Torna

BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE CIUTADELLA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE CIUTADELLA

Núm. 3963
Procediment ordinari 459/2019

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

Dª NURIA AZPIROZ CANUT, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de CIUTADELLA DE MENORCA, HAGO SABER:

Que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirán que adaptado a la instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia relativa a la publicación de edictos en Diarios y Boletines Oficiales y protección de datos dice:

RESOLUCIÓN: DECRETO DE SUSPENSION DE JUICIO Y NUEVO SEÑALAMIENTO PARA EL DÍA 13 de octubre 2020, a las 09:40 horas, que se celebrarán en la sede de este Juzgado, desplazado a estos efectos a los Juzgados de Maó.

PROCEDIMIENTO: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 459/19

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 de CIUTADELLA DE MENORCA

ENTIDADES A QUIEN SE NOTIFICA: DELTA SERVICIOS INTEGRALES 2022 SLU

PLAZO DE INTERPOSICIÓN DE RECURSO: tres días hábiles desde la fecha de su publicación ante este Juzgado.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DELTA SERVICIOS INTEGRALES 2022 SLU, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de les ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

Ciutadella, 11 de mayo de 2020

La letrado de la Administración de Justicia

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.