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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE SEVILLA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 6 DE SEVILLA

Núm. 8066
Execució de títols judicials 105/2016

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D/Dª Mª DE LOS ANGELES PECHE RUBIO, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE SEVILLA.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número  105/2016 a instancia de la parte actora D/Dª. EFREN REYES CORTEZ contra AVEDISCO GESTIONES SL, INDALAY SL, BUDDHA SEVILLA SL, 2013 HOSTEOCIO SL, TORREPLAS DE HOSTELERIA SL, FOGASA, JUAN CARLOS LORENTE  TORRES, CRISPIN  LOZANO MUÑOZ y LEOSNARDA  DE SOUSA CASTRO sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCION de fecha 7 de enero de dos mil dieciséis *** del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

QUE DECLARO LA NULIDAD DE LA COMPARECENCIA CELEBRADA EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO CON FECHA 09-04-18 PARA PROCEDER, NUEVAMENTE, A SU SEÑALAMIENTO CON CITACIÓN DE LAS PARTES EN LEGAL FORMA.

Esta resolución no es firme, pues contra la misma CABE RECURSO DE REPOSICIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, en cualquier oficina del BANCO SANTANDER, expresando en el documento de ingreso la siguiente clave identificativa del procedimiento: 4025 0000 30 0105 16, debiendo indicar en el campo Concepto que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.

EL MAGISTRADO.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SRA Dª Mª DE LOS ANGELES PECHE RUBIO

En SEVILLA, a veinte de julio de dos mil dieciocho.

Por Auto del día de la fecha, se acordó declarar la nulidad de la comparecencia celebrada en el presente procedimiento con fecha 09/04/18, ordenando la citación de las partes a comparecencia, que tendrá lugar el próximo día 12 DE NOVIEMBRE DE 2018 A LAS 11:30 HORAS,  en la sala de vistas nº 11  de este Juzgado, sita en la planta 1ª del Edificio Noga,  en la Avda. de La Buhaira número 26, advirtiéndoseles que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse y que, pudiéndose practicar en el acto, el Juez estime pertinentes, a la parte actora que de no comparecer se le tendrá por desistido de su solicitud y a la demandada, que de no efectuarlo, se celebrará el acto sin su presencia.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación al demandado AVEDISCO GESTIONES SL, INDALAY SL, BUDDHA SEVILLA SL, 2013 HOSTEOCIO SL, TORREPLAS DE HOSTELERIA SL, JUAN CARLOS LORENTE  TORRES, CRISPIN  LOZANO MUÑOZ y LEOSNARDA  DE SOUSA CASTRO actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En SEVILLA, a veinte de julio de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA