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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 3169
Procediment Ordinari 1229 /2013

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D/Dª BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001229 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª PABLO ALEJANDRO PACHECO contra la empresa MALER MALLORCA PAINTING SL Y RENATO ANDRES FRANCO FRANCO, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

“A U T O

En PALMA DE MALLORCA, a nueve de marzo de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La abogada Dª Maria Elsa Comas Roig ha presentado escrito de fecha 27/02/17 interesando la ejecución de la sentencia de fecha 31/03/17, que ya fue solicitada en escrito de fecha 17/10/17. 

SEGUNDO.- Revisadas las actuaciones consta que la sentencia no ha ganado firmeza ya que aunque fue notificada a las partes y posteriormente se declaró su firmeza por resolución de fecha 10/10/17, no consta la notificación a la parte demandada de la resolución de fecha 30/07/17 relativo la rectificación de la sentencia.

TERCERO.- Asimismo no consta en los autos personación en forma de la letrada Dª Maria Elsa Comas Roig mediante poder o apoderamiento apud acta a efectos de solicitar la ejecución.

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo:

Dejar sin efecto la declaración de firmeza de la sentencia de fecha 31/03/17.

Denegar el despacho de la ejecución por no haber ganado firmeza la sentencia y por no estar personada en forma la letrada Maria Elsa Comas Roig en las presentes actuaciones.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. (ART. 186 Y 187 LJS)

Así lo acuerda y firma SSª Dª Elena Lillo Pastor, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Social número uno de Palma de Mallorca. “

Y para que sirva de notificación en legal forma a MALER MALLORCA PAINTING SL Y RENATO ANDRES FRANCO FRANCO, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a quince de marzo de dos mil dieciocho.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA