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Butlletí Oficial de les Illes Balears

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE MANACOR

JUTJAT DE 1A. INSTÀNCIA NÚM. 2 DE MANACOR

Núm. 11731
Divorci contenciós 400/2015

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Text

D. ALFONSO MARCOS LUCERO, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO.1A.INSTANCIA N.2 de MANACOR, por el presente,

ANUNCIO :

En el presente procedimiento Divorcio Contencioso nº 400/2015 seguido a instancia de Dª. MARIA DEL CARMEN ROMERO GARCIA frente a D. AALI HARDADOU se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En la ciudad de Manacor, a Dieciséis de Mayo de 2.016.

VISTOS, por Dña. Margarita Bosch Ferragut, Juez Ssta. del Juzgado de Primera Instancia número Dos, de la ciudad de Manacor, los presentes autos nº 400/15 de Juicio de Divorcio contencioso, instados por Dña. Maria del Carmen Romero Garcia, y en su representación el Procurador de los Tribunales D. Andrés Ferrer Capó y en su defensa la Letrado Dña. Margarita Ferrer contra D. Aali Hardadou, en estos autos en rebeldía; se procede seguidamente a dictar la presente resolución.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Andrés Ferrer Capó en representación de Dña. Maria del Carmen Romero García contra D. Aalí Hardadou, y debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges Dña. Maria del Carmen Romero García y D. Aalí Hardadou, inscrito en el  Registro Civil de Artá, Sección Segunda, al Tomo 0023, Pagina 061; quedando revocados todos los poderes y consentimientos que mutuamente se hubieren otorgado.

No se hace expresa imposición de costas procesales causadas.

Una vez firme esta sentencia, por la Sra. Secretario Judicial se acordará su inscripción en el Registro Civil correspondiente.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncia, manda y firma Dña. Margarita Bosch Ferragut, Juez Ssta. del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Manacor y su partido judicial.

Y encontrándose dicho demandado, AALI HARDADOU, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

MANACOR a diez de octubre de dos mil dieciséis.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,