Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 3824
Sancions 1018/2016
Dª MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento SANCIONES 1018 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/ YABAL SAMB contra ROYAL CUPIDO SL sobre SANCIÓN, se ha dictado la siguiente resolución DECRETO Nº 102/18:
“ DECRETO
Letrado de la Administración de Justicia Dª MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA.
En PALMA DE MALLORCA, a diecinueve de febrero de dos mil dieciocho.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- YABAL SAMB presentó demanda frente a ROYAL CUPIDO SL, incoándose el procedimiento SANCIONES 1018 /2016.
SEGUNDO.- La parte actora ha presentado escrito desistiendo de su demanda - Por comparecencia efectuada, la parte actora ha desistido de su demanda.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- No habiendo comparecido el actor pese a estar debidamente citado y si compareciendo la parte demandada dejando constancia mediante acta unida a los presentes autos, procede tener al demandante por desistido de su demanda (Art. 20.2º LEC)
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: Tener por desistido a YABAL SAMB de su demanda, y una vez firme esta resolución, se archivarán los autos.
Incorpórese el original al Libro de Decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta nº ES5500493569920005001274 del BANCO SANTANDER, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA”
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a YABAL SAMB ,en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de ISLAS BALEARES.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Palma, 13 de mayo de 2020
La letrada de la Administración de Justicia