Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 9 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 11013
Judici verbal (desnonament precari) 528/2018
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales Dª Miguel Socías Rosselló, en nombre y representación de Banco Santander, S.A., contra D. Alberto Ramírez Pardo, D. Manuel Ramírez Bautista y resto de ignorados ocupantes de inmueble sito en Pasaje Picos de Urbión nº4, 2º izquierda, de Palma, declarando la obligación de la parte demandada de desalojar la vivienda con apercibimiento de lanzamiento con expresa obligación de la parte demandada de estar y pasar por la declaración.
Condeno en costas a la parte demandada.
La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado y a resolver por la Audiencia Provincial de Islas Baleares, en el plazo de 20 días de conformidad con los artículos 455 y 458 LEC.
Con carácter previo a la interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros, en concepto de depósito, en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado existente en el Banco Santander.
Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma D. Sergio López Ruiz, Magistrado Juez titular en sustitución de la titular del Juzgado de Primera Instancia nº9 de Palma de Mallorca.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de IGNORADOS OCUPANTES DE LA FINCA SITA EN LA CALLE PINTOR ROMERO DE TORRES 25 4º A , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Palma, 1 de octubre de 2019
El/la letrado de la Administración de Justicia