Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS D' EIVISSA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 3 D'EIVISSA
Núm. 3650
Divorci contenciòs 626/2018
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
“En Ibiza 23 de septiembre de dos mil diecinueve.
Vistos por mi, OFELIA NACHE SALMERON, juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Ibiza y su partido, el presente juicio de divorcio nº 626/18 promovido por el procurador D. Jose Luis Marí Abellan en nombre y representación de D. LOIC MASSACRIER Y LOHARD, asistido por la letrada Dª Mercedes de Llera Lena, frente a Dª BANGON BANJONG, en rebeldía procesal, en nombre del rey he dictado la siguiente SENTENCIA….FALLO Que estimando la demanda presentada por la procuradora de los tribunales D. Jose Luis Marí Abellan en nombre y representación de D. LOIC MASSACRIER Y LOHARD frente a Dª BANGON BANJONG, debo decretar y decreto la disolución por DIVORCIO del matrimonio formado por ambas partes con sus efectos inherentes sin hacer pronunciamiento sobre las costas.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.
Firme que sea esta resolución remítase oficio al Registro Civil para su inscripción correspondiente.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”
Y como consecuencia del ignorado paradero de BANGON BANJONG, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Eivissa, 28 de febrero de 2020
La letrado de la Administración de Justicia