Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT D'INSTRUCCIÓ NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 6916
Judici sobre delictes lleus 57/17
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a D. José Manuel Torno de la Torre la SENTENCIA dictada en la causa arriba expresada que es del tenor siguiente:
“S E N T E N C I A 00347/2017
En PALMA DE MALLORCA a catorce de diciembre de dos mil diecisiete.
Dña. MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTI, MAGISTRADO-JUEZ de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 0000057 /2017, seguida por un delito leve de HURTO contra JOAN MANUEL TORMO DE LA TORRE, quién no ha comparecido pese a haber sido citado en forma, habiendo sido parte en la misma el vigilante de seguridad del Corte Ingles y el Ministerio Fiscal
F A L L O
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO A JOAN MANUEL TORMO DE LA TORRE, como autor responsable de un delito leve de HURTO en grado de tentativa, a la pena de un mes de multa a razón de 3 euros diarios, así como la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas y al pago de las costas causadas.
Notifíquese esta sentencia a las partes y a los ofendidos y perjudicados, aunque no se hayan mostrado parte en el procedimiento.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia provincial de les Illes Balears en el plazo de CINCO días desde su notificación.”
Y para que conste y sirva de notificación en forma a D. José Manuel Torno de la Torre, en ignorado paradero, expido el presente en
Palma a trece de abril de dos mil dieciocho.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA