constitución de otras unidades, el IBESTAT les asignará los dígitos correspondientes.
3. Denominación de la actividad.
Corresponde al título identificativo, mediante una frase concisa de la actividad estadística de que se trata. En el caso de una operación paralela en el ámbito estatal, siempre tiene que disponer de un elemento que la singularice y que, si es posible, indique el valor añadido.
4. Área y sección temática.
Corresponde a la definición y codificación temática proporcionadas en el anexo 4.
5. Órgano responsable.
Indica la unidad estadística que se hace cargo de la gestión de la actividad u operación estadística, con la denominación de la institución o el máximo órgano responsable (denominación de una consejería, un consejo insular, un ayuntamiento, etc.). Corresponde a los dígitos que preceden el número de la operación indicados en el punto 1.
6. Departamento.
El departamento indica para cada órgano responsable la dirección general, el departamento, empresa pública, entidad autónoma, etc. que asume la ejecución.
7. Objetivos o finalidades de la actividad.
Indica de manera sintética los principales objetivos o finalidades que se pretenden conseguir con la realización de esta actividad estadística.
B. Conceptos técnicos
1. Población o colectivo objeto de estudio.
Hace referencia al grupo de individuos, hogares, empresas, entidades, conjunto de fenómenos, etc., que generan la información objeto del estudio estadístico.
2. Tipo de actividad.
Identifica la naturaleza de la actividad estadística, e indica si se trata de una de las siguientes variables:
3. Fuentes de la actividad originaria.
Indica la procedencia originaria de la información y el método específico de obtención de los datos, con indicación de si son encuestas, fuentes administrativas, recopilaciones, mixtas u otras. Este apartado tiene una relevancia especial, sobre todo cuando se trata de explotación de ficheros estadísticos, dado que se trabaja con los microdatos de otras operaciones estadísticas en que hay que fijar el origen.
4. Organismos o unidades estadísticas de la Comunidad Autónoma que participan.
Se han de señalar los órganos o las unidades estadísticas de la Comunidad Autónoma que generan datos en origen necesarios para poder llevar a cabo la actividad estadística de referencia.
La inclusión en este apartado comporta la obligatoriedad de aportar los datos requeridos a la unidad estadística responsable de la actividad.
5. Otros organismos que participan.
Corresponde a los órganos externos al Sistema Estadístico de las Illes Balears que aportan datos necesarios para llevar a cabo la operación estadística.
6. Convenios de colaboración.
Hay que señalar los convenios o los instrumentos legales que regulan el intercambio de datos para llevar a cabo la operación.
7. Entidades privadas o particulares obligadas a colaborar.
Se ha de indicar el sujeto o colectivo obligado a responder.
8. Compensación.
Hay que detallar la compensación económica o en especie, si corresponde, a las personas o las entidades obligadas a prestar colaboración en el suministro de información.
9. Forma de recogida de los datos.
De entre las diversas maneras de recoger la información, se pueden mencionar las siguientes:
10. Periodicidad de recogida de los datos.
Se refiere a la periodicidad de la recogida de los datos estadísticos de los que se dispone, de acuerdo con las siguientes variables: diaria, semanal, quincenal, mensual, trimestral, semestral, anual, otras y no aplicable.
11. Almacenamiento de los datos.
Indica el soporte en el que se almacenan los datos y quien es la entidad responsable, de acuerdo con el desplegable que incorpora la aplicación del inventario.
12. Ámbito geográfico de la actividad.
Hace referencia al ámbito geográfico superior de la actividad estadística (autonómico, insular, municipal, etc.).
13. Nivel máximo de desagregación.
Hace referencia al nivel máximo de desagregación territorial del que se disponen datos fiables, aunque la difusión se haga a un nivel superior (autonómico, insular, supramunicipal, municipal, etc.).
14. Principales variables que contiene.
Es la descripción general de contenidos. Se han de indicar las principales variables que incluye atendiendo al cuestionario de la encuesta, los campos del registro, el índice de la publicación, etc.
15. Difusión (soporte).
Señala el soporte de emisión de los resultados de la operación que existe la obligación de difundir (web, publicación en papel, CD-ROM, etc.).
16. Periodicidad de la difusión.
Periodicidad en la que se lleva a cabo la difusión del dato.
17. Periodos disponibles.
Hace referencia a las anualidades desde las que se dispone de información en lo referente a la operación estadística en cuestión.
18. Alcance del secreto estadístico.
Hay que indicar si es procedente o no la aplicación del secreto estadístico y, en caso afirmativo, hay que señalar el alcance, es decir, el objeto de la protección de acuerdo con la normativa legal vigente, y las opciones que se mencionan.
19. Coste estimativo de la actividad.
La cuantificación de un coste asociado a la producción estadística que incluya todas las variables que inciden en su producción es difícil. Por ello, en el establecimiento de coste de la actividad sólo se han de tener en cuenta los elementos externos a la actividad administrativa regular. En este sentido, se han de computar sólo los gastos anuales que se deriven de la contratación específica con otras entidades o empresas externas para hacer posible la realización de las actividades estadísticas. Aun así, debe hacerse a partir de un baremo que califique el gasto de la manera siguiente:
20. Documento metodológico anexo.
Se ha de indicar si hay documento metodológico o no. En caso afirmativo, esto comporta el acceso mediante un enlace al documento en el inventario de operaciones estadísticas.
21 Incluido en el Plan.
Se ha de indicar si forma parte del Plan de Estadística de las Illes Balears 2014-2017.
22. Incluido en el Programa.
Se ha de indicar si tiene que formar parte del programa anual previsto para el ejercicio siguiente.
23. Estado.
Las actividades estadísticas se pueden encontrar en los siguientes estados:
24. Relación con operaciones estadísticas estatales.
Se ha de indicar si hay identidad en las variables objeto de estudio con alguna operación de carácter estatal especificada en el inventario de operaciones estadísticas de la Administración General del Estado. Se entiende que hay identidad cuando se han usado las mismas fuentes de datos y sistemas metodológicos. En este caso, se han de indicar la numeración de la operación estatal, la denominación y la unidad estatal responsable.
En el supuesto de que la ficha corresponda a un consejo insular, y exista una operación relacionada, además, con la Comunidad Autónoma, también se indicará del mismo modo duplicando los campos previstos para el caso estatal.
ANEXO 6
Elementos de garantía y clasificación de las actividades estadísticas
(documento metodológico)
El documento metodológico estará integrado por los siguientes campos y configuración:
(Ver documento metodológico al final del documento)
Los apartados que se han de rellenar y que se indican con (...) son de extensión indefinida para poder dar cabida a toda la información que se requiera respecto de las características técnicas de la operación.
Los campos que han de integrar los documentos metodológicos dependen de cada operación y de su naturaleza, pero básicamente han de indicar:
La parte identificativa (común con la ficha).
Los objetivos de la operación, con una introducción explicativa de la operación estadística.
La normativa que regula la operación (estadística o administrativa que la genera).
Las definiciones de los conceptos y usos de códigos territoriales y clasificaciones estándares.
El desarrollo estructural de los campos técnicos de la ficha:
El tratamiento estadístico de la información:
Otros elementos que se consideren pertinentes para entender la operación estadística.
El plan de difusión (periodicidad de la difusión, medios de difusión, etc.).
En el supuesto de que se lleve a cabo la explotación de un registro administrativo conviene tener en cuenta la transposición de los elementos que establece la normativa que regula el registro, aplicando los criterios y las pautas de actuación que se han determinado en el manual de explotación de registros administrativos confeccionado por el IBESTAT.
ANEXO 7
Calendario de difusión estadística
El calendario de difusión estadística está integrado por los siguientes campos y configuración:
(Ver calendario al final del documento)
Las operaciones estadísticas objeto de difusión en el calendario se agrupan por secciones temáticas que toman la forma de tablas. De este modo, se ha de establecer una cabecera donde se indicará el código y la denominación de la sección temática a la que haga referencia; seguidamente, hay doce casillas con el identificador de dos dígitos de cada mes. En las casillas inferiores se ha de indicar la denominación de cada operación estadística y las peculiaridades referentes a las fechas de difusión de los resultados.
Estas peculiaridades se corresponden a una serie de códigos de colores y abreviaturas para determinar la periodicidad de la difusión. Si procede, también se ha de señalar el día en que se han de hacer públicos los datos (primer nivel), el periodo al que hacen referencia (segundo nivel) y las características del dato (tercer nivel). De este modo, se establece el siguiente patrón:
Periodicidad de la difusión, código de colores:
Fecha de difusión:
Se indica en caso de que se establezca; si no, se entiende que se difundirá durante el periodo en que está marcado por el color en lo referente a la periodicidad de difusión. Se pueden establecer periodos de difusión superior al mes, a pesar de que se tienen que indicar coloreando el periodo afectado.
Periodo de referencia:
Características del dato: