Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 5740
Procediment ordinari 66/2018
Dª Mª BEGOÑA CORRAL ALONSO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 005 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 66/2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. CARLOS VALDEZ SERRUDO contra la empresa EDIJAT CONSTRUCCIONES CB, así como contra D. Javier Vicente Ortega Teruel y contra D. Abraham Ortega Teruel en calidad de comuneros, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
FALLO
QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO EN PARTE LA DEMANDA interpuesta por D. Carlos Valdez Serrudo contra la empresa Edijat Construcciones C.B. así como contra D. Javier Vicente Ortega Teruel y contra D. Abraham Ortega Teruel en calidad de comuneros, con citación del Fondo de Garantía Salarial condenando de forma solidaria a la empresa Edijat Construcciones C.B., a contra D. Javier Vicente Ortega Teruel y a D. Abraham Ortega Teruel a pagar al actor la cantidad de 723,76 €, suma que se incrementará en el interés por mora que establece el Art. 29.3 del Estatuto de los Trabajadores y cuyo importe asciende a 72,37 €.
Todo ello con absolución del Fondo de Garantía Salarial y sin perjuicio de las eventuales responsabilidades legales que a dicho Organismo pudieran corresponder.
Notifíquese la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno. Procédase al archivo de los presentes autos previa baja en el Libro correspondiente.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACION.- La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez que la suscribe hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a EDIJAT CONSTRUCCIONES CB, así como contra D. Javier Vicente Ortega Teruel y contra D. Abraham Ortega Teruel en calidad de comuneros, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de les Illes Balears.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a cinco de junio de dos mil diecinueve.
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA