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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS D' EIVISSA

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 2 D'EIVISSA

Núm. 5568
Procediment Ordinari 349 / 2016

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Text

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA Nº 248/17

En Ibiza, a  18 de julio de 2.017.

D. ALFONSO MANUEL FERNÁNDEZ GARCÍA, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al Juicio Ordinario número 349/2016, a instancia de D. FRANCISCO VICENTE PALAZUELO MARÍ, como parte demandante, representado por el procurador D. ALBERTO VALL CAVA DE LLANO y asistido por la letrada Doña NADINE SCHROEDER, contra la mercantil GESTIÓN DE VEHÍCULOS ALMERÍA S.L. y contra D. FRANCISCO JAVIER CARPICONDO RIDAURA, como partes codemandadas, declaradas en situación de rebeldía procesal, procede

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

a  dictar la presente resolución

PARTE DISPOSITIVA

Que estimando íntegramente las pretensiones deducidas a instancia de D. FRANCISCO VICENTE PALAZUELO MARÍ, como parte demandante, contra la mercantil GESTIÓN DE VEHÍCULOS ALMERÍA S.L. y contra D. FRANCISCO JAVIER CARPICONDO RIDAURA, como partes codemandadas, declaradas en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a éstas a abonar de forma solidaria la cantidad de 20.200 euros, más el interés legal correspondiente desde la fecha de la reclamación extrajudicial efectuada el 20 de enero de 2.016, y con condena en las costas ocasionadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse en este Juzgado recurso de apelación  dentro del término de VEINTE días, a partir de su notificación, y cuyo conocimiento le corresponderá a la Audiencia Provincial, de conformidad con lo dispuesto en el art. 458 y siguientes de la LEC.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de FRANCISCO JAVIER CARPICONDO RIDAURA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En IBIZA/EIVISSA, a catorce de mayo de dos mil dieciocho

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA