Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS D' INCA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 2 D'INCA
Núm. 4601
Judici verbal 754/2018
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA En Inca, a 15 de abril de 2020. Vistos por mí, Sr.D. SALVATORE TORRISI FURNARI, Magistrado Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de esta Ciudad y su Partido, los autos del juicio verbal con el número 754/2018 seguidos a instancia de la entidad la BANCO SABADELL S.A., representada por el Procurador Don ANTONIO COMPANY-CHACOPINO ALEMANY y asistida por la Letrada Doña Rocío Vázquez López, frente a Don MOHAMED ABBOU, representado por la Procuradora Doña Juana Isabel Bennassar Piña, y asistida por la letrada Doña María Pons Salva, y frente a IGNORADOS OCUPANTES de la finca sita en la C/ Sant Bartomeu n.º 51 1º 1ª de Inca, declarados en rebeldía procesal, sobre desahucio por precario, procede a dictar la presente Sentencia, en base a los siguientes. FALLO Estimo la demanda interpuesta por la entidad la BANCO SABADELL S.A., representada por el Procurador Don ANTONIO COMPANY-CHACOPINO ALEMANY y asistida por la Letrada Doña Rocío Vázquez López, frente a Don MOHAMED ABBOU, representado por la Procuradora Doña Juana Isabel Bennassar Piña, y asistida por la letrada Doña Maria Pons Salva, y frente a IGNORADOS OCUPANTES, declarados en rebeldía procesal. Condeno a los demandados a desalojar la finca sita en la C/ Sant Bartomeu n.º 51 1º 1ª de Inca, inscrita en el Registro de la Propiedad de Inca n.°1, al tomo 4142, libro 724, folio 142, finca registral 19179, dejándola libre, vacua y expedita a disposición de la actora dentro del plazo que se fije en ejecución de sentencia, bajo apercibimiento de su lanzamiento en caso de no hacerlo. Con imposición de costas a la parte demandada. Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio y firmo
Y como consecuencia del ignorado paradero de IGNORADOS OCUPANTES DE LA FINCA SITA EN CALLE SAN BARTOLOME 51 1 1 DE INCA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación
Inca, 4 de junio de 2020
La letrado de la Administración de Justicia