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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11126
Acomiadament/cessaments en general 1183/2012

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D/Dª MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001183 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª GERMAN RICARDO LAMBRECHT, BERNARDINO PONS MIR , MARIANO PEREZ GONZALEZ , LETTERIO ARENA contra la empresa ALFESA LAVANDERIA HOTELERA SA, NELSON JULIO ABAL LIEBANA , FOGASA , sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Que ESTIMANDO la demanda interpuesta por D. GERMANRICARDO LAMBRECHT ABT, D. LETTERIO ARENA y D. BERNARDINO PONS MIR, asistidos jurídicamente por el Graduado Social D. Bartolomé Juliá Frau, contra ALFESA LAVANDERÍA HOTELERA, S.A. y contra D. NELSON JULIO ABAL LIÉBANA, representados por elLetrado D. Felio José Bauzá Martorell, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de los trabajadores demandantes, realizado por la empresa demandada con efectos de 26/09/2012, y debo condenar y condeno a ALFESA LAVANDERÍA HOTELERA, S.A. a que, a su opción, proceda a la readmisión de los trabajadores demandantes en las mismas condiciones que regían antes de producirse sus despidos, con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la reincorporación a razón de 214 días por año y 38,52 euros diarios para el Sr. Lambrecht Abt, 92 días por año y 38,21euros diarios para el Sr. Letterio y 92 días por año y 38,21euros para el Sr. Pons Mir, o al pago de una indemnización porimporte de 2.513,43 euros para el Sr. Lambrecht Abt, 1.060,33€ para el Sr. Letterio y 850,17 € para el Sr. Pons Mir. Laopción deberá ejercitarse mediante escrito o comparecenciaante la oficina este Juzgado, dentro del plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución, sin esperar ala firmeza de la misma, advirtiéndose a la empresa de que, de no ejercitar la opción en el plazo concedido, se entenderá que opta por la readmisión. Asimismo debo absolver y absuelvo a D. NELSON JULIO ABAL LIÉBANA de las pretensiones deducidas en su contra en el presente procedimiento

Y para que sirva de notificación en legal forma a ALFESA LAVANDERIA HOTELERA SA, NELSON JULIO ABAL LIEBANA , en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veintiocho de septiembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA