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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS D' INCA

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 2 D'INCA

Núm. 404
Procediment ordinari 380/2016

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D./Dª. (dades personals ocultes) Letrado de la Administración de Justicia, del JDO.1A.INSTANCIA N.2 de INCA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento seguido a instancia de DESTILLERIES I CELLERS JORDI PERELLO S.L. frente a VINS INCA SL se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

S E N T E N C I A

En Inca, a 16 de julio de 2018.

Visto por la Ilma. Sra. Dña (dades personals ocultes) Jueza de Adscripción Territorial de Baleares, en funciones de refuerzo, del Juzgado de Primera Instancia número 2 de esta Ciudad, en juicio oral y público, los precedentes autos de procedimiento ordinario seguidos con el número 380/2016 a instancia de DESTIL.LERIES I CELLERS JORDI PERRELLÓ SL representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Catalina Amengual Pons, y como demandada VINS INCA SL, en rebeldía procesal, en virtud de las facultades que me han sido conferidas por la Constitución y las leyes y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia,

F A L L O

Se ESTIMA la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. Catalina Amengual Pons, en nombre y representación de DESTIL.LERIES I CELLERS JORDI PERRELLÓ SL, contra VINS INCA SL, en rebeldía procesal, con los siguientes pronunciamientos;

1.- DEBO CONDENAR Y CONDENO a la entidad VINS INCA SL a pagar a DESTIL.LERIES I CELLERS JORDI PERELLÓ SL la cantidad de 7.803,16 euros más los intereses legales correspondientes.

2.- De conformidad con lo previsto en el artículo 394.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se imponen las costas procesales a la parte demandada.

Esta resolución no es firme, frente a la misma se podrá interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes al de su notificación, ante este Juzgado.

 Y encontrándose dicho demandado, VINS INCA SL, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Inca, 25 de noviembre de 2019

El/la letrado/a de la Administración de Justicia

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.(dades personals ocultes)