Secció II. Autoritats i personal
Subsecció segona. Oposicions i concursos
ADMINISTRACIÓ DE LA COMUNITAT AUTÒNOMA
FUNDACIÓ BALEAR D'INNOVACIÓ I TECNOLOGIA (FUNDACIÓ BIT)
Núm. 524769
Bases específiques que regiran el procés selectiu per constituir una borsa per cobrir llocs de feina de la categoria de Facultatiu/va Tècnic/a TIC per prestar serveis d’administració de sistemes a la Fundació Balear d’Innovació i Tecnologia, Fundació Bit (referència FTTIC01-22 / 1)
Primera.- La selección se regirá por las indicaciones recogidas en la presente convocatoria y en la normativa de aplicación.
Segunda.- El trabajo que le corresponde es la administración de sistemas informáticos.
Se ofrece un contrato de duración determinada para substituir a una persona trabajadora o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción hasta su cobertura definitiva, grupo de clasificación B. Jornada completa, con el siguiente horario general, de lunes a viernes de 8:00h a 15:30h y con un régimen flexible de entrada y salida. También con condiciones laborales que favorecen la conciliación de la vida familiar y laboral y días de asuntos propios.
Tercera.- El proceso de selección se realizará mediante una oferta de ocupación pública con la publicación en el BOIB y los/las candidatos/as tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
Cuarta.- El proceso de selección se realizará por una Comisión de selección:
Cinquena.-.El proceso selectivo constará de 4 fases:
Fase 1-Presentación de candidaturas
Los/las aspirantes tendrán que aportar la documentación justificativa (original y fotocopia) en las oficinas de la Fundació Bit, calle Laura Bassi, s/n-Centro Empresarial Son Espanyol, Parc-Bit, en el horario de 09:00h a 13:00h. También se puede remitir mediante correo electrónico seleccion@fundaciobit.org o través de correo postal, en
ambos casos con copia cotejada de la titulación y del certificado del nivel de catalán. No serán admitidas en el proceso de selección las candidaturas que no se presenten en el plazo y en la forma antes descrita:
a) Solicitud de participación en el proceso (a disposición en la web de la Fundació Bit: https://www.fundaciobit.org/ y en las oficinas de la entidad)
b) Fotocopia del D.N.I. o en el caso de no tener la nacionalidad española, documento acreditativo de la personalidad (N.I.E. o tarjeta de residencia)
c) Curriculum Vitae
d) Certificación de la titulación universitaria de Ingeniería Técnica, Diplomatura, Grado de Ingeniería Informática o titulación equivalente
e) Nivel B2 de catalán. Se tiene que aportar certificado oficial expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o expedito u homologado por la Dirección General de Cultura y Juventud de la Consejería de Educación, Cultura y Universidad
Las personas interesadas en participar en la convocatoria disponen de 15 días naturales para presentar la solicitud contados a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Finalizado el plazo para presentar las solicitudes, se publicará una lista provisional de personas admitidas y excluidas con un plazo de 7 días naturales para enmendar las posibles omisiones y/o deficiencias.
La Comisión de selección emitirá la lista definitiva de personas admitidas y comenzará la siguiente fase. Sólo los/las candidatos/as que cumplan con los requisitos pasarán a la Fase 2.
Fase 2-Prueba de conocimientos
Prueba tipo test de 20 preguntas con 4 respuestas cada una. De cada pregunta solo una respuesta de las cuatro posibles será correcta. En el examen se preguntarán cuestiones extraídas del siguiente contenido:
Esta prueba tendrá una duración de 90 minutos. Cada pregunta tendrá una puntuación total de 0,25 puntos. Las preguntas mal contestadas restarán 0,083 puntos, redondeando al segundo decimal. Esta prueba tendrá una puntuación máxima de 5 puntos
Fase 3-Entrevista personal
Entrevista personal: Se valorarán las competencias específicas que se requieren para la realización del trabajo: tener capacidad de trabajar en equipo, capacidad de autoaprendizaje y rápida adaptabilidad en el nuevo entorno
Fase 4-Valoración de méritos
La valoración de los méritos se establecerá de la siguiente manera:
1-Prueba de conocimientos: Máximo de 5 puntos, según lo establecido en la descripción de la Fase 2.
2-Conocimientos de catalán: 0,3 puntos para el nivel C1; 0,5 puntos para el nivel C2.
3-Certificado de inglés nivel B2 o superior: 0,5 puntos. Acreditado mediante certificado, título, diploma o equivalente, expedido u homologado por Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI), de las universidades, de la EBAP, otras escuelas de administración pública, por Cambridge University (First Certificate in English), Trinity College London (Integrated Skills in English), Diplomado Universitario especialista en lengua inglesa (maestro u otros) o equivalente.
4-Experiencia laboral en administración de sistemas: (0,05 por cada mes de experiencia) hasta un máximo de 3 puntos. La experiencia laboral se justificará con un informe de vida laboral y el Curriculum Vitae donde se especificarán los proyectos y tecnologías que se han administrado, así como el tiempo que se ha trabajado en ellos y una declaración jurada de la veracidad de los datos.
5-Entrevista personal: Máximo de 1 punto.
Concluida la valoración de los méritos, la comisión de selección elaborará una lista provisional con las puntuaciones que han obtenido los/las aspirantes, con indicación del número del documento nacional de identidad y se abrirá un plazo de siete días naturales, desde el día siguiente de la publicación de la lista, para la presentación de las alegaciones.
La comisión de selección, los dos días hábiles siguientes, valorará las alegaciones y elaborará la lista definitiva que se elevará al Gerente para la resolución definitiva del proceso.
En el supuesto de que varios/as candidatos/as obtengan la misma puntuación, el criterio para establecer el orden de prelación de la puntuación final, será el siguiente:
Se conformará entonces una bolsa que se ordenará en función de la puntuación obtenida en el proceso. Se prevé una cuota de reserva para personas con discapacidad del 7%.
Cuando se produzca una vacante en la categoría se ofrecerá el puesto de trabajo a la primera persona de la lista. Las citaciones se realizarán mediante correo electrónico. Si en 48 horas no se consigue localizar al/la candidato/a se pasará a la persona siguiente por estricto orden de prelación.
Son causas de no exclusión de la bolsa de trabajo:
a) Estar en periodo de gestación, de maternidad o de paternidad, adopción o acogida permanente o pre-adoptivo, incluyendo el periodo en que sea procedente la concesión de excedencia para cuidado de hijos e hijas por cualquier de los supuestos anteriores.
b) Prestar servicios en un puesto de la relación de puestos de trabajo de la Administración del Estado, de la Administración de la CAIB o de cualquier ente del sector público de acuerdo con la delimitación que hace el artículo 2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la CAIB.
c) Sufrir enfermedad o incapacidad temporal.
Estas circunstancias tendrán que justificarse adecuadamente para que conste su situación de no disponibilidad que se mantendrá hasta que el/la interesado/a manifieste por escrito (en un plazo no superior a diez días) el cambio en su situación. La falta de comunicación en el plazo establecido determina pasar al último lugar de la lista.
Cuando una persona seleccionada mediante este sistema de bolsa cese en el puesto de trabajo, salvo que sea por renuncia voluntaria, se reincorporará nuevamente a la bolsa de trabajo con el mismo orden de prelación que tenía.
Los/las integrantes de la bolsa de trabajo pueden renunciar en cualquier momento a formar parte de la bolsa. Para renunciar tendrán que remitir escrito al departamento de Recursos Humanos de la Fundació Bit manifestando claramente la intención de no formar parte de la bolsa. La bolsa tiene una vigencia máxima de tres años desde que se publica en el B.O.I.B.
Toda la información del proceso de selección (listas provisionales, definitivas, ...) se publicará a través de la web de la Fundació Bit https://www.fundaciobit.org/ y en las oficinas de la Fundació Bit en el ParcBit.
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer ningún recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social, sin perjuicio que se pueda presentar una reclamación ante el órgano que dicta estas bases.
Los criterios selectivos han sido aprobados por el Gerente de la Fundació Bit.
Palma, en la fecha de la firma (15 de setembre de 2022)
El gerente Antoni J. Roig Cuart