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BUTLLETÍ OFICIAL DE LES ILLES BALEARS

Secció IV. Procediments judicials

JUTJATS DE PALMA DE MALLORCA

JUTJAT DE LO SOCIAL NÚM. 4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 11371
Execució de títols judicials 104/2016

  • Contingut, oficial i autèntic, de la disposició: Document pdf  Versió PDF

Text

D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000104 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JOSE LINARES CASTILLO, JOSE ROBLES LEON , OSCAR BONILLA PRIETO , CESAREO JIMENO MOLINERO , EMILIO JAVIER MONTERO RAMON , GREGORIO FRANCISCO MUZO LOACHAMIN , FERNANDO ALVAREZ ZAMORA , PEDRO ALVAREZ CORONADO , JAIME BERGAS FERRIOL , LORENZO FELIPE ALVAREZ ZAMORA contra la empresa CONSTRUCCIONES COFE SA, sobre ORDINARIO, se han dictado las siguientes resolución/es, cuyos encabezamientos y parte dispositiva/s se adjunta/n :

DECRETO

Letrado de la Administración de Justicia D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO.

En PALMA DE MALLORCA, a ocho de septiembre de dos mil dieciséis.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- JOSE LINARES CASTILLO, JOSE ROBLES LEON , OSCAR BONILLA PRIETO , CESAREO JIMENO MOLINERO , EMILIO JAVIER MONTERO RAMON , GREGORIO FRANCISCO MUZO LOACHAMIN , FERNANDO ALVAREZ ZAMORA , PEDRO ALVAREZ CORONADO , JAIME BERGAS FERRIOL , LORENZO FELIPE ALVAREZ ZAMORA han presentado demanda de ejecución de Sentencia frente a la entidad CONSTRUCCIONES COFE SA.

SEGUNDO.- En fecha 13/07/2016 este órgano judicial ha dictado auto despachando orden general de ejecución por la cantidad de un total 201.378,05€ (desglosándose en 22.664,52€ a favor de José Robles León, en 15.348,23€ a favor de Óscar David Bonilla Prieto, en 21.670,24€ a favor de Cesáreo Jimeno Molinero , de 31.106,05€ a favor de Emilio Javier Montero , 20.529,79€ a favor de Gregorio Frco. Muzo Loachamin, 12.951,08€ a favor de Fernando Alvarez Zamora, 21.055,16€ a favor de Pedro Alvarez Coronado, 20.809,09€ a favor de Jaime Bergas Ferriol, 20.980,45€, 14.263,44€ a favor de José Linares Castillo) y de 40.275,61€ en concepto provisional de intereses de demora y costas .

TERCERO.- Consta acreditado en autos que el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma declaró el concurso necesario de la entidad ejecutada con el nº de registro 418/2013 sin que ni siquiera se le diera trámite al haberse concluido por “insuficiencia de la masa”.

CUARTO.- Queda incorporada a los presentes autos, en formato digital, la investigación patrimonial de la ejecutada, a los efectos oportunos.

DECRETO

Letrado de la Administración de Justicia D/Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO.

En PALMA DE MALLORCA, a catorce de septiembre de dos mil dieciséis.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO- Dictado el Auto que contiene la orden general de ejecución, la Letrada de la Administración de Justicia de éste Juzgado , en fecha 8 de Septiembre del corriente, dictó Decreto acordando el despacho de ejecución , en cumplimiento de los trámites previos a la declaración de insolvencia cuyo contenido se da por reproducido. PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo : dar audiencia previa al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, por termino de quince días para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y /o alegar lo que a su derecho convenga, bajo apercibimiento de que de no evacuar traslado se procederá a la declaración de Insolvencia.

Junto con la notificación de la presente, dése traslado al Fondo de Garantía Salarial del escrito de solicitud de ejecución así como de toda la documentación adjunta y traslado ”digital” de la información patrimonial que obra en autos.

PARTE DISPOSITIVA

Se subsana el Decreto de fecha 8/09/2016 en el sentido de que en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada, dar audiencia previa al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, por termino de quince días para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y /o alegar lo que a su derecho convenga, bajo apercibimiento de que de no evacuar traslado se procederá a la declaración de Insolvencia.

Junto con la notificación de la presente, dése traslado al Fondo de Garantía Salarial del escrito de solicitud de ejecución así como de toda la documentación adjunta y traslado”digital” de la información patrimonial que obra en autos.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado de la Administración de Justicia que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES COFE S.A, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears .

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a 19 de Septiembre de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA