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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS D' INCA

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 2 D'INCA

Núm. 3399
Procediment ordinari 111/2017

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA.-En Inca, a 12 de marzo de 2019.-El Sr. D. Salvatore Torrisi Furnari, Magistrado Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia número dos de esta Ciudad y su Partido, habiendo vistos los autos del juicio ordinario registrado con el número 111/2017, seguidos a instancia de Don JUAN ANDRÉS GELABERT MAYOL representado por el Procurador Don Pedro Puigdellivol Alou y asistido por el Letrado Don José J.Beltrán Solivellas, contra.--La entidad TÉCNICA Y OBRAS S.A., en rebeldía procesal;.--LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS DESCONOCIDAS y en ignorado paradero que ostenten o puedan ostentar, por cualquier título legítimo que traiga causa de la citada entidad TÉCNICA Y OBRAS S.A. los derechos de propiedad sobre la finca registral núm. 8.978 de Muro, en rebeldía procesal;.- -LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS DESCONOCIDAS y en ignorado paradero que ostenten o puedan ostentar, por cualquier título legítimo que traiga causa de la citada entidad TÉCNICA Y OBRAS S.A. los derechos de propiedad sobre la parcela de terreno/solar núm. 132 de la Urbanización “Las Gaviotas” de Muro (Centro de Interés Turístico Nacional Las Gaviotas), parte integrante de la finca registral núm. 8.978 de Muro, en rebeldía procesal;.--Doña FRANCISCA MASSANET ESTELRICH, Don MIGUEL CAPELLÁ MASSANET y Doña FRANCISCA CAPELLÁ MASSANET, representados por la Procuradora Doña María Mascaró Galmés y asistidos por el Letrado Don Pedro Planas Carnicero;.--AYUNTAMIENTO de MURO, representado por el Procurador Don Gabriel Tomas Gili y asistido por el Letrado Don Juan Payeras Ferrer;.--Don MIGUEL MAURICIO GELABERT MAYOL, en rebeldía procesal;.--Doña GUADALUPE MAYRATA OLIVARES, en rebeldía procesal;.--Doña MARÍA MAYRATA OLIVARES, en rebeldía procesal;.--Doña FRANCISCA RIERA NICOLAU, en rebeldía procesal;.--Doña JUANA MARÍA ROTGER DAVIU en rebeldía procesal,.-sobre segregación de finca y reanudación del tracto sucesivo, procede a dictar la presente Sentencia, en base a los siguientes.-

FALLO.-Acuerdo tener por allanadas a la demanda a Doña FRANCISCA MASSANET ESTELRICH, Don MIGUEL CAPELLÁ MASSANET, Doña FRANCISCA CAPELLÁ MASSANET y el AYUNTAMIENTO de MURO..-Estimo la demanda interpuesta por Don JUAN ANDRÉS GELABERT MAYOL representado por el Procurador Don Pedro Puigdellivol Alou y asistido por el Letrado Don José J. Beltrán Solivellas, contra.--La entidad TÉCNICA Y OBRAS S.A., en rebeldía procesal;.--LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS DESCONOCIDAS y en ignorado paradero que ostenten o puedan ostentar, por cualquier título legítimo que traiga causa de la citada entidad TÉCNICA Y OBRAS S.A, los derechos de propiedad sobre la finca registral núm. 8.978 de Muro, en rebeldía procesal;.--LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS DESCONOCIDAS y en ignorado paradero que ostenten o puedan ostentar, por cualquier título legítimo que traiga causa de la citada entidad TÉCNICA Y OBRAS S.A, los derechos de propiedad sobre la parcela de terreno/solar núm. 132 de la Urbanización “Las Gaviotas” de Muro (Centro de Interés Turístico Nacional Las Gaviotas), parte integrante tal parcela de la finca registral núm. 8.978 de Muro, en rebeldía procesal;.--Doña FRANCISCA MASSANET ESTELRICH, Don MIGUEL CAPELLÁ MASSANET y Doña FRANCISCA CAPELLÁ MASSANET, representados por la Procuradora Doña María Mascaró Galmés y asistidos por el Letrado Don Pedro Planas Carnicero, como parte allanada;.--AYUNTAMIENTO de MURO, representado por el Procurador Don Gabriel Tomas Gili y asistido por el Letrado Don Juan Payeras Ferrer, como parte allanada;.--Don MIGUEL MAURICIO GELABERT MAYOL, en rebeldía procesal;.--Doña GUADALUPE MAYRATA OLIVARES, en rebeldía procesal;..--Doña MARÍA MAYRATA OLIVARES, en rebeldía procesal;,.-Doña FRANCISCA RIERA NICOLAU, en rebeldía procesal;.--Doña JUANA MARÍA ROTGER DAVIU en rebeldía procesal..-Condeno a los demandados a estar y pasar por las siguientes declaraciones:.-1ª) La entidad TÉCNICA Y OBRAS S.A., con CIF A5001756 (actualmente número A28083254), o la persona física o jurídica desconocida que de ella traiga causa por legítimo título o la hubiere sustituido al respecto en legal forma en derechos y obligaciones en cuanto a la propiedad de la finca registral nº 8.978 de Muro, o bien sobre la concreta parcela de terreno-solar nº 132 litigioso, debe segregar de la finca registral matriz nº 8.978 de Muro, la parcela de terreno/solar señalada con el nº 132 del plano de parcelación del “Centro de Interés Turístico Nacional Las Gaviotas”, otorgando la correspondiente escritura pública a los fines de que la referida parcela pueda inscribirse como finca registral independiente en el Registro de la Propiedad, bajo apercibimiento de que, en caso de no otorgarse particularmente tal escritura pública de segregación, se otorgará de oficio por el Juzgado, en sustitución de aquélla - o de sus legítimos sucesores en cuando a dicha propiedad-, en trámite de ejecución de sentencia..-2ª) D. GABRIEL GELABERT COMPANY es propietario de la totalidad de la parcela de terreno/solar nº 132 de “Las Gaviotas” (Centro de Interés Turístico Nacional Las Gaviotas) del Término Municipal de Muro (Illes Balears) en virtud de las escrituras públicas de fechas 26.01.1996 (nº 115 de protocolo) y 24.05.2000 (nº 1.069 de protocolo), autorizadas por el notario de Muro que fue D. Francisco Javier Moreno Clar, por compraventa efectuada a D. MIGUEL CAPELLÁ MASSANET y a Dª. FRANCISCA MASSANET ESTELRICH respectivamente..-3ª) D. JUAN ANDRÉS GELABERT MAYOL es propietario del pleno dominio de la parcela de terreno-solar nº 132 de “Las Gaviotas” (Centro de Interés Turístico Nacional Las Gaviotas), del Término Municipal de Muro, por compra realizada a D. Gabriel Gelabert Company mediante escritura autorizada por el notario de Alcudia que fue D. José Periel Martín en fecha 24.01.2007 (nº 227 de protocolo)..-4º) Una vez otorgada escritura pública de segregación del solar nº 132 de “Las Gaviotas” de la finca matriz nº 8.978 de Muro, procede inscribir en el Registro de la Propiedad de Inca nº 1 el referido inmueble parcela de terreno-solar nº 132, en pleno dominio y libre de cargas y gravámenes, a nombre de su legítimo propietario D. Juan Andrés Gelabert Mayol, con cancelación de cualquier otra posible inscripción de dominio que acaso resulte contradictoria con ésta, con la siguiente descripción:.-URBANA: parcela de terreno para la edificación del lugar Las Gaviotas, hoy parcela número 132, del término de Muro; con una cabida según medición de 1.717 m2. Lindante: en el límite Norte, con la calle Creuer, en línea de 23.50 metros; en el límite lateral-Oeste, en una línea de 52.22 metros, con solar hoy 131, propiedad de Dª Guadalupe Mayrata Olivares y Dª María Mayrata Olivares (parte determinada n° uno de orden) y de Dª Francisca Riera Nicolau, (parte determinada n° dos de orden); por limite Este y Sureste, en una línea de 32.54 metros y otra de 24.93 metros, con solar hoy 133, propiedad de Dª Juana María Rotger Daviu; en los límites Sur y Suroeste, con espacio público libre, en una línea formada por tres partes de 26.84 metros, 24.46 euros y 7.07 metros.

Referencia catastral 9473110EE0097S0001XH..-Sin imposición de costas..-Contra esta Sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días hábiles siguientes al de su notificación..-Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS DESCONOCIDAS y en ignorado paradero que ostenten o puedan ostentar, por cualquier título legítimo que traiga causa de la citada entidad TÉCNICA Y OBRAS S.A. los derechos de propiedad sobre la finca registral núm. 8.978 de Muro, en rebeldía procesal; y -LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS DESCONOCIDAS y en ignorado paradero que ostenten o puedan ostentar, por cualquier título legítimo que traiga causa de la citada entidad TÉCNICA Y OBRAS S.A. los derechos de propiedad sobre la parcela de terreno/solar núm. 132 de la Urbanización “Las Gaviotas” de Muro (Centro de Interés Turístico Nacional Las Gaviotas), parte integrante de la finca registral núm. 8.978 de Muro, en rebeldía procesal, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En INCA, a uno de abril de dos mil diecinueve.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(dades personals ocultes)