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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT D'INSTRUCCIÓ NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2056
Judici delictes lleus 395-16

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

Que en  virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se  notifica a MARIA DEL CARMEN TERRON FERNANDEZ la SENTENCIA dictada en la causa arriba expresada que es del tenor siguiente:

“FALLO

QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a CARMEN TERRÓN FERNÁNEZ  como autora responsable de:

  • delito leve de hurto  a la pena de un mes  de multa a razón de 6  euros por día, así como a la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas
  •  de un delito leve de estafa a la pena de un  mes de multa a razón de 6 € diarios así como a la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas y
  • de un delito leve de estafa en grado de tentativa a la pena de 15 días de multa a razón de 6€ diarios así como a la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas.

Igualmente deberá indemnizar a Sharay Manzano Muñoz en 210€ por el valor de los efectos sustraídos y en 10€ por el importe abonado en la gasolinera.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de cinco días y del que conocerá la Audiencia Provincial.

Así lo acuerdo, mando y firmo, Dª María del  Carmen Abrines Marti.”

Y para que conste y sirva de notificación en forma a MARIA DEL CARMEN TERRON FERNANDEZ, en ignorado paradero, expido el presente

En PALMA DE MALLORCA a a 2 de enero de 2017.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA