Torna

BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT D'INSTRUCCIÓ NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 6916
Judici sobre delictes lleus 57/17

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

Que en  virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se  notifica a D. José Manuel Torno de la Torre la SENTENCIA dictada en la causa arriba expresada que es del tenor siguiente:

“S E N T E N C I A     00347/2017

En PALMA DE MALLORCA a catorce de diciembre de dos mil diecisiete.

Dña. MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTI, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 0000057 /2017, seguida por un  delito leve de HURTO contra JOAN MANUEL TORMO DE LA TORRE, quién no ha comparecido pese a haber sido citado en forma,  habiendo sido parte en la misma el vigilante de seguridad del Corte Ingles y el Ministerio Fiscal  

F A L L O

QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A JOAN MANUEL TORMO DE LA TORRE, como autor responsable de un delito leve de HURTO en grado de tentativa, a la pena de un mes de multa a razón de 3 euros diarios, así como la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas y al pago de las costas causadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes y a los ofendidos y perjudicados, aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.

La presente resolución  no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia provincial de les Illes Balears en el plazo de CINCO días desde su notificación.”

Y para que conste y sirva de notificación en forma a D. José Manuel Torno de la Torre, en ignorado paradero, expido el presente en

Palma a trece de abril de dos mil dieciocho.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA