Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS D' INCA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 2 D'INCA
Núm. 12371
Procediment ordinari 560/2014 sobre altres matèries
Dña. ELIANA COMETTA GARCÍA, Letrado de la Administración de Justicia de JDO.1A.INSTANCIA N.2 de INCA,
HAGO SABER:
Que en el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Inca, se ha tramitado PROCEDIMIENTO ORDINARIO 560/2014, a instancia deMIGUEL CIRER GARAU contra IGNORADOS HEREDEROS DE NADAL CAMPINS COMPANY y HERENCIA YACENTE DE NADAL CAMPINS COMPANY (en adelante la HERENCIA), y a consecuencia del ignorado paradero de la parte demandada, y para que sirva de notificación a los mismos se extiende el presente edicto al que se adjuntan el encabezamiento y fallo de la Sentencia de fecha 14/02/2018 y el encabezamiento y parte dispositiva del auto aclaratorio de la misma de fecha 8/05/2018 y son los siguientes:
En la Ciudad de Inca a 14 de febrero de 2018.
El Ilmo. Sr. Ignacio Fernández de Senespleda, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Inca, en sustitución del Magistrado titular, pronuncia
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
Vistos por mí, los presentes autos de Procedimiento Ordinario, seguidos al número 560/2014 e instados por MIGUEL CIRERER GARAU (en adelante Sr. CIRERER), representados por el Procurador Sra. BENNASAR y asistido del Letrado Sr. CANALS, contra IGNORADOS HEREDEROS DE NADAL CAMPINS COMPANY y HERENCIA YACENTE DE NADAL CAMPINS COMPANY (en adelante la HERENCIA), declarada en rebeldía, y con los siguientes,
FALLO
Estimo la demanda formulada por MIGUEL CIRERER GARAU contra IGNORADOS HEREDEROS DE NADAL CAMPINS COMPANY y HERENCIA YACENTE DE NADAL CAMPINS COMPANY y, Declaro que el Sr. MIGUEL CIRERER GARAU ha adquirido por usucapión el pleno dominio de la finca registral nº 1.231, del tomo 365, libro 26 de Alaró, folio 160 del registro de la Propiedad nº2 de Inca, descrita como “Pieza de tierra, viña, llamada Cas Coix paleta y Cane Cochera, sita en el lugar de Consell término municipal de la villa de Alaró, tiene una superficie de treinta y cinco áreas cincuenta y una centiáreas. Linda: Norte, con viñas de Bartolomé Tiró, Sur y Oeste, con las de José Pou; y por Este, con la porción que se adjudica a Antonia-Ana” y que figura inscrita a nombre de D. Nadal Campins Company, por lo que procede la inscripción del dominio declarado sobre la mencionada finca a favor de D. Miguel Cirerer Garau
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes a aquél en que se notifique esta resolución, previa la consignación del depósito legalmente preceptivo.
AUTO
Juez/Magistrado-Juez
Sr. IGNACIO FERNÁNDEZ DE SENESPLEDA.
En INCA, a ocho de mayo de dos mil dieciocho.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
Estimar la petición formulada por la parte actora de aclarar la Sentencia de fecha 14/02/2018, dictada en el presente procedimiento, en el sentido que donde dice D. MIGUEL CIRERER GARAU, debe decir D. MIGUEL CIRER GARAU.
MODO DE IMPUGNACION: contra esta resolución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la solicitud de aclaración.
En INCA, a nueve de noviembre de dos mil dieciocho.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,