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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE TARRAGONA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE TARRAGONA

Núm. 2022
Execució de títols judicials 56/2019

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

Angela Iribas Cabrera, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 1 de Tarragona.

En este Órgano judicial se tramita el procedimiento arriba indicado en el que se ha dictado auto despachando ejecución de fecha 05/03/2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“Dicto la orden general de ejecución de auto de extinción de la relación laboral firme dictado, en fecha 24/01/2019, por este Juzgado de lo Social en procedimiento de ejecución 196/2018 (dimanante de autos de despido 531/2017), y despacho de la misma a instancia de  Maria Dolores Triviño Gomez contra HOOGVELD SERVICIOS INDUSTRIALES, SL, CERVO INGENIERIA, SL, y HOOGVELD IBERIA, S.A., para cubrir la cantidad de 43.398,27 € de principal más 8.679,66 € presupuestados para asegurar el pago de los intereses que puedan devengarse durante la ejecución y el pago de las costas de ésta, sin perjuicio de ulterior liquidación y tasación (...)

Despacho la ejecución contra la parte ejecutada de forma solidaria (...)

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial en la forma prevista en el art. 553 LEC, junto con entrega de una copia de la demanda, por si fuera de su interés comparecer en el proceso ( art. 252 y 23 de la LRJS).

Modo de impugnación recurso de REPOSICIÓN ante la Magistrada, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de TRES días, contados desde el siguiente al de la notificación (…)

Lo acuerdo y firmo

La Magistrada”

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada HOOGVELD SERVICIOS INDUSTRIALES, SL, CERVO INGENIERIA, SL, y HOOGVELD IBERIA, S.A.,  y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) he acordado notificarles la anterior resolución por medio de este edicto.

La resolución que se notifica está a disposición de las personas interesadas en este Órgano judicial.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Y para que sirva de notificación en forma a HOOGVELD SERVICIOS INDUSTRIALES, SL, CERVO INGENIERIA, SL, y HOOGVELD IBERIA, S.A., parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconocen, expido y firmo el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona y de las Islas Baleares, y a quienes advierto de que las siguientes notificaciones se realizarán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta Oficina judicial, salvo aquéllas que revistan forma de auto, sentencia o decreto cuando ponga fin al proceso, todo ello de conformidad con lo establecido en el art. 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Tarragona, a 5 de marzo de 2019

La Letrada de la Administración de Justicia

Los interesados quedan informados de que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina Judicial, donde se conservarán con carácter de confidencial y únicamente para el cumplimiento de la labor que tiene encomendada, bajo la salvaguarda y responsabilidad de la misma, dónde serán tratados con la máxima diligencia.

Quedan informados de que los datos contenidos en estos documentos son reservados o confidenciales, que el uso que pueda hacerse de los mismos debe quedar exclusivamente circunscrito al ámbito del proceso, que queda prohibida su transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento y que deben ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de justicia, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que puedan derivarse de un uso ilegítimo de los mismos (Reglamento EU 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo y Ley Orgánica 3/2018, de 6 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales).