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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 14 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 12053
Judici verbal (desnonament precari) 534/2018

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D./Dª. MARIA DEL MAR GARCIA REVIRIEGO, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 14 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento JVH 534/18 seguido a instancia de BUILDINGCENTER, S.A.U frente a ROSARIO VALLS BOTIA y LOS IGNORADOS OCUPANTES DE LA VIVIENDA SITA EN LA C/PEDRO II, Nº 16, 5º, 1ª DE PALMA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA nº 188/2018

En Palma, a 16 de noviembre de 2018.

Vistos por Irene Partida Barreto, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Palma de Mallorca, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el número 534/2018 entre:

Demandante: La entidad BUILDINGCENTER S.A.U, representada por el procurador de los tribunales don Antonio Blasco Alabadi y asistida por la letrada doña Judit Ramilo Comesaña.

Demandados: Ignorados ocupantes de la vivienda sita en calle Pedro II nº 16, planta 5, puerta 1 de Palma, habiéndose personado doña Rosario Valls Botia, representada por el procurador de los tribunales don Antonio Ramón Roig y asistida por la letrada doña Inés Salva Garcías, habiendo sido declarados los restantes ignorados ocupantes en situación de rebeldía procesal.

Objeto: Desahucio por precario.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al en que se notifique esta resolución. No se admitirá a trámite el recurso si la parte al tiempo de interponerlo no acredita DOCUMENTALMENTE haber constituido el oportuno depósito para recurrir mediante la consignación del importe de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, la PRONUNCIO, MANDO Y FIRMO.

PUBLICACIÓN.- Esta sentencia fue leída y publicada estando S.Sª. celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y encontrándose los demandados, LOS RESTANTES IGNORADOS OCUPANTES DE LA VIVIENDA SITA EN LA C/PEDRO II, Nº 16, 5º, 1ª DE PALMA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a diecinueve de noviembre de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA