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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS D' INCA

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 2 D'INCA

Núm. 2913
Judici verbal 699/2016

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Text

D./Dª. ELIANA COMETTA GARCÍA, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO.1A.INSTANCIA N.2 de INCA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento seguido a instancia de ISIDRO MANITO MARTIN frente a MIGUEL JUAN RENGEL MARTINEZ, MAPFRE S.A. SEGUROS se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Inca a 26 de Febrero de 2018.

Vistos por mí, Dña.María Campoy Vivancos, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº2 de Inca, los presentes autos verbal nº699/2016,seguidos a instancia de D.Isidro Manito Martín, con Procuradora Dña.Sara Coll Sabrafin y Letrada Dña.Lourdes Rodríguez Fernández-Trejo contra D.Miguel Juan Rengel Martínez, en situación procesal de rebeldía, y la entidad MAPFRE SEGUROS, con Procuradora Dña.Pilar Rodríguez Fanals y Letrado D.Miguel Canals Mir, sobre reclamación de cantidad, dicto la presente resolución, conforme a los siguientes,

F A L L O

Que estimando la demanda presentada por la Procuradora Sra.Coll Sabrafin, en nombre y representación de D.Isidro Manito Martín contra D.Miguel Juan Rengel Martínez y la entidad MAPFRE SEGUROS, debo condenar y condeno solidariamente a los codemandados a satisfacer al actor la cantidad de 648´75 euros, más los intereses a que se ha hecho mención en el Fundamento de Derecho Tercero de la presente resolución y las costas del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles que la misma es FIRME y contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con la reforma operada en la LEC 1/2000 por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal.

Y encontrándose dicho demandado, MIGUEL JUAN RENGEL MARTINEZ, MAPFRE S.A. SEGUROS , en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

INCA a veintisiete de febrero de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,