Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS D' EIVISSA
JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 3 D'EIVISSA
Núm. 12011
Divorci contenciós 402/2016 sobre altres matèries
Dª. VANESA PRIETO LOPEZ, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N.3 de IBIZA/EIVISSA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento seguido a instancia de MARIA MAR BELINCHON FERNANDEZ, MINISTERIO FISCAL frente a MAGUETTE CAMARA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda presentada por la procuradora de los tribunales Dª Buenaventura Cuco josa en nombre y representación de Dª MARIA DEL MAR BELINCHÓN FERNANDEZ frente a D. MAGUETTE CAMARA, debo declarar la disolución por DIVORCIO del matrimonio de las partes con sus efectos legales inherentes y acordar las siguientes medidas en relación al hijo menor de las partes sin hacer pronunciamiento sobre las costas:
-Se atribuye la guarda y custodia del hijo menor a la madre y la patria potestad será compartida entre el padre y la madre.
- Se fija como pensión de alimentos a cargo del padre la cantidad de 200 euros mensuales, cantidad que se incrementará porcentualmente según las variaciones que experimente el IPC y que deberán ingresarse dentro de los primeros cinco días de cada mes en la cuenta que la madre determine al efecto. Los gastos extraordinarios se abonarán por mitad entre el padre y la madre.
- El régimen de visitas a favor del padre consistirá en todos los martes y jueves de 16.30 a 19 horas en invierno y en verano de 18.30 a 21 horas. Los fines de semana alternos desde el viernes a las 16.30 hasta el domingo a las 19, los fines de semana alternos incluirán en su caso el lunes o viernes festivo inmediato. Las vacaciones escolares se dividirán por mitad conforme al calendario lectivo entre el padre y la madre eligiendo la madre los años pares y viceversa.
- El padre requerirá la autorización por escrito de la madre o en su defecto autorización judicial para salir del territorio nacional con el hijo menor
Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.
Y encontrándose dicho demandado, MAGUETTE CAMARA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
IBIZA/EIVISSA a veintiuno de septiembre de dos mil diecisiete.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.