Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 19 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1061
Procediment ordinari 1086/2018
En el presente procedimiento ordinario seguido a instancia de PROMONTORIA HOLDING 114 B.V. frente a JHONNY MAÑOSAS JIMENEZ, LUISA FERNANDA GIRALDO DONADO se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 19 PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00154/2019
ORD : 1.086 / 2.018
SENTENCIA nº 154 / 2.019
En Palma de Mallorca, a 11 de Septiembre de 2.019
Vistos por mí, SSª Dª Mª Teresa Olivera Sánchez del Campo, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 19 de Palma de Mallorca, los autos seguidos en este Juzgado y registrados bajo el número 1.086 / 2.018, siendo demandante la entidad Promontoria Holding 114 B.V, representado/ a por el / la Procurador / a de los Tribunales Dª María Elena Medina Cuadros, y asistida por el / la Letrado /a D. Pablo Subías Cuadros, y demandados Dª Luisa Fernanda Giraldo Donado, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Sara Truyols Álvarez Novoa, y asistida por el Letrado D. Fernando Morell Pou, y D. Johnny Mañosas Jiménez, en situación procesal de rebeldía.
Notifíquese a las partes y háganles saber que contra esta resolución cabe recurso de apelación, que en su caso se interpondrá en el plazo de 20 días ante este Juzgado y resolverá sobre él la Audiencia Provincial.
Conforme a la D.A. decimoquinta de la LOPJ, introducida por la LO 1/09 para el anuncio o la preparación o la interposición del recurso de apelación será precisa la consignación como depósito de 50 euros en la “Cuenta de Depósitos y Consignaciones” abierta a nombre del Juzgado en y acreditándolo documentalmente ante este Tribunal, aportando copia del resguardo de ingreso. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
Así lo acuerda, manda y firma SSª Dª Mª Teresa Olivera Sánchez del Campo, Magistrada – Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 19 de Palma de Mallorca.
Y encontrándose dicho demandado, JHONNY MAÑOSAS JIMENEZ, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Palma, 18 de septiembre de 2019
El/la letrado de la Administración de Justicia
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
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