Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS D' EIVISSA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 3 D'EIVISSA
Núm. 3651
Divorci contenciós 1196/2017
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado SENTENCIA cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
“En Ibiza 18 de noviembre de dos mil diecinueve.
Vistos por mi, OFELIA NACHE SALMERON, juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Ibiza y su partido, el presente juicio de divorcio nº 1196/17 promovido por el procurador D. Herminio Pérez Sánchez, en nombre y representación de Dª MARIA DOLORS PRAT IZQUIERDO, defendida por la letrada Dª Eva María Montero Fernández, frente a D. JUAN ANTONIO ESCANDELL RIERA, en rebeldía procesal, en nombre del rey he dictado la siguiente SENTENCIA…FALLO Que estimando la demanda presentada por el procurador de los tribunales D. Herminio Pérez Sánchez, en nombre y representación de Dª MARIA DOLORS PRAT IZQUIERDO, frente a D. JUAN ANTONIO ESCANDELL RIERA, debo decretar y decreto la disolución por DIVORCIO del matrimonio formado por ambas partes con sus efectos inherentes sin hacer pronunciamiento sobre las costas.
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.
Firme que sea esta resolución remítase oficio al Registro Civil para su inscripción.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”
Y como consecuencia del ignorado paradero de JUAN ANTONIO ESCANDELL RIERA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Eivissa, 28 de febrero de 2020
La letrado de la Administración de Justicia