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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5049
Acomiadament/Cessament en general 451/17

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text


D/DªFRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000451 /2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª CARINA STEFANOVA contra la empresa  FOGASA, GIESSEN DAGMAR  , sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

 SENTENCIA Nº231/18

ANTECEDENTES DE HECHO

Con   fecha 27 de abril de 2017 tuvo entrada demanda formulada por Don MIGUEL ANGEL ORDINAS POU, Abogado del ICAIB, en representación de doña CARINA STEFANOVA, contra DAGMAR GIESSEN y admitida a trámite se citó a todas ellas a la celebración del acto de conciliación y juicio, que tuvo lugar el día el 16 de abril del año en curso  y abierto el acto de juicio por S.Sª. las comparecidas manifestaron cuantas alegaciones creyeron pertinentes en defensa de sus derechos practicándose seguidamente las pruebas que fueron admitidas según queda constancia en el acta correspondiente, y finalmente manifestaron por su orden sus conclusiones.

FALLO

ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por D CARINA STEFANOVA contra la empresa DAGMAR GIESSEN, debo declarar y declaro la IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO de que ha sido objeto la demandante,  y teniendo por hecha la opción de la empresa por la indemnización se declara extinguida la relación laboral entre las partes a la fecha de la presente resolución, condenando a la empresa a abonar al actor la suma de 24.823 euros. euros en concepto de indemnización, y 289,20 e en concepto de salarios de tramitacion.

Notifíquese a las partes la Sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma,  cabe interponer recurso de Suplicación.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a GIESSEN DAGMAR, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veintiséis de abril de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA