Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 18 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 6641
Judici verbal 801/2017 sobre altres matèries
D./Dña. PAZ GIMENEZ LEON, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 18 de PALMA DE MALLORCA,
HAGO SABER: Que en los presentes autos se ha dictado la siguiente resolución:
CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO
TRIBUNAL QUE ORDENA EMPLAZAR
JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 18 de PALMA DE MALLORCA.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
El arriba referenciado.
PERSONA A LA QUE SE EMPLAZA
BARBARA CIRER AMER en concepto de parte demandada, con domicilio en CALLE CABALLERO DASPHELT 23, 4ºA 07005 PALMA
ANTONIA RAMIS MAYOL en concepto de parte demandada, con domicilio en CALLE PARIS 38, BAJO 07620 LLUCMAJOR
OBJETO DEL EMPLAZAMIENTO
Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y de la resolución por la que se admite la misma.
TRIBUNAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECER
En la sede de este Juzgado.
PLAZO PARA COMPARECER
DIEZ DÍAS HÁBILES computados desde el siguiente al de este emplazamiento.
PREVENCIONES LEGALES
1.- Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil LECn).
2.- La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LECn)y si carece de recursos económicos puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita. Si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo dentro de los tres días siguientes al emplazamiento.
3.- Debe comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LECn).
4.-Por último, se le informa que, las partes pueden recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación.
Y con el fin de que sirva de cédula de emplazamiento en forma, extiendo y firmo la presente
En PALMA DE MALLORCA, a trece de diciembre de dos mil diecisiete
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se emplace a BARBARA CIRER AMER, ANTONIA RAMIS MAYOL.
En PALMA DE MALLORCA a once de abril de dos mil dieciocho
EL / LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.