Secció IV. Procediments judicials
JUTJATS DE MAÓ
JUTJAT DE 1A.INSTÀNCIA I INSTRUCCIÓ NÚM.3 DE MAÓ
Núm. 2338
Procediment ordinari 535/2015
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de don Patricio Piris Triay contra don Francisco Javier Azpeitia García Beobide, en situación de rebeldía procesal y, en consecuencia, dispongo:
1.- Condenar a don Francisco Javier Azpeitia García Beobide a abonar la cantidad de 7.724,64 euros, más los intereses legales devengados desde la fecha de presentación de la demanda, el día 27 de noviembre de 2015.
2.- Condenar a la parte demandada al pago de las costas procesales.
Contra la presente resolución cabe la interposición de recurso de apelación que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a la notificación de esta sentencia y que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Illes Balears (artículos 457 y siguientes de la LEC), siempre que se cumplan los requisitos y términos expresados en la Disposición Adicional 15º de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
Así lo acuerda, manda y firma, Don Fernando Pinto Palacios, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 de Maó y de su partido judicial.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D. FRANCISCO JAVIER AZPEITIA GARCIA BEOBIDA, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En MAÓ, a veinte de junio de dos mil dieciséis.
LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUDICAL