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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 9 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 3340
Judici Verbal 313/2017

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Text

D./Dña. SONIA CASADO FERRO, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 9 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Procedimiento civil nº 313/2017 – Juicio verbal

SENTENCIA Nº 53/2018

En Palma, a 14 de marzo de 2018

Dña. Mª del Pilar Anguita Mata, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Palma y su Partido, ha dictado la siguiente sentencia:

Habiendo visto los presentes autos promovidos por el Procurador Sra. Socías Reynés en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA AVENIDA ALEJANDRO ROSSELLÓ 19 con la asistencia letrada de D. José Manuel Vázquez Miró contra D. MIGUEL FERRAGUT RIERA y Dña. SEBASTIANA MARTÍ FERRAGUT, ambos en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

ESTIMAR la demanda formulada por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA AVENIDA ALEJANDRO ROSSELLÓ 19 contra D. MIGUEL FERRAGUT RIERA y Dña. SEBASTIANA MARTÍ FERRAGUT, condenándolos al pago de la suma de 2.284´13 euros, más sus intereses legales desde la interposición de la demanda.

Con imposición de las costas del procedimiento a los condenados. Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que NO CABE RECURSO

Llévese testimonio literal de la presente a los autos de su razón y archívese la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

Y para que sirva de notificación en legal forma a D. MIGUEL FERRER RIERA, Dª SEBASTIANA MARTI FERRAGUT, expido el presente en PALMA DE MALLORCA a veinte de marzo de dos mil dieciocho

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.