Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 509727
Aprobación definitiva de la modificación de crédito MC 13/2024
El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión ordinaria de 18 de julio de 2024, aprobó inicialmente la modificación de crédito núm. 13/2024, y se publicó en el BOIB núm. 99 de 27 de julio de 2024.
De conformidad con lo que disponen los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, Reguladora de Bases de Régimen Local, y 169.3 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y transcurrido el plazo de exposición al público sin que se hayan presentado ninguna alegación ni reclamación a la modificación de crédito núm. 13/2024, por lo que queda aprobada definitivamente, transcribiéndose el acuerdo de modificación:
“PRIMERO.- Referente al estado de gastos o créditos iniciales del Presupuesto de gastos, las aplicaciones presupuestarias que han sufrido transferencias de crédito quedaran de la siguiente manera:
ESTADO DE GASTOS: Aumentos
Prog |
Econ. |
DESCRIPCIÓN |
Crédito ant |
Modificación |
Crédito final |
---|---|---|---|---|---|
4910 |
2270 6 |
ESTUDIOS Y TRABAJOS TÉCNICOS COMUNICACIÓN |
55.600,00 |
10.000,00 |
65.600,00 |
0110 |
3520 0 |
INTERESES DE DEMORA |
5.000,00 |
12.000,00 |
17.000,00 |
3420 |
2120 0 |
CONSERV I REPAR C FUTBOL |
10.000,0 0 |
6.000,00 |
16.000,00 |
|
|
TOTAL TRANSFERENCIAS POSITIVAS |
70.600,00 |
28.000,00 |
98.600,00 |
ESTAT DE GASTOS: Minoraciones
Prog |
Econ. |
DESCRIPCIÓN |
Crédito ant |
Modificación |
Crédito final |
---|---|---|---|---|---|
1620 |
2274 3 |
CONTRATO RECOGIDA Y LIMPIEZA |
2.074.690, 20 |
-22.000,00 |
2.052.690, 20 |
4310 |
2260 9 |
ACTIVIDADES COMERCIO |
10.000,00 |
-6.000,00 |
4.000,00 |
|
|
TOTAL TRANSFERENCIAS NEGATIVAS |
2.084.690, 20 |
-28.000,00 |
2.056.690, 20 |
SEGUNDO.- Que este expediente de modificación de créditos se exponga al público por el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES previo anuncio en el BOIB, y en el Tablón de Anuncios de esta Casa Consistorial, y una vez transcurrido el plazo, en caso de no presentarse ninguna reclamación contra el mismo, se considerará aprobado definitivamente. Todo esto de conformidad a lo que previenen los artículos 169-1, y 177-2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.”
Son Servera, documento firmado electrónicamente (20 de agosto de 2024
El alcalde Jaume Servera Lliteras)