Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 9120
Execució de Títols Judicials 72/2018
D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000072 /2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MUHAMMAD RIAZ contra la empresa PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES CONSULAT S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/SRA D/Dª. BEGOÑA MARÍ RUIZ
En PALMA DE MALLORCA, a treinta y uno de julio de dos mil dieciocho.
Tras las actuaciones practicadas por este Juzgado, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 56 y 57 de la LJS y 162 de la LEC, subsidiariamente aplicable en esta Jurisdicción, ha resultado imposible la localización de PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES CONSULAT S.L. y notificación de las resoluciones dictadas, a la misma parte en este proceso, encontrándose en ignorado paradero. Por todo, y en cumplimiento de lo que previene el artículo 59 de la LJS, y en concordancia con la doctrina del Tribunal Constitucional dictada al efecto,Acuerdo:
- Notificar a la misma, por medio de Edictos, que se publicarán en el Boletín Oficial de Baleares, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones que se le dirijan se harán fijando copia de la resolución en el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial, salvo la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
- Citar al Fondo de Garantía Salarial con traslado de la demanda, a fin de que éste pueda asumir sus obligaciones legales, en defensa de los intereses públicos que gestiona y para ejercitar las acciones o recursos oportunos, al amparo de lo que dispone el artículo 23 de la LJS.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES CONSULAT S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Baleares.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a treinta y uno de julio de dos mil dieciocho.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA