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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT D'INSTRUCCIÓ NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 9914
Judici sobre delictes lleus 107/2018

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D. JESUS MACEIN RODERO, Letrado de la Administración de Justicia del JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA

DOY FE: Que en el procedimiento referenciado ha recaído resolución del tenor literal siguiente en el Procedimiento Juicio Leve 107/18:

CÉDULA DE CITACIÓN

En las actuaciones indicadas, iniciadas por denuncia de EL CORTE INGLES EL CORTE INGLES, se ha acordado citar a Vd., a fin de que  asista el próximo día 23/10/2018 a las 11:00 horas, en VÍA ALEMANIA, 5 - Sala J-, a la celebración del Juicio por delito leve,  seguido por HURTO, cuyos hechos ocurrieron en el día 30 de marzo de 2018, en calidad de DENUNCIADO, debiendo comparecer al acto  de juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse. Si se tratare en su caso de persona jurídica, lo habrá de hacer a través de  representante legal, acreditando en el acto del juicio tal carácter. Podrá igualmente comparecer asistido de Abogado si lo desea.

Si pretende proponer en juicio la prueba de testigos y no pudiera encargarse personalmente de su comparecencia el día y hora señalados,  eberá interesar la citación judicial del/de los mismo/s aportando a este Juzgado, con una antelación mínima de diez días al día de la vista,  sus datos identificativos y domicilio/s, practicándose las citaciones por la oficina judicial, con la advertencia que en el acto del juicio  deberá proponerse esta prueba.

SE LE APERCIBE de que, si reside/tiene su sede o local abierto en este término municipal y no comparece ni alega justa causa que se lo  impida, se le podrá imponer una multa de 200 a 2.000 euros. En caso de residir/tener su Sede o local/es fuera de este término municipal no  tiene obligación de concurrir al acto del juicio, pudiendo dirigir escrito a este Juzgado en su defensa, así como apoderar a Abogado o  Procurador para que presente en el acto del juicio las alegaciones y pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

De conformidad con lo establecido en el art. 971 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal SE LE APERCIBE de que la ausencia injustificada  del denunciado no suspenderá la celebración ni la resolución del juicio siempre que conste habérsele citado con las formalidades prescritas  en esta ley, a no ser que el Juez de oficio o a instancia de parte, crea necesaria la declaración de aquel.

Conforme a la Ley Orgánica 15/1999 , de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en esta  comunicación son confidenciales, estando prohibida su transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, debiendo ser  tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.

En PALMA DE MALLORCA a 18 de julio de 2018.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AMINA EL MEZDIOUI RIFI

Concuerda bien y fielmente con su original, al que me remito, y para que sirva de CITACION A VISTA A AMINA EL MEZDIOUI RIFI, extiendo y firmo el presente testimonio en PALMA DE MALLORCA, a diecinueve de julio de dos mil .

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA