Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS D' EIVISSA
JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 1 D'EIVISSA
Núm. 550
Procediment Ordinari 7/2017
D/Dª MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA,
HAGO SABER:
Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000007 /2017 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª ALESSANDRO NOSELLI contra VERONICA BIANCHI, CHIARA FORASTIERI sobre ORDINARIO, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
“FALLO
Estimo la demanda interpuesta por D. ALESSANDRO NOSELLI contra VERONICA BIANCHI y CHIARA BONNECHANCE, condeno a VERONICA BIANCHI y CHIARA BONNECHANCE, a hacer el pago de 2.484,57 euros más el 30% de interés por mora. Así como a 300 euros, en concepto de costas.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, número 0493/0000/60/7/17, en la entidad SANTANDER, o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros en la cuenta de este Juzgado, número 0493/0000/65/7/17, y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. FIRMADO Y RUBRICADO”.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a VERONICA BIANCHI y CHIARA FORASTIERI, en ignorado paradero, expido el presente en IBIZA/EIVISSA, a quince de enero de dos mil dieciocho.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA