Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 6964
Procediment ordinari 263/2018. Notificació
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia nº8/2020, de fecha 27 de enero de 2020, cuya parte dispositiva del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Don Onofre Perelló Alorda en nombre y representación de DON PIER PAOLO MAZZELA contra DOÑA ADRIANA SCHMIDT, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la referida demandada a abonar al actor la suma de VEINTE MIL QUINIENTOS EUROS (20.500 euros), más los intereses legales devengados por la referida cantidad desde la presentación de la demanda hasta su completo pago, incrementados en dos puntos porcentuales desde la fecha de la presente resolución. Todo ello con expresa condena de la parte demandada al pago de las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación (art. 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de ADRIANA SCHMIDT, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Palma, 29 de mayo de 2020
El letrado de la Administración de Justicia
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
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