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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11441
Acomiadament/cessaments en general 124/2015

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D/Dª MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000124 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª ERICK LLOFRIU MOULAERT contra THOMAS WILHEIM KRULL sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Se tiene a la parte actora por desistida en su acción de nulidad.

ESTIMO sustancialmente la demanda interpuesta por ERICK LLOFRIU MOULAERT contra THOMAS WILHEIM KRULL y por ello:

Declaro que la parte actora fue despedida de forma improcedente en fecha 31 de diciembre de 2.014 por la demandada, a la que condeno a que en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución opte entre la readmisión del trabajador en su puesto de trabajo abonándole una cantidad igual al importe de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de la presente

Sentencia a razón de 45,46 euros diarios, o a abonarle la indemnización que le corresponde legalmente (proporcional a 33 días por año trabajado, es decir, 250,03 euros), OPCIÓN que deberá ejercitar mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado en el plazo indicado y sin esperar a la firmeza de la presente sentencia, advirtiendo a la demandada de que en el caso de no optar en el plazo y forma indicado se entenderá que procede la readmisión.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a THOMAS WILHEIM, RESTAURANTE I UN POC MES, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a cinco de octubre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA