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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS D' EIVISSA

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 3 D'EIVISSA

Núm. 1137
Judici Verbal 1091/2015

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Text

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

 En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

JDO. PRIMERA INSTANCIA N.3

IBIZA/EIVISSA

 SENTENCIA: 00333/2017

 En Ibiza, a once de diciembre de dos mil diecisiete. Vistos por mí, SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instan­cia número Tres de Ibiza, los precedentes autos de resolución de reclamación de cantidad, substanciados por los trámites del JUICIO VERBAL, registrados con el número 1091 del año 2.015, segui­dos a instancia de ENRIQUE REY DE VIÑAS, representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Vall Cava de Llano y asistido del Letrado Sr. Mariano Ramón Súñer, contra MELANIA PETRONELLA ISABELLE MULS, declarada en situación procesal de rebeldía; vengo a resolver con base en los siguientes.- ANTECEDENTES DE HECHO.-FUNDAMENTOS DE DERECHO.- F A L L O.- ESTIMO la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Vall Cava de Llano, en nombre y representación de ENRIQUE REY DE VIÑAS contra MELANIA PETRONELLA ISABELLE MULS y, en consecuencia, CONDENO a la demandada a abonar a la actora la cantidad de CINCO MIL EUROS (5.000 euros), correspondiente a la renta de las mensualidades de octubre y noviembre de 2.015, más las cantidades que derivadas del contrato venzan durante la vigencia del presente procedimiento, más los intereses legales correspondientes, con condena en costas a la parte demandada. Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que cabe formular recurso de apelación conforme a lo previsto por el artículo 455 LEC, a interponer con arreglo a lo dispuesto en los artículos 458 y ss. LEC, previa consignación del depósito preceptivo para recurrir en la cuenta de consignaciones de este Juzgado. Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

 Y como consecuencia del ignorado paradero de MELANIA PETRONELLA ISABELLE MOLS, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

 En IBIZA/EIVISSA, a treinta de enero de dos mil dieciocho.

 LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA