Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS D' EIVISSA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 3 D'EIVISSA
Núm. 4974
Procediment ordinari 629/2016
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA: 00016/2018.-En Ibiza, a dieciocho de enero de dos mil dieciocho.-
Vistos por mí, SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Ibiza, los precedentes autos de reclamación de cantidad, substanciados por los trámites del JUICIO ORDINARIO, registrados con el número 629 del año 2.016, seguidos a instancia de BERNARDO GARCÍA VIDAL, representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Viñas Bastida y asistida del Letrado Sr. José Nadal Mir, contra SUSANA, EVA, JUAN CARLOS, CLARA, VALENTIN y MARIA ELENA SAINZ-PARDO UROS, representados por el Procurador de los Tribunales Sr. Landáburu Riera y asistidos del Letrado Sr. Manuel Ferrer Aniorte, y contra MARIA UROS GARCÍA y RAQUEL SAINZ-PARDO UROS, declaradas en situación procesal de rebeldía, vengo a resolver con base en los siguientes.- ANTECEDENTES DE HECHO.-FUNDAMENTOS DE DERECHO.-FALLO.-ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sra. Viñas Bastida en nombre y representación de BERNARDO GARCIA VIDAL, contra MARIA UROS GARCÍA, SUSANA, EVA, JUAN CARLOS, CLARA, VALENTIN, MARIA ELENA y RAQUEL SAINZ-PARDO UROS y, en consecuencia, CONDENO a MARIA UROS GARCIA a abonar al actor la cantidad de CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON CUARENTA Y CINCO EUROS (4.367’45 euros), más los intereses legales correspondientes, y a SUSANA, EVA MARIA, JUAN CARLOS, CLARA, VALENTIN, MARIA ELENA Y RAQUEL SAINZ-PARDO UROS, la cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON NOVENTA Y CINCO EUROS (2.352’95 euros), cada uno de ellos, más los intereses legales correspondientes, sin condena en costas a las partes.-Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que cabe formular recurso de apelación conforme a lo previsto por el artículo 455 LEC, a interponer con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 458 y ss. LEC, previa consignación del depósito preceptivo para recurrir en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.-Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de MARIA UROS GARCIA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En IBIZA/EIVISSA, a nueve de mayo de dos mil dieciocho.
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA