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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE MANACOR

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 1 DE MANACOR

Núm. 12576
Procediment ordinari 175/2015

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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia 136/19 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

QUE ESTIMANDO LA DEMANDA formulada por el Procurador Dª. Barbará Sansó Ferrer en nombre y representación de Dª. HUND contra D. BOUJAMAA BOUMAIZ, DEBO DECRETAR Y DECRETO la disolución del matrimonio de los cónyuges con todos los efectos legales, acordando las siguientes medidas:

1.- Atribución de la guarda y custodia de los menores a Dª. Hind Chouikh, manteniendo la patria potestad compartida, si bien se atribuye el ejercicio exclusivo de las mismas (tramitación pasaporte, DNI, escolarización, etc) a la Sra. Chouikh.

2.- No se establece régimen de visitas a favor del progenitor no custodio.

3.- Fijación de una pensión de alimentos a cargo de D. Boujamaa Boumaiz y a favor de los menores de 400 euros al mes (200 euros para cada hijo), cantidad periódicamente actualizable según los incrementos que experimente el IPC publicado por el INE u organismo que lo sustituya, a pagar en los primeros siete días del mes, en la cuenta que designe la Sra. Chouikh.

Respecto a los gastos extraordinarios de la menor deberán ser abonados al cincuenta por ciento por ambos progenitores. Se incluyen dentro de tal concepto los gastos escolares, las clases de refuerzo y las actividades extraescolares.

No se hace expreso pronunciamiento en costas.

Comuníquese esta sentencia, firme que sea, a las oficinas del Registro Civil en que conste la inscripción del matrimonio de los sujetos del pleito.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia de Palma de Mallorca en el plazo de VEINTE DIAS a partir del siguiente al de la notificación.

Asi por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo

Y como consecuencia del ignorado paradero de BOUJAMAA BOUMAIX se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Manacor, 13 de diciembre de 2019

El/la letrada de la Administración de Justicia