Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA
JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 5438
Execució títols judicials 253/16
D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 0000253 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JONATAN RANGEL CARRASCO contra la empresa MANTENIMIENTO Y SERVICIOS OCEJON SLU, SERVICIOS INTEGRADOS OCEJON S.L y EMILIO RODRIGUEZ SANCHEZ, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva se adjunta:
D E C R E T O
Letrado de la Administración de Justicia D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO.
En PALMA DE MALLORCA, a diez de marzo de dos mil diecisiete.
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- A la vista del resultado de los embargos trabados, en virtud del decreto de despacho de ejecución dictado el 18/10/2016 ,con resultado infructuosos, interesa la mejora de embargo sobre los bienes titularidad del co-ejecutado SERVICIOS INTEGRADOS OCEJON,S.L. ,adoptado en este procedimiento EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 0000253 /2016, para cubrir el importe de 4.572,49€ de principal, más otros 915 calculados, provisionalmente, para intereses y costas.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO: Declarar embargados por vía de mejora de embargo el/los siguiente/s bien/es: vehículo matrícula 7405HKS y vehículo matrícula 5103GXC, titularidad de la entidad co-ejecutada SERVICIOS INTEGRADOS OCEJON S.L.
Para su efectividad, acuerdo librar los correspondientes oficios y/o mandamientos.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta nºES5500493569920005001274 del Santander , debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social- Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a EMILIO RODRIGUEZ SANCHEZ , en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears .
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a dieciocho de mayo de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA